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SUSESOCircular28 de marzo de 2006

Circular 2286

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Mutualidad de Empleadores Ley N° 16.744; Instituto de Normalización Previsional (I.N.P.).

Normas citadas

  • D.S. N° 79, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
  • Ley N° 16744

Texto

¥*

GOblLRNO Dt CIIILL
StH'LKlNItNLHNCIA

DL SLGIIRIDAD SOCIAL

All|)H-2IMI(,-l)2()2X

CIRCULAR N°

SANTIAGO.

2. ¿8 6
2 8 MAR 2006

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL

TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES,
DE ACUERDO AL D. S.



79, DE 2005, DEL MINISTERIO

DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. IMPARTE
INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE

EMPLEADORES Y AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN
PREVISIONAL.

_l

cu

cambio

implcnicnlitción

los

procesos productivos, la incorporación
de nuevas tecnologías, la
de nuevos sistemas de administración, la globali/ación
y el eamliio del

modelo productivo, plantean nuevos escenarios que es necesario conocer
y controlar para

del trabajo y enfermedades profesionales. En esle mareo es fundamental
la
de conocimientos, adaplados a la realidad local, que permitan enfrentar los
desalío!;, con una base científica.

evitar accidentes
generación

nuevos y antiguos



Es así como en el número 8 del D.S.
79, de 2005, del Ministerio del Trabajo y ['revisión
Social, decreto anual que establecí; los traspasos, apones y uso d_ fondos de los organismos
administradoics

del

Seguro

Social

contra

riesgos

de

Accidentes

del

Trabajo

y

Eufeini edades Profesionales, se establece que el Instituto de Normalización Previsional
y
las Mutualidades de l-mplcadores, como organismos administradores de la
N"I6.744,

Ley

deben destinar durante el año 2006 parte de los montos destinados para la prevención de
riesgos

de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, de los trabajadores de sus

empresas

adheridas

innovación

o

afiliadas,

tecnológica

en

al

linaneiamiento de proyectos de investigación e
de enfermedades profesionales y accidentes

prevención

laborales.
Atendido que corresponde a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) impartir

las instrucciones al respecto, se ha considerado oportuno, en primer léimino, señalar los
objetivos

generales

que

persigue

esta

iniciativa,

y

posteriormente

impartir

las

correspondientes instrucciones:

ühjclivo? Generales:
Potenciar el desarrollo del

-

conocimiento

científico,

acorde a

la

realidad

local, que

permita contribuir a prevenir las enfermedades profesionales y los accidentes laborales.

Delectar y ptioii/ar los desafios pendientes en la prevención de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales,

Que la información que se gencie como resultado de dichos proyectos de investigación
e innovación tecnológica sea utilizada por los organismos administradores para orientar
acciones

de sus Planes Anuales de Prevención.

LI-INANCIAMIENTO

Los montos que los organismos administradores. Mutualidades de Empleadores e Instituto
de Normalización Previsional
INP-, deberán destinar al linaneiamiento de los proyectos
-

de investigación e innovación tecnológica que desarrollen durante el año 2006, son los
siguientes:

-

Inslitulo de Normalización Previsional:

-

Asociación Chilena de Seguridad:

-

Mutual de Segundad de la C.CI l.C:

-

Instituto de Seguridad del Trabajo:

$ 25.000.000
$ 99.000.000
$ 69.000.000
$ 24.000.000

Con estos recursos se delician financiar todas las etapas de dcsanollo que requieren los
proyectos

de investigación c innovación tecnológica, como son: presentación, evaluación,

seguimiento y control, y publicación y difusión, las que se definen más

adelante.

2. ÁKI1AS DE INVESTIGACIÓN

Los

ptoyeetos

deberán

estar

dirigidos

a

la

investigación

e

innovación

prevención de las enfermedades profesionales y de los accidentes del

trabajo.

tecnológica en

Cada organismo administrador podrá definir lincas de investigación especificas, según la
magnitud,

gravedad

el

y/o

impacto

económico, entre otros, de los problemas de salud

laboral que afecten a los trabajadores de sus entidades empleadoras adheridas o afiliadas.

3. INVESTIGADORES
Los

pioyeelos

podrán

ejecutados

ser

profesionales contratados para

por

personal

del

organismo

administrador, por

los fines específicos del proyecto, aunque no tormén parle

del organismo administrador, o por entidades técnicas y/o académicas contratadas paia cada
proyecto especulen.

*

Se debeiá definir quien será el Investigador pi iucipal, quien pata lodos los decios sciá el
responsable del proyecto.

Debido

a

usía

que

tarca

podía contralai

ha

no

¡idininisliailoies, con caigo a

sido

uno

de los

ejes

regulaics

en

los

los lecuisos destinados a este fui, duianlc el

organismos

año

2006, se

la ascsoii.i de investigadores para la formulación tlel pioyeelo.

Incompatibilidades

No

podrán

investigadores: los Gerentes, el fiscal y los miembros del
Mutualidades, los Directivos y funcionarios del INP; los Directivos y

participar como

Duectorio de las

funcionarios de las SEREMI de Salud y los de los Servicios de Salud; así como tampoco
los Directivo* y funcionarios de la SUSESO.

ENTIDAD EVALUADORA

4.

El

Instituto

de

Normalización

Pievisional

y

las

Mutualidades

deberán

someter

a

investigación, que eslén orientados a las áieas de investigación
definidas, ante una Entidad Evaluadora.

calificación los proyectos tic
ya

Para eslos efectos, se denominará Entidad Evaluadora al Comité Científico Externo de
una

Universidad o de una Organización de Investigación Científica Nacional ipie evalúe los

aspectos técnico-científicos

de cada proyecto.

Deludo a que el año 2006 es el primer año de implcincntación de esta modalidad, se suj_;icic
como entidad evaluadora a l.i Fundación Científica
y Tecnológica <www.lucvt.cl) o
la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Chile.

ulili/ai

a

5.

ENCARGADO DE PROYECTOS

Cada Oigamsmo Administrador deberá designar un Encargado de Proyectos ipiicn
coordinará
los aspectos administrativos, seguirá la ejecución de cada pioyeelo y
concentrará la información de todos ellos.

6.

I. TAPAS DEI. PROCESO

El pioeesn de desarrollo de dichos proyectos constará de las siguientes etapas:

6.1 Presentación
fi.2 l'valiiiieión

6.3 Seguimiento y Control
d.4 Informe final

6.5 Publicación y Difusión

6.1. Presentación

I.os proyectos deberán ser presentados a la SUSESO en el formato definido en el
ANEXO
| (FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE
uscsgtffV'suseso

/

Los

el o a través de la

proyectos

que

no

PROYECTOS), a la dirección de correo

Exlranct, según disponibilidad.

utilicen

el

formato

de

presentación

seián

rechazados

automáticamente.

/

Los puntos contemplados en el formato deberán ser eomplelados a

cabahdad, siguiendo

las instiueeioncs o lincamientos establecidos pata cada punto en el mismo formato.
Esla Supenntendeneía evaluará sólo la pertinencia del proyecto, el uso del foimaio
posibles

incompatibilidades de los mvcstigadoics.

y las

La decisión de la SUSESO se informará a cada organismo adnuniMiadnr, a la dilección de

informa en la presentación, en el plazo máximo de 7
dias, contado
desde la fecha de envío del correo con la presentación a la Supennlendeneia.
correo electrónico que

Los proyectos serán informados, en el

formato que se incluye en el ANEXO II (PAUTA

DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS SUSESO) como:
y

Aceptado, puede sei evaluado, o

S

líccha/ado

6.2 Evaluación

Los jiroycctos que sean informados por la Superintendencia como "Aceptado, puede sei
evaluado"

podrán ser presentados para su evaluación a la Entidad
contenido en el ANEXO I

La evaluación de
asjicctos

cada

Evaluadora, en el formato

.

proyecto por parte

de la Entidad Evaluadora, la (pie considera

técnicos y éticos, deberá ser infoimada según el fórmalo contenido en el ANEXO

III (PAUTA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS ENTIDAD EVALUADORA)

Plazo
El plazo

p¡na completar

la etapa de evaluación deberá ser máximo de 30 dias, contado

desde el día en que el proyecto es aceptado por la Superintendencia.

La

calificación

siguientes

de los

proyectos

por

parte

de la

entidad

evaluadora

daiá lugar

a

los

resultados-

S

Aceptado: el proyecto cumple los requisitos técnicos definidos paia el propósito-.

S

Rechazado, susceptible de introducir mejoras: el proyecto requiere ser corregido.
En este caso se deberán icalizar las correcciones y ie-postular el jíioyccto, en el
del mismo año si los plazos se lo permiten, o durante el proceso del año

proceso

siguiente, si no alean/a
^

Rechazado definitivo: el proyecto es rechazado en forma definitiva para postular
en el año tic presentación a evaluación.

Puede volver a re- postular al año siguiente,

sólo si es rclórmulado; en caso contrario, deberá ser rechazado.

La Entidad Evaluadora deberá comunicar, al respectivo organismo administrador, el
resultado de la evaluación de cada uno de los proyectos evaluados, mediante correo
clecliónieo dingido a la dilección indicada en la presentación y con copia a la SUSESO,
.i

la dirección usesalfrí vuscso.cl

,

remitiéndoselos laminen poi escrito.

6.2.2 Aspectos Éticos

Todos los proyectos que involucren estudios en trabajadores, deberán incluir un informe
aprobatorio de un comité de etica del propio organismo administrador.

La participación de trabajadores en los estudios deberá ser voluntaria, respetando cualquier
El consentimiento para la participación en el pioyeelo deberá

objeción que éstos presenten.
ser

iceogído

mediante

un

certificado

de

consentimiento

informado

firmado

por cada

trabajador que participará en el estudio.

Asimismo,

se

deberá

requerir

la

participación

en

forma

voluntaria

de tas entidades

empleadoras, respetando cualquier objeción que éstas presenten. El consentimiento para la
participación

en

el

proyecto

deberá ser recogido

mediante

una

carta

de consentimiento

firmado por el Gerente General o representante legal de la entidad empleadora
Los formatos de ambos consentimientos deberán incluirse entre los

antecedentes que so

presenten a la Entidad Evaluadora.

6.3. Seguimiento y Control
Los organismos

administradores

deberán realizar el seguimiento de la ejecución de los
del mismo proyecto. Este seguimiento deberá

proyectos aprobados, según el cronograma

ser sobre las acciones programadas y sobre los gastos que el proyecto contempla.

Para tal electo, el respectivo organismo administrador deberá designar un Encargado de

Proyectos, euya identidad deberá ser puesta en conocimiento de esta Superintendencia
dentro de los cinco dias hábiles siguientes a su designación.
El Investigador Principal deberá dar cuenta al Encargado de Pioyeelos, de los avances en
el

desarrollo del proyecto, así como de los gaslos derivados de la ejecución del mismo, en

los formularios definidos para tal efecto: FORMATO INFORME TÉCNICO Y
FORMATO INFORME GASTOS, los que se encuentran en el ANEXO IV (MOJA I y

IIO.IA2)

6.4. Informe Final

El Investigador Principal deberá confeccionar un Informe Final de reporte de los
finalizar el Proyecto, según los plazos establecidos en la postulación de éste.

resultados al

informe final será entregado al Gerente de Prevención de «¡usgos de la respectiva
Mutualidad o a) Gerente General del INP Sector Activo, según corresponda, y los hallazgos
que se generen deberán ser considerados en la confección de los Planes Anuales de

El

Prevención.
Una copia del

informe

final de resultados deberá ser remitida a la Superintendencia de

Seguridad Social, con la finalidad de que conozca el alcance

y el resultado de los

proyectos

de investigación.

6.5. Publicación y Difusión

El Investigador Principal podrá desarrollar todas las publicaciones que puedan resultar de
los

proyectos

extranjeros,

y podrá postular a

que

éstas

sean

publicadas

en

medros

nacionales

o

Además podrá utilizar los órganos de difusión interna de cada Organismo

Administrador

Una copia de cada publicación deberá ser remitida a esla
ponga

a

disposición del reslo de los Organismos

Superintendencia, para <|uc isla la

Adn,l,us,radorcs y de la comunidad en

general.

Para una mejor difusión de los estudios en malcrías de

prevención de riesgos laborales la

Supcnu tendencia de Segundad Social podra organizar un

los resultados de los proyectos ejecutados.

Oongrcso. en el cual se présenle,,

PROPIEDAD

7.

El o los autores y el Organismo Administrador autorizarán a esta
ponga a

Supcnntendencia a que
y de la comunidad en

disposición del resto de los Organismos Administradores

general, todos los proyectos

finalizados,

a fin do que los hallazgos puedan ser

utilizados en

de la prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
en lodo el
Sin perjuicio tic lo anterior, se mantendrán los créditos tic autoría
del proyecto así
como de los informes que resulten de éste.
pro

país.

H.

INSTRUCCIONES GENERALES

a)

La

presentación

de

proyectos evaluados

por

la Entidad Evaluadora

se

deberá

realizar, anle la Superintendencia de Segundad Social, desde la fecha de entrada
en vigencia

del decreto que instruye al respecto

y hasta el 30 de junio del año

2006,

b)

Las Mutualidades deberán informar el gasto ejecutado de estos Pioyeelos a través
del I'UP-EE, en la Nota Explicativa N° 28 "Prestaciones Preventivas de

Riesgos",

debiendo agregarse en "Oíros Gastos" el nombre "Proyectos de Investigación e
Innovación

Tecnológica"

Esta información deberá incluirse en la presentación dé

los Estattos Financieros referidos a junio del presente año, en adelante.
e)

El Instituto de Normalización Previsional deberá informar el gasto ejecutado de
Proyectos a través del "Informe de Gastos", debiendo incluir la prunela
información en el informe del mes de junio de 2006.

estos

d)

Una copia del informe final de cada Proyecto deberá ser remitida a la
Superintendencia de Segundad Social en un plazo máximo de 7 días desde la
fecha de término de su elaboración.

e)

Si el Investigador Principal establece que un proyecto no podrá concluí] se en los
plazos

establecidos, e! Encargado de Proyectos deberá informar

causas por las que se extenderá más allá de dicho plazo a la

señalando

las

Superintendencia, a lo

menos, dos meses antes del vencimiento del plazo establecido.

0

Si

se excede el plazo comprometido, sin

periodo

dar aviso a la Superintendencia en el

indicado en la letra e) anterior, el proyecto no podrá ser considerado en la

16.744 del año siguiente, y el
Ley

asignación de recursos del piesupueslo de la

Organismo Administrador deberá

continuarlo

en

el

año

siguiente

proveyendo

recursos adicionales a los destinados a gastos en prevención de riesgos.

g)

Los

Organismos

Administradores

deberán

contemplar

en

los

convenios

o

contratos respectivos, que los responsables de proyectos no concluidos por causas

diferentes a fuerza

mayor o caso

fortuito quedarán inhabilitados para postular

nuevos proyectos por lo menos durante dos años consecutivos, sin perjuicio de las

demás responsabilidades que le pudieran eorrespondei

.

Ii)

Los documentos e informes instruidos en esta Circular, así como la
documentación, escrita y digital, que se genere en el desanollo de los proyectos,
deben estar disponibles para ser audilados en cualquier momento por esta

Supci intendencia.

i)

Se deberá dar la

mayor

difusión a las presentes instrucciones y las personas

encargadas de cumplirlas deberán conocer el texto integro de la piesenle

Circular.

Saluda aleiilamenle a Ud,

%>.. Jvkyy/^^ ~:MjAVIKKÍKlÍÉN/.Ar.Íl)ASAr¡lrANI)KU
•C

aTuvoic/iuv

'Wj>'",.

1/

-

SUPEKUVIlíNDIiNlK

-*1

\

distriiuición:
(se adjuntan 4 ANEXOS)
Mutualidades de Empleadores Ley N° 1 6.744 \
Instituto de Normalización Previsional
Copia informativa a:
Ministro del Trabajo y Previsión Social
Subsecretaria de Picvisión Social

Miuistta de Salud

Subsecretaria de Salud Pública
Secretarios Regionales Ministeriales de Salud
Director del Tiaha|o
Empresas con Administración Delegada
I isealia
Secielaiía Geneial

Departamento Jurídico
Departamento Actuaría!

Departamento Medico
Depai lamento Inspección
Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo
-

-

Unidad de Esludios
Oficina de Parles
Archivo Central

ty

GOBIERNO Dt CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E

INNOVACIÓN

TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES
DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES

PROFESIONALES
LEV N- 16.744

FORMULARIO DE PRESENTACIÓN
DE PROYECTOS

ORGANISMO ADMINISTRADOR:

CORREO ELECTRÓNICO
ANTECEDENTES DEL PROYECTO

II.

11.1 TÍTULO:

1.2 TIPO DE PROYECTO:

Investigación Cientillca

|

"]

Innovación Tecnológica

11.3. ÁREA DE INVESTIGACIÓN:

Accidentes del Trabajo

I

I

Enfermedades Profesionales

11.4 DURACIÓN DEL PROVECTO:

|

| (Máximo 2 años)

Escriba 3 palabras claves que identiliquen el proyecto

11.5

INVESTIGADOR(A) PRINCIPAL

_r

APELLIDO PATERNO

APELLIDO MATERNO

DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO

DEPARTAMENTO / UNIDAD

INSTITUCIÓN

1.6

COINVESTIGADORES(AS)
N-

1

2
3
4

APELLIDO
PATERNO

APELLIDO
MATERNO

NOMBRES

DEPARTAMENTO UNIDAD

RESUMEN DEL PROYECTO:
indique el propósito,

la metodología y los resullados esperados del proyecto. Sea claro y preciso Utilice sólo t
letra lipo Arial 10.

espacio disponible con

cqrMULACIÓN

DEL PROYECTO: Señale la exposición general del problema, su origen, el estado actual del

Lucimiento, la
ílasección la bibliografía,

fundamenlación teórica, la discusión bibliográfica y la originalidad de su propuesta.
para esto utilice la sección correspondiente {III

6)

No incluya en

HIPÓTESIS DE TRABAJO: Señale cual es la(s) hipótesis de ,raba)o.

OBJETIVOS GENERALES:

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

VIH

METODOLOGÍA: En esta sección señale cuáles serán los participantes, el diseño de la investigación, el plan de
recopilación de datos, las técnicas analíticas, estadísticas y experimentales que utilizara

objetivos planteados.

para alcanzar

los

IK

DE TRABAJO:

Especifique las etapas, actividades y plazos Si desea puede utilizar una carta Gantt.

Bl

GRAFÍA: Señale la bibliogralia revisada para la lormulación del proyecto

(SUMEN PRESUPUESTO

2006

ÍTEMS

2007

Total

Personal
Gastos de Operacionales
Equipos
Evaluación

Publicación

Tolal Solicitado (en pesos)

DEFINICIONES PRESUPUESTARIAS

Xl.1.1 PERSONAL: corresponde a los gastos por contratación de profesionales distintos a los del organismo
administrador, como el asesor cientílico u otros.

Xl.1.2 GASTOS OPERACIONALES: corresponde a

la

adquisición

de

materiales

de oficina,

msumos

técnicos y científicos, fotocopias, insumos computacíonales y franqueo.

Xl.1.3 EQUIPOS: corresponde a la compra de aparatos, no disponibles en el organismo administrador y que
sean necesarios para realizar el estudio.

Xl.1.4 EVALUACIÓN: corresponde

al

costo

de la evaluación.

Los valores de la evaluación deben

ser

consultados direclamente ante el organismo evaluador.

Xl.1.5 PUBLICACIÓN: corresponde
como en material

al costo que significa generar el

articulo, tanto en horas de trabajo

Además se debe considerar el costo de publicar el artículo en algún medio nacional o

extranjero.

ASPECTOS ÉTICOS:

Si el proyecto de investigación requiere la realización de estudios de cualquier índole a trabajadores, se deberá
adjuntar un informe del Comité de Ética del organismo administrador, con la aprobación del proyecto de parte de
Se deberá incluir también el formato de carta de Consentimiento Informado que se entregará a los
trabajadores que participen en el estudio
este comité

La participación de las

empresas también

deberá ser certificada mediante

manifiesta que acepta participar en el proyecto

una carta en

que

la empresa

¥

GOB|ERNO Dt CHILt
íUrMNTLNDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
sur,»..

PROVECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES

LEV

N"

16.744

PAUTA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS

SUSESO

ORGANISMO

ADMINISTRADOR:

INVESTIGADOR(A) PRINCIPAL

APELLIDO PATERNO

APELLIDO MATERNO

«TIPO DE PROVECTO:

Investigación Científica

NOMBRES

|

]

Innovación Tecnológica

1.1 ASPECTOS FORMALES (Marque con un X, según corresponda)

¡,E\

proyeclo lúe prcsenlado en el lormalo predefinido?

U PERTINENCIA

¿Corresponde

a un proyecto

de rnvesligación o de innovación tecnológica en el

área de prevención de riesgos de accidentes o enlermedades

profesionales?

M INCOMPATIBILIDADES

¿El o los

invesligadores

llene alguna incompalibihdad para poder parlicipar en el

provecto?

.

.

'■ RESULTADO {marcar una X según corresponda)

fepgTr^eoTi^aluado
«chazado

~

I

I

COMENTARIOS



VIII. EVALUADOR(ES)

l FECHA ENTREGA RESULTADOS

¥

GOBIERNO DE CHILE

ANEXO III

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES

PROFESIONALES
LEY N' 16.744

PAUTA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS

ENTIDAD EVALUADORA

I. ORGANISMO ADMINISTRADOR:

INTITULO:

III. INVESTIGADOR(A) PRINCIPAL

APELLIDO PATERNO

APELLIDO MATERNO

IV. TIPO DE PROYECTO:

Investigación Cienlilica

I

Innovación Tecnológica

V.1 ASPECTOS TÉCNICOS

SI
Revisión bibliográfica

¿La

revisión bibliográfica es almgente y reciente7

Planteamiento del

¿Está claramente planteado el problema que origina

problema

el estudio''

Propósito del estudio

¿Está claramente definido el propósito del estudio?

Hipótesis del estudio

¿Se expresa con claridad la hipótesis investigación?

Metodología

¿ La hipótesis es susceptible de ser probada?
6Es adecuada la descripción metodológica?
/ Es apropiada

Muestra

la definición de variables?

¿Es clara la metodología de selección de la
muestra7

,-

Es representativa la muestra9

Referencia

¿Las referencias son actualizadas7

Bibliográfica

¿El

formato es consistente7

NO

¿El

estudio requiere considerar aspectos éticos?

Si la respuesta es sí:
-¿Se

adjunta el pronunciamiento del Comité de Etica?

■6Se

adjuntan el o los formatos de consentimiento

empresa)7

VI. RESULTADO (marcar una X según corresponda)
Aceptado

Rechazado, es susceptible de mejoras
Rechazado en lorma definitiva

Vil. COMENTARIOS

VIH. ENTIDAD EVALUADORA

IX. FECHA ENTREGA RESULTADOS

informado(trabajador y/o

V

ANEXO IV

GOBIERNO DE CHILE
UTERINTENDENCIA DE

SEGURIDAD SOCIAL

HOJA 1

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES

PROFESIONALES
LEY

N'

16.744

INFORME AVANCE PROYECTOS

ÍTULO PROYECTO:

«FORMADO POR

1 APELLIDO PATERNO

:f ECHA INFORME

RESUMEN AVANCE

APELLIDO MATERNO

ANEXO IV

GOBIERNO DE CHILE

«¡ü>

SUPERINTENDENCIA

DI SEGURIDAD SOCIAL

HOJA 2

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES
LEY



16.744

INFORME GASTOS PROYECTOS

I. TITULO PROYECTO:

II. INFORMADO POR

APELLIDO PATERNO

.

APELLIDO MATERNO

FECHA INFORME

IV. RESUMEN GASTO
ÍTEM

DETALLE

MONTO

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