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Circular 293
Seguro laboral (Ley 16.744)
Normas citadas
- Ley N° 16395
- Ley N° 16744
Texto
1.ÆPARTAFENT0
JURIDICO
asl
RMM
Sobre
pretar
la
ley
NQ
16.744,
seguro
social
de
accidentes
trabajo y
enfermedades
sionales,
y
Circular
NQ
Con
representantes
jo
dependiente
de
Control
Social,
ban
en
torno
mo
en
to
aprobado
1968,
sobre
trabajo
y
del
a
de
Oficina
Servicio
informe
a
esta
un
la
interpretaciôn
el
calificaciôn
enfermedades
y
de
del
tendencia
Generai
planteô,
competencia
para
Salud,
dicho
por
artículo
evaluaciôn
del
de
referidas
emitido
4Q
Social
Previsién
de
los
este
del
NQ
dos
Traba-.
Organo
Seguri-
reclama-
Organis-
reglamen-
109,
de
accidentes
del
profesionales.
Sin
Contraloria
hicieran
y Medicina
personas
pronunciamiento
decreto
de
1970.
presentaciôn
una
Superintendencia
las
de
por
Higiene
de
Abril
República
la
de
Nacional
que
a
atenciôn
en
contra
la
de
pidio
dad
General
Contraloria
la
ante
del
profe-
293
de
motivo
sobre
reglamentaciôn..
su
21 de
SANTIAGO,
que
inter-
para
competencia
sobre
como
el
fondo
cuestiôn
resolver
en
perjuicio
del
asunto,
previa,
definitiva
de
el
informar
esta
aspecto
sobre
el
a
la
Superin-
de
la
problema
//.
AL
SENOR
PRESENTE
2
-
ya
planteado,
legales
siôn
nal,
y
no
NQ
haciendo
forma
en
NQ
-ley
Social
que
a
16.744-
a
y reglamentarias
1968-
de
presente
exclusiva
la
trataba de interpretar disposiciones
se
109,
-
carácter
dicha
que
la
de
Superintendencia
Contraloría General de
la
En
esta
Superintendencia
sirven
que
el
ejemplo,
artículo
ley
orgánica
cia
de
de
las
trol
llegar
para
de
este
3Q
6rdenes médico-social,
accidentes
seguro
disposiciones
sobre
corresponderá
a
Por
el
mentos
parte,
"la
la
del
las
de
las
artículo
del
seguros
del
de
trabajo
leyes
instituciones
31
del
técnica
de
mismo
cumplimiento
accidentes
de
del
de
dicho
30
a
él
Seguridad
se
por
las
social,
dediquen
.
legal
las
leyes
trabajo,
el
Social"
cuerpo
de
jurí-
con
regirá
se
con-
establece
previsiôn
que
la
control
actuarial,
artículo
por
Superintenden-
"La
que
legales
aprobô
que
específicamente
el
vista,
Así,
precedente.
financiero,
trabajo,
de
punto
comprendiendo
relaciôn
accidentes
su
disposiciones
autoridad
Superintendencia
vigilancia
sobre
En
pertinentes
fiscalizacion de
que
la
de
16.395,
dispone
prevision",
de
de
be
NQ
instituciones
seguro
su
ley
será
administrativo".
y la
la
Seguridad Social
los
"el
de
Seguridad Social
de
varias
conclusiôn
Servicio,
dico y
que
la
a
correspondia
República.
apoyo
las
recordô
previsio-
netamente
competencia
Previ-
de
-decreto
por
prescri-
y
regla-
parte
3
-
de
las
entidades
38
artículo
las
de
instituciones
a
ajusten
nalmente,
misma
esta
en
de
las Cajas
Contraloría General
juzgamiento
de
cuentas
men
y
que
fiscaliza
chas
funciones
que,
de
habrán de
acuerdo
de
rintendencia
tuariales,
con
Social
Seguridad
y
Este
Organismo,
disposiciones
tiva
General,
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emiti6
transcribe
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cual
el
el
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por
es-
para
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las
y
a
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por
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Con-
in-
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1970,
de
en
en
el
que
se
Superintendencia,
concordar
en
todas
partes.
Esta
mado
técnicas,
comp.artido
6880,
informe
Supe-
la
sostenido
16,744
NQ
respuesta
NQ
di-
que
normas
imparta
criterio
ampliamente
fue
íntegramente
ley
servicios
y
las
exa-
contables".
competencia
la
en
contenidas
la
la
a
cuanto
reglamentaciôn,
traloría
sus
en
de
senalar
materias
sobre
jurídicas
financieras,
de
legales,
facultades
sus
Fi-
recono-
al
materia
"respetando
ejercerse
que
ordenar
y
legal,
en
cuida
Superintendencia,
esta
in-
la
"fijar
instituciones
las
de
respec-
Social,
respectivas".
texto
la
competencia
el
que
previene
social
a
cer
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f) ,
social,
mismo
Superin-
la
abundamiento,
Seguridad
de
previsiôn
ese
de
cargo
mayor
previsiôn
de
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a
letra
su
interpretaci6n
articulo
el
de
leyes
las
de
ley,
Superintendencia
la
a
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se
la
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estará
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Seguridad Social..^". A
de
tendencia
-
del
caso
poner
en
su
Superintendencia
conocimiento
la
ha
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esti-
de
-
competencia
va
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que
puede
4
-
precedentemente
presente
dar
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margen
la
a
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a
las
ley
Nq
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16.744 y
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Saluda
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a
Ud.,
i
^
CARLOS
BRIONES
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OLIVOS
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JURIDICO
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RMM
Sobre
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NQ
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social
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y
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Control
Social,
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en
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mo
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aprobado
1968,
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y
del
a
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Oficina
Servicio
informe
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un
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el
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enfermedades
y
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Generai
planteô,
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para
Salud,
dicho
por
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del
de
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4Q
Social
Previsién
de
los
este
del
NQ
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Organo
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reclama-
Organis-
reglamen-
109,
de
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del
profesionales.
Sin
Contraloria
hicieran
y Medicina
personas
pronunciamiento
decreto
de
1970.
presentaciôn
una
Superintendencia
las
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por
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de
Abril
República
la
de
Nacional
que
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atenciôn
en
contra
la
de
pidio
dad
General
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la
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del
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293
de
motivo
sobre
reglamentaciôn..
su
21 de
SANTIAGO,
que
inter-
para
competencia
sobre
como
el
fondo
cuestiôn
resolver
en
perjuicio
del
asunto,
previa,
definitiva
de
el
informar
esta
aspecto
sobre
el
a
la
Superin-
de
la
problema
//.
AL
SENOR
PRESENTE
2
-
ya
planteado,
legales
siôn
nal,
y
no
NQ
haciendo
forma
en
NQ
-ley
Social
que
a
16.744-
a
y reglamentarias
1968-
de
presente
exclusiva
la
trataba de interpretar disposiciones
se
109,
-
carácter
dicha
que
la
de
Superintendencia
Contraloría General de
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En
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sirven
que
el
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orgánica
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sobre
corresponderá
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del
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del
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instituciones
31
del
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de
mismo
cumplimiento
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de
del
de
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30
a
él
Seguridad
se
por
las
social,
dediquen
.
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las
leyes
trabajo,
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cuerpo
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con-
establece
previsiôn
que
la
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artículo
por
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que
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aprobô
que
específicamente
el
vista,
Así,
precedente.
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trabajo,
de
punto
comprendiendo
relaciôn
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su
disposiciones
autoridad
Superintendencia
vigilancia
sobre
En
pertinentes
fiscalizacion de
que
la
de
16.395,
dispone
prevision",
de
de
be
NQ
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su
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será
administrativo".
y la
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Seguridad Social
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varias
conclusiôn
Servicio,
dico y
que
la
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correspondia
República.
apoyo
las
recordô
previsio-
netamente
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Previ-
de
-decreto
por
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y
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parte
3
-
de
las
entidades
38
artículo
las
de
instituciones
a
ajusten
nalmente,
misma
esta
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de
las Cajas
Contraloría General
juzgamiento
de
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men
y
que
fiscaliza
chas
funciones
que,
de
habrán de
acuerdo
de
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con
Social
Seguridad
y
Este
Organismo,
disposiciones
tiva
General,
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cual
el
el
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cual
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el
Crganismo
Contralor
ac-
por
es-
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respec-
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la
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in-
reclamaciôn
1970,
de
en
en
el
que
se
Superintendencia,
concordar
en
todas
partes.
Esta
mado
técnicas,
comp.artido
6880,
informe
Supe-
la
sostenido
16,744
NQ
respuesta
NQ
di-
que
normas
imparta
criterio
ampliamente
fue
íntegramente
ley
servicios
y
las
exa-
contables".
competencia
la
en
contenidas
la
la
a
cuanto
reglamentaciôn,
traloría
sus
en
de
senalar
materias
sobre
jurídicas
financieras,
de
legales,
facultades
sus
Fi-
recono-
al
materia
"respetando
ejercerse
que
ordenar
y
legal,
en
cuida
Superintendencia,
esta
in-
la
"fijar
instituciones
las
de
respec-
Social,
respectivas".
texto
la
competencia
el
que
previene
social
a
cer
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f) ,
social,
mismo
Superin-
la
abundamiento,
Seguridad
de
previsiôn
ese
de
cargo
mayor
previsiôn
de
40
a
letra
su
interpretaci6n
articulo
el
de
leyes
las
de
ley,
Superintendencia
la
a
terpretaciôn
se
la
de
corresponde
to
estará
aseguradoras,
Seguridad Social..^". A
de
tendencia
-
del
caso
poner
en
su
Superintendencia
conocimiento
la
ha
dilucidaciôn
esti-
de
-
competencia
va
a
tenerlo
que
puede
4
-
precedentemente
presente
dar
frente
margen
la
a
explicada,
a
las
ley
Nq
dudas
fin de
de
16.744 y
que
se
sir-
interpretaciôn
su
respectiva
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glamentaci6n.
Saluda
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CARLOS
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