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SUSESOCircular13 de mayo de 1968

Circular 266

Seguro laboral (Ley 16.744)

Normas citadas

  • Ley N° 16744

Texto

CCilpION

LEY N

W "";*'■



.—

_

\4'

"""

J«ii'-

■"

""•'', 1

|*

*

.

*''•"";*.,

bre

concesión

benef'.ceos en
de accidentes del trab-rio

i

casos

I

enfermedades

v

I

•"-~

u

U L A

v

v¿

Pe li
a

esta

concederse

Puperinterdercie
benefic

cidentes

del

riorided.

a

os

a

Trábalo,

o

le

de

uniformar

les

disposic

tos

pe

il

2 6 6

13 de llave 1008.

los

crit

en

feche

terioridad

tado

quedan

época,
1^

el

12

esto

durn-r intendencia,

es,

de Payo

de

facilitar 1:

trPrte,

he

^esnelto

por

In

de

ante-

con

con

fin

el

de

aplicación

y de

los

inp ertir

regieren

l.-s

si

iclaratcrias:

Si

a)

principio

la

le

,n.4™a«

ani,r0ud,

19 58

o

v,e«n

pT
al

en

una

los

en

'3

feche

el

atender

ocurrió

con

en

a

an

del

ecciden

a

aquella

eccidente

oc --rrió

derechos

isle-ceón

b)
uj

fundamental

consiste

accidente

el

1968,

de

por

i,
ia

El

beneficies

de

de Papo

««-

~<=

deben

^u.o

1&„74#-«

referencia

repnlados

censiP--

Caj.~

la

Le

y Pe

en

mercantiles,

en

accidente;

al

Ne

en

ley

concesión

del

e.seeuro.dos

Ley

-rios

inetrucciones

de

la forne

le

I.--

meterla

de

acerca

comparres

en

le

de

onee

formnlePc diversas

-n

runos

de

vigencie

ctnele.ente

guientes

la

vigente

posterior,

loe

dere-

'

,

chos

en

la

Que

Ley

corresponden

H^

16.744.

*

AL

v

profoeP erales.

-x.rPdlP.GO,

tas

so-

Pe

";;;;:rU


,pcip4...-^-

eclereroriae

,

j

-'-.

pin. -pV

*

\ícri~-

In-tr--cciones

-r-:-r"l

■—

', fp fV /P..PÍÍ

*

i'.

16.744-.

1EPCR

aocident.ide
macciieuo

eon

los

establecidos

/

'■■;

2

-

-.

II.-

anterioridad

su

las

vez,

le

al

de Mayo de 1968:

siguientes

por

dei

cha

pólizas

ocurridos

pueden

presentarse,

1) Particulares
día 30 de Abril de 1968 y

al

contratadas

la Caña de Accidentes del

en

por

am

liados

al

¿ervicio de Seguro Social

contratadas

en

y

Trabajo;

por

amparados

la Caja de Accidentes del

que

municipales,

son

no

afiliados

afi

no

póli

Trabajo;

4-) Situación de
obreros

afilia

pólizas

3) Accidentados

zas

no-

accidente;

Servicio de Seguro Social y amparados

al

a

la fe

a

2) Accidentados
dos

con

situaciones:

p

•-■•4

parados

Accidentes

los

del Servicio de

Seguro Social.
Respecto de
refiere

se

que

ninguna

cable

el

especie;

accidente

en

consiguiente,
gislación

la

regular

para

lidad del

NQ

daba

1)

estas

todo

lo

intervención

Social y

el

en

en

que

lo

a

estos

la Caja

sucesivo

délas

garantías

para

aplj.

que

la

responsabi

a

la

empresa.

casos

la

antigua

en

De
le

de Accidentes del
el

-ervicio

de Seguro

de

es

el

caso

de

pensio-

otorgamiento

Servicio Nacional de Salud,

situación

dificultad de

plenamente

es

exclusivamente

obliga

intervendrán

nes,

situaciones

a

accidentados

presentarse

legislación

antigua

Trabajo,

la

puede

no

los

como

etc.

En
señalados

en

los

el

caso

■■».. 2) y 3) , los

de los

derechos

accidentados

tanto

siendo

gislación,

y del

cial

se

también

médicos

como

eos

llega

Nacional

del Servicio Nacional
todos

los

tinción

entre

aquellos

la

ele

cia

ley

o

a

de Salud,

en

accidentes

ocurrid OB

do

pertir

le.

En

sielo

leca

el

ue

le

anticua

case

presente

drnenc i

el

calculado

pueden

con

hoce

.e

de

razón

ane

ls

por

del Servicio de Perneo ¿o-

Salud h

de

estimar

regulados

cargo

conclusión

esta

a

de

ellos

Servicio

quedan

su

de

loe

de
dis

sin

producirse,

de

miento

bese

a

antee ioridad

"

:ue

la

a

viden

aplicación.

obreros

v-uiiicipa-

4

les

tueciones:

trat.edas

lo

aj

de

tiene

no

1P°

A-,

es

distinguir dos

preciso

eunicipélidad

respectiva

Ca;i

la

con

b)

gentes;

el

refiere

se

que

a

del

tiene

Trabajo

el

priner

les

^ue

sea,

guladas

conclusión

seó-lada

pera

prestaciones

econ'mic

-s

misma

de Separo

cio

a

conforme

ln

Social

antigua

que

considerer

tnnicipalidad

la

a

seaunda

de

2) y 3),

P°s.

médicos

deben

do

ar-vo

legislación,

En le
habrá

y

de

e

ser

o

re

Servi

al

Salud.
situaciones,

estas

como

eeri-

preciso

es

caso,

¿enrielo Nacional

al

y

vi.

actualmente

contratadas.

pólizas

los"

la

a

con-

s

polis

...ccidentes

En
bar

si-

.apre

aquelle

obra

sa

ene

patronal

ros

y,

ella

de

no

,seeurado

hubiere

consiguiente,

la

respons

de

riesgo

bilided

la

sus

afecta

a

exclusivaeiente.

III.-

tar del

^'

de

Pepo

de

Accidentes

,,

amparados

por

ocurridos

a

con

1908.

1)

no

el

poli eses

4*

.n

Situación

de

trabajadores

todos

a& 4,-o

de

1°08:

se

considera

siena,

estos

afili»-

tajadores,

siendo

por

cuenta

4

-

dos

sistema

al

teniendo,
ésta


cargo

puede

de

cional

la feche

de vi?encia

de

la

todos los beneficios

a

'

e^

c;ue

El otorgamiento de todos los
benaf icios

al

ser

de

partir

tanto, derecho

por

establece.

con

que

a

-

organismo

administrador

Servicio

el

Salud, Cajas

de Seguro

de

se

correspondiente,
el

social,

servicio

Previsión, Mutualidades

o

Na

adrinis

tradores delegados.

2) Trabajadores
con

póliza

jo.

Respecto de

ellos

rige

de

cargo

del

contratada

siendo

ción,

Servicio Nacional de S
ciones

Caja de

la

con

Accidentes

integramente la

legisla

nueva

el

-lud

de las

otorgamiento

presta

correspondientes#

municipales

cidentes

del

la nueva

ley,

ro

Social y

de

las

con

al

servicio

munici

sufran

que

sus

derechos

hasta

normas

que

regirán

dos

al

sistema

por

disposición

las

otorga

la Caja

pales

de

viles

que,

la

de

que

tanto

no

del

tendrán

¿revisión

Social de

general,

sin

perjuicio

puedan

la

contra

ésta haya

venci

sean

incorpora

de

la Repú

protección

que

Obreros

Munici

los

de

estos

nólizas

Presidente

siguientes:

República,
en

vea

una

accidentes

otorgamiento

el

con

amparados

no

por

de Segu

servicio

al

obre

determinados

Respecto de

correspondientes.

ales,

de los

la Caja de Ac

en

Nacional de Salud

las

serán

ceso

queden

también

do,

blica,

el

contratadas

correspondiendo

prestaciones

o

pólieas

Trabajo,

trabajadores
tadas

del Traba

Servicio de Seguro Social y del

3) En
ros

amparados

las

corresponder

acciones

a

los

ci

afecta-

-

dos
en

frente
el

o

la

desempeño

entid.-cl

de

sus

5

-

patronal

por

lo

dreoe

qu

funciones,

Saluda

tenvrreee

C 4PP

14PP;

a

Ud.

CL/vC'ij

rPPlPl>PPTE.

sufran

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