Circular · SUSESO
N° 3698 de 2022
7 oct 2022
Subsidio e incapacidad temporal
Lo que resuelve
Vigencia 1 de enero de 2023
Destinatario
Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744; Instituto de Seguridad Laboral; Empresas con Administración Delegada
Texto completo
AU08-2022-00122
CIRCULAR N°3.698
SANTIAGO, 7 DE OCTUBRE DE 2022
ARCHIVO “R04: GASTOS POR SUBSIDIOS” DEL SISTEMA GRIS
MODIFICA EL TÍTULO II. GESTIÓN DE REPORTES E INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN (GRIS) DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. SISTEMAS Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES
DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad social, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744, ha estimado pertinente modificar las instrucciones impartidas en la Letra C. del Título II, Gestión de reportes e información para la supervisión (GRIS) del Libro IX. Sistemas de información. Sistemas y reportes, del Compendio de Normas del Seguro de la Ley Nº16.744, a fin efectuar ajustes respecto de los campos que componen el archivo “R04: Gastos por Subsidios” del sistema GRIS, y actualizar las tablas de dominio asociadas. Acorde a lo dispuesto en el artículo 2° letra b) de la Ley N°16.395, esta circular fue sometida a consulta pública desde el 5 al 20 de septiembre de 2022, recibiéndose comentarios u observaciones que, previo a su emisión, fueron debidamente analizados y evaluados en su mérito.
I.
INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES A LA LETRA C. DEL TÍTULO II, GESTIÓN DE REPORTES E INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN (GRIS) DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. SISTEMAS Y REPORTES:
1. Modifícase el número 17 “Archivo R04”, del Anexo N°29: “Detalle de los archivos y campos del sistema GRIS”, de acuerdo a lo siguiente:
a) Agrégase en el párrafo primero de la Definición a continuación del punto seguido que pasa a ser una coma, la siguiente frase “incluyendo aquellos pagados por el artículo 77Bis.” b) Agrégase en la Definición el siguiente párrafo tercero nuevo, pasando el actual párrafo tercero a ser el nuevo párrafo cuarto:
“Cabe señalar que la unicidad del registro estará dada por la combinación de los siguientes campos: Id beneficiario, Id empresa, CUN, Fecha de devengamiento o pago, Tipo de Movimiento y Medio de pago. Dado lo anterior, si un mismo CUN tiene asociado más de un medio de pago, se deberá informar un registro por cada medio utilizado.”.
c) Modifícase las filas número 8, 9 y 10, en el siguiente tenor: Nº 8 9 10
Nombre campo
Descripción
Tipo de dato
Ejemplo
Base de cálculo
Corresponde al monto de la remuneración neta calculada como base para el pago del subsidio. Se deberá informar sólo valores iguales o mayores a cero.
Número (14) 300000
-
Monto total del subsidio
En este campo se debe incluir el monto total correspondiente al gasto realizado por la entidad reportadora asociado a los campos anteriores para el período de referencia. Se deberá informar sólo valores iguales o mayores a cero.
Número (14) 300000
-
Monto a pagar
Corresponde al monto del subsidio menos la cotización para seguro de cesantía que corresponda por los días de subsidio. Se deberá informar sólo valores iguales o mayores a cero.
Número (14) 300000
-
Tabla de dominio d) Reemplázase la fila número 11 por la siguiente: Nº
Nombre campo
Descripción
Tipo de dato
Ejemplo 11
Tipo de Movimiento
Se deberá indicar el tipo de movimiento asociado al subsidio. Ver tabla de dominio correspondiente.
Texto (1) 1
Descripción
Tipo de dato
Ejemplo
Se deberá indicar el medio de pago por el cual se dispuso el beneficio económico. Ver tabla de dominio correspondiente.
Texto (1) 1
Tabla de dominio 87 e) Reemplázase la fila número 13 por la siguiente:
Nombre campo Nº 13
Medio de pago
Tabla de dominio 88 2. Modifícase el Anexo N°44: “Listado de dominios del sistema GRIS”, en los siguientes términos:
a) Agrégase la siguiente fila número 5 en la tabla N°12:
TABLA N°
Campo:
Código 5 12
Tipo de propiedad
Descripción
Concesión b) Agrégase las siguientes filas números 13 y 14 en la tabla N°15, del siguiente modo: TABLA N°
Campo:
Código 13 14 15
Tipo centro de atención, oficina o sede.
Descripción
Centro de atención preventiva en el Organismo
Administrador
Centro de atención preventiva en la empresa c) Incorpórese a continuación de la tabla N°86 las siguientes tablas N°87 y N°88 nuevas: TABLA N° 87
Campo:
Tipo de Movimiento
Código:
Descripción
Subsidio Pagado: Corresponde al monto del subsidio (incluyendo las cotizaciones previsionales) dispuesto a pago al beneficiario.
Devengamiento: Corresponde al reconocimiento del gasto del subsidio sin que esté dispuesto a pago al beneficiario.
Pago de Cotizaciones: Corresponde sólo al pago de las cotizaciones previsionales. Reabono: Corresponde al subsidio que fue dispuesto nuevamente a pago al beneficiario, dado que anteriormente no fue cobrado por éste y el documento caducó.
Recálculo que aumenta el monto del subsidio: Corresponde al saldo dispuesto a pago al beneficiario producto de un recalculo asociado a errores en el cálculo del subsidio, reajustes, entre otros.
Recálculo que disminuye el monto del subsidio: Corresponde a la recuperación del monto de un subsidio asociado a errores en el cálculo del subsidio, reajustes, entre otros. 1 2 3 4 5 6
TABLA N° 88
Campo:
Medio de pago
Código:
Descripción 1
Beneficio disponible al beneficiario mediante transferencia electrónica bancaria. 2
Beneficio disponible para cobro por el beneficiario mediante vale vista o cheque. 3
Beneficio disponible para cobro por el beneficiario en efectivo. 4
Beneficio disponible para cobro por el beneficiario mediante otros medios. Beneficio disponible a la empresa en convenio o pública mediante transferencia electrónica bancaria.
Beneficio disponible para cobro a la empresa en convenio o pública mediante vale vista o cheque.
Beneficio disponible para cobro a la empresa en convenio o pública en efectivo. Beneficio disponible para cobro a la empresa en convenio o pública mediante otros medios. 5 6 7 8
II.
VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por la presente circular, entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2023. Por lo tanto, el primer envío de información se deberá realizar en el mes de febrero de 2023, referido al pago de subsidios correspondiente a enero de 2023.
Firmado digitalmente
Pamela por Pamela Alejandra
Gana Cornejo
Alejandra
Fecha: 2022.10.07
Gana Cornejo 17:11:00 -03'00'
PAMELA GANA CORNEJO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL (S)
Gabriel Firmado digitalmente por Gabriel Antonio
Antonio Ortiz
Pacheco
Fecha:
Ortiz 2022.10.07
Pacheco 10:44:56 -03'00'
Emilio Firmado digitalmente
Emilio
Torres por Torres Sanhueza
Sanhuez Fecha: 2022.10.07 a 10:26:31 -03'00'
GOP/ETS/VNC/RAM/EAE/CGU
DISTRIBUCIÓN
Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744
Instituto de Seguridad Laboral
Empresas con Administración Delegada
Copia informativa:
Departamento de Supervisión y Control
Departamento de Regulación
Departamento de Tecnología y Operaciones
Unidad de Gestión Documental e Inventario 4
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