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SUSESOCircular31 de octubre de 2018

Circular 3392

Seguro laboral (Ley 16.744)

Lo que resuelve

a) Modificada por circular 3404; b) Vigencia a partir del 1° de enero de 2019.

Destinatario

Mutualidades de Empleadores; Instituto de Seguridad Laboral; Empresas con Administraciòn delegada; Ministro del Trabajo y Previsiòn Social; Subsecretarìa de Previsiòn Social; Ministro de Salud; Subsecretarìa de Salud Pùblica; Director del Trabajo; Secretarìas Regionales Ministeriales de Salud

Normas citadas

  • Ley Nª 16.395
  • Ley Nª 16.744

Texto

Superintendencia
de Seguridad
Social
Goblerno de Chile
AU08-2018-03281
CIRCULAR N° 3392
SANTIAGO,31-10-2018
PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES AÑO 2019
INSTRUYE A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y EMPRESAS CON
ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE LA LEY N°16.744

La Superintendencia de Seguridad Social, en adelante, la Superintendencia, en uso de las atribuciones
que le confieren los artículos 2°, 30 y 38 letra d) de la LeyN°16.395, los artículos 12 y 72 de la Ley
N°16.744 y el decreto anual que establece el presupuesto para la aplicación del seguro social contra
riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, imparte las siguientes instrucciones a
los organismos administradores para la elaboración del Plan Anual de Prevención de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales año 2019 y a las empresas con administración delegada.
I. ANTECEDENTES
En el Título II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores, del Libro IV.
Prestaciones preventivas del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales, se definen las actividades de asesoría y asistencia técnica que los
organismos administradores y administradores delegados deben realizar en el marco de la
responsabilidad que les compete en materia de prevención de riesgos laborales. Luego, en la Letra J del
mismo Título, se señala que el plan anual de prevención que cada organismo debe elaborar, debe
considerar el cumplimiento de determinadas actividades, objetivos y metas específicos en materia de
prevención, como asimismo la presentación de informes sobre materias específicas, de acuerdo a los
formatos y plazos establecidos en cada oportunidad.
II. INFORMACIÓN ESTADÍSTICA
1. Tasas de Accidentabilidad y Mortalidad por Accidentes del Trabajo
A continuación, se presentan datos estadísticos relevantes generados por la Superintendencia
sobre accidentabilidad y mortalidad, por sector económico y tamaño de empresa para el año
2017.
Gráfico N°1
Tasas de Accidentabilidad por Accidentes del Trabajo según
5.0 Actividad Económica Mutuales 2017 (Tasas cada 1o0 Trabajadores)
4,5 4,6
4.0
3.5 3,9
3.4
3,0
2.5
2,0 2,4
1,5
1,6
1.0 1,3
0,5
0,0
Industria Transporte Agriculturay Construcción Comercio Servicios EGA Mineria
Pesca
2017 -Total
En el gráfico N°1, se observa que las entidades empleadoras del sector Industrias
Manufactureras (4,7), Transporte (4,6), Agricultura y Pesca (4,2), Construcción (4,1), y Comercio
(3,9), registraron el año 2017 una tasa de accidentabilidad por accidentes del trabajo por sobre
el promedio nacional de 3,4. Por el contrario, las entidades empleadoras de los sectores de

Servicios (2,4), Electricidad, gas y agua (1,6) y Minería (1,3), se encuentran bajo el promedio
nacional.
Gráfico N°2
Tasa de Mortalidad por Accidentes del Trabajo según Actividad
16,0 Económica Mutualidades e ISL 2017. (Tasas cada 100.000 trab.)
14,0 14,2
12,0
10,0
9,7
8,0
6,0 7,0
4,0 5,3
4,3 3,8
2,0 3,0
0,0 1,4 1,3
Transporte Agricultura y Pesca Construcción Minería Industria EGA Servicios Comercio
2017 Total general
El gráfico N°2, muestra las actividades económicas donde se registraron las tasas de mortalidad
por accidentes del trabajo más altas y sobre la media de 3.8 por 100.000 trabajadores:
Transporte (14,2), Agricultura y Pesca (9,7), Construcción (7,0), Minería (5,3) e Industria (4,3). Por
su parte, las actividades que están ubicadas bajo la media son Electricidad, Gas y Agua (EGA)
(3.0), Servicios (1,4) y Comercio (1,3).
Gráfico N°3
Tasa de Accidentabilidad por Accidentes del Trabajo según tamaño de
empresas
Mutualidades 2008-2017
12,0
10,4
10,0
8,0 7,0 7,1
6,2 5,9
6,0
3,5 3,9 4,0 3,5 4,5 4,2
4,0 2,7 2,9 3,4
2,0
0,0
1 a 9 10 a 25 26 a 100 101 a 499 500 a 999 1000 y mas Total
20082017

Respecto del tamaño de las empresas, el gráfico N°3 muestra que las empresas que tienen entre
26 y 100 trabajadores registran en 2017 las tasas más altas de accidentes del trabajo, con 4,0
accidentes del trabajo por cada 100 trabajadores, lo que es superior al promedio nacional de 3,4.
Por su parte, las empresas de 500 trabajadores o más, tienen tasas de accidentes del trabajo
entre 2,7 y 2,9 por cada 100 trabajadores.
Al comparar estos valores con los del año 2o08, se aprecia una reducción considerable en las
tasas de accidentabilidad por accidentes del trabajo en todos los tamaños de empresas,
especialmente en las de menor tamaño. En efecto, las empresas con uno a nueve trabajadores
disminuyeron su tasa de accidentabilidad de 10,4 accidentes por cada 100 trabajadores en 2008,
a 3,5 en el año 2017.
La Superintendencia mediante las circulares anuales de los planes de prevención de accidentes
del trabajo y enfermedades profesionales, ha instruido a los organismos administradores la
focalización de las acciones preventivas en las empresas y/o centros de trabajo pertenecientes a
las actividades económicas que presentan mayores tasas de accidentabilidad y mortalidad, así
como aquéllas que, según su tamaño, registran tasas de accidentabilidad por sobre el promedio
nacional.
Endicho contexto, para el presente año los organismos administradores deberán considerar
como sector priorizado a aquellas entidades empleadoras de 100 o menos trabajadores de las
actividades económicas de transporte, agricultura, silvicultura y pesca, industria manufacturera,
construcción, comercio y minería.
Gráfico N°4
Brecha en la Tasa de Accidentabilidad de sectores priorizados versus los no priorizados
Mutualidades
Cuatrimestre Enero a Abril 2018
6,0%
5,5% 5,5%
5,0%
4,5% 4,6% 4,5%
4,2%
4,0%
3,8%
3,5% 3,5%
3,0% 3,2% 3,5% 3,2%
2,8%
2,5% 2,9%
2,5%
2,0%
1,5%
ACHS MUSEG IST Sistema
▲ Sector priorizado por tamaño y actividad económica Otros no priorizados General

En el gráfico N°4, al comparar los sectores priorizados por la Superintendencia, según tamaño y
actividad económica, con aquellos no priorizados, se aprecia que se registra en el sistema de
mutualidades una tasa de accidentabilidad 1,55 veces mayor en los sectores priorizados,
presentando para cada mutualidad valores de razón que fluctúan entre 1,44 y 1,68 veces.
De esta forma, así como algunas empresas registran tasas muy próximas a la meta de 3
accidentes por cada 100 trabajadores, establecida por la Política Nacional de Seguridad y Salud
en el Trabajo para el año 2020, otras presentan tasas muy alejadas de dicho valor, por lo que
resulta prioritario el impulsar acciones focalizadas en dichos sectores para disminuir sus tasas,
sin afectar los logros obtenidos para la totalidad del sistema.
Los organismos administradores, dentro de su Plan Anual de Prevención de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales año 2019, deberán establecer una estrategia para mejorar
los resultados en los sectores priorizados por la Superintendencia, de manera de reducir la
brecha entre éstos y los no priorizados, lo que permitirá una reducción global de la tasa.
En concordancia con los indicadores planteados en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo, la Superintendencia fijará las metas que losorganismos administradores deberán
alcanzar en materia de cobertura en asesoría y asistencia técnica, en diagnósticos realizados de
las condiciones de riesgo, trabajadores capacitados y trabajadores en programas de vigilancia.
Para lo anterior, los organismos administradores deberán establecer indicadores de gestión en
materias de seguridad y salud en el trabajo para evaluar el desempeño de sus equipos de trabajo
en los sectores priorizados. Asimismo, deberán establecer metas institucionales para la
reducción de las tasas de accidentabilidad por accidentes del trabajo en los sectores priorizados,
y con ello, de la brecha existente entre éstos y los no priorizados. Al respecto, los organismos
administradores deberán garantizar los recursos económicos, humanos, materiales y
tecnológicos necesarios para efectuar y desarrollar tales acciones a nivel nacional.
2.Enfermedades Profesionales
Gráfico N°5
Distribución de los diagnósticos de las enfermedades profesionales
Mutualidades e ISL 2017
Respiratorias 1% Otras Patologias
Audiológicas. 4% 11% Musculoesqueléticas 17%
Dermatológicas 8%
Salud Mental 58%
El gráfico N°5, respecto de la distribución de los diagnósticos de las enfermedades profesionales
del año 2017, muestra que un 58% corresponden a enfermedades mentales, seguido por los
trastornos musculo esqueléticos (17%). Por lo tanto, las acciones que se realicen en materia de
prevención deben estar dirigidas a prevenir especialmente estas enfermedades.

III. DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y METAS MÍNIMAS EN MATERIAS PREVENTIVAS EN EL
MARCO DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES AÑO 2019, PARA LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES Y EL INSTITUTO
DE SEGURIDAD LABORAL
1. Priorización de cartera de empresas y centros de trabajo según factores de criticidad asociados
a accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales
Los organismos administradores deberán mantener actualizada la base de datos de empresas y
centros de trabajo categorizados como críticos, según su proceso de priorización y aplicación de
algoritmo para el año 2019.
Dicha base de datos deberá remitirse a la Superintendencia, mediante un reporte elaborado
según el formato contenido en el Anexo Nº2 "Reporte empresas y centros de trabajos críticos", y
lo instruido en el Capítulo V de esta circular.
2. Asesoría inicial en Seguridad y Salud en el Trabajo
a) Autoevaluación básica del cumplimiento de aspectos legales y riesgos críticos en centros de
trabajo
Cada organismo administrador deberá realizar un reporte semestral y un consolidado anual
considerando lo establecido en los números 1 y 2 de la Letra B, del Título Il del Libro IV del
Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales. El resultado será reportado según formato del Anexo Nº3 "Reporte
semestral/anual de autoevaluación básica del cumplimiento de aspectos legales y riesgos
críticos", y lo instruido en el Capítulo V de esta circular.
b)Asesoría en la identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER)
Cada organismo administrador deberá cumplir metas asociadas a centros de trabajo de
menos de 100 trabajadores de los sectores productivos de Industria, Transporte, Agricultura,
Silvicultura y Pesca, Construcción, Comercio y Minería. El detalle de dichas metas se
encuentra en el Anexo Nº4 "Metas de Asesorías en Identificación de Peligros y Evaluación de
Riesgos, actualizaciones y/o seguimientos de planes de trabajo en centros de trabajo de
empresas de menosde 100 trabajadores en sectores priorizados Agricultura-silviculturapesca, Minería, Industria, Construcción, Comercio y Transporte". Se podrán incluir en la
medición del indicador para evaluar esta meta, aquellas actividades que obedezcan a la
continuidad de planes de trabajo y/o resultados de un diagnóstico inicial ya realizados por el
organismo administrador en años previos, en empresas de los mismos sectores.
Los organismos administradores también deberán realizar esta actividad de manera
prioritaria en aquellos centros de trabajo categorizados como altamente críticos, según el
resultado de su algoritmo, y que no cuenten con un diagnóstico inicial de riesgos, aun cuando
no correspondan a los sectores económicos priorizados por la Superintendencia.
Conforme a lo instruido en la Letra C, del Título Il del Libro IV del Compendio de Normas del
Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, los organismos
administradores deberán mantener un registro individual de las acciones realizadas y del
seguimiento de los planes de trabajo en los distintos centros de trabajo de las empresas, y
reportar de manera semestral y anual, con información acumulada, según el formato del
Anexo Nº5 "Asesoría en IPER, registro semestral y consolidado anual", y lo instruido en el

Complementariamente, se deberá presentar a la Superintendencia un informe técnico
semestral y anual de esta información, el cual incluya un análisis de los principales riesgos
presentes en los centros de trabajo intervenidos, desagregados por región, de la efectividad
del seguimiento y de las medidas de control prescritas y su cumplimiento, además de
considerar el número de trabajadores y los sectores económicos de las entidades
empleadoras. Esta información deberá ser remitida en formato PDF, con firma y timbre de la
gerencia o departamento de seguridad y salud en el trabajo o su símil respectivo, en los
plazos establecidos en el Anexo N°1 de esta circular.
3. Asistencia Técnica
Las actividades de asistencia técnica a reportar de manera especial, corresponden a:
a)Asistencia técnica para la gestión de riesgos de desastres
trabajo de las empresas a las que le otorgaron asistencia técnica en esta materia.
Se deberá mantener un sistema de registro individual de los centros de trabajo donde son
realizadas las actividades y reportar a la Superintendencia de manera semestral y anual en un
consolidado acumulado según el formato del Anexo Nº6 "Registro de Asistencia Técnica
Gestión de Riesgos de Desastres (semestral y consolidado anual)", y lo instruido en el Capítulo
V de esta circular.
b) Asistencia técnica en el manejo de sustancias químicas peligrosas
trabajo de las empresas a las que le otorgaron asistencia técnica en esta materia.
Se deberá mantener un sistema de registro individual de los centros de trabajo, donde son
realizadas las actividades y reportar a la Superintendencia, de manera semestral y anual, en
un consolidado acumulado, según el formato del Anexo Nº7 "Registro de Asistencia Técnica
Sust. Quim. Pel. (semestral y consolidado anual)", y lo instruido en el Capítulo V de esta
circular.
c)Asistencia técnica en Gestión del Comité Paritario de Higiene y Seguridad
trabajo de las entidades empleadores del sector privado y público, en los que haya otorgado
asistencia técnica en esta materia.
Además, deberán incluir en su Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales año2019, las actividades masivas y/o programas específicos
dirigidos a Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, por ejemplo, seminarios, encuentros,
programas de acreditación, entre otros.
Se deberá mantener el sistema de registro individual de los centros de trabajo, donde son
realizadas las actividades y reportar, de manera semestral y anual, en un consolidado
acumulado, según el formato del Anexo Nº8 "Registro de Asistencia Técnica Comité Paritario
Higiene y Seguridad (semestral y consolidado anual)", y lo instruido en el Capítulo V de esta
circular.
d) Asistencia técnica en la implementación de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el
trabajo
trabajo de las entidades empleadoras a los que haya otorgado la asistencia técnica
relacionada con esta materia.

Dicho registro se deberá remitir a la Superintendencia, de manera semestral y anual,
(consolidado acumulado), según el formato del Anexo Nº9 "Registro de Asistencia Técnica
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (semestral y consolidado anual)", y lo
instruido en el Capítulo V de esta circular.
e) Asistencia para la implementación de la Guía Técnica para la Evaluación y Control de Riesgos
asociados al manejo o Manipulación Manual de Carga
Los organismos administradores deberán prestar asistencia técnica para la implementación
de la Guía Técnica para la Evaluación y Control de Riesgos asociados al manejo o
Manipulación Manual de Carga, aprobada mediante Resolución Exenta N°22, de 2018, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Esta guía constituye una herramienta que permitirá
mejorar la gestión de los riesgos asociados al manejo manual de carga, para la identificación,
evaluación y el control de estos riesgos, estableciendo niveles de implementación.
Se deberá mantener un sistema de registro individual de los centros de trabajo de las
entidades empleadoras, en los que realizó actividades y reportar, de manera semestral y
anual (consolidado acumulado), según el formato del Anexo Nº10 "Registro de Asistencia
Técnica en Riesgos asociados al manejo o manipulación manual de carga (semestral y
consolidado anual)" y lo instruido en el Capítulo V de esta circular.
4. Capacitaciones
4.1Programa de Capacitación 2019
El programa de capacitación que deben implementar los organismos administradores durante
el año 2019, incluye las siguientes metas:
a) Meta Nº1 "Plan de Capacitación": Cada organismo administrador deberá elaborar,
actualizar o prescribir un Plan de Capacitación en los centros de trabajo donde ha
realizado la identificación de peligros y evaluación de riesgos IPER, señalada en el número
2 letra b) de esta circular.
El indicador de esta actividad es: "N° de planes elaborados, actualizados o prescritos en
entidades empleadoras a nivel de centro de trabajo dividido por N° de centros de trabajo
de las entidades empleadoras con IPER". Se deberá mantener el sistema de registro
individual de los centros de trabajo donde son realizadas las actividades e informar a la
Superintendencia, de manera semestral y anual, (consolidado acumulado), según el
formato del Anexo Nº11 "Meta N°1: Registro Plan de Capacitación" y lo instruido en el
b) Meta Nº2 "Capacitaciones realizadas": Cada organismo administrador deberá incluir en su
Plan de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales año 2019, la
realización de actividades de capacitación dirigidas a los trabajadores de sus entidades
empleadoras adheridas o afiliadas, según los resultados de criticidad, identificación de
peligros y evaluación de riesgos, debiendo esas actividades ser coherentes con los peligros
identificados.
La meta tiene como indicador "N° de capacitaciones realizadas" y se encuentra definida en
el Anexo N°12, "Meta N°2: Capacitaciones realizadas". Para su cumplimiento se
considerarán las actividades de capacitación realizadas durante 2019, tales como: charlas,
talleres, cursos y programas, en todas sus modalidades.
Las metas N°2.1 y N°2.2 que se señalan a continuación, se consideran contenidas en la
presente meta.
i. Meta Nº2.1 "Capacitaciones Sectores Priorizados": Cada organismo administrador debe
contemplar las metas de actividades de capacitación para entidades empleadoras de

los sectores productivos de industria manufacturera, transporte, agricultura,
silvicultura y pesca, construcción, comercio y minería. El detalle de dichas metas se
encuentra en el Anexo Nº13, Meta N°3: "Capacitación a sectores priorizados".
La meta tiene dos indicadores: "Nº Total de capacitaciones en sectores priorizados y
entidades de <=100 trabajadores" y "Nº monitores capacitados de entidades
empleadoras de sectores priorizados con <=25 trabajadores".
Para el cumplimiento de la meta: "Nº de monitores capacitados de entidades
empleadoras de sectores priorizados con <=25 trabajadores”, a lo menos, un 10% de la
capacitación deberá ser realizada bajo la modalidad tipo “curso”.
ii. Meta Nº2.2. "Capacitación a Trabajadores Integrantes de Comités Paritarios": Cada
organismo administrador debe contemplar las metas de actividades de capacitación
para Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de entidades empleadoras con más de
25 trabajadores en todos sus sectores de la economía.
Esta meta se detalla en el Anexo Nº14 y tiene como indicador: "Capacitación a
Trabajadores Integrantes de Comités Paritarios".
Para la formación de los miembros de Comité Paritario de Higiene y Seguridad del
sector construcción, se debe considerar el programa de formación "Construyo Chile
para CPHS" como curso de orientación en prevención de riesgos.
Para el cumplimiento de esta meta, el organismo administrador deberá realizar las
actividades de capacitaciones conforme a las temáticas contendidas en el "Perfilde
monitores de seguridad y salud – ChileValora", al 10% de los trabajadores.
El seguimiento del cumplimiento de las metas 2, 2.1 y 2.2, lo realizará la Superintendencia
de manera semestral y anual, en base a la información remitida por los organismos
administradores al módulo Capacitación/SISESAT.
Meta N°3: "Elaboración de un Programa de Capacitación de Monitores según herramienta
ChileValora"
Cada organismo administrador debe elaborar un programa de capacitación de monitores
de prevención con los elementos que conforman el Plan Formativo de Seguridad y Salud
en el Trabajo, producto que se generó en el proyectode competencias generales de
ChileValora.
Dicho programa de capacitación de monitores, debe contener las codificaciones que se
instruyen en la Letra F, del Título I, del Libro IX. Sistemas De Información. Informes Y
Reportes, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales.
Para el cumplimiento de la meta N°3, los organismos administradores deberán reportar a
la Superintendencia, el diseño del Programa de Capacitación para Monitores, según
herramienta ChileValora, el 30 de junio de 2019, y deberán exponer sus alcances ante la
Superintendencia, en una fecha que se informará oportunamente.
4.2 Programa de formación "ConstruYO Chile"
Los organismos administradores deberán entregar una propuesta con el número de trabajadores
a capacitar el año 2019, tanto en el programa ConstruYo Chile para trabajadores, como en el
programa ConstruYo Chile para integrantes de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Dicha
propuesta debe ser superior a lo realizado el año 2018.

Asimismo, se deberá informar la identidad y los datos de contacto de quienes actuarán como
contraparte de cada organismo administrador, para realizar el seguimiento de esta instrucción.
El plazo para remitir a la Superintendencia el informe con la propuesta antes señalada, se precisa
en el Anexo Nº1 "Calendario Envíos Circular Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo
y Enfermedades Profesionales Año 2019", de esta circular.
5. Evaluaciones y vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores
El organismo administrador deberá mantener el registro individual de los centros de trabajo
donde se realicen evaluaciones y vigilancia ambiental, como parte de los planes de evaluaciones
de riesgo, planes de prevención, programas de vigilancia, requerimiento de la autoridad o por
solicitud de la empresa. De igual manera, se deberá mantener el registro de los trabajadores que
sean sometidos a exámenes ocupacionales, vigilancia de exposición y vigilancia de efecto,
relacionado con el centro de trabajo y empresa, como así también el riesgo o agente por el cual
es evaluado y el resultado de los exámenes.
a)Plan Nacional para la Erradicación de la Silicosis (PLANESI)
Las acciones que deben realizar los organismos administradores respecto del PLANESI, deben
ser registradas de manera sistemática en el módulo EVAST/Sílice. No obstante, dichos
organismos deberán mantener un registro paralelo con la información histórica de las
entidades empleadoras en vigilancia del ambiente y de la salud que no se han registrado aún
en el módulo EVAST/Sílice, porque no han sido sujeto de control, atendida la periodicidad de
éste.
En base a lo mencionado, los organismos administradores deberán remitir las Tablas N°s 1, 2
y 3, contenidas en el Anexo Nº15 "Plan nacional para la erradicación de la silicosis (PLANESI)",
en los plazos definidos en el Anexo N°1 de esta circular.
En relación al cumplimiento de metas para el PLANESI, durante el año 2019, sus respectivos
planes de prevención deberán contemplar:
i. Meta N°1 "PLANESI, Entidades empleadoras nuevas": Corresponde al número de
entidades empleadoras que se evalúan por primera vez. Las metas se encuentran
establecidas en el Anexo Nº16 "PLANESI, Entidades empleadoras nuevas".
ii. Meta N°2, "PLANESI, Entidades empleadoras con identificación de peligro (IP)
evaluadas": Corresponde al número de entidades empleadoras a nivel de centro de
trabajo evaluadas con herramienta cualitativa o cuantitativa durante el año 2019,
atendido que en la identificación de peligro realizadodurante 2018 se constató la
"presencia de Sílice". Las metas se encuentran establecidas en el Anexo Nº17 "PLANESI,
Entidades empleadoras con Identificación de Peligro evaluadas".
iii. Meta N°3 "Entidades empleadoras que les corresponde ingreso a Vigilancia de Salud":
Corresponde al ingreso anual de, a lo menos, un 85% de entidades empleadoras al
programa de vigilancia de la salud, de aquellas que, siendo evaluadas en el año en curso,
cumplen con los criterios de ingreso a dicho programa.
Para el cumplimiento de esta meta, se considerarán las entidades empleadoras que se
evalúan por primera vez en el año en curso y las que son evaluadas cualitativa o
cuantitativamente, porque presentaron en el año 2018 un IP con resultado “presencia de
sílice".
iv. Meta N°4 "Entidades empleadoras que corresponde evaluación, año en curso, por
periodicidad de control": Corresponden a las entidades empleadoras que, a nivel de
centros de trabajo, se deben reevaluar de manera cuantitativa durante el año, atendido

el nivel de riesgo/periodicidad de la vigilancia ambiental establecida en el protocolo de
exposición a sílice. Esta meta se mide por centro de trabajo. Las metas se encuentran
establecidas en el Anexo Nº18 "PLANESI, Entidades empleadoras que corresponde
evaluación, año en curso, por periodicidad de control".
V. Meta N°5 "Entidades empleadoras que cambiaron de organismo administrador":
Corresponden al número de entidades empleadoras en PLANESl que, durante el año
2019, cambiaron de organismo administrador y fueron evaluadas por el nuevo
organismo. La meta se encuentra establecida en el Anexo Nº19 "PLANESI, Entidades
empleadoras que cambiaron de organismo administrador".
Para el cumplimiento de esta meta, se sumarán las entidades empleadoras que hubieren
cambiado de organismo administrador y fueron evaluadas por el nuevo organismo
durante el año 2018.
El seguimiento de cumplimiento de esta meta lo realizará la Superintendencia, a través
del análisis, semestral y anual, de la información del módulo EVAST/SILICE.
b) Vigilancia epidemiológica de trabajadores por trastornos musculo esqueléticos relacionados
con el trabajo
El Protocolo de Vigilancia para Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgo de Trastornos
Musculo-Esqueléticos de Extremidades Superiores relacionadas con el Trabajo (TMERT-EESS)
fue aprobado para su implementación, mediante la Resolución Exenta Nº503, de 2012, del
Ministerio de Salud, y la Norma Técnica de Identificación y Evaluación de Factores de Riesgo
de Trastornos Musculo-esqueléticos Relacionados con el Trabajo, Extremidades Superiores,
fue aprobada por Resolución Exenta Nº804, de 2012, del Ministerio de Salud.
En el marco de este protocolo, el organismo administrador debe asesorar al empleador en el
proceso de implementación, capacitando, orientando y verificando la realización de las
distintas etapas del programa.
En concordancia con lo referido, el organismo administrador deberá remitir a la
Superintendencia, en forma semestral y anual, el registro del Anexo Nº20 “Registro de
Entidades empleadoras que fueron asistidas en TMERT (semestral y consolidado anual)", con
información de los centros de trabajo de las entidades empleadoras que mantiene en
vigilancia del ambiente y/o de la salud, según corresponda. Los plazos y el conducto para su
remisión, se encuentran definidos en el Capítulo V de esta circular.
c) Factores de riesgo psicosocial laboral
Las evaluaciones del riesgo psicosocial que se desarrollen con la versión breve del
cuestionario durante el año 2019, deberán ser remitidas en forma trimestral en el formato
indicado en el Anexo Nº21 "Reporte trimestral de evaluaciones de RPSL cuestionario breve",
en los plazos que se establecen en el Anexo N°1 de esta circular.
Durante el año 2019, la priorización de las actividades deberá centrarse en el cumplimiento
de las obligaciones establecidas en las letras c), d) y e), número 3, Capítulo III, Letra F, Título II
del Libro IV. Prestaciones Preventivas del Compendio de Normas del Seguro Social de la Ley
N°16.774. Al respecto, los organismos administradores y las empresas con administración
delegada, deberán informar mensualmente los centros de trabajo que ingresen a programa
de vigilancia y, de manera semestral, los planes de intervención prescritos. Dicha información
deberá remitirse en el formato del Anexo Nº22 "Informe mensual centros de trabajo
ingresados a vigilancia por Riesgo Alto y Enfermedad Profesional de Salud Mental (EPSM)" y
Anexo N°23 "Informe semestral centros de trabajo en vigilancia por riesgo alto y enfermedad

profesional de salud mental (EPSM)", respectivamente, y de acuerdo a lo instruido en el
6. Otras actividades preventivas y de innovación en prevención de accidentes y enfermedades
profesionales
a)Investigación de accidentes graves y fatales de tránsito
Los organismos administradores deberán presentar una propuesta de estrategia para
investigar los accidentes de tránsito asociados al trabajo. Dicha propuesta debe contener
objetivos, definición de la metodología, actividades, plazos asociados y todos los elementos
necesarios para que pueda ser implementada.
Los organismos administradores deberán remitir esta propuesta de estrategia a la
Superintendencia, en el plazo y por la vía definida en el Capítulo V de esta circular. Además,
deberán exponer sus alcances ante la Superintendencia, en una fecha que se informará
oportunamente.
b) Sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas de menos de 50
trabajadores
Los organismos administradores deberán presentar una propuesta de sistemas de gestión
para empresas de menos de 50 trabajadores, que considere las principales conclusiones y
resultados obtenidos en el pilotaje realizado el año 2018. Los organismos administradores
deberán remitir esta propuesta a la Superintendencia, en el plazo y por la vía definida en el
Capítulo V de esta circular. Además, deberán exponer sus alcances ante la Superintendencia,
en una fecha que se informará oportunamente.
c)Proyectos de cultura preventiva en establecimientos educacionales
Los organismos administradores podrán desarrollar durante el año 2019 proyectos de
promoción de cultura preventiva en sus establecimientos educacionales adheridos o afiliados.
Se deberá informar a la Superintendencia, en forma semestral y anual, (información
consolidada), las actividades y/o proyectos realizados durante el año, precisando el o los
objetivos, el alcance, sus resultados y/o productos obtenidos, en los plazos y por la vía
definida en el Capítulo V de esta circular.
d) Proyectos de generación de competencias en seguridad y salud en el trabajo para
trabajadores y empleadores
Los organismos administradores podrán ejecutar proyectos de generación de competencias
en seguridad y salud en el trabajo, para empleadores y trabajadores, a través de sindicatos,
federaciones, confederaciones, asociaciones gremiales y/o central de trabajadores.
Se deberá remitir a la Superintendencia un informe parcial y otro final, con la evaluación y
resultados obtenidos, en los plazos precisados en el Anexo N°1 de esta circular.
e)Actividades de promoción de la salud
Los organismos administradores podrán desarrollar actividades que promuevan hábitos y
estilos de vida saludables en trabajadores con exposición a riesgos ocupacionales, con el fin
de modificar condiciones de salud que puedan ser consideradas contraindicaciones para el
trabajo o estados o hábitos que puedan contribuir a que un riesgo se materialice en el lugar
de trabajo.
El consumo de tabaco, de alcohol, de drogas ilícitas, el sobrepeso, la obesidad, el
sedentarismo, entre otros, son factores de riesgo que pueden gestionarse a través del

desarrollo de estrategias de promoción de la salud, las cuales al realizarse de forma
simultánea con las actividades propias de salud ocupacional generan sinergia en los efectos,
según lo reporta la literatura.
Por lo señalado, la acción del organismo administrador deberá orientarse preferentemente a
actividades de promoción de la salud que se vinculen de forma directa con la exposición a
riesgos ocupacionales. Por ejemplo, promover la cesación del consumo de tabaco en
trabajadores expuestos a sílice, desarrollo de programas de disminución de riesgos
cardiovasculares y fomento de la realización del Examen de Medicina Preventivo del Adulto
(EMPA) en trabajadores expuestos a hipoxia hipobárica intermitente crónica, prevención del
consumo excesivo de alcohol y consumo drogas lícitas/ilícitas en trabajadores de la industria
del transporte, o que trabajan en altura física, entre otros.
Dichos proyectos deben ser informados a la Superintendencia mediante un informe semestral
y anual, precisando la metodología, las actividades realizadas, las empresas participantes, la
evaluación y los resultados obtenidos, en los plazos señalados en el Anexo N°1 de esta
circular.
f) Prevención de riesgos en empresas que cuenten con trabajadores en situación de
discapacidad
Los organismos administradores deberán presentar a la Superintendencia, un informe inicial y
otro final, del número de empresas con trabajadores con discapacidad, a las que prestó
asistencia técnica en prevención el año 2019, detallando las materias tratadas, actividades
realizadas, objetivos y principales resultados obtenidos, en los plazos precisados en el Anexo
N°1 de esta circular.
g)Actividades con incorporación de perspectiva de género
Los organismos administradores deberán incorporar dentro de sus actividades de asistencia
técnica preventiva la perspectiva de género.
Se deberá reportar a la Superintendencia las actividades y/o proyectos realizados, objetivos,
alcance, resultados y productos obtenidos, en los plazos precisados en el Anexo N°1 de esta
circular.
h)Desarrollo en prevención de riesgos con foco en trabajadores migrantes
Los organismos administradores deberán realizar actividades en materias de prevención de
riesgos laborales para trabajadores migrantes las que pueden considerar actividades de
capacitación, la entrega de material de difusión, entre otros.
Se deberá reportar a la Superintendencia las actividades y/o proyectos realizados, objetivos,
alcance, resultados y productos obtenidos, en los plazos establecidos en el Anexo N°1 de esta
circular.
i)Proyectos en prevención de riesgos para trabajadores independientes afiliados al Seguro de la
Ley N°16.744
Los organismos administradores deberán entregar a la Superintendencia un reporte con
información del año 2018, que contenga el análisis del total de trabajadores independientes
adheridos o afiliados, precisando como mínimo el resumen estadístico de las actividades
laborales, profesiones u oficios que desarrollan, zonas geográficas, regiones y comunas donde
desarrollan su actividad laboral, actividad económica, accidentes y enfermedades
denunciados y calificados, según actividad económica, índices de reclamos y principales
temáticas de los mismos, solicitudes de reeducación y estado de las mismas.

Adicionalmente, los organismos administradores deberán presentar a la Superintendencia un
resumen anual con el detalle de las actividades propuestas y ejecutadas durante el año 2019.
Ambos informes se deberán presentar en los plazos establecidos en el Anexo N°1 de esta
circular.
j) Campaña de difusión conjunta
Las mutualidades deberán realizar una campaña de difusión conjunta, que tenga como
objetivo principal la difusión y conocimiento de beneficios y derechos del Seguro de la Ley
Nº16.744, y el rol que cumplen las mutualidades respecto de las prestaciones que contempla
el Seguro. La campaña debe estar dirigida a los trabajadores, tener alcance nacional y una
duración de al menos 30 días.
La campaña del año 2019 deberá contar con los siguientes hitos e informes, claramente
identificables:
i. Propuesta de campaña 2019: Documento introductorio que define y explicita el plan de
trabajo, diagnóstico, estrategia, objetivos, público, mensajes y tonos, entre otros.
ii. Lanzamiento de la campaña: Organizado conjuntamente con la Superintendencia de
Seguridad Social, crear hito de lanzamiento de campaña a modo de activación pública.
iii. Presencia en medios de comunicación masiva: Televisión, periódicos y radio (espacios
publicitarios pagados o generación de pauta informativa).
iv. Presencia en medios digitales y redes sociales: Facebook, Twitter e Instagram.
V. Contratación programa franjeado de pago en radio: Generación de contenido
permanente a través de un franjeado en radio de alcance nacional.
vi. Gestión de Prensa: Coordinación permanente con la Superintendencia, con foco en
incidencia pública.
vii. Landing page: Página de acceso a campaña.
viii. Informe de cierre: Entrega de informe detallado de campaña 2019 que precise alcance,
cobertura, frecuencia, engagement, etc.
El plazo de entrega de la propuesta de la campaña a la Superintendencia es el 31 de mayo de
2019.
La campaña deberá iniciarse a más tardar el 1° de agosto de 2019.
El plazo de entrega del informe de cierre a la Superintendencia es el 1° de octubre de 2019.
k) Encuesta de satisfacción
En el año 2018 se realizó la tercera Encuesta de Satisfacción de Usuarios del Sistema, la que
midió las prestaciones preventivas que otorgan los organismos administradores a sus
entidades empleadoras adherentes o afiliadas, con el objetivo de evaluar la entrega de estas
prestaciones.
Para el año 2019, los organismos administradores deberán aplicar nuevamente dicha
encuesta de satisfacción que podrá focalizarse en las prestaciones preventivas que otorgan a
sus empresas adherentes.
Para realizar esta encuesta, las mutualidades deben coordinarse y presentar una propuesta
conjunta a la Superintendencia, que contemple una muestra representativa y comparable
entre mutualidades.

La encuesta de satisfacción de usuarios deberá llevarse a cabo durante el segundo semestre
de 2019 y contará con la supervisión de la Superintendencia, en los plazos precisados en el
Anexo N°1 de esta circular.
7. Reportes respecto a Seguridad y Salud en el Trabajo de empresas con administración
delegada
Las empresas con administración delegada, para efectos del Plan Anual de Prevención de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales año 2019, deberán presentar a la
Superintendencia, un reporte de su gestión en materias de Seguridad y Salud en el Trabajo, que
incluya como mínimo:
a) Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo en curso, objetivos, metas e indicadores,
asociados a la prevención de riesgos, la vigilancia ambiental y de la salud de trabajadores.
b) Estructura organizacional para la seguridad y salud en el interior del administrador
delegado.
c) Metodologías de capacitación diseñadas y registro de los trabajadores capacitados y/o
formados durante los años 2017 y 2018, considerando las temáticas de capacitación
abordadas.
d) Estado y detalle de las evaluaciones ambientales según agentes de riesgo por cada centro
de trabajo.
e) Estado y detalle de los trabajadores en vigilancia de la salud según agentes de riesgo por
cada centro de trabajo.
El informe deberá ser enviado a la Superintendencia, al correo plandeprevencion@suseso.cl,
hasta el día 30 de julio de 2019.
IV. FISCALIZACIÓN
Todas las actividades que se instruyen en el Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales año 2019, podrán ser fiscalizadas por la Superintendencia, de acuerdo
a las facultades establecidas en la Leyes N°s 16.395 y 16.744.
V. REPORTE DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL
TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES AÑO 2019
La información del Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales año 2019, requerida por la Superintendencia a los organismos administradores
deberá ser remitida a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para Supervisión
(GRIS), según los formatos contenidos en los anexos de esta circular y en los plazos establecidos en
la tabla del Anexo N°1 “"Calendario Envíos Circular Plan Anual de Prevención de Accidentes y
Enfermedades Profesionales 2019".
VI. CONTRAPARTES TÉCNICAS
Los organismos administradores deberán designar a un profesional que actúe como contraparte
técnica, para las solicitudes y/o aclaraciones que sean necesarias, respecto del Plan Anual de
Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales año 2019. Se deberá designar
un titular y un suplente, cuya identidad deberá ser informada a la Superintendencia mediante carta
u oficio, durante el mes de enero del año 2019.

VII. VIGENCIA
Las instrucciones contenidas en la presente circular entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de
2019.
☆ CLÁUDIO REYES BARRIENTOS
GOP/PGC/JAA/RST/ECS/ESR/FRR
DISTRIBUCIÓN
Se adjuntan 23 Anexos
Mutualidades de Empleadores
Instituto de Seguridad Laboral
Empresas con Administración Delegada
Ministro del Trabajo y Previsión Social
Subsecretaria de Previsión Social
Ministro de Salud
Subsecretario de Salud Pública
Director del Trabajo
Secretarias Regionales Ministeriales de Salud
Departamento de Supervisión y Control
Departamento de Regulación
Departamento del Contencioso Administrativo
Unidad de Medicina del Trabajo
Oficina de Partes
Archivo Central

ANEXO Nº 1 RESUMEN ANEXOS Y CALENDARIO ENVÍOS CIRCULAR PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES 2019
Nº DE ITEM EN LETRA EN
CIRCULAR PLAN CIRCULAR TEMA ANEXO EXIGENCIA FECHA 1 FECHA2 FECHA 3 FECHA 4
PLAN
III. Nº 1 N/A PRIORIZACIÓN DE CARTERA DE EMPRESAS Nº02 BASE DATOS 29-mar-19 N/A N/A N/A
III. Nº 2 a) AUTOEVALUACIÓN BÁSICA ASPECTOS LEGALES Y RIESGOS CRÍTICOS N03 RESUMEN 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 2 b) META ASESORÍA IPER Nº04 META N/A N/A N/A N/A
III. Nº 2 b) ASESORÍA IPER Nº05 BASE DATOS E INFORME 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 3 a) ASISTENCIA GESTIÓN DE RIESGOS DESASTRES Nº06 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 3 b) ASISTENCIA TÉCNICA EN EL MANEJO SUSTANCIAS QUÍMICAS Nº07 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 3 c) ASISTENCIA TÉCNICA EN GESTIÓN DEL COMITÉ PARITARIO Nº08 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
ASISTENCIA TÉCNICA EN LA
III. Nº 3 d) IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE Nº09 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
GESTIÓN
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA
III. Nº 3 e) IMPLEMENTACIÓN DE LA GUÍA DE Nº10 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGA
III. Nº 4 4.1 a) PLAN DE CAPACITACIÓN META Nº11 META 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 4 4.1 a) PLAN DE CAPACITACIÓN Nº11 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 4 4.1 b) CAPACITACIONES REALIZADAS Nº12 META REGISTRO CAPACITACIÓN/SISESAT
III. Nº 4 i. Meta N° 2.1 CAPACITACIÓN SECTORES PRIORIZADOS Nº13 META REGISTRO CAPACITACIÓN/SISESAT
III. Nº 4 N°2.2 ii. Meta CAPACITACIÓN INTEGRANTES COMITÉS PARITARIOS Nº14 META REGISTRO CAPACITACIÓN/SISESAT
III. Nº 4 Meta N° 3 4.1 C) MONITORES SEGÚN CHILE VALORA PROGRAMA DE CAPACITACIÓN N/A INFORME 28-jun-19 N/A N/A N/A
III. Nº 4 4.2 b) CONSTRUYO CHILE N/A INFORME 29-ene-19 N/A N/A N/A
III. Nº 5 a) PLANESI ESTADIGRAFOS Nº15 BASE DATOS 01-mar-19 31-jul-19 31-ene-20 N/A
III. Nº 5 a) i. Meta N°1 PLANESI. ENTIDADES EMPLEADORAS NUEVAS Nº16 META REGISTRO EVAST/SÍLICE
III. Nº 5 a) ii. Meta N°2 PLANESI. ENTIDADES EMPLEADORAS CON IPER EVALUADAS Nº17 META REGISTRO EVAST/SÍLICE
a) iii. PLANESI. ENTIDADES EMPLEADORAS
III. Nº 5 Meta N° 3 QUE CORRESPONDE INGRESO A N/A META REGISTRO EVAST/SÍLICE
VIGILANCIA
III. Nº 5 a) v. Meta N°4 QUE CORRESPONDE EVALUACIÓN AÑO PLANESI. ENTIDADES EMPLEADORAS Nº18 META REGISTRO EVAST/SÍLICE
EN CURSO POR PERIODICIDAD

III. Nº 5 Meta N° 5 a) vi. PLANESI. ENTIDADES EMPLEADORAS QUE CAMBIARON DE ORGANISMO Nº19 META REGISTRO EVAST/SÍLICE
ADMNISTRADOR
III. Nº 5 b) REGISTRO ENTIDADES EMPLEADORAS QUE FUERON ASISTIDAS TMERT Nº20 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 5 c) RPSL. REPORTE TRIMESTRAL EVALUACIONES DE RPSL Nº21 BASE DATOS 30-abr-19 31-jul-19 31-oct-19 31-ene-20
III. Nº 5 c) RPSL. INFORME MENSUAL CENTROS DE TRABAJO INGRESADOS A VIGILANCIA Nº22 BASE DATOS Día 15 del mes siguiente al que el CT entra en
vigilancia
RPSL. INFORME SEMESTRAL CENTROS
III. Nº 5 c) DE TRABAJO EN VIGILANCIA POR Nº23 BASE DATOS 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
RIESGO ALTO Y EP
III. Nº 6 a) INVESTIGACIÓN ACCIDENTES DE TRÁNSITO N/A INFORME 31-jul-19 N/A N/A N/A
III. Nº 6 b) SISTEMA DE GESTIÓN EMPRESAS MENOS DE 50 TRABAJADORES N/A INFORME 31-jul-19 N/A N/A N/A
III. Nº 6 c) ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES PROYECTOS PREVENCIÓN N/A INFORME 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
PROYECTOS GENERACIÓN
III. Nº 6 d) COMPETENCIAS EMPLEADORES Y N/A INFORME 29-mar-19 31-jul-19 31-ene-20 N/A
TRABAJADORES
III. Nº 6 e) ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD N/A INFORME 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
PREVENCIÓN DE RIESGOS EN
III. Nº 6 f) EMPRESAS CON TRABAJADORES CON N/A INFORME 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
DISCAPACIDAD
III. Nº 6 g) ACTIVIDADES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO N/A INFORME 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 6 h) PREVENCIÓN DE RIESGOS CON FOCO EN TRABAJADORES MIGRANTES N/A INFORME 31-jul-19 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 6 i) INFORME ANÁLISIS/RESUMEN ANUAL TRABAJADORES INDEPENDIENTES N/A INFORME 31-04-2019 31-ene-20 N/A N/A
III. Nº 6 j) CAMPAÑA DE DIFUSIÓN CONJUNTA PROPUESTA/INFORME DE CIERRE N/A INFORME 31-may-19 01-oct-19 N/A N/A
III. Nº 6 K) ENCUESTA DE SATISFACCIÓN N/A INFORME 28-jun-19 29-nov-19 N/A N/A

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UIUD 0 0 0 0 0
sntiira évalssadas nte o a (2) 26 100
M
0 0 0 0 0
SO =2>
UAUD a
*Tade
0 0 0 0 0
G <10
ntides mr con os de lIice ) (1) . W 26 100 0 0 0 0 o
Pos ro.
0 0 0 0 0
==25
•d
evaal lrso.
Rubro Éplion e as y anras ocion Industria aure omcio ers Y No 6 r bros OTAL
o O ra otras
NACION Al

e de raares expuestos por cntto de trabajo en g de salud
r de trrabaores éxpusstos porc de trabaio ne
Éesulado Éuantttiva Con tos a igl1ud Sin ps a Vigila ud 3= oin Viglcia
ivel ego utativa 1=NR1 2=NR2 3=NR3 4=NR4
Siste stin pe de ste stin s 2=n0 REAIO Fecha utiva dd-mm-aaa
Resultado Cualitativa 1= Con stosa iglalud Sin usts a ig iud Con st sin Vigilcia
Fecha uitiva dd-mm-aaaa
Resultado IPER 1=Con rencia 2=Sin Prencia 3=cCT Caduco
ec IPER dd-mm-aaa
NX 15 Pla ESI) (Pa. 3/4) Fecha térino faena dd-mm- .eaee
echicio faena dd-mm-aaa
Comuna odio nico eial aIU delI CT 9
b ic irion (numero) Numero dirc de éentro de trabajo. Comuna Codio nico irial
irein (nombre) ob de alle avenida o pasaje Direcin (nmero) nr
RES irn (Tip ale) l=ida =Clle 3=Pasaje RAIO Direion (nombre) texto
N" de rares (lti es cotizado) Direin (tipo (alle) 1=venida 2=Calle 3Paaje
CIU mldor 9 ob CT. texto
Nombre empldor texto Funcin del Empleador en G 1=rincipal Cita 3 5ubntrati s1e =ios ransirios
Rut mplador N-DV ore C texto
Rut de Empresa Principal N-DV

% de Incapacidad (ltima) 99
AREAADR Fecha Dianstico ECA dd-- eeee
Rl Trabaador N-DV
Fecha témino faena -d-mp eeee
eciio faena dd-mm-aaaa
CIU deI CT 99
Comuna Cdio nico eirial
Direion (nmero) 9
REAIO Direcion (nombre) texto
Direion (tipo (alle) 1=vnida 2=Calle 3Paasaje
Nob CT. texto
NE 15 PIa SI) (Pag. 4/4) Funcin del Émpleador en T 1=Pincipal 2oista 35ubbntrati 1a ci0s Transttios
Nor de T texto
Rut de Empresa Principal N-DV 4
b i Comuna Codio nico erial
Direin (numero) Numero dirdn de centro de trabajo.
Direcion (nombre) Nobe de cale, avenida o pasje
ES irein (Tip (al1e) 1=venida 2=Cale 3Paasaje
N° de Trabadores (ltim mes cotizado)
aID Empleador or
Nombre empldor texto
Rt Emplador N-DV

An as" da ns v S6 Met des empvvvdas mnte 1.282 4.000 700 700
PLA AA aS" ACHS MUSEG ST S
e ida

Me des émpldadedas 1.557 963 74 18
An s"
RL as"
ACHS MUUEG S S
nstr ce".
b o.

Med o a ente 504 432 68 39
Anexo N18 "LA por po ren
ACHS MUSEG ST S
qert rol. endon.

Anexo N19 "PLA or" u m Me d ee des emppasu u a de gdor ura rs 414 568 114 152
PL or. ACHS MUSEG ST S
eali O adrr m8.

IU l CT 09
Comuna óio nico errial
REAIO ireion (número) n
ireion (nom bre) texto
irin (tip (alle) =vnida =alle 3Psaje
o C.T. texto
Funi del mpl r en LT 1=ripal Ctista Stis ta = cios5 raios
Rut de Émpresa Prinipal N-DV
ne 20 e u (pg. 1/3)
Comuna oinico rria
ireion (numero) Numero irc del enr de trabajo.
ireion (nombre) or de ale ida o pasaje te. Ll R
RES irein (Tip A11e) 1=vnida 2=ale 3Psae
No de rabres lti es cotizado) go. . nor.
CIU Empleador r
Nombre empleador texto - eexo S.- l res.
utdr N-DV Nota:

re de medidas 1=i 2=n0
esin (Cuanti)* Ver l) a ve n ve) r dio) v D
ip cin a 1RA =Stri ex 3=OWAS
ALENT re de medidas 1=i 2=n0
ág. 2 de 3 ip cia énica co In valu g V d de enss tro re evalion'
ive g at e R a en T e A ten n en erc de.
rojo.
ecncia dd-mm-aaaa
recia R ESS* met nel
ec ino faena d-mm-aaaa Van
ecnico faena dd-mm-aaa

e de riesgo Ver bl) a v) narn ve) r dio) v D
derare evalados g
DVALU d u eb n gr a ig lu 9
aág.3 de 3
金ec d Salud dd-mm-aaa
nqg d gil u 1=si/2=n0
ecin e . dd-mm-aa

P 2o 3
P 19 3
P 18 3
P17 3
PT6 3
P15 3
P4 3
P 13 3
P 12 3
OB-A) PI d 3
P 1 O 3
R9 3
P8 3
77 g
96 。
R5 3
aa 3
23 3
2 3
71 3
Funcin del Trabajador Ocupacion CUO-08
pep3 Anos (numero)
Genero
Fod
N" .e trabajadores ottro de Trabajo Nmero (completar slepre
ne 21 ep ch e evaluación DD-MM-A
Fecha de Inicio evaluacion DD-MM-AA
Region Nobre ofical de region
Comuna Codi niko eaes
Direcion (localidad) t bre
BIOS
Direion (tr) referca) ext bre
s t e d Direcclon (numero) Numero drecon del centro de rabajo.
Direion (nombre) oe de cale. avenida o pasaje
Direion (Tipo Caie) 1=Avenida 2=Cale 3pasaje
Se dor. Nobre o codigo éent de Trabajo (cr) ext bre otar slempre)
Pla21 Com ador. Codigo de actividad econica 6 digitos
Razon ocial e bre
U es 11-1
z 1 2 3 4 5 9 7 8 9 10 1 12 13 14 15 16 17 18 19 20 27 22 23 24 25 26

Niveis nido ies R Riego e=RM e R
ec re valin M-AA
Nomo de ra (T) ext bre
Ane 2) ep v
Cod ica 6 digitos
Se d te
Raz ocial ext ibre
a tre
U res 11111-1

connno ec ma PSM dd-mm-aaa
azncia iIe R nferdad r alud enlS
Nüres de Uiad de Vigillncia d rar gu of la Éniad de Vigcia.
aan ue de (promdo al evi el in a Vigilcia)
tiv latarma)
esad Texto libre
Ciiilujo 6 digitos
Region Texto Nombre oficial region
An2 e 1) f M Comuna di nico erles
re da) exto libre
otrcia) rion exto libre
rer) Numero ireion el ctro de trajo. 0=N/S
rre) No bre de le avenida o pasaje
irec ip alle) =Avnid a =alle 3=Psaje
Funnnen CG 1=rcipal Catis ta 3=Subbontr atista
or de igincia ext bre. omtar ccuando orsa.
n e Trabajo Texto Libre
IUu dor 6 digitos
azcial Émpleador Texto ibre
ut dor RUT-DV

ti le
ose io
o nes
t de
tr ios
ctvs场
social
Écti icia
Énsanza
e ia
dmi cia
ct
ct cas
ctias
ctrs
nfces
cti as
ra t
etas
o de
oion
e on
mtin
Sum d
nd rras
p ra一
igcia ri sa
rabao en ies lto rina
e de N° deCT por 早at de ia
de N dee T por
bbica
f cia
Aneo 2 2)

(descripdion) retas
étein 1 R a esa 2
Medids de
ec (do) evluaadn V -pp^ ee-ww-pp mma
connnnnao EPSM dd-mm- aaa
ech m
znca ieso RA Énfrdad proenal de salud mental- EPSM
re Énidinca N rabaares que cofman la Uv. otar cuando orrnda
ne 23 f M abars en umeo de (promedi 。 setre evaluado) Coleta sipre
uU ti lata)
esida Text 。 liibre
Iu tr Trabajo 9 digitos
Reglon Texto No bre oficial region
Comuna Ccodigo Énico es
ire dad) Te 。 libre
o(trcia) Dlrelon Texto libre
r e er) uero direcion del cedtro de trabajo. O=N/S.
rec re) Nom bre de lle, avenida o pasaje
re i Cale) 1=Anid 2=ale 3Psaje
n en CD 1=rincipal ita Stis
o de Vgcia Texto Libre (com pletar cuan o corre sods
e Trabajo Texto ibre
u dor 6 digito 5
Razón socal Émpldor Text 。 Libre
ut dor RUT- DV

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