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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Circular · SUSESO

N° 2265 de 2006

27 ene 2006

Invalidez, indemnización y pensiones

Lo que resuelve

La SUSESO instruye a las mutualidades remitir cuatro archivos planos con la nómina de pensionados vigentes, concurrencias por pagar y cobrar y pensiones en trámite al 31 de diciembre de 2005, detallando los campos exigidos para cada pensionado.

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Destinatario

Asociación Chilena de Seguridad; Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de Construcción (C.Ch.C.); Instituto de Seguridad del Trabajo (I.S.T.).

Texto completo

GOBIERNO DE CHILE

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

AU08-2006-00503

#

9 *) í¡ r CIRCULAR N° '

SANTIAGO, 2 7 ENE W

SOLICITA NOMINA DE PENSIONADOS DE LAS

MUTUALIDADES

DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744

Esta Superintendencia, en uso de las facultades físcalizadoras que le confieren las Leyes N°s. 16.395 y 16.744, instruye a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 para que remitan cuatro

archivos planos con extensión TXT, referidos a la nómina de pensionados vigentes, las concurrencias

por pagar, concurrencias por cobrar y pensiones en trámites, referidas al 31 de diciembre del 2005, las

que deberán contener para cada pensionado la información que se señala en los campos de las siguientes tablas, los cuales deberán ser separados por un punto y coma:

A) Tabla de pensionados vigentes.

Esta tabla debe contener la nómina de todos los pensionados a los cuales la Mutualidad les pagó

una pensión en el mes de diciembre de 2005, entendiéndose por ello todas las pensiones emitidas a

pago aun cuando no hayan sido cobradas por el beneficiario.

CAMPOS NORMADO OBSERVACIONES Rut beneficiario

Sexo M Masculino; F:

DD/MM/AAAA

Fecha inicio

DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que se

señala en la resolución que otorga la pensión, de tal forma, que

la fecha de la resolución con la fecha de inicio de la pensión no

necesanamenté debe ser la misma

Tipo pensión 1" Invalidez parcial; 2'

Invalidez total; 3: Gran

que son definidos en el artículo 48 de la Ley N° 16.744.

invalidez; 4 Viudez, 5:

matrimonial; ó: Orfandad;

7: Ascendiente; 8:

Descendiente.

1 : Inválido; 2' Normal Se deberá definir este campo para todas las pensiones de

sobrevivencias En el caso de que se trate de una invalidez

la condición número 1 de inválido

N" de hijos

0,1,2,3,4. Se deberá señalar para las distintas pensiones de invalidez, de

causantes de

viudez y de madre de hijo no matrimonial. En el caso que no

existiesen hijos causantes de Asignación Familiar, se deberá

Asignación

señalar con un 0.

Familiar.

Corresponde al factor utilizado para calcular el capital

Factor utilizado en

representativo del pensionado, luego de descontar los

el cálculo del

duodécimos de los meses cumplidos de la edad del pensionado.

Considera el monto de la pensión con sus reajustes.

incrementos, aumento artículo 41 Ley N° 16.744.

concurrencias de otros Organismos Administradores y

bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s

19.403, 19.539 y 19.953.

Se deberá señalar el monto que corresponde

Incremento Ley N°

19.578

Se deberá señalar el monto que corresponde.

Incremento Ley N°

19 953

Se deberá señalar el monto que corresponde.

Bonificación Ley N° 19 403

Se deberá señalar el monto que corresponde.

Bonificación Ley

N° 19.539

Bonificación Ley

Se deberá señalar el monto que corresponde

N° 19 953

Aumenlo por

Se deberá señalar el monto que corresponde.

Articulo 41 de la

Ley N° 16 744

Porcentaje que le

corresponde a la

Mutual del pago de

la pensión.

Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran otros Organismos Administradores, se deberá señalar con un 1 para definir que es un 100%, en tanto que si concurren otros Organismos Administradores, se deberá registrar el porcentaje de cargo de la Mutual, informándolo como factor numérico En

ambos casos se deberá utilizar 4 decimales. Ej 0,6050 (60,5%) Monto de la

Corresponde a la suma de las concurrencias de los distintos

concurrencia por

Organismos Administradores que concurren al pago de la

cobrar

Corresponde al monto de la pensión que se utilizo para

constituir los capitales representativos del pensionado.

representativo total Corresponde al capital representativo constituido por pensiones

normales más las constituidas por el fondo de contingencia. No

se incluye capital representativo por concurrencias por cobrar.

Corresponde al capital representativo calculado sin considerar

bonificaciones, concurrencias por cobrar ni por incrementos

constituido por

extraordinarios.

pensión normal

Corresponde al capital representativo calculado por

representativo por

merementos extraordinarios.

pensión de cargo

fondo de

contingencia

Rut del causante Deberá señalarse el Rut del accidentado o fallecido que originó

la o las pensiones de sobrevivencias, por lo tanto, este campo

deberá ser presentado para todas las pensiones de

sobrevivíencías

B) Tabla de concurrencias por pagar.

La siguiente tabla deberá contener los pensionados de otros Organismos Administradores por los

cuales esa Mutualidad concurre al pago de la pensión.

Sexo M Masculino, F

DDMM AAAA

Fecha inicio

DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que se

señala en la resolución que otorga la pensión, de tal forma, que la fecha de la resolución con la fecha de inicio de la pensión no

necesariamente debe ser la misma

Organismo que

1: ACHS, 2. Mutual de

paga la pensión

Se deberá informar el Organismo Administrador que paga la Pensión del beneficiario.

Seguridad CCHC; 3: IST; 4: INP; 5: Otro Organismo.

Tipo pensión 1: Invalidez parcial; 2:

Invalidez total; 3: Gran

que son definidos en el artículo 48 de la Ley N° 16 744.

invalidez; 4* Viudez, 5:

matrimonial; 6: Orfandad;

7 Ascendiente, 8:

Descendiente

1 Inválido; 2: Normal Se deberá definir este campo para todas las pensiones de

sobrevivencias En el caso de que se trate de una invalidez

la condición número 1 de inválido.

Considera el monto de la pensión con sus reajustes,

incrementos, aumento artículo 41 Ley N° 16.744,

concurrencias propias y de otros Organismos Administradores

y bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s

19 403, 19.539 y 19 953.

% Concurrencia

Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le

por pagar.

corresponde financiar a esa Institución, expresándolo como

Corresponde al monto de la pensión que se utilizó para

factor numérico y utilizando 4 decimales. Ej. 0,1550 (15,5%) Monto de la

consütuir los capitales representativos del pensionado

Corresponde al capital representativo constituido por esa

representativo total

Institución, por pensiones normales más las constituidas por el

fondo de contingencia.

C) Tabla de concurrencias por cobrar.

La siguiente tabla deberá contener los pensionados por los cuales esa Mutualidad cobra una

concurrencia a otro Organismo Administrador. Dichos pensionados necesariamente debieron ser

considerados en la "Tabla de pensionados vigentes". Se debe tener presente, que en esta tabla se

deberán llenar todos los campos de las demás Instituciones que concurren al pago de la pensión,

así como también el porcentaje que es de responsabilidad de la Mutual que informa, de tal forma,

que se complete el 100% de las concurrencias de dicha pensión.

Considera el monto de la pensión con sus reajustes.

incrementos, aumento artículo 41 Ley N° 16.744,

concurrencias de otros Organismos Administradores y

bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N"s

19.403, 19 539 y 19 953

Corresponde al monto de la pensión que utilizó esa Mutualidad

para constituir los capitales representativos del pensionado,

que es de su cargo

% Concurrencia

Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le

ACHS

corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma, expresándolo como factor numérico y uülizando 4 decimales. Ej. 0,1550 (15,5%) % Concurrencia

CCHC Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le

corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,

expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales. Ej. 0,1550. (15,5%) % Concurrencia

IST Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le

corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,

expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales.

Ej 0,1550.(15,5%) % Concurrencia

Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le

INP

corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,

expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales

Ej. 0,1550. (15,5%) % Concurrencia

Otra Institución. Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le

corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,

expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales.

Ej. 0,1550. (15,5%)

D) Tabla de pensiones en trámites.

La siguiente tabla deberá contener las pensiones que se encuentran en trámite en la Mutualidad,

entendiendo que se debe constituir capital representativo, a más tardar el mes siguiente de haber

tomado conocimiento.

Sexo M. Masculino; F

DD/MM/AAAA

Tipo pensión 1: Invalidez parcial; 2:

Invalidez total; 3' Gran

que son definidos en el artículo 48 de la Ley N° 1 6.744,

invalidez; 4: Viudez; 5:

matrimonial, 6. Orfandad;

71 Ascendiente; 8:

Descendiente.

1: Inválido; 2 Normal Se deberá definir este campo para todas las pensiones de

sobrevivencias. En el caso de que se trate de una invalidez

la condición número 1 de inválido

Corresponde al factor utilizado para calcular el capital

Factor utilizado en

representativo del pensionado, luego de descontar los

el cálculo del

duodécimos de los meses cumplidos de la edad del pensionado

Considera el monto de la pensión calculada o estimada, con

sus reajustes, incrementos, aumento artículo 41 LeyN" 16744,

concurrencias de otros Organismos Administradores y bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s

19.403, 19.539 y 19.953.

Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran otros

Porcentaje que le

corresponde a la

Organismos Administradores, se deberá señalar con un I para

Mutual del pago de

definir que es un 100%, en tanto que si concurren otros

la pensión

Organismos Administradores, se deberá registrar el porcentaje

de cargo de la Mutual, informándolo como factor numérico. En

ambos casos se deberá utilizar4 decimales. Ej. 0,6050 (60,5%)

Corresponde a la suma de la concurrencia de los distintos

Organismos Administradores que concurren al pago de la

concurrencia por

cobrar

pensión.

Corresponde al monto de la pensión que se utilizó para

constituir los capitales representativos del pensionado

Corresponde al capital representativo constituido por pensiones

representativo total

normales más las constituidas por el fondo de contingencia No

se incluye capital representativo por concurrencias por cobrar.

La información solicitada precedentemente, deberá ser remitida al correo electrónico

[correo reservado], a más tardar, el día 28 de febrero de 2006

Saluda atentamente a Ud.

^TíJAVIE tFH

. __7\^_ SlfPER _«|NTENO©^ // ETS^ ATRIBUCIÓN:

- Asociación Chilena de Seguridad

- Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción

- Instituto de Seguridad del Trabajo

- Archivo Central

- Oficina de partes

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