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SUSESOCircular26 de julio de 2004

Circular 2150

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Asociación Chilena de Seguridad; Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (C.Ch.C.); Instituto de Seguridad del Trabajo (I.S.T.)

Normas citadas

  • Ley N° 16395
  • Ley N° 16744

Texto

<B>

GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

AU08-2II04-04546

CIRCULAR

SANTIAGO,

-



1 Jü

2 6 jijl 2004

SOLICITA NOMINA DE PENSIONADOS DE LAS
MUTUALIDADES
DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744

Esta Superintendencia, en uso de las facultades fiscalizadoras que le confieren las
Leyes N°s. 16.395 y 16.744 y debido a la imposibilidad de obtener datos fidedignos del
Fiscalización

Programa de

Vía Internet,

Mutualidades de Empleadores de la Ley
extensión

solicita



en

esta

oportunidad,

que

las

16.744 remitan en un archivo plano con

TXT, la nómina de pensionados referidos al 30 de junio del 2004, la que

deberá contener para cada pensionado la información que se señala en los siguientes
campos, los cuales deberán ser separados por un punto y coma:

CAMPOS

OBSERVACIONES

NORMADO

Rut beneficiario
Dígito verificador
Nombres

Apellidos

Sexo

M. Masculino; F: Femenino

Fecha de nacimiento

DD/MM/AAAA

Edad
Fecha inicio pensión

DD/MM/AAAA

Tipo pensión

1:

Invalidez

Invalidez

parcial;

3:

total;

2: Los pensionados ascendientes y
Gran descendientes serán aquellos que

invalidez; 4. Viudez, 5: Madre son definidos en el artículo 48 de

de

hijo

no

matrimonial,

6. la Ley



16.744.

Orfandad; 7: Ascendiente; 8:
Descendiente.
Condición del pensionado

1

Inválido; 2: Normal

Se deberá definir este campo para
todas

las

de

pensiones

sobrevivencias.

Pensionados de
madre

de

los

y 1: Con hijo

viudez

hijos

de orfandad,

filiación no matrimonial
Factor

2.

con

pensión

Sin

hijo

de
con

pensión de orfandad

capital

representativo edad actual

En el caso de pensión de invalidez

de sexo femenino se debe agregar
5 años a la edad actual.

Factor

capital

representativo

edad

año

siguiente

Corresponde

al

factor de

capital

representativo del año siguiente al

considerado en el campo anterior.

Monto total de la pensión

Considera

el

monto

bruto de la

al

capital

pensión.

Monto por Ley



1 9 578

Capital representativo total

Corresponde
representativo

pensiones

normales

constituidas
contingencia.

Capital

representativo

constituido

por

pensión

normal

Capital

representativo

por

pensión de cargo fondo de
contingencia.

Bonificación Ley N° 19.403
Bonificación Ley N" 19 539

constituido

por

el

por

más

las

fondo

de

Monto de la

pensión

más

bonificaciones

Deberá

Rut del causante

el

señalarse

Rut

del

accidentado o fallecido que originó

la

o

las

pensiones

de

sobrevivencias, por lo tanto, este
campo

para

deberá

todas

las

ser

presentado

pensiones

de

sobrevivencias.

La información solicitada precedentemente, deberá ser remitida al correo electrónico
mutuales ©suseso.gov.cl, a más tardar, el día 31

de julio del 2004.

Saluda atentamente a Ud.

/

NA C. RIN£ÓN GONZÁLEZ

í\

SUPERINTENDENTA

W

lOV/ET

DISTRIBUCIÓN:
Asociación Chilena de Seguridad
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción
Instituto de Seguridad del Trabajo
Archivo Central
Oficina de partes

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