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SUSESOCircular11 de enero de 2011

Circular 2709

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744

Normas citadas

  • Ley N° 16395
  • Ley N° 16744

Texto

GOBIERNODE AU08-2011-00080
CHILE
SUPERINIENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
CIRCULAR N° 2709
SANTIAGO, 11 ENE. 2011
SOLICITA NÓMINA DE PENSIONADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744

1- Esta Superintendencia, en uso de las facultades fiscalizadoras que le confieren las Leyes N°s. 16.395 y
16.744, instruye a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 para que remitan cuatro archivos
planos con extensión TXT, referidos a la nómina de pensionados vigentes, las concurrencias por pagar,
concurrencias por cobrar y pensiones en trámite, referidas al 3l de diciembre del 20l0, los que deberán
contener para cada pensionado la inforinación que se señala en los campos de las siguientes tablas, los
cuales deberán ser separados por un punto y coma:
A) Tabla de pensionados vigentes
Esta tabla debe contener la nómina de todos los pensionados a los cuales la Mutualidad les pagó una pensión
en el mes de diciembre de 2010, entendiéndose por ello todas las pensiones emitidas a pago aún cuando no
hayan sido cobradas por el beneficiario.
RUT del beneficiario
Dígito verifīcador
Apellido Patemo
Apellido Materno
Nombres
F: Femenino
Fecha de nacimiento DD/MM/AAAA
Edad
Fecha de inicio de la pensión DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que
se señala en la resolución que olorga la pensión, de tal
forma, que la fecha de la resolución con la fecha de
inicio de la pensión no necesariainente debe ser la
misma.
Tipo de pensión 1: Invalidez parcial Los pensionados ascendienies y descendientes serán
2: Invalidez total aquellos que son đefínidos en el artículo 48 de la Ley
3: Gran invalidez N° 16.744.
4: Viudez
5: Madre de hijo no
matrimonial
6: Orfandad
8: Descendiente.
Condición del pensionado 1: Inválido Se deberá definir este campo para todas las pensiones de
2: No Inválido supervivencia. En el caso de que se trate de una
invalidez parcial, tolal o gran invalidez, deberá señalarse
de igual forma la condición número I de inválido.
N° de hijos causantes de 0.1.2.3,4 Se deberá señalar para las distintas pensiones de
Asignación Familiar. invalidez, de viudez y de madre de hijo no matrímonial.
En el caso que no existicsen hijos causantes de
Asignación Fainiliar, sc deberá scñalar con un 0.
Factor utilizado en el cálculo Corresponde al factor utilizado para calcular cl capital
del capital representativo representativo del pensionado, luego de descontar los
duodécimos de los meses cumplidos de la edad del
pensíonado.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión con sus reajustes,
incrementos, aumenlo del articulo 4) Ley N° 16.744,
concurrencias de otros Organismos Adininistradores y
bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s
19.403, 19.539 y 19.953.

Incremento Ley N° 19.578 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Incremento Ley N° 19.953 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Incremento Ley N° 20.102 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Bonificación Ley N° 19.403 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Bonificación Ley N° 19.539 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Bonifcación Ley N° 19.953 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Aumento por Artículo 41 de la Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Ley N° 16.744 con dos decimales.
Porcentaje que le corresponde a Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran
la Mutual del pago de la otros Organismos Administradores, se deberá señalar
pensión. con un 1 para definir que es un 100%, en tanto que si
concurren otros Organismos Administradores, se deberã
registrar el porcentaje de cargo de la Mutual,
informándolo como factor numérico. En ambos casos se
deberá utilizar 4 decimales. Ej. 0,6050 (60,5%)
Monto de la concurrencia por Corresponde a la suma de las concurrencias de los
cobrar distintos Organismos Administradores que concurren al
pago de la pensión, expresado con dos decimales.
Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que se utilizó para
constituir capital representativo constituir los capitales representativos del pensionado,
expresado con dos decimales.
Capital representativo total Corresponde a) capital representativo constituido por
pensiones normales más la proporción que es de cargo
del fondo de contingencia. No se incluye capital
representativo por concurrencias por cobrar, por cuanto
no corresponde su constitución.
Capital representativo Corresponde al capital representativo calculado sin
constituido por pensión normal considerar bonificaciones, concurrencias por cobrar ni
por incrementos extraordinarios.
Capital representativo por Corresponde al capital representativo calculado por
proporción de la pensión de incrementos extraordinarios.
cargo fondo de contingencia.
RUT del causante Deberá señalarse e) RUT del accidentado o fallecido
que originó la o las pensiones de supervivencía, por lo
tanto, este campo deberá ser presentado para todas las
pensiones de supervivencia.
Otra pensión percibida. Sí Deberá señalarse si el pensionado recibe una segunda
No pensión, además de la establecida por la Ley N° 16.744.
Régimen legal de la segunda I: D.L. N° 3.500 Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la
pensión 2: S.S.S. Ley N°10.383 segunda pensión.
3: Empart
4: Canaempu
5: Otra
Monto total de la segunda Considera el monto bruto de la segunda pensión y
pensión. deberá expresarse con dos decimales.

B) Tabla de concurrencías por pagar
La siguiente tabla deberá contener los pensionados de otros Organisinos Administradores por los cuales esa
Mutualidad concurre al pago de la pensión.
Apellido paterno
Apellido materno
Nombres
F: Femenino
Fecha de nacimiento DD/MM/AAAA
Edad
Fecha inicio pensión DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que
se señala en la resolución que la otorga, de tal forma que
la fecha de la resolución con la fecha de inicio de la
pensión no necesariamente debe ser la misima.
Organismo que paga la pensión 1: ACHS Se deberá informar el Organismo Administrador que
2: Mutual de Seguridad de paga la pensión del beneficiario.
la CCHC
3: IST
4: ISL
5: Otro Organismo.
Tipo pensión 1: Invalidez parcial Los pensionados ascendientes y descendientes serán
2: Invalidez total aquellos que son definidos en el artículo 48 de la Ley
3: Gran invalidez N°16.744.
4: Viudez
5: Madre de hijo no
matrimonial
6: Orfandad
8; Descendiente.
Condición del pensionado 1: Inválido Se deberá definir este campo para todas las pensiones de
2; No Inválido supervivencia. En el caso de que se trate de una
invalidez parcial, tolał o gran invalidez, deberá señalarse
de igual forma la condición número I de inválido.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión con sus reajusics,
incrementos, aumento artículo 41 Ley N° 16.744,
concurrencias propias y de otros Organismos
Administradores y bonificaciones otorgadas a las viudas
por las Leyes N°s 19.403, 19.539 y 19.953.
Porcenlaje de concurrencia por Se deberá señalar cl porcentaje de la pensión que le
pagar. corresponde financiar a esa Institución, expresándolo
coino faclor numérico y utilizando 4 decimales.
Ej. 0.1550.(15,5%)
Factor utilizado en el cálculo Corresponde al factor utilizado para calcular el capital
del capital representativo representativo del pensionado, lucgo de descontar los
duodécimos de los meses cuinplidos de la edad del
pensionado.

Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que se utilizó para
constituir capital representativo constituir los capitales representativos del pensionado.
expresado con dos decimales.
Capital representativo total Corresponde al capital representativo constituido por
pensiones normales más la proporción que es de cargo
del fondo de contingencia. No se incluye capital
representativo por concurrencias por cobrar, por cuanto
no corresponde su constitución.
Otra pensión percibida. Sí Deberá señalarse si el pensionado recibe una segunda
No pensión, además de la establecida por la Ley N° 16.744.
Régimen legal de la segunda 1: D.L. N° 3.500 Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la
pensión 2: S.S.S. Ley N° 10.383 segunda pensión.
3: Empart
4: Canaempu
5: Otra
Monto total de la segunda Considera el monto bruto de la segunda pensión.
pensión. El monto deberá expresarse con dos deciniales.
C) Tabla de concurrencias por cobrar
La siguiente tabla deberá contener los pensionados por los cuales la Mutualidad cobra una concurrencia a
otro Organismo Administrador. Dichos pensionados necesariamente debieron ser considerados en la “Tabla
de pensionados vigentes”. Se debe tener presente que en esta tabla se deberán llenar todos los campos de las
demás Instituciones que concurren al pago de la pensión, así como también el porcentaje que es de
responsabilidad de la Mutual que informa, de tal forma que se complete el 100% de las concuirencias de
dicha pensión.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión con sus reajustes,
incrementos, aumento artículo 4] Ley N° 16.744,
concurrencias de otros Organismos Administradores y
bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s 19.403,
19.539 y 19.953.
Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que utilizó esa Mutualidad
constituir capital representativo para constituír los capitales representativos del pensionado, que
es de su cargo.
El monto deberá expresarse con dos decinales.
ACHS corresponde concurrir a esia Institución al pago de la misma.
Ej. 0,1550. (15,5%)
MUSEG corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma.
Ej.0,1550.(15,5%)
Porcentaje de concurrencia IST Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
Ej. 0,1550. (15.5%)

Porcentaje de concurrencia [SL Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde concurrir a esta lnstitución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico con 4 deciimales.
Ej. 0,1550. (15.5%)
Otra Institución. corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico con 4 decimales. Ej.
0,1550.(15,5%)
D) Tabla de pensiones en trámites
La siguiente tabla deberá contener las pensiones que se encuentran en trámite en la Mutualidad, entendiendo
que se debe constituir capital representativo, a más tardar el mes siguiente de haber tomado conocimiento
del inicio del trámite.
Apellido paterno
Apellido materno
Nombres
F: Femenino
Fecha de naciniento DD/MM/AAAA
Edad
Tipo pensíón 1: Invalidez parcial Los pensionados ascendientes y descendientes serán
2: Invalidez total aquellos que son definidos en el artículo 48 de la Ley
3: Gran invalidez N° 16.744.
4: Viudez
5: Madre de híjo no
matrimonial
6: Orfandad
8: Descendiente.
Condición del pensionado 1; Inválido Se deberá definir este campo para todas las
2: No Inválido pensiones de supervivencia. En el caso de que sc
trate de una invalidez parcial, total o gran invalidez,
deberá señalarse de igual forma la condición número
I de inválido.
Factor utilizado en el cálculo Corresponde al factor utilizado para calcular el
del capital representativo capital representativo del pensionado, luego de
descontar los duodécimos de los meses cumplidos de
la edad del pensionado.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión calculada o
estimada, con sus reajustes, incrementos, aumento
artículo 41 Ley N° 16.744, concurrencias de otros
Organismos Administradores y bonificaciones
otorgadas a las viudas por las Leyes N°s 19.403,
19.539 y 19.953.
Porcentaje que le corresponde a Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran
la Mutual del pago de la oiros Organismos Administradores, se deberá señalar
pensión. con un 1 para definir que es un 100%, en tanto que si
concurren otros Organismos Adininistradores, se

deberá registrar el porcentaje de cargo de la Mutual,
informándolo como factor numérico. En ambos
casos se deberá utilizar 4 decimales. Ej. 0,6050
(60,5%)
Monto de la concurrencia por Corresponde a la suma de la concurrencia de los
cobrar distintos Organismos Administradores que concurren
al pago de la pensión.
Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que se utilizó
constituir capital representativo para constituir los capitales representativos del
pensionado.
Capital representativo total Corresponde al capital representativo constituido por
pensiones normales más la proporción que es de
cargo del fondo de contingencia. No se incluye
capital representativo por concurrencias por cobrar,
por cuanto no corresponde su constitución.
Otra pensión percibida. Sí; No Deberá señalarse si el pensionado recibe una
segunda pensión, además de la establecida por la
Ley N° 16.744.
Régimen legal de la segunda 1:D.L. N° 3.500 Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la
pensión 2: S.S.S. Ley N° 10.383 segunda pensión.
3: Empart
4: Canaempu
5: Otra
Monto total de la segunda Considera el monto bruto de la segunda pensión.
pensión. El monto deberá expresarse con dos decimales.
2.- La infornación solicitada precedentemente, deberá ser remitida por CD con oficio conductor y por correo
electrónico a la dirección, rsaez@suseso.c), a más tardar, el dia 31 de enero de 2011.
Saluda atentamente a Ud.
Iofi Zaldoa/
ARÍA JOSÉ ZALDÍVAR LARRAÍN
SUPERINTENDENTA
"SUPERINTENDENTE"
FFA/ETS
DISTRIBUCIÓN:
- Asociación Chilena de Seguridad
- Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción
- Instituto de Seguridad del Trabajo
- Departamento Actuarial
- Oficina de Partes
- Archivo Central

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