Circular · SUSESO
N° 2601 de 2009
30 dic 2009
Invalidez, indemnización y pensiones
Lo que resuelve
La Superintendencia instruye a las mutualidades remitir archivos planos con la nómina de pensionados vigentes, concurrencias por pagar y cobrar, y pensiones en trámite al 31 de diciembre, detallando campos específicos para cada pensionado.
Resumen generado automáticamente a partir del texto; no reemplaza la lectura del documento.
Destinatario
Asociación Chilena de Seguridad; Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de Construcción (C.Ch.C.); Instituto de Seguridad del Trabajo (I.S.T.).
Texto completo
&*> GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
AU08-2009-07S1
CIRCULAR N" ~f.HU
SANTIAGO, 30 DIC. ZOOS
SOLICITA NOMINA DE PENSIONADOS DE LAS
MUTUALIDADES
DE EMPLEADORES DE LA LEV Nc 16.744
Esta Superintendencia, en uso de las facultades fiscalizadoras que le confieren las Leyes N°s. 16.395 y
16.744, instruye a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 para que remitan cuatro
archivos planos con extensión TXT, referidos a la nómina de pensionados vigentes, las concurrencias
por pagar, concurrencias por cobrar y pensiones en trámites, referidas al 31 de diciembre del 2009, las
que deberán contener para cada pensionado la información que se señala en los campos de las siguientes
tablas, los cuales deberán ser separados por un punto y coma:
A) Tabla de pensionados vigentes
lisia tabla debe contener la nómina de todos los pensionados a los cuales la Mutualidad les pagó
una pensión en el mes de diciembre de 2009, entendiéndose por ello todas las pensiones emitidas a
pago aún cuando no hayan sido cobradas por el beneficiario.
OBSERVACIONES
Rut beneficiario
M* Masculino;
Femenino
DD/MM/AAAA
Fecha
nacimíenlo
DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que se
Fecha
señala en la resolución que otorga la pensión, de tal forma, que
la fecha de la resolución con la fecha de inicio de la pensión no
necesariamente debe ser la misma
Los pensionados ascendientes y descendientes serán aquello:
1: Invalidez parcial; 2:
Tipo pensión
que son definidos en el articulo 48 de la Ley N° 1 6.744.
Invalidez total; 3: Gran
invalidez; 4: Viudez; 5:
matrimonial; 6: Orfandad,
Se deberá definir este campo para todas las pensiones de
Condición
1 : Inválido; 2: Normal
la condición número 1 de inválido
Se deberá señalar para las distintas pensiones de invalidez, de
hijos
N° de
viudez y de madre de hijo no matrimonial. En el caso que no
de
causantes
existiesen hijos causantes de Asignación Familiar, se deberá
Asignación
señalar con un 0 senaioi wn »■• «*. ^^_^^_^^
Familiar.
Corresponde al factor utilízalo para calcular el capital
representativo del pensionado, luego de descornar lo»
duodécimos de los meses cumplidos de 1. edad del pensionado
Considera el monto de la pensión con sus reajustes.
incrementos, aumento articulo 41 Ley N> 16.744.
concurrencias de otros Organismos Administradores y
bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N s
19.403, 19.539 y 19 953.
El monto deberá expresarse con dos decimales
Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado cot
Incremento Ley Nc
19.578
dos decimales.
Se deberá señalar el momo que corresponde, expresado coi
Incremento Ley N°
19.953
dos decimales.
Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado coi
Incremento Ley N°
20.102
dos decimales
Bonificación Ley N° 19.403 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado coi
dos decimales.
Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado coi
Bonificación Ley N° 19.539
dos decimales.
Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado coi
Bonificación Ley N° 19.953
dos decimales.
Aumento por
Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado cot
Articulo 41 de la
dos decimales.
LeyN0 16.744
Porcentaje que le
Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran otro
corresponde a la
Organismos Administradores, se deberá señalar con un 1 par.
Mutual del pago de
definir que es un 100%, en tanto que si concurren otro
la pensión.
Organismos Administradores, se deberá registrar el porcentaj de cargo de la Mutual, informándolo como factor numérico E
ambos casos se deberá utilizar 4 decimales. Ej. 0,6050 (60.5%
Corresponde a la suma de las concurrencias de los distinto
concurrencia por
Organismos Administradores que concurren at pago de 1
cobrar
pensión, expresado con dos decimales.
Momo de la
Corresponde al monto de la pensión que se utilizó par
constituir los capitales representativos del pensionadt
expresado con dos decimales
Corresponde al capital representativo constituido por pensione
normales más la proporción que es de cargo del fondo d
contingencia. No se incluye capital representativo pe
concurrencias por cobrar, por cuanto no corresponde s
Corresponde al capital representativo calculado sin consider. bonificaciones, concurrencias por cobrar ni por incremente
constituido por
extraordinarios.
pensión normal
Corresponde al capital representativo calculado pe
representativo por
incrementos extraordinarios.
proporción de la
pensión de cargo
fondo de
contingencia.
Rut del causante Deberá señalarse el Rut del accidentado o fallecido que oí ¡gin la o las pensiones de sobrevivencias, por lo lamo, ene camp deberá ser presentado para todas tas pensiones d
sobrevivieneias.
percibida. Si; No Deberá señalarse si el pensionado recibe una segunda pensiói además de la establecida por la Ley Ns 1 6.744 Régimen legal de
l.D.L. N° 3.500; 2: S.S.S.
Se deberé identificar el cuerpo legal que otorga la segund
LeyN° 10 383, 3: Empart;
4. Canaempu, 5: Otra
Se deberá considerar la fecha de inicio de la segunda penstó que recibe el pensionado
segunda pensión. Considera el monto brulo de la segunda pensión. El monlo deberá expresarse con dos decimales.
B) Tabla de concurrencias por pagar
La siguiente tabla deberá contener los pensionados de otros Organismos Administradores por los cuales esa Mutualidad concurre al pago de [a pensión.
CAMPOS NORMADO OBSERVACIONES Rut beneficiario
Nombres
Sexo M; Masculino; F: Femenino Fecha de
nacimiento DD/MM/AAAA
Edad
Pecha inicio
pensión DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que se
señala en la resolución que otorga la pensión, de tal forma, que
la fecha de la resolución con la fecha de inicio de la pensión no
necesariamente debe ser la misma.
Organismo que
Se deberá informar el Organismo Administrador que paga la
1: ACHS; 2: Mutual de
paga la pensión
Pensión del beneficiario.
Seguridad CCHC; 3' IST; 4: INP, 5: Otro Organismo
Tipo pensión 1: Invalidez parcial; 2:
Los pensionados ascendientes y descendientes serán aquellos
Invalidez total; 3: Gran
que son definidos en el articulo 48 de la Ley N° 16.744.
invalidez; 4: Viudez; 5:
mairimonial; 6; Orfandad;
Condición del
1: Inválido; 2: Normal Se deberá definir este campo para todas las pensiones de
la condición numero 1 de inválido.
Considera el monlo de la pensión con sus reajustes,
incrementos, aumento articulo 41 Ley N" 16.744,
concurrencias propias y de oíros Organismos Administradores
y bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s
19.403, 19.539 y 19.953.
El monlo deberá expresarse con dos decimales
Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde financiar a esa Institución, expresándolo como
por pagar.
factor numérico y utilizando 4 decimales. Ej. 0,1 550. ( 15,5%)
Corresponde at factor utilizado para calcular el capital
representativo del pensionado, luego de descontar los
duodécimos de los meses cumplidos de la edad del pensionado
Corresponde al monto de la pensión que se utilizó par¡
constituir los capitales representativos del pensionado
expresado con dos decimales.
consumir capital
Corresponde al capital representativo constituido por pensiones
normales más la proporción que es de cargo del fondo di
contingencia. No se incluye capital representativo pot
concurrencias por cobrar, por cuanto no corresponde su
percibida. Si; No Deberá señalarse si el pensionado recibe una segunda pensión,
además de la establecida por la Ley N° 1 6.744.
Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la segunda
Régimen legal de
1:D.L. N° 3.500; 2: S.S S.
LeyN° 10.383; 3. Empart;
4: Canaempu; 5: Otra
DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la segunda pensión
que recibe el pensionado.
Considera el monto bruto de la segunda pensión.
El monlo deberá expresarse con dos decimales.
segunda pensión.
C) Tabla de concurrencias por cobrar
La siguiente tabla deberá contener los pensionados por los cuales esa Mutualidad cobra ur
concurrencia a otro Organismo Administrador. Dichos pensionados necesariamente debieron si
considerados en la "Tabla de pensionados vigentes". Se debe tener presente, que en esta tabla !
deberán llenar todos los campos de las demás Instituciones que concurren al pago de la pensió
asi como también el porcentaje que es de responsabilidad de la Mutual que informa, de tal form.
que se complete el 1 00% de las concurrencias de dicha pensión.
CAMPOS NORMADO OBSERVACIONES
Rut beneficiario
Dígito venfieador
Considera el monlo de la pensión con sus reajustes,
incrementos, aumento articulo 4 1 Ley N° 16.744,
concurrencias de otros Organismos Administradores y bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s
19.403, 19.539 y 19.953.
Corresponde al monto de la pensión que utilizó esa Mutualidad
para constituir los capitales representativos del pensionado,
que es de su cargo.
Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
ACHS
corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales.
Ej. 0,1550. (15,5%)
Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
CCHC
corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales.
Ej. 0.1550 (15,5%)
IST Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales
Ej 0,1550.(15,5%) % Concurrencia
INP Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde concurrir a esla Institución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales.
Ej. 0,1550 (15.5%) % Concurrencia Otra Institución. Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico y utilizando 4 decimales
Ej. 0,1550.(15,5%)
D) Tabla de pensiones en trámites
La siguiente tabla deberá contener las pensiones que se encuentran en trámite en la Mutualidad, entendiendo que se debe constituir capital representativo, a más tardar el mes siguiente de haber tomado conocimiento del inicio del trámite.
CAMPOS NORMADO OBSERVACIONES Rut beneficiario
Nombres
Sexo M: Masculino, F.
Femenino
DD/MM/AAAA
Fecha de
nacimiento
Edad
Los pensionados ascendientes y descendientes serán aquellos
Tipo pensión 1: Invalidez parcial; 2:
que son definidos en el articulo 48 de la Ley N° 16.744.
Invalidez total; 3; Gran
invalidez; 4. Viudez; 5:
matrimonial; 6: Orfandad;
Condición del
1: Inválido; 2: Normal Se deberá definir este campo para todas las pensiones de
la condición numero 1 de inválido.
Corresponde al factor utilizado para calcular el capital
representativo del pensionado, luego de descontar los
duodécimos de los meses cumplidos de la edad del pensionado
Considera el monto de la pensión calculada o estimada, con
Monlo total de la
sus reajustes, incrementos, aumento artículo 41 LeyN0 16.74¿.
concurrencias de otros Organismos Administradores >
bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N's
19 403, 19.539 y 19.953.
Porcentaje que le
Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran otros
corresponde a la
Organismos Administradores, se deberá señalar con un 1 para
Mutual del pago de
definir que es un 100%, en tanto que si concurren otros
la pensión.
Organismos Administradores, se deberá registrar el porcentaje
de cargo de la Mutual, informándolo como factor numérico. En
ambos casos se deberá utilizar 4 decimales. Ej. 0,6050 (60,5%)
Corresponde a la suma de la concurrencia de los distintos
concurrencia por
Organismos Administradores que concurren al pago de la
cobrar
El monlo deberá expresarse con dos decimales.
Monlo de la
Corresponde al monlo de la pensión que se utilizó para
constituir los capitales representativos del pensionado.
Corresponde al capítol representativo constituido por pensiones
normales más la proporción que es de cargo del fondo de
contingencia. No se incluye capital representativo por
concurrencias por cobrar, por cuanto no corresponde su
percibida. Sí; No Deberá señalarse si el pensionado recibe una segunda pensión.
además de la establecida por la Ley N" 1 6.744.
Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la segunda
Régimen legal de
I:D.LN° 3.500; 2: S.S.S.
Ley N° 10.383; 3: Empart; 4: Canacmpu; 5: Otra
DD/MM/AAAA Se deberá considerar la Techa de inicio de la segunda pensión
que recibe el pensionado.
Considera el monlo bruto de la segunda pensión.
Monlo total de la
El monlo deberá expresarse con dos decimales.
segunda pensión.
La información solicitada precedentemente, deberá ser remitida por CD con oficio conductor y por
correo electrónico a la Hinrrión rsnc//nMiscso.cl. a más tardar, el día 31 de enero de 2010.
Saluda atentamente a Ud.
Alvaro elizalPe soto superintendente
•
! 22- SUETS
«STRIBUCION: Asociación Chilena de Seguridad «utual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción tailuto de Seguridad del Trabajo ^parlamento Actuaría! *cína de partes Archivo Central
Otros pronunciamientos sobre invalidez, indemnización y pensiones
Dictamen SUSESO N° 159061-2026, de 04.11.2026
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