Ir al contenido
DictámenesDT
← Buscar en los dictámenes

SUSESOCircular17 de enero de 2013

Circular 2901

Seguro laboral (Ley 16.744)

Lo que resuelve

La fecha límite para entrega de la información es el 15 de febrero de 2013

Destinatario

Asociación Chilena de Seguridad; Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción; Instituto de Seguridad del Trabajo.

Normas citadas

  • Ley N° 16395
  • Ley N° 16744

Texto

Superintendencia de Seguridad AU08-2013-00218
Social
Gobierno de Chile
CIRCULAR N° 2901
SANTIAGO, 117 ENE. 2013
SOLICITA NÓMINA DE PENSIONADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012
DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744

1.- Esta Superintendencia, en uso de las facultades fiscalizadoras que le confieren las LeyesN°s. 16.395 y
16.744, instruye a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744 para que remitan cuatro archivos
planos con extensión TXT referidos a la nómina de los pensionados vigentes, las concurrencias por pagar,
las concurrencias por cobrar y las pensiones en trámite, todos éstos al 31 de diciembre del 2012. Estos
archivos deberán contener para cada pensionado la información que se señala en los campos de las
siguientes tablas, los cuales deberán ser separados por un punto y coma:
A) Tabla de pensionados vigentes
Esta tabla debe contener la nómina de todos los pensionados a los cuales la Mutualidad les pagó una pensión
en el mes de diciembre de 2012, entendiéndose por ello todas las pensiones emitidas a pago aún cuando no
hayan sido cobradas por el beneficiario.
RUTdel beneficiario
Apellido Paterno
Apellido Materno
Nombres
F: Femenino
Edad
Fecha de inicio de la pensión DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que
se señala en la resolución que otorga la pensión, de tal
forma, que la fecha de la resolución con la fecha de inicio
de la pensión no necesariamente debe ser la misma.
Tipo de pensión 1: Invalidez parcial Los pensionados ascendientes y descendientes serán
4: Viudez
5:Madre de hijo no
matrimonial
6: Orfandad
Condición del pensionado 1: Inválido Se deberá definir este campo para todas las pensiones de
2: No Inválido supervivencia. En el caso de que se trate de una invalidez
parcial, total o gran invalidez, deberá señalarse de igual
forma la condición número1 de inválido.
Calidad del causante de la 1: Activo Se deberá señalar, para todas las pensiones de
pensión 2: Pensionado supervivencia, la calidad del causante de la pensión al
3: Ambos momento de fallecer.
Tipo de invalidez del causante 1: Invalidez parcial Si el causante de la pensión de sobrevivencia era
de la pensión 2: Invalidez total pensionado, se deberá señalar el grado de invalidez que
3: Gran invalidez tenía al momento de fallecer.
Previo tipo de invalidez del 1: Invalidez parcial Si el causante de la pensión de sobrevivencia era
causante de la pensión 2: Invalidez total pensionado inválido total o pensionado gran inválido.
indicar el tipo de invalidez que éste tenía al inicio del
pago de la pensión.
N° de hijos causantes de 0,1,2,3,4. Se deberá señalar para las distintas pensiones de
Asignación Familiar. invalidez, de viudez y de madre de hijo no matrimonial.
En el caso que no existiesen hijos causantes de
Asignación Familiar, se deberá señalar con un 0.

Factor utilizadoenelcálculo Corresponde al factor utilizado para calcular el capital
del capital representativo representativo del pensionado, luego de descontar los
duodécimos de los meses cumplidos de la edad del
pensionado.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión con sus reajustes.
incrementos, aumento del artículo 41 Ley N°16.744.
concurrencias de otros Organismos Administradores y
bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s
19.403, 19.539 y 19.953.
Incremento Ley N°19.578 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Incremento Ley N° 19.953 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Incremento Ley N° 20.102 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Bonificación Ley N° 19.403 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Bonificación Ley N° 19.539 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Bonificación Ley N° 19.953 Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Aumento por Artículo 41 de la Se deberá señalar el monto que corresponde, expresado
Ley N°16.744 con dos decimales.
Porcentaje que le corresponde a Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran otros
la Mutual del pago de la Organismos Administradores, se deberá señalar con un 1
pensión. para definir que es un 100%, en tanto que si concurren
otros Organismos Administradores, se deberá registrar el
porcentaje de cargo de la Mutual, informándolo como
factor numérico. En ambos casos se deberá utilizar 4
decimales. Ej. 0.6050 (60,5%)
Monto de la concurrencia por Corresponde a la suma de las concurrencias de los
cobrar distintos Organismos Administradores que concurren al
pago de la pensión, expresado con dos decimales.
Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que se utilizó para
constituir capital representativo constituir los capitales representativos del pensionado.
expresado con dos decimales.
pensiones normales más la proporción que es de cargo del
fondo de contingencia. No se incluye capital
representativo por concurrencias por cobrar, por cuanto no
corresponde su constitución.
Capital representativo Corresponde al capital representativo calculado sin
constituido por pensión normal considerar bonificaciones, concurrencias por cobrar ni por
incrementos extraordinarios.
Capital representativo por Corresponde al capital representativo calculado por
proporción de la pensión de incrementos extraordinarios.
cargo fondo de contingencia.
RUT del causante Deberá señalarse el RUT del accidentado o fallecido que
originó la o las pensiones de supervivencia, por lo tanto,
este campo deberá ser presentado para todas las pensiones
de supervivencia.
Otra pensión percibida. Sí Deberá señalarse si el pensionado recibe una segunda
No pensión, además de la establecida por la Ley N° 16.744.
Régimen legal de la segunda 1: D.L. N°3.500 Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la segunda
pensión 2: S.S.S. Ley N°10.383 pensión.
3: Empart
4: Canaempu
5: Otra

Monto total de la segunda Considera el monto bruto de la segunda pensión y deberá
pensión. expresarse con dos decimales.
B) Tabla de concurrencias por pagar
La siguiente tabla deberá contener los pensionados de otros Organismos Administradores por los cuales esa
Mutualidad concurre al pago de la pensión.
Apellido paterno
Apellido materno
Nombres
F: Femenino
Edad
Fecha inicio pensión DD/MM/AAAA Se deberá considerar la fecha de inicio de la pensión que
se señala en la resolución que la otorga, de tal forma que
la fecha de la resolución con la fecha de inicio de la
pensión no necesariamente debe ser la misma.
Organismo que paga la pensión 1: ACHS Se deberá informar el Organismo Administrador que
2: Mutual de Seguridad de paga la pensión del beneficiario.
la CCHC
3: IST
4: ISL
5: Otro Organismo.
Tipo pensión 1: Invalidez parcial Los pensionados ascendientes y descendientes serán
4: Viudez
5: Madre de hijo no
matrimonial
6: Orfandad
Condición del pensionado 1: Inválido Se deberá definir este campo para todas las pensiones de
2: No Inválido supervivencia. En el caso de que se trate de una
invalidez parcial, total o gran invalidez, deberá señalarse
de igual forma la condición número 1 de inválido.
Calidad del causante de la 1: Activo Se deberá señalar, para todas las pensiones de
pensión 2: Pensionado supervivencia, la calidad del causante de la pensión al
3: Ambos momento de fallecer.
Grado de invalidez del 1: Invalidez parcial Si el causante de la pensión de sobrevivencia era
causante de la pensión 2: Invalidez total pensionado, se deberá señalar el grado de invalidez que
3: Gran invalidez tenía al momento de fallecer.
Previo tipo de invalidez del 1: Invalidez parcial Si el causante de la pensión de sobrevivencia era
causante de la pensión 2: Invalidez total pensionado inválido total o pensionado gran inválido.
indicar el tipo de invalidez que éste tenía al inicio del

pago de la pensión.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión con sus reajustes,
incrementos, aumento artículo 41 Ley N°16.744,
concurrencias propias y de otros Organismos
Administradores y bonificaciones otorgadas a las viudas
por las Leyes N°s 19.403, 19.539 y 19.953.
Porcentaje de concurrencia por Se deberáseñalar el porcentaje de la pensiónquele
pagar. corresponde financiar a esa Institución, expresándolo
como factor numérico y utilizando 4 decimales.
Factor utilizado en el cálculo Corresponde al factor utilizado para calcular el capital
del capital representativo representativo del pensionado, luego de descontar los
duodécimos de los meses cumplidos de la edad del
pensionado.
Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que se utilizó para
constituir capital representativo constituir los capitales representativos del pensionado.
expresado con dos decimales.
pensiones normales más la proporción que es de cargo
del fondo de contingencia. No se incluye capital
representativo por concurrencias por cobrar, por cuanto
no corresponde su constitución.
Otra pensión percibida. Sí Deberá señalarse si el pensionado recibe una segunda
No pensión, además de la establecida por la Ley N° 16.744.
Régimen legal de la segunda 1: D.L. N° 3.500 Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la
pensión 2: S.S.S. Ley N°10.383 segunda pensión.
3: Empart
4: Canaempu
5: Otra
Monto total de la segunda Considera el monto bruto de la segunda pensión.
pensión. El monto deberá expresarse con dos decimales.
C) Tabla de concurrencias por cobrar
La siguiente tabla deberá contener los pensionados por los cuales la Mutualidad cobra una concurrencia a
otro Organismo Administrador. Dichos pensionados necesariamente debieron ser considerados en la “Tabla
de pensionados vigentes". Se debe tener presente que en esta tabla se deberán llenar todos los campos de las
demás Instituciones que concurren al pago de la pensión, así como también el porcentaje que es de
responsabilidad de la Mutual que informa, de tal forma que se complete el 100% de las concurrencias de
dicha pensión.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión con sus reajustes.
incrementos, aumento artículo 41 Ley N° 16.744.
concurrencias de otros Organismos Administradores y
bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s 19.403.
19.539 y 19.953.
Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que utilizó esa Mutualidad
constituir capital representativo para constituir los capitales representativos del pensionado, que

es de su cargo.
ACHS corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
MUSEG corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma.
expresándolo como factor numérico con 4decimales.
Porcentaje de concurrencia IST Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
Ej. 0,1550.(15,5%)
Porcentaje de concurrencia ISL Se deberá señalar el porcentaje de la pensión que le
corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma.
Ej. 0,1550. (15.5%)
Otra Institución. corresponde concurrir a esta Institución al pago de la misma,
expresándolo como factor numérico con 4 decimales. Ej.
0,1550.(15,5%)
D) Tabla de pensiones en trámites
La siguiente tabla deberá contener las pensiones que se encuentran en trámite en la Mutualidad, entendiendo
que se debe constituir capital representativo, a más tardar el mes siguiente de haber tomado conocimiento
del inicio del trámite.
Apellido paterno
Apellido materno
Nombres
F: Femenino
Edad
Tipo pensión 1: Invalidez parcial Los pensionados ascendientes y descendientes serán
4: Viudez
5: Madre de hijo no
matrimonial
6: Orfandad
Condición del pensionado 1: Inválido Se deberá definir este campo para todas las
2: No Inválido pensiones de supervivencia. En el caso de que se
trate de una invalidez parcial, total o gran invalidez,
deberá señalarse de igual forma la condición número
1 de inválido.
Factor utilizadoenel cálculo Corresponde al factor utilizado para calcular el
del capital representativo capital representativo del pensionado, luego de
descontar los duodécimos de los meses cumplidos de
la edad del pensionado.
Monto total de la pensión Considera el monto de la pensión calculada o
estimada, con sus reajustes, incrementos, aumento

articulo 41 Ley N°16.744, concurrencias de otros
Organismos Administradores y bonificaciones
otorgadas a las viudas por las Leyes N°s 19.403.
19.539 y 19.953.
Porcentaje que le corresponde a Si la Mutualidad paga la pensión sin que concurran
la Mutual del pago de la otros Organismos Administradores, se deberá señalar
pensión. con un 1 para definir que es un 100%, en tanto que si
concurren otros Organismos Administradores, se
deberá registrar el porcentaje de cargo de la Mutual,
informándolo como factor numérico. En ambos
casos se deberá utilizar 4 decimales. Ej. 0.6050
(60,5%)
Monto de la concurrencia por Corresponde a la suma de la concurrencia de los
cobrar distintos Organismos Administradores que concurren
al pago de la pensión.
Monto de la pensión para Corresponde al monto de la pensión que se utilizó
constituir capital representativo para constituir los capitales representativos del
pensionado.
pensiones normales más la proporción que es de
cargo del fondo de contingencia. No se incluye
capital representativo por concurrencias por cobrar,
por cuanto no corresponde su constitución.
Otra pensión percibida. Si; No Deberá señalarse si el pensionado recibe una
segunda pensión, además de la establecida por la
Ley N°16.744.
Régimen legal de la segunda 1:D.L. N° 3.500 Se deberá identificar el cuerpo legal que otorga la
pensión 2: S.S.S. Ley N°10.383 segunda pensión.
3: Empart
4: Canaempu
5: Otra
Monto total de la segunda Considera el monto bruto de la segunda pensión.
pensión. El monto deberá expresarse con dos decimales.
2.- La información solicitada deberá ser remitida por CD, con oficio conductor, así como también por correo
electrónico a la dirección rsaezsuseso.el, a más tardar, el día15 de febrero de 2013.
Saluda atentamente a Ud.
Jucy Macaboli
DUCY MARABOLI VERGARA
SUR 0. SUPERINTENDENTA (S)
"SUPERINTENDENTE"
RSL/ETS
DISTRIBUCIÓN:
- Asociación Chilena de Seguridad
- Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción
- Instituto de Seguridad del Trabajo
- Departamento Actuarial
- Oficina de Partes
- Archivo Central

Ver el documento en el sitio del organismo →