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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Circular · SUSESO

N° 2792 de 2011

7 dic 2011

Afiliación y organismos administradores

Lo que resuelve

La Superintendencia instruye a las mutualidades eliminar el ajuste al fondo de contingencia del estado de resultados a partir de los estados financieros presentados al 31 de diciembre de 2011, en el marco de la convergencia a normas internacionales de contabilidad.

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Destinatario

Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16744

Texto completo

IMPARTE NORMAS A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 EN EL MARCO DEL PROCESO DE CONVERGENCIA DE PRINCIPIOS CONTABLES GENERALMENTE ACEPTADOS EN CHILE A NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD Y DE INFORMACIÓN

FINANCIERA

En el marco del proceso de convergencia desde los principios contables generalmente aceptados en el país hacia las normas internacionales de contabilidad y de información financiera, conocidas como IAS (International Accounting Standards) e IFRS (International Financial Reporting Standards), que se encuentra desarrollando el Colegio de Contadores de Chile A.G., esta Superintendencia, en uso de las atribuciones que le confiere su Ley Orgánica y la Ley N°16.744, instruye a las Mutualidades de Empleadores para que a partir de los estados financieros que presenten al 31 de diciembre del año 2011, se elimine del Estado de Resultados el ¡tem 42120 "Ajuste fondo de contingencia".

Saluda atentamente a Ud., FFA/ETS

DISTRIBUCION

- Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 - Departamento Actuarial - Departamento de Inspección - Oficina de Partes - Archivo Central

Otros pronunciamientos sobre afiliación y organismos administradores

Circular SUSESO N° 3907, de 26.12.2025

Seguro laboral (Ley 16.744)

Vigencia desde su publicación, con excepción de las contenidas en el Capítulo VIII de esta circular, cuya vigencia es a contar del 1° de abril de 2026.