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SUSESOCircular21 de abril de 1970

Circular 293

Seguro laboral (Ley 16.744)

Normas citadas

  • Ley N° 16395
  • Ley N° 16744

Texto

1.ÆPARTAFENT0

JURIDICO
asl

RMM

Sobre
pretar

la

ley

NQ

16.744,

seguro

social

de

accidentes

trabajo y

enfermedades

sionales,

y

Circular

NQ

Con

representantes

jo

dependiente

de

Control

Social,

ban

en

torno

mo

en

to

aprobado

1968,

sobre

trabajo

y

del

a

de

Oficina

Servicio

informe

a

esta

un

la

interpretaciôn

el

calificaciôn

enfermedades

y

de

del

tendencia

Generai

planteô,

competencia

para

Salud,

dicho

por

artículo

evaluaciôn

del

de

referidas

emitido

4Q

Social

Previsién

de

los

este

del
NQ

dos

Traba-.

Organo
Seguri-

reclama-

Organis-

reglamen-

109,

de

accidentes

del

profesionales.

Sin

Contraloria

hicieran

y Medicina

personas

pronunciamiento

decreto

de

1970.

presentaciôn

una

Superintendencia

las

de

por

Higiene

de

Abril

República

la

de

Nacional

que

a

atenciôn

en

contra

la

de

pidio

dad

General

Contraloria

la

ante

del

profe-

293

de

motivo

sobre

reglamentaciôn..

su

21 de

SANTIAGO,

que

inter-

para

competencia

sobre

como

el

fondo

cuestiôn

resolver

en

perjuicio

del

asunto,

previa,

definitiva

de

el

informar

esta

aspecto

sobre

el

a

la

Superin-

de

la

problema

//.

AL

SENOR

PRESENTE

2

-

ya

planteado,
legales

siôn

nal,

y

no

NQ

haciendo

forma

en

NQ

-ley

Social

que

a

16.744-

a

y reglamentarias
1968-

de

presente

exclusiva

la

trataba de interpretar disposiciones

se

109,

-

carácter

dicha

que

la

de

Superintendencia

Contraloría General de

la

En
esta

Superintendencia
sirven

que

el

ejemplo,

artículo

ley

orgánica

cia

de

de

las

trol

llegar

para

de

este

3Q

6rdenes médico-social,

accidentes

seguro

disposiciones

sobre

corresponderá

a

Por

el

mentos

parte,
"la

la

del

las

de

las

artículo

del

seguros

del

de

trabajo

leyes

instituciones

31

del

técnica

de

mismo

cumplimiento

accidentes

de

del

de

dicho

30

a

él

Seguridad

se

por

las

social,
dediquen

.

legal

las

leyes

trabajo,

el

Social"

cuerpo

de

jurí-

con

regirá

se

con-

establece

previsiôn

que

la

control

actuarial,

artículo

por

Superintenden-

"La

que

legales

aprobô

que

específicamente

el

vista,

Así,

precedente.

financiero,

trabajo,

de

punto

comprendiendo

relaciôn

accidentes

su

disposiciones

autoridad

Superintendencia

vigilancia

sobre

En

pertinentes

fiscalizacion de

que

la

de

16.395,

dispone

prevision",

de

de

be

NQ

instituciones

seguro

su

ley

será

administrativo".

y la

la

Seguridad Social

los

"el

de

Seguridad Social

de

varias

conclusiôn

Servicio,

dico y

que

la

a

correspondia

República.

apoyo

las

recordô

previsio-

netamente

competencia

Previ-

de

-decreto

por

prescri-

y

regla-

parte

3

-

de

las

entidades

38

artículo

las

de

instituciones

a

ajusten

nalmente,

misma

esta

en

de

las Cajas

Contraloría General

juzgamiento

de

cuentas

men

y

que

fiscaliza

chas

funciones

que,

de

habrán de

acuerdo

de

rintendencia

tuariales,

con

Social

Seguridad

y

Este

Organismo,

disposiciones

tiva

General,

terpuesta

emiti6

transcribe
con.el

cual

el

el

en

cual

dictamen

el

Crganismo

Contralor

ac-

por

es-

para

interpretar

las

y

a

de

la

esta

dice

respec-

su

por

la

Con-

in-

reclamaciôn

1970,

de

en

en

el

que

se

Superintendencia,

concordar

en

todas

partes.

Esta

mado

técnicas,

comp.artido

6880,

informe

Supe-

la

sostenido

16,744

NQ

respuesta

NQ

di-

que

normas

imparta

criterio

ampliamente

fue

íntegramente

ley

servicios

y

las

exa-

contables".

competencia

la

en

contenidas

la

la

a

cuanto

reglamentaciôn,

traloría

sus

en

de

senalar

materias

sobre

jurídicas

financieras,

de

legales,

facultades

sus

Fi-

recono-

al

materia

"respetando

ejercerse

que

ordenar

y

legal,

en

cuida

Superintendencia,

esta

in-

la

"fijar

instituciones

las

de

respec-

Social,

respectivas".

texto

la

competencia

el

que

previene

social

a

cer

te

f) ,

social,

mismo

Superin-

la

abundamiento,

Seguridad

de

previsiôn

ese

de

cargo

mayor

previsiôn

de

40

a

letra

su

interpretaci6n

articulo

el

de

leyes

las

de

ley,

Superintendencia

la

a

terpretaciôn

se

la

de

corresponde

to

estará

aseguradoras,

Seguridad Social..^". A

de

tendencia

-

del

caso

poner

en

su

Superintendencia

conocimiento

la

ha

dilucidaciôn

esti-

de

-

competencia

va

a

tenerlo
que

puede

4

-

precedentemente
presente

dar

frente

margen

la

a

explicada,
a

las

ley

Nq

dudas

fin de

de

16.744 y

que

se

sir-

interpretaciôn
su

respectiva

re-

glamentaci6n.

Saluda

atte.

a

Ud.,

i

^

CARLOS

BRIONES

GsJ)
OLIVOS

áTJPERINTENDENTE

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