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Circular 2672
Seguro laboral (Ley 16.744)
Destinatario
Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744; Instituto de Seguridad Laboral (I.S.L.)
Normas citadas
- Ley N° 16744
- N° 20255
Texto
21745-24ñ
GOBIENNO DE
CHILE
IUPEIII{TENDENCIA DE
SEGURIOAD SOCIAI,
CIRCULAR N'
SAI{TIAGO,
287 2
2I JUL. 2010
pENSróN BÁsrc¿ soLIDARTA. TNFoRMA NUEvo
MONTO AL INSTITUTO DE SEGURIDAI} LABORAL Y
A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEAI}ORES
Por oflcio N' 22.700 de 14 de julio de 2010, la Superintendencia de Pensiones ha
informado que a partir del 1'de julio de 2010, el monto de la Pensión Básica
Solidaria de vejez e invalidez, reajustado en conformidad a las disposiciones
establecidas en los artículos 8' y décimo cuarto transitorio, de la Ley N" 20.255,
es de $75.840 mensuales.
Esta Superintendencia remite esta información al lnstituto de Seguridad Laboral y
a las Mutualidades de empleadores de la Ley N" 16.744, conforme a lo solicitado
por la Superintendencia de Pensiones.
ffi
/\
"^* ^ / r Á')
-YH\ilb;
el
\ f - &ffiGA/EOA
-
I}ISTRIBUCIÓN
MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEy N" 16.7¿t4
TNSTITUTODESEGURJDADLABORAL
GOBIENNO DE
CHILE
IUPEIII{TENDENCIA DE
SEGURIOAD SOCIAI,
CIRCULAR N'
SAI{TIAGO,
287 2
2I JUL. 2010
pENSróN BÁsrc¿ soLIDARTA. TNFoRMA NUEvo
MONTO AL INSTITUTO DE SEGURIDAI} LABORAL Y
A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEAI}ORES
Por oflcio N' 22.700 de 14 de julio de 2010, la Superintendencia de Pensiones ha
informado que a partir del 1'de julio de 2010, el monto de la Pensión Básica
Solidaria de vejez e invalidez, reajustado en conformidad a las disposiciones
establecidas en los artículos 8' y décimo cuarto transitorio, de la Ley N" 20.255,
es de $75.840 mensuales.
Esta Superintendencia remite esta información al lnstituto de Seguridad Laboral y
a las Mutualidades de empleadores de la Ley N" 16.744, conforme a lo solicitado
por la Superintendencia de Pensiones.
ffi
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"^* ^ / r Á')
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I}ISTRIBUCIÓN
MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEy N" 16.7¿t4
TNSTITUTODESEGURJDADLABORAL