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Circular 3708
Seguro laboral (Ley 16.744)
Lo que resuelve
Vigencia: 2 de enero de 2023.
Destinatario
Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744; Empresas con Administración Delegada
Normas citadas
- Artículo 12 y 72 de la Ley N°16.744
- Artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395
Texto
AU08-2022-01575
CIRCULAR N° 3.708
SANTIAGO, 28 DE OCTUBRE DE 2022
PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES AÑO 2023
IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y A LOS
ADMINISTRADORES DELEGADOS DEL SEGURO DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad Social, en adelante, la Superintendencia, en uso de las atribuciones que
le confieren los artículos 2°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395, los artículos 12 y 74 de la Ley N°16.744,
que aprueba el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la
citada ley, imparte las siguientes instrucciones a los organismos administradores para la elaboración del
Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales año 2023 y las empresas
con administración delegada.
I.
PLAN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
AÑO 2023, PARA LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES Y EL INSTITUTO DE SEGURIDAD
LABORAL.
1. Sectores priorizados para el año 2023.
Para el año 2023, las actividades en materia de prevención de riesgos, se deberán focalizar en las
entidades empleadoras de hasta 100 trabajadores y en aquellas en que la aplicación de los
algoritmos de priorización de los organismos administradores, arroje índices de criticidad y/o
siniestralidades superiores al promedio del sector económico al que pertenecen.
Asimismo, se deberán priorizar las acciones dirigidas al control de las enfermedades profesionales
que se presentan con mayor frecuencia, con independencia del sector económico al que
correspondan.
2. Actividades y metas en materias de prevención de riesgos de accidentes y enfermedades
laborales.
2.1. Priorización de entidades empleadoras y centros de trabajo según factores de criticidad
asociados a accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales.
Los organismos administradores deberán mantener actualizada la base de datos de la totalidad
de entidades empleadoras que hubieren categorizado como de baja, media o alta criticidad o
en otras categorías equivalentes, según la aplicación de algoritmo que se instruye en el número
4, Letra A, del Título II, Libro IV, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744. Las empresas a las cuales se debe
aplicar la categorización serán aquellas que se encuentren adheridas o afiliadas al 30 de
diciembre de 2022 y que son informadas mediante el archivo A05 de Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS).
El reporte de esta actividad deberá remitirse, a más tardar el 31 de enero de 2023, a través del
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), de acuerdo con las
instrucciones de la Letra B, Título II del Libro IX del referido compendio.
2.2. Autoevaluación inicial del cumplimiento de aspectos legales y de riesgos críticos en centros
de trabajo.
Los organismos administradores deberán informar, mediante un reporte anual, las entidades
empleadoras que completaron el listado de autoevaluación de aspectos legales y riesgos
críticos, y en virtud de los resultados obtenidos, recibieron asistencia técnica del respectivo
organismo para subsanar las deficiencias detectadas. Dicho reporte deberá remitirse, a más
tardar el 31 de marzo de 2024 a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para
la Supervisión (GRIS), de acuerdo con las instrucciones contenidas en la Letra B, Título II del
Libro IX del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Ley N°16.744.
2.3. Asesoría en la identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER).
Según lo indicado en la Letra C. Identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER) en
centros de trabajo, del Título II, del Libro IV, los organismos administradores deberán realizar
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la identificación de peligros y evaluación de riesgos y entregar a las entidades empleadoras o
centros de trabajo la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (MIPER) u otra
herramienta de similares características, con los riesgos identificados y evaluados, además de
las medidas preventivas o correctivas a implementar y los plazos asociados a su
implementación.
Asimismo, los organismos administradores deberán disponer a sus entidades empleadoras los
formatos correspondientes para realizar la identificación de peligros y evaluación de riesgos y
sus guías de implementación.
Sin perjuicio de lo anterior, los organismos administradores deberán promover y asistir
técnicamente en la ejecución de esta actividad, en centros de trabajo que no cuenten con una
IPER, independiente del número de trabajadores que posean y de la priorización asignada.
Los organismos administradores deberán cumplir las metas que se establecen en el Anexo N°2,
letra A) Actividades Preventivas, Meta N°1. Entidades empleadoras o centros de trabajo con
asesoría en identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER), considerando las
indicaciones para la focalización que en dicho anexo se formulan.
El registro y reporte de esta actividad, para el cumplimiento de la meta, deberá remitirse al
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a través de los
archivos “P06 IPER Antecedentes, al P09 IPER Verificación”, de acuerdo con las instrucciones
de los números 4 y 5 de la Letra B, y el detalle de los archivos y campos contenidos en el Anexo
N°29 de la Letra C, ambas del Título II del Libro IX del Compendio de Normas del Seguro Social
de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744.
2.4. Actividades de asistencia técnica en ámbitos específicos.
Los organismos administradores deberán mantener los registros de las actividades de
asistencia técnica específica, ejecutada en los centros de trabajo y que deberán contener, a lo
menos, la información del archivo "P10 Registro Asistencia Técnica" y en caso de corresponder,
el "P11 Prescripción Asistencia Técnica y “P12 Verificación Asistencia Técnica”, señalados en
los números 4 y 5 de la Letra B, y el detalle de los archivos y campos contenidos en el Anexo
N°29 de la Letra C, ambas del Título II, del Libro IX del Compendio de Normas del Seguro Social
de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744. Estas actividades,
a contar del 1 de enero del año 2023, ya no deberán ser informadas en el archivo “P03
Asistencias Técnicas”.
2.5. Metas de actividades de capacitación.
Para la evaluación del cumplimiento de estas metas, se considerarán las actividades de
capacitación realizadas durante el año 2023 que se hubieren registrado en el Módulo de
Capacitación del SISESAT, a más tardar el 31 de enero del 2024. Cualquiera sea la modalidad de
la capacitación, esta deberá considerar actividades teóricas y prácticas, estas últimas con el
objetivo de facilitar el aprendizaje y la comprensión de los contenidos. Las actividades prácticas
podrán contemplar el desarrollo de herramientas que consideren laboratorios y/o talleres
virtuales o presenciales de interacción, basados en la demostración práctica, planteamiento de
situaciones concretas, simuladores interactivos, talleres experienciales contemplando
actividades grupales y de profundización del conocimiento entre los participantes.
a) Meta N°2 Número de entidades empleadoras nuevas capacitadas
Los organismos administradores deberán capacitar a un número de entidades empleadoras
nuevas equivalente al 30% del total de entidades empleadoras capacitadas el año 2022. Para
el cumplimiento de esta meta, se considerarán las entidades empleadoras de todos los
sectores económicos y tamaños en las que, al menos, un trabajador haya sido capacitado y
siempre que no se encuentre en los registros de empresas capacitadas durante el año 2022.
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La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°2. Número de entidades empleadoras nuevas capacitadas”.
b) Meta N°3 Número total de trabajadores asistentes a capacitaciones
Se considerará para el cumplimiento de esta meta, el número total de trabajadores que
asistan a las diferentes actividades de capacitación realizadas durante el año 2023, tales
como: charlas, cursos, programas integrales y seminarios en todas sus modalidades. Si un
mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada
una de ellas.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°3. Número total de trabajadores asistentes a capacitaciones”.
c) Meta N°4 Número de trabajadores integrantes de Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad, capacitados en investigación de accidentes por método de árbol de causas
Para el cumplimiento de esta meta se considerarán todos los trabajadores integrantes de
comités paritarios de higiene y seguridad, y todos los tipos de actividades de capacitación
(virtual, semi presencial y presencial). Si un mismo trabajador participa en más de una
actividad se contabiliza como asistente solo una vez.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°4 Número de trabajadores integrantes de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad,
capacitados en investigación de accidentes por método de árbol de causas”.
d) Meta N°5 Número total de trabajadores asistentes a capacitación de entidades
empleadoras de hasta 100 trabajadores.
Para el cumplimiento de esta meta se considerarán todos los trabajadores capacitados en
las diferentes actividades de capacitación realizadas durante el año 2023, tales como:
charlas, cursos, programas integrales y seminarios, en todas sus modalidades. Si un mismo
trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada una de
ellas.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°5. Número total de trabajadores asistentes a capacitación de entidades empleadoras de
hasta 100 trabajadores”.
e) Meta N°6 Número total de trabajadores capacitados en Programa de Formación de
Monitores de Seguridad y Salud en el Trabajo, Nivel 1.
Durante el año 2023 los organismos administradores deberán continuar con la capacitación
en el primer nivel del Programa de Formación de Monitores de Seguridad y Salud en el
Trabajo, instruida en el Capítulo IV, Letra E, Título II, del Libro IV del Compendio de Normas
del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley
N°16.744.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°6. Número total de trabajadores capacitados en el programa de formación de monitores
de SST, Nivel 1”. Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza
como asistente solo una vez
f) Meta N°7 Número de trabajadores capacitados en prevención de riesgos laborales viales,
caídas altura, trabajo a distancia-teletrabajo y trabajadores de plataformas digitales de
servicios a que se refiere la Ley N°21.431.
Para el cumplimiento de las metas asociadas a estas capacitaciones, se deberán considerar
todos los trabajadores capacitados en los respectivos cursos.
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La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra b) Actividades de Capacitación, “Meta
N°7. Número total de trabajadores capacitados en cursos específicos”.
g) Meta N°8 Capacitación en curso de formación en competencias para los Comités Paritarios
de Higiene y Seguridad en faena portuaria, diseñado por la OIT.
Los organismos administradores deberán capacitar a integrantes de Comités paritarios de
Faenas Portuarias, en el “Curso de Formación de competencias para los integrantes de los
Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de Faena Portuaria”, diseñado por la OIT. Esta
meta se evaluará considerando un porcentaje de entidades empleadoras de muellaje y
portuarias, con más de 25 trabajadores.
La meta para esta actividad se encuentra definida en el Anexo N°2, letra b) Metas de
Actividades de Capacitación, “Meta N°8, Capacitación en curso de formación de
competencias para los integrantes de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de Faena
Portuaria”.
h) Desarrollos de Capacitación
Estos desarrollos implican definir para las actividades que se precisan, los principales
contenidos, su duración, tipo y modalidad, salvo que éstos se encuentren ya especificados.
Los organismos administradores deberán ejecutar los siguientes desarrollos de actividades
de capacitación:
i. Desarrollo y puesta en marcha del Programa de Formación de Monitores de Seguridad
y Salud en el Trabajo, Niveles 2 y 3
Durante el año 2023 los organismos administradores deberán iniciar el desarrollo del
segundo y tercer nivel del Programa de Formación de Monitores de Seguridad y Salud en
el Trabajo, conforme a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en el
Capítulo IV, Letra E, Título II, del Libro IV del Compendio de Normas del Seguro Social de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N° 16.744.
ii. Desarrollo de un curso de capacitación en identificación de peligros y evaluación de
riesgos
Los organismos administradores deberán desarrollar un curso de capacitación en
“Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos”, para ser puesto a disposición de
trabajadores y entidades empleadoras adheridas y/o afiliadas. Dicho desarrollo deberá
incluir una propuesta de trabajadores a capacitar en el 2023.
iii. Desarrollo de un programa de capacitación en sistema de gestión de seguridad y salud
Los organismos administradores deberán desarrollar un programa de capacitación para
la implementación y mantención de un “Sistema de gestión de seguridad y salud en el
trabajo”, para ser puesto a disposición de trabajadores y entidades empleadoras
adheridas y/o afiliadas. Dicho desarrollo debe incluir una propuesta de trabajadores a
capacitar en el 2023.
iv.
Desarrollo de un curso de capacitación para gestión de riesgos de desastres
Los organismos administradores deberán desarrollar un curso de capacitación en
“Gestión de riesgos de desastres”, para ser puesto a disposición de trabajadores y
entidades empleadoras y centros de trabajo adheridos y/o afiliados. Dicho desarrollo
deberá considerar el contenido señalado en el Anexo N°22, de esta circular e incluir una
propuesta de trabajadores a capacitar en el año 2023. Este desarrollo deberá ser
presentado al 30 de junio de 2023.
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v.
Desarrollo de un curso de capacitación en el sistema globalmente armonizado de
clasificación y etiquetado de productos químicos (GHS)
Los organismos administradores deberán desarrollar un curso de capacitación en “el
Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos
(GHS)”, para ser puesto a disposición de sus entidades empleadoras adheridas y/o
afiliadas. Dicho desarrollo debe incluir las temáticas mínimas acordadas por la sub mesa
de trabajadores del Comité Nacional de Coordinación del GHS, además de una propuesta
de trabajadores a capacitar en el segundo semestre del año 2023.
Estos desarrollos, a excepción del señalado en el número iv, deberán ser remitidos al
repositorio del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a
más tardar el 31 de marzo de 2023. Una vez revisadas y validadas las propuestas de
desarrollos, las actividades que se ejecuten durante el año deberán ser remitidas al Módulo
de Capacitación del SISESAT.
2.6. Evaluaciones y vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores
El presente numeral contiene instrucciones que deben cumplir los organismos administradores
y los administradores delegados cuando corresponda, respecto de las metas, registros y
reportes asociados a los programas de vigilancia del ambiente y de la salud en las entidades
empleadoras adheridas o afiliadas, que deben remitir a esta Superintendencia.
Los organismos administradores y administradores delegados, deberán elaborar y remitir los
siguientes documentos o archivos, por cada agente de riesgo sujeto a programa de Vigilancia
de ambiente y/o de la salud, sea que se encuentre o no protocolizado por el Ministerio de
Salud. Se exceptúa el agente sílice, que se regirá por lo dispuesto en el número 2.6.8.
a) Elaborar y remitir a esta Superintendencia una lista de empresas (universo de entidades
empleadoras), por cada agente de riesgo.
Para la confección de esa lista de empresas, deberán considerar las siguientes instrucciones:
i.
Registrar las entidades empleadoras a nivel de centros de trabajo. Cada centro de
trabajo debe tener asignado un código que lo identifique como único. Este código es
interno del organismo administrador, el que permitirá la trazabilidad de la gestión de
las prestaciones preventivas. Cuando exista CUV del centro, este número puede ser
asignado como código del centro de trabajo.
ii.
Se considerarán todas las entidades empleadoras a nivel de centros de trabajo que
registren implementación histórica o actual del programa de vigilancia del ambiente
y/o de la salud, y que se encuentren adheridas o afiliadas al 1° de diciembre de 2022.
En relación a las entidades empleadoras en que el organismo administrador haya
realizado la evaluación del ambiente y/o evaluación de la salud y que no sean sus
adherentes o afiliadas al momento de la elaboración de la lista requerida, no deben ser
incluidas en ésta y deberán ser informadas a la Superintendencia a más tardar el 31 de
enero de 2023, al correo electrónico planprevencion@suseso.cl, en una lista en archivo
Excel, con los siguientes campos de información: nombre empresa, Rut empresa,
dirección del centro de trabajo, cuenta con evaluación cualitativa (si/no), cuenta con
evaluación cuantitativa (si/no), nombre del agente de riesgo evaluado y número de
trabajadores evaluados en vigilancia de salud, por cada agente de riesgo.
iii.
En aquellos casos en que no se registre la implementación histórica o actual del
programa de vigilancia, se deberá verificar el cumplimiento de alguna de las siguientes
condiciones y en caso de cumplirse, se deberá incorporar al centro de trabajo en el
señalado registro:
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- Denuncias de accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales por exposición
a los agentes de riesgos, que hayan sido calificados como de origen laboral.
- Trabajadores que se desempeñen en tareas con presencia del agente de riesgo
detectada en una evaluación ambiental cualitativa o cuantitativa o MIPER.
- Identificación de peligros y evaluación de riesgos que identifique puestos de
trabajo/tareas con factores de riesgo
- Otros criterios, tales como: entidades empleadoras fiscalizadas y derivadas o
informadas por las entidades fiscalizadoras, criterios técnicos u otros.
b) Elaborar un programa de trabajo para el año 2023, por cada agente de riesgo, considerando:
i.
El número mensual de centros de trabajo en los que se realizará la evaluación
ambiental durante el 2023.
ii.
El número mensual de trabajadores de los centros de trabajo que deben evaluar por
exposición a riesgo específico.
c) Elaborar una lista de los trabajadores que deben ser evaluados por cada agente de riesgo,
precisando el mes en que les corresponde el control de salud.
d) Elaborar y remitir mensualmente un archivo con la ejecución de las actividades
programadas.
Los anexos y especificaciones para la remisión de la información antes mencionada, se detalla
en los siguientes números.
2.6.1. Programas de vigilancia de ambiente y de salud de los agentes de riesgo con protocolo
de vigilancia ministerial
Se deberá elaborar por cada agente de riesgo con protocolo de vigilancia ministerial
(Fiebre Q, Radiación Ultravioleta, Ruido, Plaguicidas, Hipobaria, Hiperbaria y
Citostáticos), una lista de entidades empleadoras y centros de trabajo. Para lo anterior,
se deberá considerar las instrucciones de la letra a) del número 2.6.
Se deberá reportar la información en el Anexo N°3 Universo de entidades empleadoras
a nivel de centro de trabajo por cada protocolo de vigilancia de ambiente y de la salud
Ministerial, a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023.
Además, se deberá elaborar un programa de trabajo para la implementación de las
evaluaciones del ambiente y de la salud para los agentes de riesgos antes mencionados,
el que deberá remitirse en el Anexo N°4: Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia
de Ambiente y de la Salud Ministerial, a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023
Para el seguimiento del programa de trabajo 2023, asociado a la implementación de la
vigilancia de ambiente y/o de salud, se deberá remitir mensualmente al Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), dentro de los 10 primeros
días del mes siguiente a aquél que se informa, un archivo con la ejecución y resultado de
las actividades programadas, mediante el formato contenido en el Anexo N°5
Seguimiento del programa de trabajo 2023, Protocolos Ministeriales. El primer reporte
se deberá enviar en febrero de 2023.
2.6.2. Programas de Vigilancia del ambiente y de la salud elaborados por los organismos
administradores, no ministeriales.
Se deberá elaborar por cada programa no ministerial, una lista de entidades
empleadoras y centros de trabajo que deben ser evaluados, por cada uno de los
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siguientes agentes de riesgos: metales pesados, solventes, radiación ionizante, agentes
productores de asma, uso de la voz y otros que se encuentren vigentes. Para la
elaboración de esa lista se deberá considerar las instrucciones señalados en letra a) del
número 2.6.
Las listas se deberán remitir al Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante el Anexo N°12:
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo por cada Programa de
Vigilancia de Ambiente y de la Salud No Ministerial.
Además, se deberá elaborar un programa de trabajo para la implementación de las
evaluaciones del ambiente y de la salud para los agentes de riesgos ya señalados. La
información del referido programa se deberá remitir al Sistema de Gestión de Reportes
e Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante
el Anexo N°13: Programa de trabajo, Programa de Vigilancia de Ambiente y de la Salud
No Ministerial.
Para el seguimiento del programa de trabajo 2023, asociado a la implementación de la
vigilancia de ambiente y/o de salud, se deberá remitir mensualmente al Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), dentro de los 10 primeros
días del mes siguiente a aquél que se informa, un archivo con la ejecución y el resultado
de las actividades programadas, mediante el formato contenido en el Anexo N°14:
Seguimiento del Programa de Trabajo 2023, Programas de vigilancia de ambiente y/o de
salud No Ministeriales. El primer reporte deberá enviarse en febrero de 2023.
2.6.3. Vigilancia epidemiológica de trabajadores con trastornos músculo esqueléticos
relacionados con el trabajo (TMERT).
a) Los organismos administradores y administradores delegados deberán elaborar una
lista de entidades empleadoras que deben ser evaluadas por factores de riesgos
músculo esqueléticos. Para ello, deberán considerar lo instruido en la letra a) del
número 2.6.
La lista se deberá remitir al Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante el Anexo N°9:
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de
ambiente y de salud por exposición a TMERT, a través, del Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS).
Además, se deberá elaborar un programa de trabajo para la implementación de las
evaluaciones de ambientes de salud TMERT. La información del referido programa se
deberá remitir al Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión
(GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante el Anexo N°10, Tabla N°1:
Programa de trabajo, implementación del Protocolo TMERT. Los documentos de esta
actividad deberán remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS).
Para el seguimiento del programa de trabajo 2023, asociado a la implementación de
la vigilancia del ambiente y/o de la salud TMERT, se deberá remitir mensualmente al
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), dentro de
los 10 primeros días del mes siguiente a aquél que se informa, un archivo con la
ejecución y resultado de las actividades programadas, mediante el formato contenido
en el Anexo N°10, Tabla N°2: Seguimiento del Programa de Trabajo 2023, de
entidades empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de ambiente y de la
salud por exposición a TMERT. El primer reporte deberá enviarse en febrero de 2023.
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b) Meta N°9: Ingreso de trabajadores a vigilancia de salud por exposición a trastornos
musculoesqueléticos de extremidad superior TMERT, del 100% de los centros de
trabajo que presentan nivel de riesgo rojo (alto) en la reevaluación, en el periodo
2017-2022.
Los organismos administradores deberán ingresar a la vigilancia de la salud a los
trabajadores del 100% de los centros de trabajos que presenten un nivel de riesgo
rojo en la reevaluación de la aplicación de la lista TMERT, pertenecientes a entidades
empleadoras adherentes o afiliadas que durante el periodo 2017-2022, posean
trabajadores con enfermedades profesionales musculoesqueléticas de extremidad
superiores.
Cabe recordar que, conforme a lo instruido en la Letra B. Protocolo de patologías
musculoesqueléticas, del Título III, del Libro III. Denuncia, calificación y evaluación de
incapacidades permanentes del Compendio de Normas del Seguro Social de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744, los
organismos administradores deberán entregar asistencia técnica a la entidad
empleadora, específicamente al centro de trabajo en el que se desempeña el
trabajador que presenta una enfermedad musculoesquelética de extremidad
superior para la implementación del protocolo TMERT.
c) Meta 10: Prescripción o capacitación para la aplicación de la lista de chequeo al
100% de las entidades empleadoras, a nivel de centro de trabajo, con enfermos
profesionales durante el periodo 2017-2022
Tratándose de entidades empleadoras a las que han otorgado asistencia técnica al 31
de diciembre de 2022, y que se mantengan adheridas o afiliadas a esa fecha, pero que
no han realizado la lista de chequeo durante el período 2017-2022, deberán
prescribirle que la apliquen, fijándoles un plazo concordante con el número de
puestos de trabajo a evaluar.
A su vez, a las entidades empleadoras que al 31 de diciembre de 2022 no les han
otorgado asistencia técnica, deberán capacitarlas para la aplicación de la lista de
chequeo.
2.6.4. Vigilancia epidemiológica de trabajadores independientes.
De acuerdo a lo instruido en el Capítulo III. Vigilancia de la salud de los trabajadores
independientes, Letra F. Evaluación ambiental y de salud, del Título II. Responsabilidades
y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados,
del Libro IV, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744, el organismo administrador debe
elaborar una herramienta de autoevaluación para trabajadores independientes,
respecto del cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para
ingreso a vigilancia de salud o su descarte.
Los organismos administradores deben realizar las evaluaciones de vigilancia de salud a
los trabajadores independientes cuando existen las siguientes condiciones: Trabajador
independiente con una enfermedad profesional, cuando corresponda; trabajador
independiente que solicita su incorporación a vigilancia de la salud y que se determina
que corresponde su ingreso y trabajador independiente que realice sus actividades en
un lugar donde se haya implementado un programa de vigilancia.
Para el registro de esta información, deberá remitir el Anexo N°11: Ingreso a la vigilancia
de salud de trabajadores independientes. Los documentos de esta actividad deberán
remitirse mensualmente a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para
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la Supervisión (GRIS), a más tardar los primeros 10 días de cada mes. El primer reporte
se debe enviar en febrero de 2023.
2.6.5. Programa de evaluación de salud de los trabajadores con exposición histórica al asbesto.
Los organismos administradores que mantienen en vigilancia de salud a los trabajadores
con exposición asbesto, sea esta histórica o por potencial exposición por remoción de
asbesto, deben ser reportados utilizando el formato contenido en el Anexo N°15:
Vigilancia de salud de los trabajadores con exposición histórica a asbesto. El reporte de
esta actividad deberá remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar los primeros 10 días de cada mes.
El primer reporte se debe enviar en febrero de 2023.
2.6.6. Programa de evaluación del ambiente y de la salud a grupo de trabajadores que se
indican.
Los organismos administradores deberán elaborar una lista de entidades empleadoras
(universo) por cada grupo de trabajadores, y establecer un plan de trabajo para la
identificación de peligros y evaluación de riesgos, así como la implementación de la
vigilancia del ambiente y de la salud, según corresponda. El registro de cada universo
deberá remitirse en el Anexo N°16: Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro
de trabajo de grupo de trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y
Teleoperadores, y el programa de trabajo en el Anexo N°17.1. Programa de trabajo 2023,
Programa de evaluación de ambiente y de la salud de los trabajadores Portuarios,
Recolectores de Residuos y Teleoperadores, a través del Sistema de Gestión de Reportes
e Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023. Para la
confección del universo, deberán considerar los criterios señalados en la letra a) del
número 2.6.
Para el seguimiento del cumplimiento del programa de trabajo y de los resultados de la
evaluación del ambiente y de la salud, el reporte de esta actividad deberá remitirse a
través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a
más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de febrero de 2023. Para este
efecto, se deberá utilizar el Anexo N°17.2. Seguimiento de las actividades programadas
2023, con la ejecución de las actividades.
2.6.7. Programa de vigilancia del ambiente y de la salud en puestos de trabajo calificados como
pesados.
Los organismos administradores deberán elaborar una lista de puestos de trabajo
calificados como pesados con la información entregada por la Comisión Ergonómica
Nacional (CEN), y deberán establecer un programa de trabajo para la identificación de
peligros y evaluación de riesgos, así como la implementación de la vigilancia del
ambiente y de la salud, según corresponda. La información sobre el listado de las
entidades empleadoras deberá remitirse en el formato contenido en el Anexo N°18
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo que tiene puestos de
trabajo calificados como pesado por la CEN, que reemplaza al Anexo N°29 de la letra K,
del Título II, del Libro IV del Compendio de Normas del Seguro de la Ley N°16.744, y el
programa de trabajo en el formato del Anexo N°19.1. Programa de trabajo 2023,
Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo
calificados como pesados, a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información
para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023.
Para el seguimiento del cumplimiento del programa de trabajo, el reporte de las
actividades deberá remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información
para la Supervisión (GRIS), en el Anexo N°19.2. Seguimiento de las actividades
9
programadas 2023, a más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de febrero
de 2023.
Para la confección del señalado listado, deberán considerar la información de las
resoluciones emitidas por la Comisión Ergonómica Nacional (CEN). Respecto de las
entidades empleadoras asignadas a cada organismo administrador en la respectiva
resolución de la CEN, se deberá revisar el estado de adhesión o afiliación de la entidad
empleadora y registrar en el anexo: “adherente/no adherente”.
2.6.8. Plan Nacional para la Erradicación de la Silicosis (PLANESI)
Las acciones que deben realizar los organismos administradores respecto del PLANESI,
deberán ser registradas de manera sistemática en el módulo EVAST/Sílice y el envío de
los documentos complementarios solicitados en cada una de las metas siguientes,
deberá efectuarse a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Los organismos administradores deberán contemplar en sus respectivos planes de
prevención, las siguientes instrucciones y metas:
a) Meta N°11: PLANESI, Seguimiento de la vigilancia del ambiente y de la salud del
100% de las entidades empleadoras que cambian de organismo administrador.
Corresponde a la continuidad de la implementación de la vigilancia del ambiente y de
la salud de los trabajadores que deben realizar el nuevo organismo administrador,
cuando una entidad empleadora cambia de organismo administrador, y tiene registros
de evaluaciones realizadas para la vigilancia del ambiente y/o de la salud de los
trabajadores en el módulo EVAST/Sílice.
Para tal efecto, los organismos administradores deberán elaborar el universo de todas
las entidades empleadoras, incluidas las que ingresan y egresan de su institución,
pertenecientes a los 56 rubros silicógenos y las entidades empleadoras pertenecientes
a otros rubros con presencia de sílice. Deberán reportar el universo de entidades
empleadoras de forma mensual los primeros 10 días de cada mes, a contar de enero
de 2023 considerando el rut empresa, nombre razón social, registro en EVAST (si/no),
fecha (mes/año) de programación, fecha de egreso (mes/año), fecha de
ingreso(mes/año), estas dos últimas según corresponda.
b) Meta N°12: PLANESI, Evaluación por exposición a sílice a entidades empleadoras
nuevas
Corresponde al número de entidades empleadoras que se evalúan por primera vez,
esto es, cuando no existe un registro del RUT empleador en el módulo EVAST/Sílice
entre los periodos 2018-2022 y que pertenecen a los 56 rubros silicógenos.
Se considerará empresa nueva evaluada, la entidad empleadora registrada en el
módulo EVAST con un e-doc 51 y un e-doc 61 o 62 asociado, correspondiente al año
2023. Los e-doc que no cumplan esta condición no serán considerados para el cálculo
de esta meta.
La meta N°12, anual, se encuentra detallada en el Anexo N°2 de esta circular.
Además, deberán enviar el programa de trabajo para el año 2023 a través del Sistema
de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), con la lista de centro
de trabajo a evaluar en cada mes, utilizando para ese efecto el Anexo N°6.1. Programa
de trabajo 2023 entidades empleadoras nuevas, a nivel de centro de trabajo, PLANESI,
a más tardar el 2 de enero de 2023.
10
Asimismo, para el seguimiento de dicha programación, deberán remitir
mensualmente a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), el Anexo N°6.2. Seguimiento de las actividades programadas 2023,
a más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de febrero de 2023.
c) Meta N°13: PLANESI, Registrar en el Módulo EVAST/Sílice, el 100% de la información
de la vigilancia de ambiente y de la salud realizada por los organismos
administradores y administradores delegados, en el periodo 2018-2022, que se
encuentre pendiente de remisión
Corresponde al registro de la información de las actividades de la vigilancia del
ambiente y de la salud, que fueron efectuadas en el período 2018-2022 reportados en
las tablas de estadígrafos del plan anual de prevención y que no fueron ingresadas al
módulo EVAST/Sílice, al 31 de diciembre de 2022. Esto es, e-doc: 51, 56, 59, 61, 62, 64,
66, 67, 68, 71 y/o 79, según corresponda.
Para cumplir con lo anterior, los organismos administradores y administradores
delegados deberán:
-
Enviar la evaluación cualitativa y/o cuantitativa de todos los centros de trabajo en
los que se identificó la presencia de sílice durante el período 2018-2022, de las
empresas que se mantienen adheridas o afiliadas, y que no presenten dichos
registros en el EVAST/Sílice al 31 de diciembre de 2022. En el caso que las
evaluaciones cualitativas en el centro de trabajo no identificaron la presencia de
sílice, deberán registrar en el en el campo “grado de exposición”, la ausencia del
agente de riesgo de sílice.
-
Cuando un centro de trabajo no fue evaluado cualitativa o cuantitativamente
porque se encontraba cerrado, se deberá registrar en el módulo EVAST/Sílice en
el e-doc 59: “centro de trabajo cerrado”.
-
Respecto de los centros de trabajo con nivel de riesgo 4, se deberán registrar
tantos e-doc 62 en el módulo EVAST/Sílice como evaluaciones ambientales
cuantitativas con resultado NR4 hubieren declarado en las tablas de estadígrafos
el periodo 2018-2022. Asimismo, deben remitir al módulo EVAST, la misma
cantidad de e-doc 68 de notificación a la Autoridad.
-
Deberán registrar en el módulo EVAST/Sílice, tantos e-doc 66 (de 1 a n) asociados
a las evaluaciones cualitativa o cuantitativas por cada centro de trabajo evaluado.
-
Registrar en el módulo EVAST/Sílice, el total de trabajadores a los que se han
realizado evaluaciones de la salud por exposición a sílice (e-doc 71 o 79) y que
fueron reportados en las tablas de estadígrafos durante el periodo 2018-2022.
La información antes señalada se deberá remitir al módulo EVAST/Sílice, a más tardar
el 31 de enero de 2023.
d) Meta 14: PLANESI, Centros de trabajo cuyos trabajadores deben ingresar a la
vigilancia de Salud o ser evaluados según su periodicidad de control
Los organismos administradores y administradores delegados, deben enviar el
programa del año 2023 correspondiente al 100% de los centros de trabajo que le
corresponda el ingreso a vigilancia de sus trabajadores. El programa deberá
considerar los centros que se encuentran pendientes de ingreso de trabajadores a la
vigilancia de salud y los centros que les corresponde seguimiento de la evaluación de
trabajadores, de acuerdo a la periodicidad de control según el nivel de riesgo
establecido en el Protocolo de MINSAL.
11
En el caso de existir centros de trabajo sin CUV en el módulo EVAST/Sílice y que les
corresponda evaluación durante el 2023, el organismo administrador y administrador
delegado debe crear el e-doc 51 y 61 con el GES de los trabajadores que deben ser
evaluados, y remitir a dicho módulo la lista de trabajadores que conforman el GES.
Dicho programa deberá ser reportado, en el Anexo N°7 “Programación de centros de
trabajo que corresponde evaluación de salud de los trabajadores, PLANESI” y deberá
remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023.
Adicionalmente, el cumplimiento de la programación 2023, deberá reflejarse en el
módulo EVAST/Sílice, mediante el registro de los trabajadores evaluados (e-doc 71) o
en otra condición (e-doc 79).
e) Meta 15: Prescripción a las entidades empleadoras del envío de la lista de
trabajadores expuestos a sílice que deben ingresar a la vigilancia de salud y su
registro en módulo EVAST
Para asegurar la entrega de la nómina de los trabajadores(as) expuestos a sílice, que
presentan nivel de riesgo NR3 o NR4 desde la entidad empleadora a los organismos
administradores, estos deberán prescribir a sus empresas adherentes o afiliadas, a
nivel de centros de trabajo, el envío de dicha nómina de trabajadores en un plazo de
30 días corridos de obtenido el resultado de la evaluación ambiental cuantitativa, y/o
resultado de la evaluación cualitativa con grado de exposición para ingreso de
trabajadores a la vigilancia de salud.
El registro de la prescripción debe constar en el e-doc 66 que los organismos
administradores deben enviar al módulo EVAST/Sílice.
f) Meta N°16: PLANESI, Registro del 100% de la información de la vigilancia de la salud
postocupacional, realizada por los organismos administradores y administradores
delegados
Corresponde al registro de la información de los trabajadores evaluados o citados que
se encuentran en programa de seguimiento post-ocupacional.
Para el registro de esta actividad, los organismos administradores y administradores
delegados deben reportar la información en el Anexo N°8: Universo de trabajadores
en vigilancia de salud postocupacional, PLANESI, y remitirse, a través del Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de
enero de 2023.
2.6.9. Lista de Trabajadores que se encuentran en vigilancia de salud por protocolo o programa
de vigilancia de salud.
Los organismos administradores y administradores delegados deberán remitir la lista de
trabajadores que se encuentran en vigilancia de la salud, el programa de esta vigilancia
y el seguimiento de su ejecución. El reporte de esta actividad deberá remitirse a través
del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS).
El Anexo N°20.1, contiene la Tabla N°1: Lista del Total de Trabajadores en vigilancia de
salud, acumulada, que debe ser reportada a más tardar el 31 de enero de 2023, con la
información del total de trabajadores evaluados al 31 de diciembre de 2022, de
empresas vigentes y de empresas con cese de actividad laboral que mantiene
trabajadores en vigilancia post ocupacional (sílice) y la Tabla N°2: Lista de Trabajadores
que les corresponde evaluación de salud durante el año 2023 (programa 2023),
corresponde a la lista de trabajadores por mes que requieren evaluación de salud por
agente de riesgo específico, que debe ser remitida el 2 de enero de 2023. Lo anterior,
12
excepto la lista de trabajadores expuestos a Asbesto que debe ser reportada en el Anexo
N°15 señalado en el número 2.6.5.
Para la confección de la Tabla N°2, el organismo administrador debe considerar los
trabajadores a los que se les haya realizado un primer examen y que les corresponde por
periodicidad una evaluación de la vigilancia de salud durante el año 2023.
Asimismo, en la medida que existan resultados de evaluaciones ambientales con
exposición de GES sujetos a vigilancia durante el 2023, deberán incorporar en el
seguimiento 2023, los nuevos trabajadores evaluados, precisando en el Anexo N°20.2
que corresponde a trabajadores evaluados por primera vez, no considerados en la
programación.
Para el seguimiento de dicha programación deberán remitir mensualmente a través del
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), el Anexo
N°20.2. Seguimiento de las actividades programadas 2023, con el estado de trabajador
evaluado/no evaluado, a más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de
febrero de 2023.
El porcentaje de cumplimiento de la programación debe ser el 100%, para lo que se
evaluará el número de trabajadores evaluados y la justificación de los que no fueron
evaluados, respecto de los cuales deben conservarse los respectivos respaldos.
2.6.10. Factores de riesgo psicosocial laboral.
Los organismos administradores deberán desarrollar actividades de capacitación y
difusión para sus entidades empleadoras adheridas o afiliadas, el diseño de esta
capacitación y la planificación de la comunicación y difusión a las diferentes entidades
empleadoras, deberá ser remitida a esta Superintendencia a través del Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el día 31 de
enero de 2023.
Se deberán confeccionar cápsulas informativas, material de difusión, fichas web u otros,
lo que deberán ser remitidos a esta Superintendencia a través del Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el día 31 de enero de
2023.
Los organismos administradores y administradores delegados deberán centrarse
prioritariamente en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Capítulo V,
Letra F, Título II del Libro IV. Prestaciones Preventivas, del referido compendio. Se deberá
priorizar la asistencia técnica a la entidad empleadora en cada una de las etapas para la
metodología, del manual del cuestionario y la implementación de capacitaciones a los
integrantes de los comités de aplicación de los distintos centros de trabajo. Lo anterior,
no será justificación para el retraso del ingreso a vigilancia de los centros de trabajo, que
deban hacerlo en la fecha correspondiente de acuerdo a lo indicado en el manual del
método de aplicación del cuestionario.
Al respecto, los organismos administradores y administradores delegados deberán
informar a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión
(GRIS) de acuerdo con las instrucciones de la Letra B, Título II del Libro IX del citado
compendio:
i)
Los centros de trabajo que ingresen a programa de vigilancia durante un
determinado mes, a más tardar el último día hábil del mes siguiente. Para esto,
se deberá asignar a los centros de trabajo un Código Único de Vigilancia (CUV),
gestión que no podrá ser superior a 20 días hábiles desde que el organismo
administrador o administrador delegado toma conocimiento de la enfermedad
13
mental de carácter profesional (EMP) o del nivel riesgo alto, de acuerdo a lo
señalado en Capítulo V, Letra F, Título II, del Libro IV del Compendio.
ii)
Los planes de intervención prescritos deben ser remitidos, a más tardar el 31 de
julio de 2023, con la información del primer semestre y el 31 de enero de 2024,
un consolidado anual referido al año 2023.
El plan de trabajo a desarrollar durante el año 2023 en esta materia deberá priorizar el
sector de la administración pública y el sector de la salud. Este plan debe contener al
menos, los trabajadores abordados, implementación de medidas de prevención de RPSL,
programas de capacitación a trabajadores y comités de aplicación y la metodología que
se implementará para cumplir con proporcionar asistencia técnica a las entidades
empleadoras. El plan debe también contener el proceso de asistencia técnica específica
para la prescripción de medidas correctivas para las entidades empleadoras que ingresen
a programas de vigilancia. Este plan deberá ser remitidos a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el 31 de enero de
2023, mientras que el reporte con el consolidado de las acciones realizadas deberá
remitirse por la misma vía de forma semestral el 31 de julio de 2023 y el 31 de enero de
2024, con la información del año 2023.
2.7. Otras actividades preventivas y de innovación en prevención de accidentes y enfermedades
profesionales
Los organismos administradores que ejecuten algunas de las actividades de prevención
señaladas en este número, deberán mantener un registro con la documentación formal que
respalde la ejecución del proyecto, sus beneficiarios, financiamiento, modalidad de
contratación de los servicios, niveles de servicios convenidos, facturas, boletas pagadas, etc.
a. Proyectos de cultura preventiva en establecimientos educacionales
Los organismos administradores podrán desarrollar durante el año 2023 proyectos de
promoción de cultura preventiva en los establecimientos educacionales adheridos o
afiliados, dirigidos a la comunidad educativa, con programas que incluyan sensibilización
sobre la importancia de la prevención de riesgos entre los alumnos, apoderados y
profesores.
Además, podrán difundir y entregar asistencia técnica, para que los establecimientos
educacionales, puedan implementar y poner en marcha el Plan Integral de Seguridad
Escolar (PISE).
El reporte de las actividades realizadas en el marco de este proyecto, deberá remitirse a
la Superintendencia, a más tardar el 31 de enero de 2024, según el formato establecido
en el Anexo N°21 Reporte de actividades preventivas y de innovación, a través del Sistema
de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), debiendo enviarse un
reporte por cada actividad.
b. Proyectos de generación de competencias en seguridad y salud en el trabajo para
trabajadores y empleadores
Los organismos administradores deberán diseñar y poner en marcha durante el año 2023
programas de formación y generación de competencias en seguridad y salud en el trabajo,
para empleadores y trabajadores, a través de sindicatos, federaciones, confederaciones,
asociaciones gremiales y/o central de trabajadores.
El reporte de las actividades realizadas en el marco de este proyecto, deberá remitirse a
la Superintendencia, a más tardar el 31 de enero de 2024, según el formato establecido
en el Anexo N°21 Reporte de actividades preventivas y de innovación, a través del Sistema
14
de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), debiendo enviarse un
reporte por cada actividad.
c. Actividades dirigidas a mantener ambientes seguros y saludables para las trabajadoras
del sector de la construcción
Los organismos administradores deberán desarrollar durante el año 2023 un programa y
acciones conjuntas que busquen la instalación de entornos laborales seguros, saludables
e inclusivos de mujeres trabajadoras en el sector de la construcción, tendiente al
desarrollo de ambientes que propicien la tolerancia a la diversidad y permanencia de las
mujeres en este sector altamente masculinizado. Estas iniciativas deberán incluir acciones
en el ámbito de la sensibilización, capacitación y buen trato en el trabajo.
Para efecto de lo anterior, deberán presentar la propuesta conjunta a la Superintendencia,
a más tardar el 31 de marzo de 2023, a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS).
d. Actividades de promoción de la salud
Con el objetivo de entregar herramientas a las entidades empleadoras acerca de la
promoción de salud y que se promuevan hábitos y estilos de vida saludables en
trabajadores con exposición a riesgos ocupacionales, los organismos administradores y las
empresas con administración delegada deberán realizar una propuesta de curso de
“promoción de la salud en el lugar de trabajo”, el que deberá contener a lo menos
aspectos conceptuales como definición de salud, promoción de la salud; caracterización
de la situación de salud de los trabajadores en Chile, y herramientas de promoción de la
salud en los lugares de trabajo.
La propuesta de curso deberá ser remitida a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 30 de junio de 2023.
e. Guía preventiva dirigida a buzos profesionales
Los organismos administradores deberán elaborar en forma conjunta una guía preventiva
dirigida a los trabajadores que se desempeñan como buzos profesionales y que contemple
lo dispuesto en la normativa, buenas prácticas, cuidado de la salud, incluyendo hábitos de
vida saludable, etc., la que deberá ser puesta a disposición de las entidades empleadoras
del rubro, en sus respectivos sitios web.
La señalada guía deberá ser remitida para conocimiento de esta Superintendencia, a
través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más
tardar el día 30 de junio de 2023.
f.
Campaña de difusión conjunta
Las mutualidades de empleadores deberán elaborar una propuesta de campaña conjunta,
cuyo objetivo principal sea la difusión de las prestaciones y derechos que otorga el Seguro
de la Ley N°16.744 y el rol que en ese ámbito cumplen las mutualidades. Dicha campaña
debe estar dirigida a los trabajadores, tener alcance nacional y una duración no inferior a
30 días.
La propuesta de campaña conjunta deberá ser entregada a la Superintendencia, a más
tardar el 31 de marzo de 2023 y su fecha máxima de inicio será el mes de mayo del 2023.
El informe de cierre de campaña deberá ser remitido a esta Superintendencia, dentro de
los 30 días hábiles siguiente a su finalización, a través del Sistema de Gestión de Reportes
e Información para la Supervisión (GRIS).
15
g. Encuesta de satisfacción
El año 2023 las mutualidades deberán implementar una encuesta que permita conocer el
grado de satisfacción de las entidades empleadoras con el servicio de prestaciones
preventivas y de la asistencia técnica que en esta materia otorgan las mutualidades. La
encuesta no incluirá preguntas acerca de la situación de pandemia. Las mutualidades
deberán realizar una segunda encuesta dirigida a los trabajadores y trabajadoras que
permita conocer el grado de satisfacción con las prestaciones otorgadas por las
mutualidades.
Para tal efecto, durante el mes de mayo del año 2023 las mutualidades deberán presentar
una propuesta conjunta a esta Superintendencia, que contenga los cuestionarios a aplicar,
metodología de selección de muestras, metodología y cronograma para la aplicación de
los cuestionarios.
Estas encuestas deberán contemplar muestras representativas y comparables entre
mutualidades. Las encuestas que se aplicarán deberán tener una estructura similar a la de
años anteriores con el fin de hacer comparables los resultados con los de otros años, sin
que esto impida explorar nuevas dimensiones de satisfacción.
Las encuestas de satisfacción de usuarios deberán llevarse a cabo antes del mes de
noviembre de 2023 y deberá contar con la supervisión de esta Superintendencia.
3.
Reporte de seguridad y salud en el trabajo de empresas con administración delegada
Las empresas con administración delegada, deberán remitir a esta Superintendencia un reporte
de su gestión en materias de prevención de riesgos que incluya como mínimo:
a) Estrategia o plan de seguridad y salud en el trabajo para el año 2023.
b) Objetivos, metas e indicadores en seguridad y salud en el trabajo asociados a la estrategia.
c) Estructura organizacional asociada a la seguridad y salud en el trabajo y sus responsables.
d) Organización considerada en la formación/capacitación de sus trabajadores en diferentes
niveles.
e) Principales logros alcanzados en 2022 en materias de capacitación y prevención de Riesgos.
f) Otras actividades realizadas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
g) Metodología, implementación y capacitación en identificación de peligros y evaluación de
riesgos (IPER).
h) Gestión, plan anual y programas de trabajo específicos de los Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad.
i) Implementación del programa preventivo de seguridad en máquinas, equipos y herramientas
motrices.
El reporte deberá ser remitido a esta Superintendencia a través del Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el día 31 de julio de 2023.
II.
REPORTES DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN
La información del Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
año 2023, deberá ser remitida a la Superintendencia en la forma, plazos o fechas establecidas en el
cuerpo de esta circular y que se resumen en el Anexo N°1 “Resumen de Reportes Plan Anual de
Prevención 2023”.
16
III.
CONTRAPARTES TÉCNICAS
Los organismos administradores deberán actualizar la información relacionada con el o los
profesionales que actúen como contraparte técnica, para las solicitudes y/o aclaraciones que sean
necesarias, respecto del Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales año 2023, a más tardar el 31 enero del 2023, al correo planprevencion@suseso.cl.
IV.
VIGENCIA
Las instrucciones contenidas en la presente circular, entrarán en vigencia el 2 de enero de 2023.
Firmado
digitalmente por
Pamela
Pamela Alejandra
Alejandra
Gana Cornejo
Gana Cornejo Fecha: 2022.10.28
14:34:01 -03'00'
PAMELA GANA CORNEJO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
Gabriel Firmado
digitalmente
Gabriel
Antonio por
Antonio Ortiz
Pacheco
Ortiz
Fecha:
Pacheco 2022.10.28
13:19:37 -03'00'
GOP/ECS/VNC/FRR/CCR/FSR
DISTRIBUCIÓN
(Adjunta anexos 35 hojas)
- Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744
- Empresas con Administración delegada
17
ANEXO N°1
RESUMEN DE REPORTES PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN 2023
N° DE ITEM EN
CIRCULAR PLAN
LETRA
REPORTE TIPO
/FORMA
ANEXO
Nº
I. - 2.1
-
Plano P02
-
I. - 2.2
-
Plano P02
-
I.- 2.3
-
I.- 2.4
-
Plano P06 al
P09
Plano P10 al
P12
-
-
DETALLE
Sistema GRIS, Instrucciones Letra B, Título
II, del Libro IX de Compendio de Normas
del Seguro Social de Acc.Trab. Enf. Prof. de
la Ley 16.744.
Meta 1, sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a
través de los archivos “P06 al P09”
respectivamente, de acuerdo con las
instrucciones del Número 4°-5° y anexos
correspondientes, de la Letra B, Título II del
Libro IX del Compendio de Normas del
Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley
N°16.744.
Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a
través de los archivos “P10 al P12”
respectivamente, de acuerdo con las
instrucciones del Número 4°-5° y anexos
correspondientes, de la Letra B, Título II del
Libro IX del Compendio de Normas del
Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley
N°16.744.
TEMA
FECHA 1
Priorización según factores de criticidad.
31 enero 2023
Autoevaluación
inicial
cumplimiento
aspectos legales y riesgos críticos.
31 marzo 2024
FECHA 2
FECHA 3
FECHA 4
Asesoría en la identificación de peligros y
evaluación de riesgos (IPER).
Asistencia técnica para la gestión de riesgos
de desastres (GRD)
Asistencia técnica en el manejo
sustancias químicas peligrosas
de
Trimestralmente, año 2023
Asistencia técnica en gestión del comité
paritario de higiene y seguridad
Asistencia técnica en la implementación de
sistemas de gestión de la seguridad y salud
en el trabajo.
Asistencia técnica para la implementación
de la Guía para la Evaluación y Control de
Riesgos asociados al manejo o Manipulación
Manual de Carga.
1
Asistencia técnica para la prevención de
caídas de altura.
Asistencia técnica en teletrabajo y trabajo a
distancia.
Asistencia técnica en programa preventivo
de seguridad en máquinas.
Asistencia técnica en sector portuario.
Asistencia
técnica
en
entidades
empleadoras con teleoperadores.
Asistencia técnica para la prevención de
accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales en buzos profesionales del
sector de la acuicultura.
I.- 2.5
a)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°2
Número de entidades empleadoras nuevas
capacitadas.
b)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°3
Número total de trabajadores asistentes a
las capacitaciones.
c)
Indicador
Sisesat
Capacitación, Meta N°4
“Número de trabajadores capacitados,
integrantes de Comités Paritarios de Higiene
y Seguridad en “investigación de accidentes
por método de árbol de causas”
-
Capacitación, Meta N°5
Número total de trabajadores asistentes a
capacitación en entidades empleadoras de
hasta 100 trabajadores.
d)
Indicador
Sisesat
-
e)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°6
Número de trabajadores capacitados en el
programa de Formación de Monitores de
Seguridad y Salud en el Trabajo Nivel 1.
f)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°7
Número de trabajadores capacitados en
prevención de riesgos laborales viales,
caídas altura, trabajo a distancia-teletrabajo
Reportes serán extraídos de SISESAT-CAPACITACIÓN semestral y anualmente 2023
2
y trabajadores de plataformas digitales de
servicios a que se refiere la Ley N°21.431.
I. Nº 2.6.1
g)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°8
h)
Informe
-
Desarrollos Capacitación, i)
Capacitación en cursos de formación de
competencias para los CPHS en Faena
Portuaria.
Desarrollo y puesta en marcha del Programa
de Formación de Monitores de Seguridad y
Salud en el Trabajo Niveles “2 y 3”
31 de marzo de 2023.
Remitido a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Desarrollos Capacitación, ii)
Desarrollo de un curso de capacitación en
“Identificación de Peligros y Evaluación de
Riesgos
Desarrollos Capacitación, iii)
Desarrollo de un programa de capacitación
en “Sistema de Gestión de Seguridad y
salud”
Desarrollos Capacitación, iv)
Desarrollo de un curso de capacitación para
“Gestión de riesgos de desastres”
Desarrollos Capacitación, v)
Desarrollo de un curso de capacitación
sobre el “Sistema globalmente armonizado
de clasificación y etiquetado de sustancias
químicas (GHS)”
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Universo de entidades empleadoras a nivel
de centro de trabajo por cada programa de
Vigilancia de Ambiente y de la Salud
Ministerial
2 de enero de 2023.
30 de junio de 2023.
Remitido a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
31 de marzo de 2023.
Remitido a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
-
Informe excel
N°3
-
Informe excel
N°4
Programa de trabajo, programade Vigilancia
de Ambiente y de la Salud Ministerial
2 de enero de 2023.
-
Informe excel
N°5
Seguimiento Programa de Trabajo 2023,
Protocolos Ministeriales
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
3
N°12
Universo de Entidades Empleadoras a nivel
de centro de trabajo por cada Protocolo de
Vigilancia de Ambiente y de la Salud No
Ministerial
2 de enero de 2023.
Informe excel
N°13
Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia
de Ambiente y de la Salud No Ministerial
2 de enero de 2023.
Informe excel
N°14
Seguimiento Programa de Trabajo 2023,
Protocolos de Salud No Ministerial
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
N°9
Tabla N°1: Universo de Entidades
Empleadoras a nivel de centro de trabajo,
vigilancia de ambiente y de salud por
exposición a TMERT
2 de enero de 2023.
Tabla N°1: Programa de trabajo,
implementación del Protocolo TMERT.
2 de enero de 2023.
N°10
Tabla N°2, seguimiento del Programa de
Trabajo 2023, de entidades empleadoras a
nivel de centro de trabajo, vigilancia de
ambiente y de salud por exposición a
TMERT.
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
-
Meta, TMERT
Meta N°9: Ingreso de trabajadores a
vigilancia de salud por exposición a
trastornos
musculoesqueléticos
de
extremidad superior TMERT, del 100% de los
centros de trabajo que presentan nivel de
riesgo rojo (alto) en la reevaluación, en el
periodo 2017-2022.
Meta, TMERT
Meta 10: Prescripción o capacitación para la
aplicación de la lista de chequeo al 100% de
las entidades empleadoras, a nivel de centro
de trabajo, con enfermos profesionales
durante el periodo 2017-2022
-
Informe excel
-
-
I. Nº 2.6.2
I. Nº 2.6.2
Informe excel
I. Nº 2.6.3
a)
Informe excel
Informe excel
I. Nº 2.6.3
I. Nº 2.6.3
b)
c)
-
-
N°10
-
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Anual
(se
verifica
con
información señalada
en el 2.6.3 la letra a)
Anual
(se
verifica
con
información señalada
en el 2.6.3 la letra a)
4
I. Nº 2.6.4
-
I. Nº 2.6.5
-
I. Nº 2.6.6
Excel
/Repositorio
Gris
-
N°11
Ingreso a la vigilancia de salud de
trabajadores independientes
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
N°15
Vigilancia de salud de los trabajadores con
exposición histórica a asbesto
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
Universo de Entidades Empleadoras a nivel
de centro de trabajo de grupo de
trabajadores Portuarios, Recolectores de
Residuos y Teleoperadores
2 de enero de 2023.
N°16
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
N°17.1
I. Nº 2.6.6
-
Programa de trabajo 2023, Programa de
evaluación de ambiente y de la salud de los
trabajadores Portuarios, Recolectores de
Residuos y Teleoperadores
Excel
/Repositorio
Gris
Seguimiento actividades programadas 2023
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
Universo de Entidades Empleadoras a nivel
de centro de trabajo que tiene puestos de
trabajo calificados como pesado por la CEN
2 de enero de 2023.
N°19.1
Programa de trabajo 2023, Vigilancia de
ambiente y de la salud de centros de trabajo
con puestos de trabajo calificados como
pesados por la CEN
2 de enero de 2023.
N°19.2
Seguimiento actividades programadas 2023
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
-
Meta N°11: PLANESI, Seguimiento de la
vigilancia de ambiente y de la salud del 100%
de las entidades empleadoras que cambian
de organismo administrador.
N°17.2
-
Excel
/Repositorio
Gris
N°18
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
I. Nº 2.6.7
Excel
/Repositorio
Gris
I. Nº 2.6.8.
a)
módulo
EVAST/Sílice
2 de enero de 2023.
Meta, Planesi
Mensual
5
b)
módulo
EVAST/Sílice
N°6.1.
Meta, Planesi
módulo
EVAST/Sílice
-
módulo
EVAST/Sílice
d)
e)
I. Nº 2.6.8.
f)
Excel
/Repositorio
Gris
módulo
EVAST/Sílice
módulo
EVAST/Sílice
Meta, Planesi
Meta, Planesi
N°8
Anexo N°6.1. Programa de trabajo 2023
entidades empleadoras nuevas, a nivel de
centro de trabajo, PLANESI
2 de enero de 2023
Meta N°13: PLANESI, Registrar en el Módulo
EVAST/Sílice, el 100% de la información de la
vigilancia de ambiente y de la salud realizada
por los organismos administradores y
administradores delegados, en el periodo
2018-2022, que se encuentre pendiente de
registro.
Meta 14: PLANESI, Centros de trabajo cuyos
trabajadores deben ingresar a la vigilancia
de Salud o ser evaluados según su
periodicidad de control
Anexo N°7 “Programación de centros de
trabajo que corresponde evaluación de
salud de los trabajadores, PLANESI”
N°7
-
Anual
Anexo N°6.2. Seguimiento de las actividades
programadas 2023
N°6.2.
c)
Meta N°12: PLANESI, Evaluación por
exposición a sílice a entidades empleadoras
nuevas.
Mensualmente a contar de febrero de 2023
31 de enero de 2023
Anual
2 de enero de 2023
Anual
Meta, Planesi
Meta 15: Prescripción a las entidades
empleadoras del envío de la lista de
trabajadores expuestos a sílice que deben
ingresar a la vigilancia de salud y su registro
en módulo EVAST
Anual
Meta, Planesi
Meta N°16: PLANESI, Registro del 100% de la
información de la vigilancia de la salud
postocupacional,
realizada
por
los
organismos
administradores
y
administradores delegados
2 de enero de 2023
6
Lista de Trabajadores en vigilancia de salud.
Tabla N°1: Lista del Total de Trabajadores en
vigilancia de salud, Acumulada
31 de enero de 2023
Lista de Trabajadores en vigilancia de salud.
Tabla N°2: Lista de Trabajadores que les
corresponde evaluación de salud durante el
año 2023
2 de enero de 2023
Seguimiento de las actividades programas
2023
Mensualmente a contar de febrero de 2023
Repositorio
Gris
Capacitación y la planificación de la
comunicación y difusión
31 de enero de 2023
Plano P04
Reporte mensual de centros de trabajo que
ingresan a programas de vigilancia
Mensualmente, el
último día hábil del
mes siguiente al que
se informa
31 de julio de 2023
31 de enero de
2024
31 de julio de
2023
N°20.1.
2.6.9
-
Excel
/Repositorio
Gris
Lista de Trabajadores que se encuentran en
Vigilancia de Salud por Protocolo o
Programa de Vigilancia de salud
N° 20.2
-
i)
Informe Factores de riesgo psicosocial
laboral.
2.6.10
ii)
Plano P05
Reporte de planes
prescritos RPSL
-
Repositorio
Gris
Plan de trabajo y consolidado de acciones
31 de enero de 2023
a)
Repositorio
Gris
N°21
Proyectos de cultura preventiva
establecimientos educacionales.
31 de enero de 2024
Repositorio
Gris
N°21
Otras actividades preventivas y de
innovación en prevención de accidentes y
enfermedades profesionales.
I. Nº 2.7
b)
de
intervención
en
Proyectos de generación de competencias
en seguridad y salud en el trabajo para
trabajadores y empleadores
31 de enero de
2024
31 de enero de 2024
7
I. N°3
c)
Repositorio
Gris
Actividades dirigidas a mantener ambientes
seguros y saludables para las trabajadoras
del sector de la construcción
31 de marzo de
2023
d)
Repositorio
Gris
Promoción de la salud
30 de junio de 2023
e)
Repositorio
Gris
-
f)
Repositorio
Gris
-
g)
Repositorio
Gris
-
-
Repositorio
Gris
-
Guía preventiva
profesionales
Otras actividades preventivas y de
innovación en prevención de accidentes y
enfermedades profesionales.
dirigida
a
buzos
30 de junio de 2023
Campaña de difusión conjunta
31 de marzo de 2023
propuesta
Encuesta de satisfacción
Mayo de 2023
Reporte Actividades Adm. Delegada.
31 de julio de 2023
Inicio ejecución
mayo 2023
Julio 2023 informe
8
ANEXO N°2
Metas Plan de Prevención 2023
A) Actividades Preventivas.
Meta N°1. Entidades empleadoras o centros de trabajo, con asesoría en identificación de peligros y evaluación de
riesgos (IPER).
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Meta
5.880
6.277
3.235
3.151
Focalización 2023:
-
-
-
-
-
-
-
1° Contempla cobertura de cartera criticidad “alta”, en un 100%, del registro de archivo P02 “CriticidadAutoevaluación”, del año en curso, en entidades empleadoras de todos los tamaños, en al menos 1 de sus
centros de trabajo, de corresponder.
2° Contempla cobertura de cartera criticidad “media”, en hasta un 30%, del registro del archivo P02
“Criticidad-Autoevaluación”, del año en curso, en entidades empleadoras o centros de trabajo, de hasta 100
trabajadores.
3° Contempla entidades empleadoras o centros de trabajo, principalmente sin evaluación o evaluación
parcial/incompleta o en curso, del año inmediatamente anterior, según condiciones del nuevo registro
establecido.
4° La contabilización del indicador contempla, la suma del 1° código y 1° folio IPER, del centro de trabajo en
proceso de asesoría. Para su validación, se esperan en sistema gris, la recepción de los archivos P06 IPER
Antecedentes y P07 IPER Clasificación, para el cierre del ciclo, de corresponder, los archivos P08 IPER
Prescripción y P09 IPER Verificación.
5° Podrán imputar al cumplimiento de la meta del año en curso, todos los centros de trabajo donde hayan
ocurrido accidentes fatales y graves, en los cuales deberán ejecutarse procesos de revisión o actualización de
IPER.
6° El avance será supervisado de manera trimestral, en razón de las indicaciones de registro, establecidas para
los archivos “P06 al P09”, de corresponder, según el Número 4. Información de prevención de riesgos
laborales, Letra B. Modelo de reporte, TÍTULO II. Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS)
del Libro IX. Sistemas de Información. Informes y Reportes.
7° A partir de enero del año 2023, no se deberá reportar el “Archivo P03: Asistencias Técnicas”.
B) Actividades de Capacitación.
Meta N°2. Número de entidades empleadoras nuevas capacitadas.
Meta
30% Entidades empleadoras nuevas capacitadas
Meta N°3. Número total de trabajadores asistentes a capacitaciones.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Número total de trabajadores asistentes a
capacitaciones
918.775
917.670
237.150
66.150
9
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada una de ellas.
Meta N° 4. Número de trabajadores integrantes de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad capacitados en
“Investigación de accidentes por método de árbol de causas”.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
N° capacitados
3.080
1.717
430
342
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente solo una vez.
Meta N° 5. Número total de trabajadores asistentes a capacitación de entidades empleadoras de hasta 100
trabajadores.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Número total de asistentes a capacitación
118.649
116.710
21.699
28.676
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada una de ellas.
Meta N° 6. Número total de trabajadores capacitados en el programa de formación de monitores de SST, Nivel
1.
Organismo
administrador
N° capacitados
ACHS
1.925
MUSEG
1.073
296
IST
ISL
214
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente solo una vez.
Meta N° 7. Número total de trabajadores capacitados en cursos específicos.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Curso PDR
Viales.
Curso PDR Caídas de
Altura.
N° capacitados
N° capacitados
1.500
1.000
300
200
1.500
1.000
300
200
Curso PDR trabajo a
distancia y
teletrabajo.
Curso PDR
trabajadores de
plataformas.
N° capacitados
1.500
1.000
300
200
N° capacitados
1.500
1.000
300
200
Si un mismo trabajador participa en el mismo curso, más de una vez, se contabiliza como asistente una vez.
10
Meta N° 8. Capacitación en Curso de Formación de Competencias para los integrantes de los Comités Paritarios
de Higiene y Seguridad de Faena Portuaria.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
Meta
20% entidades empleadoras
IST
El porcentaje de meta se calcula sobre la base de entidades empleadoras categorizadas como muellaje y
portuarias, adheridas al organismo administrador que presentan sobre 25 trabajadores según indicación del D.S.
Nº3 de 2015.
C) Actividades de Vigilancia Ambiental y de la Salud.
PLANESI.
Meta N°12PLANESI, evaluación por exposición a sílice a entidades empleadoras nuevas.
Organismo administrador
N° de entidades empleadoras
ACHS
2.393
IST
500
MUSEG
4.500
ISL
1.000
11
Anexo N°3: “Universo de Entidades Empleadoras, Protocolo de Vigilancia de Ambiente y de la Salud Ministerial”.
•
Información acumulada de evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Protocolos Ministeriales de: Ruido, fiebre Q, Radiación ultravioleta,
plaguicidas, hiperbaria, hipobaria y citostáticos.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
última
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
última
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de última
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de última
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes /año)
12
Anexo N°4: “Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia de Ambiente y de la Salud Ministerial”.
Programa de trabajo para la implementación de las evaluaciones de ambientes y de salud para los agentes de riesgos: Ruido, fiebre Q, Radiación ultravioleta, plaguicidas, hiperbaria,
hipobaria y citostáticos.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
ACUMULADA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificad
or único
(ID) centro
de trabajo
(CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes
/año)
Número de
trabajadores a
evaluar
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL QUE LES CORRESPONDE EVALUACIÓN 2023
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN POR MES/2023
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificad
or único
(ID) centro
de trabajo
(CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes
/año)
Número de
trabajadores a
evaluar
13
Anexo N°5: “Seguimiento Programa de Trabajo 2023, Protocolos Ministeriales”.
•
Información acumulada de evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Protocolos Ministeriales de: Ruido, fiebre Q, Radiación
ultravioleta, plaguicidas, hiperbaria, hipobaria y citostáticos.
ÁREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL
CENTRO DE TRABAJO
EVALUACIONES MES
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de Salud
(mes /año)
Número de
trabajadores
a evaluar
EVALUADA/
NO EVALUADA
El organismo administrador y administrador delegado debe entregar el presente anexo actualizado y acumulado cada mes.
14
Anexo N°6.1: “Programa de trabajo, entidades empleadoras nuevas, a nivel de centro de trabajo, PLANESI”.
PROGRAMACION ENTIDADES EMPLEADORAS NUEVAS EVALUADAS 2023, PLANESI
AREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
Rut Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
Identificador único
(ID) centro de
trabajo (CT)
CIIU
Empleador
Comuna CT
CIIU del CT
PROGRAMACIÓN 2023
N° de
Trabajadores
CT
Mes Evaluación
Anexo N°6.2: Seguimiento de las actividades programadas 2023.
SEGUIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS 2023.
AREA EMPRESA
Rut Empleador o Rut
trabajador
Nombre
empleador
PROGRAMACIÓN
2023
CENTRO DE TRABAJO
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID) centro
de trabajo (CT)
Comuna CT
CIIU del CT
N° de
Trabajadores
CT
ACTIVIDAD
EJECUTADA 2023
JUSTIFICACIÓN
NO
EJECUCIÓN
Mes Evaluación
* Agregar las columnas necesarias para precisar información sobre la ejecución de las actividades, no consideradas en la tabla.
15
Anexo N°7: “Programación de centros de trabajo que corresponde evaluación de salud de los trabajadores, PLANESI”.
PROGRAMACIÓN 2023, CENTROS DE TRABAJO QUE DEBEN INGRESAR A VIGILANCIA DE SALUD, PLANESI.
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores CT
Fecha de Evaluación
Vigilancia de Salud (mes)
Número de
trabajadores a
evaluar (mes)
16
Anexo N°8: “Universo de trabajadores en vigilancia de salud postocupacional, PLANESI”
PROGRAMACION DE LA EVALUACIÓN DE SALUD, TRABAJADORES POST OCUPACIONALES 2023
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
última
Entidad
Fecha de
Rut
Identificador
Centro de
Fecha de
Fecha de
1:
Evaluación Resultado de
Empleador Nombre
CIIU
único (ID) Comuna CIIU del Trabajo
RUT
Evaluación
citación
Vigente
Vigilancia de la Evaluación
o Rut
empleador Empleador
centro de
CT
CT
1:abierto
Trabajador
Vigilancia
(mes),
2: No
Salud 2023
de Salud
trabajador
trabajo (CT)
2:cerrado
de Salud
inasistentes
Vigente
(mes)
(mes)
AREA EMPRESA
17
Anexo N°9: “Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de ambiente y de salud por exposición a TMERT”.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS A NIVEL DE CENTRO DE TRABAJO, VIGILANCIA DE AMBIENTE Y DE SALUD POR EXPOSICIÓN A TMERT
AREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
CENTRO DE TRABAJO
Entidad
1: Vigente
2: No
Vigente
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del
CT
VIGILANCIA DE AMBIENTE
Centro de
Trabajo
1:abierto
2:cerrado
Fecha de la
Asistencia
para
elaboración
Lista chequeo
dd-mm-aaaa o
No tiene
Asistencia
Nivel de Riesgo
Categorías lista
de chequeo
Entidad
Empleadora
Fecha
Verificación
Lista Chequeo
OA
Confirmación Nivel
Riesgo OA
dd-mm-aaaa
R= Roja - total de
tareas evaluadas
al menos tiene
una tarea roja el
CT es rojo.
A= Amarilla total de tareas
existen en verde
y amarilla, el CT
es amarillo.
V= Verde: Si
todas las tareas
en verdes el CT
es verde.
VIGILANCIA DE SALUD
Prescripción de
medidas lista
chequeo
1=si
2=no
Fecha de
verificación de
medidas lista
chequeo
Ingresa a
Programa de
Vigilancia
Salud
Fecha de
Ingreso a
Vigilancia de
Salud
N° de Trabajadores
que deben ingresar
a Vigilancia de
Salud
N° de Trabajadores
evaluados
dd-mm-aaaa
1=si / 2=no
dd-mm-aaaa
nº
nº
R= Roja - total de
tareas evaluadas al
menos tiene una
tarea roja el CT es
rojo.
A= Amarilla - total
de tareas existen en
verde y amarilla, el
CT es amarillo.
V= Verde: Si todas
las tareas en verdes
el CT es verde.
18
Anexo N°10: “Programa de trabajo y seguimiento de la implementación del Protocolo TMERT”
Anexo N°10, Tabla N°1: Programa de trabajo, implementación del Protocolo TMERT.
PROGRAMACIÓN IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO TMERT ACUMULADO
N° de Trabajadores
evaluados
1=si /
2=no
N° de Trabajadores que
deben ingresar a
Vigilancia de Salud
dd-mmaaaa
Fecha de Ingreso a
Vigilancia de Salud
1=si
2=no
MES DE PROGRAMACIÓN
Ingresa a Programa de
Vigilancia Salud
Confirmación Nivel
Riesgo OA
Fecha Verificación Lista
Chequeo OA
dd-mmaaaa
R= Roja total de
tareas
evaluadas al
menos tiene
una tarea
roja el CT es
rojo.
A= Amarilla total de
tareas
existen en
verde y
amarilla, el
CT es
amarillo.
V= Verde: Si
todas las
tareas en
verdes el CT
es verde.
Fecha de verificación de
medidas lista chequeo
R= Roja - total
de tareas
evaluadas al
menos tiene
una tarea roja el
CT es rojo.
A= Amarilla total de tareas
existen en verde
y amarilla, el CT
es amarillo.
V= Verde: Si
todas las tareas
en verdes el CT
es verde.
VIGILANCIA DE SALUD
Prescripción de medidas
lista chequeo
dd-mmaaaa
Nivel de Riesgo
Categorías lista de
chequeo Entidad
Empleadora
Fecha de la Asistencia
para elaboración Lista
chequeo
VIGILANCIA DE AMBIENTE
MES PROGRA-MACIÓN
2023
Centro de Trabajo
1: abierto
2:cerrado
CIIU del CT
Comuna CT
Identificador único (ID)
centro de trabajo (CT)
CENTRO DE TRABAJO
Entidad
1: Vigente
2: No Vigente
CIIU Empleador
Nombre empleador
Rut Empleador o Rut
trabajador
AREA EMPRESA
dd-mmaaaa
nº
nº
19
Anexo N°10, Tabla N°2: Seguimiento del Programa de Trabajo 2023, de entidades empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de ambiente y de salud por exposición a
TMERT.
PROGRAMACIÓN IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO TMERT 2023
ddmmaaaa
nº
nº
Estado de ejecución
de programación
1: realizada
2: Pendiente
3: No se logra
comunicación con
empresa
4: señalar otra
opción
N° de Trabajadores
evaluados
1=si /
2=no
N° de Trabajadores
que deben ingresar
a Vigilancia de Salud
dd-mmaaaa
MES DE PROGRAMACIÓN
Prescripción de
medidas lista
chequeo
1=si
2=no
Fecha de Ingreso a
Vigilancia de Salud
dd-mmaaaa
Ingresa a Programa
de Vigilancia Salud
dd-mmaaaa
R= Roja - total de
tareas evaluadas al
menos tiene una
tarea roja el CT es
rojo.
A= Amarilla - total
de tareas existen en
verde y amarilla, el
CT es amarillo.
V= Verde: Si todas
las tareas en verdes
el CT es verde.
Fecha de
verificación de
medidas lista
chequeo
R= Roja - total de tareas
evaluadas al menos tiene una
tarea roja el CT es rojo.
A= Amarilla - total de tareas
existen en verde y amarilla, el CT
es amarillo.
V= Verde: Si todas las tareas en
verdes el CT es verde.
VIGILANCIA DE SALUD
Confirmación Nivel
Riesgo OA
Fecha Verificación
Lista Chequeo OA
Nivel de Riesgo
Categorías lista de
chequeo Entidad
Empleadora
VIGILANCIA DE AMBIENTE
MES PROGRAMACIÓN 2023
Fecha de la
Asistencia para
elaboración Lista
chequeo
Centro de Trabajo
1:abierto
2:cerrado
CIIU del CT
Comuna CT
CENTRO DE TRABAJO
Identificador único
(ID) centro de
trabajo (CT)
Entidad
1: Vigente
2: No Vigente
CIIU Empleador
Rut Empleador o
Rut trabajador
Nombre empleador
AREA EMPRESA
. *Los organismos administradores y administradores delegados deberán completar la Tabla N°2 con la programación de implementación Protocolo TMERT, 2023.
Y deberán utilizar el mismo formato para remisión mensual del estado de cumplimiento de dicha programación utilizando el campo “Estado de ejecución de
programación”.
20
Anexo N°11: “Ingreso a la vigilancia de salud de trabajadores independientes”.
AREA EMPRESA
Rut Empleador ó
Nombre
CIIU
Rut trabajador empleador Empleador
PROGRAMACION DE LA EVALUACIÓN DE SALUD, TRABAJADORES INDEPENDIENTES 2023
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
Entidad
1: Vigente
2: No Vigente
Identificador
único (ID) Comuna CIIU del
centro de
CT
CT
trabajo (CT)
Centro de
Trabajo
1:abierto
2:cerrado
RUT
Agentes
Trabajador de Riesgo
Fecha de
Resultado de la
Fecha de
Evaluación
Evaluación de citación (mes),
Vigilancia de
Salud
inasistentes
Salud 2023 (mes)
21
Anexo N°12: “Universo de Entidades Empleadoras, Programa de Vigilancia de Ambiente y/o de la Salud No Ministerial”.
Información acumulada de evaluación de ambiente y de la salud de los trabajadores a nivel de centro de trabajo, Programas No Ministeriales de Metales Pesados, Solventes,
Radiación ionizante, agentes productores de asma, Uso de la voz u otros que se encuentren vigentes.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO - PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTE Y/O DE SALUD NO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
Rut Empleador o
Rut trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Última Fecha
de Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
última Fecha
de Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de última
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de última
Evaluación Vigilancia de
Salud (mes /año ó No
evaluada)
22
Anexo N°13: “Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia de Ambiente y de la Salud No Ministerial”.
Programa de trabajo para la implementación de la evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Programas No Ministeriales de: Metales Pesados,
Solventes, Radiación ionizante, Agentes Productores de Asma, Uso de la voz u otros que se encuentren vigentes.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROGRAMA VIGILANCIA AMBIENTE Y/O DE SALUD NO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
Rut Empleador o
Rut trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes /año)
Número de
trabajadores a
evaluar
23
Anexo N°14 “Seguimiento Programa de Trabajo 2023, Programas No Ministeriales”.
Información acumulada de evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Programas No Ministeriales de: Metales Pesados, Solventes, Radiación
ionizante, Agentes Productores de Asma, Uso de la voz y otros que se encuentren vigentes.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROGRAMA VIGILANCIA AMBIENTE Y/O DE SALUD NO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
EVALUACIONES MES ___(ENERO, FEBRERO, ETC)
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes /año)
Número de
trabajadores a
evaluar
El organismo administrador y administrador delegado debe entregar el presente anexo actualizado y acumulado cada mes.
24
Anexo N°15: “Vigilancia de salud de los trabajadores con exposición histórica a asbesto”
NOMBRE
RAZÓN SOCIAL
RUT ENTIDAD
EMPLEADORA
REGIÓN
DEL
CENTRO
DE
TRABAJO
NOMBRE
TRABAJADOR
RUN
TRABAJADOR
AÑOS DESDE
LA
EXPOSICIÓN
FECHA
ULTIMA
EVALUACIÓN
1=
RADIOGRAFIA
TÓRAX
2= TAC TÓRAX
RESULTADO DE LA
EVALUACIÓN
1: SIN ALTERACIONES
2: CON
ALTERACIONES
3: PENDIENTE
INFORME
4: NO SE PRESENTA A
ÚLTIMA CITACIÓN
5: RECITACIÓN
6: RECHAZA
ATENCIÓN
RESULTADO RX
TORAX (DESCRIBIR)
NÓDULOS
PULMONARES,
PLACAS PLEURALES,
ATELECTASIS,
FIBROSIS
PULMONAR, ETC
RESULTADO TAC TORAX
(DESCRIBIR) NÓDULOS
PULMONARES, PLACAS
PLEURALES,
ATELECTASIS, FIBROSIS
PULMONAR, ETC
ULTIMA FECHA
DE CITACION,
EN CASO DE
NO CONTAR
CON RX O TAC
OBSERVACIONES
ENFERMEDAD
PROFESIONAL
SI/NO
25
Anexo N°16: “Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y Teleoperadores”
AREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores “Portuarios”
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna CIIU del
CT
CT
N° de
Trabajadores CT
Agente de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Números
Evaluación
de
Vigilancia
Trabajadore
de Salud
s Evaluados
(mes /año)
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores “Recolectores de Residuos”
AREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
AREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores CT
Agente de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números
de
Trabajado
res
Evaluados
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números
de
Trabajado
res
Evaluados
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores “Teleoperadores”
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores CT
Agente de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
26
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023. Programa de evaluación de ambiente y de la salud de los trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y
Teleoperadores”
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “PORTUARIOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadore
s a evaluar
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “RECOLECTORES DE RESIDUOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadores
a evaluar
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “TELEOPERADORES”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadores
a evaluar
27
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”. Referido a los trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y Teleoperadores”
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “PORTUARIOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
2023
Ejecución
Números de
Trabajadore
s evaluados
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “RECOLECTORES DE RESIDUOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadore
s Evaluados
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “TELEOPERADORES”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadore
s Evaluados
1: Realizado
2:No
realizado
2023
Ejecución
1: Realizado
2:No
realizado
2023
Ejecución
1: Realizado
2:No
realizado
* Agregar las columnas necesarias para precisar información sobre la ejecución de las actividades, no consideradas en la tabla.
28
Anexo N°18: Universo de entidades empleadoras a nivel de centro de trabajo que tiene puestos de trabajo calificados como pesado por la CEN
nº
Fecha término faena
Código
único
Territorial
CIUU del CT
nº
Comuna
texto
Fecha inicio faena
1=Avenida
2=Calle
3=Pasaje
Dirección (número)
Dirección
(tipo calle)
Función del
Empleador en CT
1=Principal
2=Contratista
3=SubContratista
4=
Servicios
Transitorios
Dirección (nombre)
texto
ddmmaaaa
ddmmaaaa
GES ingresa a
Programa de
Vigilancia Salud
1: Bajo
2:medi
o
3:alto
Fecha de
verificación de
medidas
1=Existe
el
Agente /
2=Se
descarta
el
Agente
Prescripción de
medidas
dd-mmaaaa
Resultado
Medición (Cuanti)
dd-mmaaaa
Nivel de Riesgo
(Cuali)
1=Existe el
Agente
/
2=Se
descarta el
Agente
3=No Existe
Puesto de
Trabajo
Presencia de
Agente de Riesgo
dd-mmaaaa
Evaluación
Cuantitativa
texto
Evaluación
Cualitativa
1:Nivel
Bajo
2: Nivlel
Medio
3: Nivel
Alto
Presencia de
Agente de Riesgo
1=Organizaci
onal
2=Mental
3=Ambiental
4=Física
NDV
EVALUACION AMBIENTE
Peligros/agentes
de riesgo/factores
de riesgo
texto
Factor de Carga
N° de
Trabajadores en
dicho Puesto de
Trabajo
texto
Carga*
Nombre Puesto
Trabajo CEN
PUESTO DE TRABAJO PESADO CALIFICADO POR CEN
Código
único
Territorial
Nombre de CT
Numero
dirección
del
centro
de
trabajo
Rut de Empresa
Principal
Nombre
de calle,
avenida
o pasaje
Comuna
1=Avenida
2=Calle
3=Pasaje
Dirección (numero)
(último
mes
cotizado)
Fecha
Identificación de
Peligro
nº
Dirección (nombre)
texto
Dirección
(Tipo Calle)
CIIU Empleador
N-DV
N° de Trabajadores
Nombre empleador
SP3072018R-13
AREA CENTRO DE TRABAJO (CT)
Rut Empleador
N° Resolución CEN
AREA EMPRESA
Valor
1=si / 2=no
dd-mmaaaa
1=si
2=no
29
/
EVALUACION SALUD
Fecha de Ingreso a
Vigilancia de Salud
Programa o Protocolo
de Vigilancia
N° de Trabajadores que
deben
ingresar
a
Vigilancia de Salud
N° de Trabajadores que
evaluados
dd-mm-aaaa
nombre del programa
o protocolo
número
número
30
Anexo N°19.1: “Programa de trabajo 2023, Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo calificados como pesados”
Anexo N°19.1: Programa de trabajo 2023.
Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo calificados como pesado
PROGRAMACIÓN 2023
CENTRO DE TRABAJO
ÁREA EMPRESA
N° de
Puesto de
Trabajo
Resolución
CEN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
N° de
Resolución
Puesto de
Trabajo
MES
de
Programación
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes
/año)
Número de
trabajadores a
evaluar
Anexo N°19.2: Seguimiento de las actividades programadas 2023
ÁREA EMPRESA
N° de puesto
de trabajo
Resolución
CEN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
Empleador
Anexo N°19.2: Seguimiento de las actividades programadas 2023.
Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo calificados como pesado
Ejecución
PROGRAMACIÓN 2023
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajador
es CT
N° de
Resolución
Puesto de
Trabajo
MES
de
Programación
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
2023
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Número de
trabajadores a
evaluar
1: Evaluado
2: No Evaluado
* Agregar las columnas necesarias para precisar información sobre la ejecución de las actividades, no consideradas en la tabla.
31
Anexo N°20.1: “Lista de Trabajadores en vigilancia de salud”
Tabla N°1: “Lista del Total de Trabajadores en vigilancia de salud, Acumulada”
Rut Empleador
o Rut
trabajador
RUN
Trabajador
Comuna
Evaluación
Agente de
Riesgo
Nombre del
Programa o
Protocolo
Periodicidad de
control por riesgo
específico (en
años)
Última Fecha de
Evaluación salud
(mes/año)
Resultado
Normal/
Alterado
Tabla N°2: “Lista de Trabajadores que les corresponde evaluación de salud durante el año 2023 (programa 2023)”
Rut Empleador
o Rut
trabajador
RUN
Trabajador
Comuna
Evaluación
Agente de
Riesgo
Nombre del
Programa o
Protocolo
Periodicidad de
control por riesgo
específico (en
años)
Fecha de última
Evaluación salud
(mes/año)
Mes de
programación de
la evaluación
Anexo N°20.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
Anexo N°20.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
Rut Empleador
o Rut
trabajador
RUN
Trabajador
Comuna
Evaluación
Agente de
Riesgo
Nombre del
Programa o
Protocolo
Última Fecha de
Evaluación salud
(mes/año)
Mes de
Programación
evaluación de
salud 2023
Evaluado/No
evaluado
Resultado
Normal/
Alterado
Justificar las
desviaciones a la
programación. Y
cuando corresponda,
precisar si es un
trabajador evaluado
por primera vez, no
considerado en dicha
programación
32
ANEXO N°21
REPORTE DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS Y DE INNOVACIÓN
INFORME DESCRIPTIVO ANUAL
Nombre del programa
o proyecto:
Objetivo(s):
Alcance:
Indicar el alcance territorial y cuantitativo que se planifica llegar con el
programa durante el año 2021.
Presupuesto
Indicar presupuesto establecido y aprobado para la ejecución del
establecido:
proyecto, considerando el detalle de la distribución de los recursos.
Nombre y cargo del
Identificación clara del encargado formal de la ejecución y seguimiento
encargado formal de la
del proyecto.
ejecución:
Descripción del programa o proyecto (máximo 2 páginas en Calibri 12)
Describir brevemente en qué consiste el programa (actividades contempladas, frecuencia, etc.)
Si el programa dispone de material gráfico como guías, folletos, videos, etc., debe adjuntarse a este
documento.
33
Resultados (cualitativos y cuantitativos)
34
ANEXO N°22
Propuesta contenidos curso
GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN CENTROS DE TRABAJO
Objetivo de desempeño
🡺 Al finalizar el curso, el participante logrará: Aplicar metodología para identificar y evaluar los
riesgos de desastres en centros de trabajo, logrando la preparación pertinente para prevenir y
responder una determinada emergencia o desastre y conocer además el marco normativo
nacional.
Objetivos de aprendizaje
🡺 Aplicar la metodología establecida para identificar las amenazas y vulnerabilidades presentes
en sus centros de trabajo, planificar e implementar medidas tendientes a reducir los riesgos de
desastres a que están expuestos sus trabajadores.
Actividad económica
🡺 Transversal, a excepción de aquellos centros de trabajo con una actividad con regulación
específica respecto a GRD.
Público objetivo
🡺 Responsables de GRD de las empresas y Centros de Trabajo (Tanto entidades del sector
Privado como del Sector Público).
🡺 Integrantes de Comité de GRD
🡺 Trabajadores en general
Contenidos
🡺 Marco conceptual GRD
Reconocer los conceptos relacionados con la gestión del riesgo de desastres en centros de
trabajo, utilizando como base el Marco conceptual de gestión y reducción del riesgo de
desastres y el Marco internacional de la Guía para la consideración transversal de la
gestión del riesgo de desastres en las academias del SINAPRED de la Academia de
Protección Civil año 2021.
🡺 Marco legal de la GRD
Reconocer el marco legal vigente y las referencias técnicas para la gestión del riesgo de
desastres en centros de trabajo, utilizando como base la Ley N°21.364 (07 de agosto de 2021)
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y los Reglamentos que se emanen de ella, el
Marco normativo de la gestión del riesgo de desastre en Chile de la Guía para la
consideración transversal de la gestión del riesgo de desastres en las academias del
SINAPRED de la Academia de Protección Civil año 2021 y la Autoevaluación de aspectos
legales asociados a la gestión del riesgo de desastres en centros de trabajo de la Mesa
del Sector Laboral de la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres,
coordinada por ONEMI año 2019.
🡺 Proceso de GRD
Comprender y aplicar las etapas del proceso de gestión del riesgo de desastres en centros de
trabajo, especificando el cumplimiento de las alertas preventivas y los perímetros de seguridad
comunicadas por la autoridad, utilizando como base el Contexto nacional de la Guía para la
consideración transversal de la gestión del riesgo de desastres en las academias del
SINAPRED de la Academia de Protección Civil año 2021 y la Guía para la implementación
del Plan para la reducción del riesgo de desastres en centros de trabajo de la Mesa del
Sector Laboral de la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres,
coordinada por ONEMI año 2020 y otros instrumentos específicos desarrollados por la Mesa del
Sector Laboral.
35
CIRCULAR N° 3.708
SANTIAGO, 28 DE OCTUBRE DE 2022
PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES AÑO 2023
IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y A LOS
ADMINISTRADORES DELEGADOS DEL SEGURO DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad Social, en adelante, la Superintendencia, en uso de las atribuciones que
le confieren los artículos 2°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395, los artículos 12 y 74 de la Ley N°16.744,
que aprueba el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la
citada ley, imparte las siguientes instrucciones a los organismos administradores para la elaboración del
Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales año 2023 y las empresas
con administración delegada.
I.
PLAN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
AÑO 2023, PARA LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES Y EL INSTITUTO DE SEGURIDAD
LABORAL.
1. Sectores priorizados para el año 2023.
Para el año 2023, las actividades en materia de prevención de riesgos, se deberán focalizar en las
entidades empleadoras de hasta 100 trabajadores y en aquellas en que la aplicación de los
algoritmos de priorización de los organismos administradores, arroje índices de criticidad y/o
siniestralidades superiores al promedio del sector económico al que pertenecen.
Asimismo, se deberán priorizar las acciones dirigidas al control de las enfermedades profesionales
que se presentan con mayor frecuencia, con independencia del sector económico al que
correspondan.
2. Actividades y metas en materias de prevención de riesgos de accidentes y enfermedades
laborales.
2.1. Priorización de entidades empleadoras y centros de trabajo según factores de criticidad
asociados a accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales.
Los organismos administradores deberán mantener actualizada la base de datos de la totalidad
de entidades empleadoras que hubieren categorizado como de baja, media o alta criticidad o
en otras categorías equivalentes, según la aplicación de algoritmo que se instruye en el número
4, Letra A, del Título II, Libro IV, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744. Las empresas a las cuales se debe
aplicar la categorización serán aquellas que se encuentren adheridas o afiliadas al 30 de
diciembre de 2022 y que son informadas mediante el archivo A05 de Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS).
El reporte de esta actividad deberá remitirse, a más tardar el 31 de enero de 2023, a través del
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), de acuerdo con las
instrucciones de la Letra B, Título II del Libro IX del referido compendio.
2.2. Autoevaluación inicial del cumplimiento de aspectos legales y de riesgos críticos en centros
de trabajo.
Los organismos administradores deberán informar, mediante un reporte anual, las entidades
empleadoras que completaron el listado de autoevaluación de aspectos legales y riesgos
críticos, y en virtud de los resultados obtenidos, recibieron asistencia técnica del respectivo
organismo para subsanar las deficiencias detectadas. Dicho reporte deberá remitirse, a más
tardar el 31 de marzo de 2024 a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para
la Supervisión (GRIS), de acuerdo con las instrucciones contenidas en la Letra B, Título II del
Libro IX del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Ley N°16.744.
2.3. Asesoría en la identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER).
Según lo indicado en la Letra C. Identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER) en
centros de trabajo, del Título II, del Libro IV, los organismos administradores deberán realizar
1
la identificación de peligros y evaluación de riesgos y entregar a las entidades empleadoras o
centros de trabajo la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (MIPER) u otra
herramienta de similares características, con los riesgos identificados y evaluados, además de
las medidas preventivas o correctivas a implementar y los plazos asociados a su
implementación.
Asimismo, los organismos administradores deberán disponer a sus entidades empleadoras los
formatos correspondientes para realizar la identificación de peligros y evaluación de riesgos y
sus guías de implementación.
Sin perjuicio de lo anterior, los organismos administradores deberán promover y asistir
técnicamente en la ejecución de esta actividad, en centros de trabajo que no cuenten con una
IPER, independiente del número de trabajadores que posean y de la priorización asignada.
Los organismos administradores deberán cumplir las metas que se establecen en el Anexo N°2,
letra A) Actividades Preventivas, Meta N°1. Entidades empleadoras o centros de trabajo con
asesoría en identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER), considerando las
indicaciones para la focalización que en dicho anexo se formulan.
El registro y reporte de esta actividad, para el cumplimiento de la meta, deberá remitirse al
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a través de los
archivos “P06 IPER Antecedentes, al P09 IPER Verificación”, de acuerdo con las instrucciones
de los números 4 y 5 de la Letra B, y el detalle de los archivos y campos contenidos en el Anexo
N°29 de la Letra C, ambas del Título II del Libro IX del Compendio de Normas del Seguro Social
de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744.
2.4. Actividades de asistencia técnica en ámbitos específicos.
Los organismos administradores deberán mantener los registros de las actividades de
asistencia técnica específica, ejecutada en los centros de trabajo y que deberán contener, a lo
menos, la información del archivo "P10 Registro Asistencia Técnica" y en caso de corresponder,
el "P11 Prescripción Asistencia Técnica y “P12 Verificación Asistencia Técnica”, señalados en
los números 4 y 5 de la Letra B, y el detalle de los archivos y campos contenidos en el Anexo
N°29 de la Letra C, ambas del Título II, del Libro IX del Compendio de Normas del Seguro Social
de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744. Estas actividades,
a contar del 1 de enero del año 2023, ya no deberán ser informadas en el archivo “P03
Asistencias Técnicas”.
2.5. Metas de actividades de capacitación.
Para la evaluación del cumplimiento de estas metas, se considerarán las actividades de
capacitación realizadas durante el año 2023 que se hubieren registrado en el Módulo de
Capacitación del SISESAT, a más tardar el 31 de enero del 2024. Cualquiera sea la modalidad de
la capacitación, esta deberá considerar actividades teóricas y prácticas, estas últimas con el
objetivo de facilitar el aprendizaje y la comprensión de los contenidos. Las actividades prácticas
podrán contemplar el desarrollo de herramientas que consideren laboratorios y/o talleres
virtuales o presenciales de interacción, basados en la demostración práctica, planteamiento de
situaciones concretas, simuladores interactivos, talleres experienciales contemplando
actividades grupales y de profundización del conocimiento entre los participantes.
a) Meta N°2 Número de entidades empleadoras nuevas capacitadas
Los organismos administradores deberán capacitar a un número de entidades empleadoras
nuevas equivalente al 30% del total de entidades empleadoras capacitadas el año 2022. Para
el cumplimiento de esta meta, se considerarán las entidades empleadoras de todos los
sectores económicos y tamaños en las que, al menos, un trabajador haya sido capacitado y
siempre que no se encuentre en los registros de empresas capacitadas durante el año 2022.
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La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°2. Número de entidades empleadoras nuevas capacitadas”.
b) Meta N°3 Número total de trabajadores asistentes a capacitaciones
Se considerará para el cumplimiento de esta meta, el número total de trabajadores que
asistan a las diferentes actividades de capacitación realizadas durante el año 2023, tales
como: charlas, cursos, programas integrales y seminarios en todas sus modalidades. Si un
mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada
una de ellas.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°3. Número total de trabajadores asistentes a capacitaciones”.
c) Meta N°4 Número de trabajadores integrantes de Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad, capacitados en investigación de accidentes por método de árbol de causas
Para el cumplimiento de esta meta se considerarán todos los trabajadores integrantes de
comités paritarios de higiene y seguridad, y todos los tipos de actividades de capacitación
(virtual, semi presencial y presencial). Si un mismo trabajador participa en más de una
actividad se contabiliza como asistente solo una vez.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°4 Número de trabajadores integrantes de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad,
capacitados en investigación de accidentes por método de árbol de causas”.
d) Meta N°5 Número total de trabajadores asistentes a capacitación de entidades
empleadoras de hasta 100 trabajadores.
Para el cumplimiento de esta meta se considerarán todos los trabajadores capacitados en
las diferentes actividades de capacitación realizadas durante el año 2023, tales como:
charlas, cursos, programas integrales y seminarios, en todas sus modalidades. Si un mismo
trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada una de
ellas.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°5. Número total de trabajadores asistentes a capacitación de entidades empleadoras de
hasta 100 trabajadores”.
e) Meta N°6 Número total de trabajadores capacitados en Programa de Formación de
Monitores de Seguridad y Salud en el Trabajo, Nivel 1.
Durante el año 2023 los organismos administradores deberán continuar con la capacitación
en el primer nivel del Programa de Formación de Monitores de Seguridad y Salud en el
Trabajo, instruida en el Capítulo IV, Letra E, Título II, del Libro IV del Compendio de Normas
del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley
N°16.744.
La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra B) Actividades de Capacitación, “Meta
N°6. Número total de trabajadores capacitados en el programa de formación de monitores
de SST, Nivel 1”. Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza
como asistente solo una vez
f) Meta N°7 Número de trabajadores capacitados en prevención de riesgos laborales viales,
caídas altura, trabajo a distancia-teletrabajo y trabajadores de plataformas digitales de
servicios a que se refiere la Ley N°21.431.
Para el cumplimiento de las metas asociadas a estas capacitaciones, se deberán considerar
todos los trabajadores capacitados en los respectivos cursos.
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La meta se encuentra definida en el Anexo N°2, Letra b) Actividades de Capacitación, “Meta
N°7. Número total de trabajadores capacitados en cursos específicos”.
g) Meta N°8 Capacitación en curso de formación en competencias para los Comités Paritarios
de Higiene y Seguridad en faena portuaria, diseñado por la OIT.
Los organismos administradores deberán capacitar a integrantes de Comités paritarios de
Faenas Portuarias, en el “Curso de Formación de competencias para los integrantes de los
Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de Faena Portuaria”, diseñado por la OIT. Esta
meta se evaluará considerando un porcentaje de entidades empleadoras de muellaje y
portuarias, con más de 25 trabajadores.
La meta para esta actividad se encuentra definida en el Anexo N°2, letra b) Metas de
Actividades de Capacitación, “Meta N°8, Capacitación en curso de formación de
competencias para los integrantes de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de Faena
Portuaria”.
h) Desarrollos de Capacitación
Estos desarrollos implican definir para las actividades que se precisan, los principales
contenidos, su duración, tipo y modalidad, salvo que éstos se encuentren ya especificados.
Los organismos administradores deberán ejecutar los siguientes desarrollos de actividades
de capacitación:
i. Desarrollo y puesta en marcha del Programa de Formación de Monitores de Seguridad
y Salud en el Trabajo, Niveles 2 y 3
Durante el año 2023 los organismos administradores deberán iniciar el desarrollo del
segundo y tercer nivel del Programa de Formación de Monitores de Seguridad y Salud en
el Trabajo, conforme a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en el
Capítulo IV, Letra E, Título II, del Libro IV del Compendio de Normas del Seguro Social de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N° 16.744.
ii. Desarrollo de un curso de capacitación en identificación de peligros y evaluación de
riesgos
Los organismos administradores deberán desarrollar un curso de capacitación en
“Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos”, para ser puesto a disposición de
trabajadores y entidades empleadoras adheridas y/o afiliadas. Dicho desarrollo deberá
incluir una propuesta de trabajadores a capacitar en el 2023.
iii. Desarrollo de un programa de capacitación en sistema de gestión de seguridad y salud
Los organismos administradores deberán desarrollar un programa de capacitación para
la implementación y mantención de un “Sistema de gestión de seguridad y salud en el
trabajo”, para ser puesto a disposición de trabajadores y entidades empleadoras
adheridas y/o afiliadas. Dicho desarrollo debe incluir una propuesta de trabajadores a
capacitar en el 2023.
iv.
Desarrollo de un curso de capacitación para gestión de riesgos de desastres
Los organismos administradores deberán desarrollar un curso de capacitación en
“Gestión de riesgos de desastres”, para ser puesto a disposición de trabajadores y
entidades empleadoras y centros de trabajo adheridos y/o afiliados. Dicho desarrollo
deberá considerar el contenido señalado en el Anexo N°22, de esta circular e incluir una
propuesta de trabajadores a capacitar en el año 2023. Este desarrollo deberá ser
presentado al 30 de junio de 2023.
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v.
Desarrollo de un curso de capacitación en el sistema globalmente armonizado de
clasificación y etiquetado de productos químicos (GHS)
Los organismos administradores deberán desarrollar un curso de capacitación en “el
Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos
(GHS)”, para ser puesto a disposición de sus entidades empleadoras adheridas y/o
afiliadas. Dicho desarrollo debe incluir las temáticas mínimas acordadas por la sub mesa
de trabajadores del Comité Nacional de Coordinación del GHS, además de una propuesta
de trabajadores a capacitar en el segundo semestre del año 2023.
Estos desarrollos, a excepción del señalado en el número iv, deberán ser remitidos al
repositorio del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a
más tardar el 31 de marzo de 2023. Una vez revisadas y validadas las propuestas de
desarrollos, las actividades que se ejecuten durante el año deberán ser remitidas al Módulo
de Capacitación del SISESAT.
2.6. Evaluaciones y vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores
El presente numeral contiene instrucciones que deben cumplir los organismos administradores
y los administradores delegados cuando corresponda, respecto de las metas, registros y
reportes asociados a los programas de vigilancia del ambiente y de la salud en las entidades
empleadoras adheridas o afiliadas, que deben remitir a esta Superintendencia.
Los organismos administradores y administradores delegados, deberán elaborar y remitir los
siguientes documentos o archivos, por cada agente de riesgo sujeto a programa de Vigilancia
de ambiente y/o de la salud, sea que se encuentre o no protocolizado por el Ministerio de
Salud. Se exceptúa el agente sílice, que se regirá por lo dispuesto en el número 2.6.8.
a) Elaborar y remitir a esta Superintendencia una lista de empresas (universo de entidades
empleadoras), por cada agente de riesgo.
Para la confección de esa lista de empresas, deberán considerar las siguientes instrucciones:
i.
Registrar las entidades empleadoras a nivel de centros de trabajo. Cada centro de
trabajo debe tener asignado un código que lo identifique como único. Este código es
interno del organismo administrador, el que permitirá la trazabilidad de la gestión de
las prestaciones preventivas. Cuando exista CUV del centro, este número puede ser
asignado como código del centro de trabajo.
ii.
Se considerarán todas las entidades empleadoras a nivel de centros de trabajo que
registren implementación histórica o actual del programa de vigilancia del ambiente
y/o de la salud, y que se encuentren adheridas o afiliadas al 1° de diciembre de 2022.
En relación a las entidades empleadoras en que el organismo administrador haya
realizado la evaluación del ambiente y/o evaluación de la salud y que no sean sus
adherentes o afiliadas al momento de la elaboración de la lista requerida, no deben ser
incluidas en ésta y deberán ser informadas a la Superintendencia a más tardar el 31 de
enero de 2023, al correo electrónico planprevencion@suseso.cl, en una lista en archivo
Excel, con los siguientes campos de información: nombre empresa, Rut empresa,
dirección del centro de trabajo, cuenta con evaluación cualitativa (si/no), cuenta con
evaluación cuantitativa (si/no), nombre del agente de riesgo evaluado y número de
trabajadores evaluados en vigilancia de salud, por cada agente de riesgo.
iii.
En aquellos casos en que no se registre la implementación histórica o actual del
programa de vigilancia, se deberá verificar el cumplimiento de alguna de las siguientes
condiciones y en caso de cumplirse, se deberá incorporar al centro de trabajo en el
señalado registro:
5
- Denuncias de accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales por exposición
a los agentes de riesgos, que hayan sido calificados como de origen laboral.
- Trabajadores que se desempeñen en tareas con presencia del agente de riesgo
detectada en una evaluación ambiental cualitativa o cuantitativa o MIPER.
- Identificación de peligros y evaluación de riesgos que identifique puestos de
trabajo/tareas con factores de riesgo
- Otros criterios, tales como: entidades empleadoras fiscalizadas y derivadas o
informadas por las entidades fiscalizadoras, criterios técnicos u otros.
b) Elaborar un programa de trabajo para el año 2023, por cada agente de riesgo, considerando:
i.
El número mensual de centros de trabajo en los que se realizará la evaluación
ambiental durante el 2023.
ii.
El número mensual de trabajadores de los centros de trabajo que deben evaluar por
exposición a riesgo específico.
c) Elaborar una lista de los trabajadores que deben ser evaluados por cada agente de riesgo,
precisando el mes en que les corresponde el control de salud.
d) Elaborar y remitir mensualmente un archivo con la ejecución de las actividades
programadas.
Los anexos y especificaciones para la remisión de la información antes mencionada, se detalla
en los siguientes números.
2.6.1. Programas de vigilancia de ambiente y de salud de los agentes de riesgo con protocolo
de vigilancia ministerial
Se deberá elaborar por cada agente de riesgo con protocolo de vigilancia ministerial
(Fiebre Q, Radiación Ultravioleta, Ruido, Plaguicidas, Hipobaria, Hiperbaria y
Citostáticos), una lista de entidades empleadoras y centros de trabajo. Para lo anterior,
se deberá considerar las instrucciones de la letra a) del número 2.6.
Se deberá reportar la información en el Anexo N°3 Universo de entidades empleadoras
a nivel de centro de trabajo por cada protocolo de vigilancia de ambiente y de la salud
Ministerial, a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023.
Además, se deberá elaborar un programa de trabajo para la implementación de las
evaluaciones del ambiente y de la salud para los agentes de riesgos antes mencionados,
el que deberá remitirse en el Anexo N°4: Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia
de Ambiente y de la Salud Ministerial, a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023
Para el seguimiento del programa de trabajo 2023, asociado a la implementación de la
vigilancia de ambiente y/o de salud, se deberá remitir mensualmente al Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), dentro de los 10 primeros
días del mes siguiente a aquél que se informa, un archivo con la ejecución y resultado de
las actividades programadas, mediante el formato contenido en el Anexo N°5
Seguimiento del programa de trabajo 2023, Protocolos Ministeriales. El primer reporte
se deberá enviar en febrero de 2023.
2.6.2. Programas de Vigilancia del ambiente y de la salud elaborados por los organismos
administradores, no ministeriales.
Se deberá elaborar por cada programa no ministerial, una lista de entidades
empleadoras y centros de trabajo que deben ser evaluados, por cada uno de los
6
siguientes agentes de riesgos: metales pesados, solventes, radiación ionizante, agentes
productores de asma, uso de la voz y otros que se encuentren vigentes. Para la
elaboración de esa lista se deberá considerar las instrucciones señalados en letra a) del
número 2.6.
Las listas se deberán remitir al Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante el Anexo N°12:
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo por cada Programa de
Vigilancia de Ambiente y de la Salud No Ministerial.
Además, se deberá elaborar un programa de trabajo para la implementación de las
evaluaciones del ambiente y de la salud para los agentes de riesgos ya señalados. La
información del referido programa se deberá remitir al Sistema de Gestión de Reportes
e Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante
el Anexo N°13: Programa de trabajo, Programa de Vigilancia de Ambiente y de la Salud
No Ministerial.
Para el seguimiento del programa de trabajo 2023, asociado a la implementación de la
vigilancia de ambiente y/o de salud, se deberá remitir mensualmente al Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), dentro de los 10 primeros
días del mes siguiente a aquél que se informa, un archivo con la ejecución y el resultado
de las actividades programadas, mediante el formato contenido en el Anexo N°14:
Seguimiento del Programa de Trabajo 2023, Programas de vigilancia de ambiente y/o de
salud No Ministeriales. El primer reporte deberá enviarse en febrero de 2023.
2.6.3. Vigilancia epidemiológica de trabajadores con trastornos músculo esqueléticos
relacionados con el trabajo (TMERT).
a) Los organismos administradores y administradores delegados deberán elaborar una
lista de entidades empleadoras que deben ser evaluadas por factores de riesgos
músculo esqueléticos. Para ello, deberán considerar lo instruido en la letra a) del
número 2.6.
La lista se deberá remitir al Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante el Anexo N°9:
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de
ambiente y de salud por exposición a TMERT, a través, del Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS).
Además, se deberá elaborar un programa de trabajo para la implementación de las
evaluaciones de ambientes de salud TMERT. La información del referido programa se
deberá remitir al Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión
(GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023, mediante el Anexo N°10, Tabla N°1:
Programa de trabajo, implementación del Protocolo TMERT. Los documentos de esta
actividad deberán remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS).
Para el seguimiento del programa de trabajo 2023, asociado a la implementación de
la vigilancia del ambiente y/o de la salud TMERT, se deberá remitir mensualmente al
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), dentro de
los 10 primeros días del mes siguiente a aquél que se informa, un archivo con la
ejecución y resultado de las actividades programadas, mediante el formato contenido
en el Anexo N°10, Tabla N°2: Seguimiento del Programa de Trabajo 2023, de
entidades empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de ambiente y de la
salud por exposición a TMERT. El primer reporte deberá enviarse en febrero de 2023.
7
b) Meta N°9: Ingreso de trabajadores a vigilancia de salud por exposición a trastornos
musculoesqueléticos de extremidad superior TMERT, del 100% de los centros de
trabajo que presentan nivel de riesgo rojo (alto) en la reevaluación, en el periodo
2017-2022.
Los organismos administradores deberán ingresar a la vigilancia de la salud a los
trabajadores del 100% de los centros de trabajos que presenten un nivel de riesgo
rojo en la reevaluación de la aplicación de la lista TMERT, pertenecientes a entidades
empleadoras adherentes o afiliadas que durante el periodo 2017-2022, posean
trabajadores con enfermedades profesionales musculoesqueléticas de extremidad
superiores.
Cabe recordar que, conforme a lo instruido en la Letra B. Protocolo de patologías
musculoesqueléticas, del Título III, del Libro III. Denuncia, calificación y evaluación de
incapacidades permanentes del Compendio de Normas del Seguro Social de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744, los
organismos administradores deberán entregar asistencia técnica a la entidad
empleadora, específicamente al centro de trabajo en el que se desempeña el
trabajador que presenta una enfermedad musculoesquelética de extremidad
superior para la implementación del protocolo TMERT.
c) Meta 10: Prescripción o capacitación para la aplicación de la lista de chequeo al
100% de las entidades empleadoras, a nivel de centro de trabajo, con enfermos
profesionales durante el periodo 2017-2022
Tratándose de entidades empleadoras a las que han otorgado asistencia técnica al 31
de diciembre de 2022, y que se mantengan adheridas o afiliadas a esa fecha, pero que
no han realizado la lista de chequeo durante el período 2017-2022, deberán
prescribirle que la apliquen, fijándoles un plazo concordante con el número de
puestos de trabajo a evaluar.
A su vez, a las entidades empleadoras que al 31 de diciembre de 2022 no les han
otorgado asistencia técnica, deberán capacitarlas para la aplicación de la lista de
chequeo.
2.6.4. Vigilancia epidemiológica de trabajadores independientes.
De acuerdo a lo instruido en el Capítulo III. Vigilancia de la salud de los trabajadores
independientes, Letra F. Evaluación ambiental y de salud, del Título II. Responsabilidades
y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados,
del Libro IV, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744, el organismo administrador debe
elaborar una herramienta de autoevaluación para trabajadores independientes,
respecto del cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para
ingreso a vigilancia de salud o su descarte.
Los organismos administradores deben realizar las evaluaciones de vigilancia de salud a
los trabajadores independientes cuando existen las siguientes condiciones: Trabajador
independiente con una enfermedad profesional, cuando corresponda; trabajador
independiente que solicita su incorporación a vigilancia de la salud y que se determina
que corresponde su ingreso y trabajador independiente que realice sus actividades en
un lugar donde se haya implementado un programa de vigilancia.
Para el registro de esta información, deberá remitir el Anexo N°11: Ingreso a la vigilancia
de salud de trabajadores independientes. Los documentos de esta actividad deberán
remitirse mensualmente a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para
8
la Supervisión (GRIS), a más tardar los primeros 10 días de cada mes. El primer reporte
se debe enviar en febrero de 2023.
2.6.5. Programa de evaluación de salud de los trabajadores con exposición histórica al asbesto.
Los organismos administradores que mantienen en vigilancia de salud a los trabajadores
con exposición asbesto, sea esta histórica o por potencial exposición por remoción de
asbesto, deben ser reportados utilizando el formato contenido en el Anexo N°15:
Vigilancia de salud de los trabajadores con exposición histórica a asbesto. El reporte de
esta actividad deberá remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar los primeros 10 días de cada mes.
El primer reporte se debe enviar en febrero de 2023.
2.6.6. Programa de evaluación del ambiente y de la salud a grupo de trabajadores que se
indican.
Los organismos administradores deberán elaborar una lista de entidades empleadoras
(universo) por cada grupo de trabajadores, y establecer un plan de trabajo para la
identificación de peligros y evaluación de riesgos, así como la implementación de la
vigilancia del ambiente y de la salud, según corresponda. El registro de cada universo
deberá remitirse en el Anexo N°16: Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro
de trabajo de grupo de trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y
Teleoperadores, y el programa de trabajo en el Anexo N°17.1. Programa de trabajo 2023,
Programa de evaluación de ambiente y de la salud de los trabajadores Portuarios,
Recolectores de Residuos y Teleoperadores, a través del Sistema de Gestión de Reportes
e Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023. Para la
confección del universo, deberán considerar los criterios señalados en la letra a) del
número 2.6.
Para el seguimiento del cumplimiento del programa de trabajo y de los resultados de la
evaluación del ambiente y de la salud, el reporte de esta actividad deberá remitirse a
través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a
más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de febrero de 2023. Para este
efecto, se deberá utilizar el Anexo N°17.2. Seguimiento de las actividades programadas
2023, con la ejecución de las actividades.
2.6.7. Programa de vigilancia del ambiente y de la salud en puestos de trabajo calificados como
pesados.
Los organismos administradores deberán elaborar una lista de puestos de trabajo
calificados como pesados con la información entregada por la Comisión Ergonómica
Nacional (CEN), y deberán establecer un programa de trabajo para la identificación de
peligros y evaluación de riesgos, así como la implementación de la vigilancia del
ambiente y de la salud, según corresponda. La información sobre el listado de las
entidades empleadoras deberá remitirse en el formato contenido en el Anexo N°18
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo que tiene puestos de
trabajo calificados como pesado por la CEN, que reemplaza al Anexo N°29 de la letra K,
del Título II, del Libro IV del Compendio de Normas del Seguro de la Ley N°16.744, y el
programa de trabajo en el formato del Anexo N°19.1. Programa de trabajo 2023,
Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo
calificados como pesados, a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información
para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023.
Para el seguimiento del cumplimiento del programa de trabajo, el reporte de las
actividades deberá remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información
para la Supervisión (GRIS), en el Anexo N°19.2. Seguimiento de las actividades
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programadas 2023, a más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de febrero
de 2023.
Para la confección del señalado listado, deberán considerar la información de las
resoluciones emitidas por la Comisión Ergonómica Nacional (CEN). Respecto de las
entidades empleadoras asignadas a cada organismo administrador en la respectiva
resolución de la CEN, se deberá revisar el estado de adhesión o afiliación de la entidad
empleadora y registrar en el anexo: “adherente/no adherente”.
2.6.8. Plan Nacional para la Erradicación de la Silicosis (PLANESI)
Las acciones que deben realizar los organismos administradores respecto del PLANESI,
deberán ser registradas de manera sistemática en el módulo EVAST/Sílice y el envío de
los documentos complementarios solicitados en cada una de las metas siguientes,
deberá efectuarse a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Los organismos administradores deberán contemplar en sus respectivos planes de
prevención, las siguientes instrucciones y metas:
a) Meta N°11: PLANESI, Seguimiento de la vigilancia del ambiente y de la salud del
100% de las entidades empleadoras que cambian de organismo administrador.
Corresponde a la continuidad de la implementación de la vigilancia del ambiente y de
la salud de los trabajadores que deben realizar el nuevo organismo administrador,
cuando una entidad empleadora cambia de organismo administrador, y tiene registros
de evaluaciones realizadas para la vigilancia del ambiente y/o de la salud de los
trabajadores en el módulo EVAST/Sílice.
Para tal efecto, los organismos administradores deberán elaborar el universo de todas
las entidades empleadoras, incluidas las que ingresan y egresan de su institución,
pertenecientes a los 56 rubros silicógenos y las entidades empleadoras pertenecientes
a otros rubros con presencia de sílice. Deberán reportar el universo de entidades
empleadoras de forma mensual los primeros 10 días de cada mes, a contar de enero
de 2023 considerando el rut empresa, nombre razón social, registro en EVAST (si/no),
fecha (mes/año) de programación, fecha de egreso (mes/año), fecha de
ingreso(mes/año), estas dos últimas según corresponda.
b) Meta N°12: PLANESI, Evaluación por exposición a sílice a entidades empleadoras
nuevas
Corresponde al número de entidades empleadoras que se evalúan por primera vez,
esto es, cuando no existe un registro del RUT empleador en el módulo EVAST/Sílice
entre los periodos 2018-2022 y que pertenecen a los 56 rubros silicógenos.
Se considerará empresa nueva evaluada, la entidad empleadora registrada en el
módulo EVAST con un e-doc 51 y un e-doc 61 o 62 asociado, correspondiente al año
2023. Los e-doc que no cumplan esta condición no serán considerados para el cálculo
de esta meta.
La meta N°12, anual, se encuentra detallada en el Anexo N°2 de esta circular.
Además, deberán enviar el programa de trabajo para el año 2023 a través del Sistema
de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), con la lista de centro
de trabajo a evaluar en cada mes, utilizando para ese efecto el Anexo N°6.1. Programa
de trabajo 2023 entidades empleadoras nuevas, a nivel de centro de trabajo, PLANESI,
a más tardar el 2 de enero de 2023.
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Asimismo, para el seguimiento de dicha programación, deberán remitir
mensualmente a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), el Anexo N°6.2. Seguimiento de las actividades programadas 2023,
a más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de febrero de 2023.
c) Meta N°13: PLANESI, Registrar en el Módulo EVAST/Sílice, el 100% de la información
de la vigilancia de ambiente y de la salud realizada por los organismos
administradores y administradores delegados, en el periodo 2018-2022, que se
encuentre pendiente de remisión
Corresponde al registro de la información de las actividades de la vigilancia del
ambiente y de la salud, que fueron efectuadas en el período 2018-2022 reportados en
las tablas de estadígrafos del plan anual de prevención y que no fueron ingresadas al
módulo EVAST/Sílice, al 31 de diciembre de 2022. Esto es, e-doc: 51, 56, 59, 61, 62, 64,
66, 67, 68, 71 y/o 79, según corresponda.
Para cumplir con lo anterior, los organismos administradores y administradores
delegados deberán:
-
Enviar la evaluación cualitativa y/o cuantitativa de todos los centros de trabajo en
los que se identificó la presencia de sílice durante el período 2018-2022, de las
empresas que se mantienen adheridas o afiliadas, y que no presenten dichos
registros en el EVAST/Sílice al 31 de diciembre de 2022. En el caso que las
evaluaciones cualitativas en el centro de trabajo no identificaron la presencia de
sílice, deberán registrar en el en el campo “grado de exposición”, la ausencia del
agente de riesgo de sílice.
-
Cuando un centro de trabajo no fue evaluado cualitativa o cuantitativamente
porque se encontraba cerrado, se deberá registrar en el módulo EVAST/Sílice en
el e-doc 59: “centro de trabajo cerrado”.
-
Respecto de los centros de trabajo con nivel de riesgo 4, se deberán registrar
tantos e-doc 62 en el módulo EVAST/Sílice como evaluaciones ambientales
cuantitativas con resultado NR4 hubieren declarado en las tablas de estadígrafos
el periodo 2018-2022. Asimismo, deben remitir al módulo EVAST, la misma
cantidad de e-doc 68 de notificación a la Autoridad.
-
Deberán registrar en el módulo EVAST/Sílice, tantos e-doc 66 (de 1 a n) asociados
a las evaluaciones cualitativa o cuantitativas por cada centro de trabajo evaluado.
-
Registrar en el módulo EVAST/Sílice, el total de trabajadores a los que se han
realizado evaluaciones de la salud por exposición a sílice (e-doc 71 o 79) y que
fueron reportados en las tablas de estadígrafos durante el periodo 2018-2022.
La información antes señalada se deberá remitir al módulo EVAST/Sílice, a más tardar
el 31 de enero de 2023.
d) Meta 14: PLANESI, Centros de trabajo cuyos trabajadores deben ingresar a la
vigilancia de Salud o ser evaluados según su periodicidad de control
Los organismos administradores y administradores delegados, deben enviar el
programa del año 2023 correspondiente al 100% de los centros de trabajo que le
corresponda el ingreso a vigilancia de sus trabajadores. El programa deberá
considerar los centros que se encuentran pendientes de ingreso de trabajadores a la
vigilancia de salud y los centros que les corresponde seguimiento de la evaluación de
trabajadores, de acuerdo a la periodicidad de control según el nivel de riesgo
establecido en el Protocolo de MINSAL.
11
En el caso de existir centros de trabajo sin CUV en el módulo EVAST/Sílice y que les
corresponda evaluación durante el 2023, el organismo administrador y administrador
delegado debe crear el e-doc 51 y 61 con el GES de los trabajadores que deben ser
evaluados, y remitir a dicho módulo la lista de trabajadores que conforman el GES.
Dicho programa deberá ser reportado, en el Anexo N°7 “Programación de centros de
trabajo que corresponde evaluación de salud de los trabajadores, PLANESI” y deberá
remitirse a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de enero de 2023.
Adicionalmente, el cumplimiento de la programación 2023, deberá reflejarse en el
módulo EVAST/Sílice, mediante el registro de los trabajadores evaluados (e-doc 71) o
en otra condición (e-doc 79).
e) Meta 15: Prescripción a las entidades empleadoras del envío de la lista de
trabajadores expuestos a sílice que deben ingresar a la vigilancia de salud y su
registro en módulo EVAST
Para asegurar la entrega de la nómina de los trabajadores(as) expuestos a sílice, que
presentan nivel de riesgo NR3 o NR4 desde la entidad empleadora a los organismos
administradores, estos deberán prescribir a sus empresas adherentes o afiliadas, a
nivel de centros de trabajo, el envío de dicha nómina de trabajadores en un plazo de
30 días corridos de obtenido el resultado de la evaluación ambiental cuantitativa, y/o
resultado de la evaluación cualitativa con grado de exposición para ingreso de
trabajadores a la vigilancia de salud.
El registro de la prescripción debe constar en el e-doc 66 que los organismos
administradores deben enviar al módulo EVAST/Sílice.
f) Meta N°16: PLANESI, Registro del 100% de la información de la vigilancia de la salud
postocupacional, realizada por los organismos administradores y administradores
delegados
Corresponde al registro de la información de los trabajadores evaluados o citados que
se encuentran en programa de seguimiento post-ocupacional.
Para el registro de esta actividad, los organismos administradores y administradores
delegados deben reportar la información en el Anexo N°8: Universo de trabajadores
en vigilancia de salud postocupacional, PLANESI, y remitirse, a través del Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 2 de
enero de 2023.
2.6.9. Lista de Trabajadores que se encuentran en vigilancia de salud por protocolo o programa
de vigilancia de salud.
Los organismos administradores y administradores delegados deberán remitir la lista de
trabajadores que se encuentran en vigilancia de la salud, el programa de esta vigilancia
y el seguimiento de su ejecución. El reporte de esta actividad deberá remitirse a través
del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS).
El Anexo N°20.1, contiene la Tabla N°1: Lista del Total de Trabajadores en vigilancia de
salud, acumulada, que debe ser reportada a más tardar el 31 de enero de 2023, con la
información del total de trabajadores evaluados al 31 de diciembre de 2022, de
empresas vigentes y de empresas con cese de actividad laboral que mantiene
trabajadores en vigilancia post ocupacional (sílice) y la Tabla N°2: Lista de Trabajadores
que les corresponde evaluación de salud durante el año 2023 (programa 2023),
corresponde a la lista de trabajadores por mes que requieren evaluación de salud por
agente de riesgo específico, que debe ser remitida el 2 de enero de 2023. Lo anterior,
12
excepto la lista de trabajadores expuestos a Asbesto que debe ser reportada en el Anexo
N°15 señalado en el número 2.6.5.
Para la confección de la Tabla N°2, el organismo administrador debe considerar los
trabajadores a los que se les haya realizado un primer examen y que les corresponde por
periodicidad una evaluación de la vigilancia de salud durante el año 2023.
Asimismo, en la medida que existan resultados de evaluaciones ambientales con
exposición de GES sujetos a vigilancia durante el 2023, deberán incorporar en el
seguimiento 2023, los nuevos trabajadores evaluados, precisando en el Anexo N°20.2
que corresponde a trabajadores evaluados por primera vez, no considerados en la
programación.
Para el seguimiento de dicha programación deberán remitir mensualmente a través del
Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), el Anexo
N°20.2. Seguimiento de las actividades programadas 2023, con el estado de trabajador
evaluado/no evaluado, a más tardar los primeros 10 días de cada mes, a contar de
febrero de 2023.
El porcentaje de cumplimiento de la programación debe ser el 100%, para lo que se
evaluará el número de trabajadores evaluados y la justificación de los que no fueron
evaluados, respecto de los cuales deben conservarse los respectivos respaldos.
2.6.10. Factores de riesgo psicosocial laboral.
Los organismos administradores deberán desarrollar actividades de capacitación y
difusión para sus entidades empleadoras adheridas o afiliadas, el diseño de esta
capacitación y la planificación de la comunicación y difusión a las diferentes entidades
empleadoras, deberá ser remitida a esta Superintendencia a través del Sistema de
Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el día 31 de
enero de 2023.
Se deberán confeccionar cápsulas informativas, material de difusión, fichas web u otros,
lo que deberán ser remitidos a esta Superintendencia a través del Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el día 31 de enero de
2023.
Los organismos administradores y administradores delegados deberán centrarse
prioritariamente en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Capítulo V,
Letra F, Título II del Libro IV. Prestaciones Preventivas, del referido compendio. Se deberá
priorizar la asistencia técnica a la entidad empleadora en cada una de las etapas para la
metodología, del manual del cuestionario y la implementación de capacitaciones a los
integrantes de los comités de aplicación de los distintos centros de trabajo. Lo anterior,
no será justificación para el retraso del ingreso a vigilancia de los centros de trabajo, que
deban hacerlo en la fecha correspondiente de acuerdo a lo indicado en el manual del
método de aplicación del cuestionario.
Al respecto, los organismos administradores y administradores delegados deberán
informar a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión
(GRIS) de acuerdo con las instrucciones de la Letra B, Título II del Libro IX del citado
compendio:
i)
Los centros de trabajo que ingresen a programa de vigilancia durante un
determinado mes, a más tardar el último día hábil del mes siguiente. Para esto,
se deberá asignar a los centros de trabajo un Código Único de Vigilancia (CUV),
gestión que no podrá ser superior a 20 días hábiles desde que el organismo
administrador o administrador delegado toma conocimiento de la enfermedad
13
mental de carácter profesional (EMP) o del nivel riesgo alto, de acuerdo a lo
señalado en Capítulo V, Letra F, Título II, del Libro IV del Compendio.
ii)
Los planes de intervención prescritos deben ser remitidos, a más tardar el 31 de
julio de 2023, con la información del primer semestre y el 31 de enero de 2024,
un consolidado anual referido al año 2023.
El plan de trabajo a desarrollar durante el año 2023 en esta materia deberá priorizar el
sector de la administración pública y el sector de la salud. Este plan debe contener al
menos, los trabajadores abordados, implementación de medidas de prevención de RPSL,
programas de capacitación a trabajadores y comités de aplicación y la metodología que
se implementará para cumplir con proporcionar asistencia técnica a las entidades
empleadoras. El plan debe también contener el proceso de asistencia técnica específica
para la prescripción de medidas correctivas para las entidades empleadoras que ingresen
a programas de vigilancia. Este plan deberá ser remitidos a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el 31 de enero de
2023, mientras que el reporte con el consolidado de las acciones realizadas deberá
remitirse por la misma vía de forma semestral el 31 de julio de 2023 y el 31 de enero de
2024, con la información del año 2023.
2.7. Otras actividades preventivas y de innovación en prevención de accidentes y enfermedades
profesionales
Los organismos administradores que ejecuten algunas de las actividades de prevención
señaladas en este número, deberán mantener un registro con la documentación formal que
respalde la ejecución del proyecto, sus beneficiarios, financiamiento, modalidad de
contratación de los servicios, niveles de servicios convenidos, facturas, boletas pagadas, etc.
a. Proyectos de cultura preventiva en establecimientos educacionales
Los organismos administradores podrán desarrollar durante el año 2023 proyectos de
promoción de cultura preventiva en los establecimientos educacionales adheridos o
afiliados, dirigidos a la comunidad educativa, con programas que incluyan sensibilización
sobre la importancia de la prevención de riesgos entre los alumnos, apoderados y
profesores.
Además, podrán difundir y entregar asistencia técnica, para que los establecimientos
educacionales, puedan implementar y poner en marcha el Plan Integral de Seguridad
Escolar (PISE).
El reporte de las actividades realizadas en el marco de este proyecto, deberá remitirse a
la Superintendencia, a más tardar el 31 de enero de 2024, según el formato establecido
en el Anexo N°21 Reporte de actividades preventivas y de innovación, a través del Sistema
de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), debiendo enviarse un
reporte por cada actividad.
b. Proyectos de generación de competencias en seguridad y salud en el trabajo para
trabajadores y empleadores
Los organismos administradores deberán diseñar y poner en marcha durante el año 2023
programas de formación y generación de competencias en seguridad y salud en el trabajo,
para empleadores y trabajadores, a través de sindicatos, federaciones, confederaciones,
asociaciones gremiales y/o central de trabajadores.
El reporte de las actividades realizadas en el marco de este proyecto, deberá remitirse a
la Superintendencia, a más tardar el 31 de enero de 2024, según el formato establecido
en el Anexo N°21 Reporte de actividades preventivas y de innovación, a través del Sistema
14
de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), debiendo enviarse un
reporte por cada actividad.
c. Actividades dirigidas a mantener ambientes seguros y saludables para las trabajadoras
del sector de la construcción
Los organismos administradores deberán desarrollar durante el año 2023 un programa y
acciones conjuntas que busquen la instalación de entornos laborales seguros, saludables
e inclusivos de mujeres trabajadoras en el sector de la construcción, tendiente al
desarrollo de ambientes que propicien la tolerancia a la diversidad y permanencia de las
mujeres en este sector altamente masculinizado. Estas iniciativas deberán incluir acciones
en el ámbito de la sensibilización, capacitación y buen trato en el trabajo.
Para efecto de lo anterior, deberán presentar la propuesta conjunta a la Superintendencia,
a más tardar el 31 de marzo de 2023, a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS).
d. Actividades de promoción de la salud
Con el objetivo de entregar herramientas a las entidades empleadoras acerca de la
promoción de salud y que se promuevan hábitos y estilos de vida saludables en
trabajadores con exposición a riesgos ocupacionales, los organismos administradores y las
empresas con administración delegada deberán realizar una propuesta de curso de
“promoción de la salud en el lugar de trabajo”, el que deberá contener a lo menos
aspectos conceptuales como definición de salud, promoción de la salud; caracterización
de la situación de salud de los trabajadores en Chile, y herramientas de promoción de la
salud en los lugares de trabajo.
La propuesta de curso deberá ser remitida a través del Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a más tardar el 30 de junio de 2023.
e. Guía preventiva dirigida a buzos profesionales
Los organismos administradores deberán elaborar en forma conjunta una guía preventiva
dirigida a los trabajadores que se desempeñan como buzos profesionales y que contemple
lo dispuesto en la normativa, buenas prácticas, cuidado de la salud, incluyendo hábitos de
vida saludable, etc., la que deberá ser puesta a disposición de las entidades empleadoras
del rubro, en sus respectivos sitios web.
La señalada guía deberá ser remitida para conocimiento de esta Superintendencia, a
través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más
tardar el día 30 de junio de 2023.
f.
Campaña de difusión conjunta
Las mutualidades de empleadores deberán elaborar una propuesta de campaña conjunta,
cuyo objetivo principal sea la difusión de las prestaciones y derechos que otorga el Seguro
de la Ley N°16.744 y el rol que en ese ámbito cumplen las mutualidades. Dicha campaña
debe estar dirigida a los trabajadores, tener alcance nacional y una duración no inferior a
30 días.
La propuesta de campaña conjunta deberá ser entregada a la Superintendencia, a más
tardar el 31 de marzo de 2023 y su fecha máxima de inicio será el mes de mayo del 2023.
El informe de cierre de campaña deberá ser remitido a esta Superintendencia, dentro de
los 30 días hábiles siguiente a su finalización, a través del Sistema de Gestión de Reportes
e Información para la Supervisión (GRIS).
15
g. Encuesta de satisfacción
El año 2023 las mutualidades deberán implementar una encuesta que permita conocer el
grado de satisfacción de las entidades empleadoras con el servicio de prestaciones
preventivas y de la asistencia técnica que en esta materia otorgan las mutualidades. La
encuesta no incluirá preguntas acerca de la situación de pandemia. Las mutualidades
deberán realizar una segunda encuesta dirigida a los trabajadores y trabajadoras que
permita conocer el grado de satisfacción con las prestaciones otorgadas por las
mutualidades.
Para tal efecto, durante el mes de mayo del año 2023 las mutualidades deberán presentar
una propuesta conjunta a esta Superintendencia, que contenga los cuestionarios a aplicar,
metodología de selección de muestras, metodología y cronograma para la aplicación de
los cuestionarios.
Estas encuestas deberán contemplar muestras representativas y comparables entre
mutualidades. Las encuestas que se aplicarán deberán tener una estructura similar a la de
años anteriores con el fin de hacer comparables los resultados con los de otros años, sin
que esto impida explorar nuevas dimensiones de satisfacción.
Las encuestas de satisfacción de usuarios deberán llevarse a cabo antes del mes de
noviembre de 2023 y deberá contar con la supervisión de esta Superintendencia.
3.
Reporte de seguridad y salud en el trabajo de empresas con administración delegada
Las empresas con administración delegada, deberán remitir a esta Superintendencia un reporte
de su gestión en materias de prevención de riesgos que incluya como mínimo:
a) Estrategia o plan de seguridad y salud en el trabajo para el año 2023.
b) Objetivos, metas e indicadores en seguridad y salud en el trabajo asociados a la estrategia.
c) Estructura organizacional asociada a la seguridad y salud en el trabajo y sus responsables.
d) Organización considerada en la formación/capacitación de sus trabajadores en diferentes
niveles.
e) Principales logros alcanzados en 2022 en materias de capacitación y prevención de Riesgos.
f) Otras actividades realizadas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
g) Metodología, implementación y capacitación en identificación de peligros y evaluación de
riesgos (IPER).
h) Gestión, plan anual y programas de trabajo específicos de los Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad.
i) Implementación del programa preventivo de seguridad en máquinas, equipos y herramientas
motrices.
El reporte deberá ser remitido a esta Superintendencia a través del Sistema de Gestión de
Reportes e Información para la Supervisión (GRIS) a más tardar el día 31 de julio de 2023.
II.
REPORTES DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN
La información del Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
año 2023, deberá ser remitida a la Superintendencia en la forma, plazos o fechas establecidas en el
cuerpo de esta circular y que se resumen en el Anexo N°1 “Resumen de Reportes Plan Anual de
Prevención 2023”.
16
III.
CONTRAPARTES TÉCNICAS
Los organismos administradores deberán actualizar la información relacionada con el o los
profesionales que actúen como contraparte técnica, para las solicitudes y/o aclaraciones que sean
necesarias, respecto del Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales año 2023, a más tardar el 31 enero del 2023, al correo planprevencion@suseso.cl.
IV.
VIGENCIA
Las instrucciones contenidas en la presente circular, entrarán en vigencia el 2 de enero de 2023.
Firmado
digitalmente por
Pamela
Pamela Alejandra
Alejandra
Gana Cornejo
Gana Cornejo Fecha: 2022.10.28
14:34:01 -03'00'
PAMELA GANA CORNEJO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
Gabriel Firmado
digitalmente
Gabriel
Antonio por
Antonio Ortiz
Pacheco
Ortiz
Fecha:
Pacheco 2022.10.28
13:19:37 -03'00'
GOP/ECS/VNC/FRR/CCR/FSR
DISTRIBUCIÓN
(Adjunta anexos 35 hojas)
- Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744
- Empresas con Administración delegada
17
ANEXO N°1
RESUMEN DE REPORTES PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN 2023
N° DE ITEM EN
CIRCULAR PLAN
LETRA
REPORTE TIPO
/FORMA
ANEXO
Nº
I. - 2.1
-
Plano P02
-
I. - 2.2
-
Plano P02
-
I.- 2.3
-
I.- 2.4
-
Plano P06 al
P09
Plano P10 al
P12
-
-
DETALLE
Sistema GRIS, Instrucciones Letra B, Título
II, del Libro IX de Compendio de Normas
del Seguro Social de Acc.Trab. Enf. Prof. de
la Ley 16.744.
Meta 1, sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a
través de los archivos “P06 al P09”
respectivamente, de acuerdo con las
instrucciones del Número 4°-5° y anexos
correspondientes, de la Letra B, Título II del
Libro IX del Compendio de Normas del
Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley
N°16.744.
Sistema de Gestión de Reportes e
Información para la Supervisión (GRIS), a
través de los archivos “P10 al P12”
respectivamente, de acuerdo con las
instrucciones del Número 4°-5° y anexos
correspondientes, de la Letra B, Título II del
Libro IX del Compendio de Normas del
Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley
N°16.744.
TEMA
FECHA 1
Priorización según factores de criticidad.
31 enero 2023
Autoevaluación
inicial
cumplimiento
aspectos legales y riesgos críticos.
31 marzo 2024
FECHA 2
FECHA 3
FECHA 4
Asesoría en la identificación de peligros y
evaluación de riesgos (IPER).
Asistencia técnica para la gestión de riesgos
de desastres (GRD)
Asistencia técnica en el manejo
sustancias químicas peligrosas
de
Trimestralmente, año 2023
Asistencia técnica en gestión del comité
paritario de higiene y seguridad
Asistencia técnica en la implementación de
sistemas de gestión de la seguridad y salud
en el trabajo.
Asistencia técnica para la implementación
de la Guía para la Evaluación y Control de
Riesgos asociados al manejo o Manipulación
Manual de Carga.
1
Asistencia técnica para la prevención de
caídas de altura.
Asistencia técnica en teletrabajo y trabajo a
distancia.
Asistencia técnica en programa preventivo
de seguridad en máquinas.
Asistencia técnica en sector portuario.
Asistencia
técnica
en
entidades
empleadoras con teleoperadores.
Asistencia técnica para la prevención de
accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales en buzos profesionales del
sector de la acuicultura.
I.- 2.5
a)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°2
Número de entidades empleadoras nuevas
capacitadas.
b)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°3
Número total de trabajadores asistentes a
las capacitaciones.
c)
Indicador
Sisesat
Capacitación, Meta N°4
“Número de trabajadores capacitados,
integrantes de Comités Paritarios de Higiene
y Seguridad en “investigación de accidentes
por método de árbol de causas”
-
Capacitación, Meta N°5
Número total de trabajadores asistentes a
capacitación en entidades empleadoras de
hasta 100 trabajadores.
d)
Indicador
Sisesat
-
e)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°6
Número de trabajadores capacitados en el
programa de Formación de Monitores de
Seguridad y Salud en el Trabajo Nivel 1.
f)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°7
Número de trabajadores capacitados en
prevención de riesgos laborales viales,
caídas altura, trabajo a distancia-teletrabajo
Reportes serán extraídos de SISESAT-CAPACITACIÓN semestral y anualmente 2023
2
y trabajadores de plataformas digitales de
servicios a que se refiere la Ley N°21.431.
I. Nº 2.6.1
g)
Indicador
Sisesat
-
Capacitación, Meta N°8
h)
Informe
-
Desarrollos Capacitación, i)
Capacitación en cursos de formación de
competencias para los CPHS en Faena
Portuaria.
Desarrollo y puesta en marcha del Programa
de Formación de Monitores de Seguridad y
Salud en el Trabajo Niveles “2 y 3”
31 de marzo de 2023.
Remitido a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Desarrollos Capacitación, ii)
Desarrollo de un curso de capacitación en
“Identificación de Peligros y Evaluación de
Riesgos
Desarrollos Capacitación, iii)
Desarrollo de un programa de capacitación
en “Sistema de Gestión de Seguridad y
salud”
Desarrollos Capacitación, iv)
Desarrollo de un curso de capacitación para
“Gestión de riesgos de desastres”
Desarrollos Capacitación, v)
Desarrollo de un curso de capacitación
sobre el “Sistema globalmente armonizado
de clasificación y etiquetado de sustancias
químicas (GHS)”
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Universo de entidades empleadoras a nivel
de centro de trabajo por cada programa de
Vigilancia de Ambiente y de la Salud
Ministerial
2 de enero de 2023.
30 de junio de 2023.
Remitido a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
31 de marzo de 2023.
Remitido a través del Sistema de Gestión de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
-
Informe excel
N°3
-
Informe excel
N°4
Programa de trabajo, programade Vigilancia
de Ambiente y de la Salud Ministerial
2 de enero de 2023.
-
Informe excel
N°5
Seguimiento Programa de Trabajo 2023,
Protocolos Ministeriales
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
3
N°12
Universo de Entidades Empleadoras a nivel
de centro de trabajo por cada Protocolo de
Vigilancia de Ambiente y de la Salud No
Ministerial
2 de enero de 2023.
Informe excel
N°13
Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia
de Ambiente y de la Salud No Ministerial
2 de enero de 2023.
Informe excel
N°14
Seguimiento Programa de Trabajo 2023,
Protocolos de Salud No Ministerial
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
N°9
Tabla N°1: Universo de Entidades
Empleadoras a nivel de centro de trabajo,
vigilancia de ambiente y de salud por
exposición a TMERT
2 de enero de 2023.
Tabla N°1: Programa de trabajo,
implementación del Protocolo TMERT.
2 de enero de 2023.
N°10
Tabla N°2, seguimiento del Programa de
Trabajo 2023, de entidades empleadoras a
nivel de centro de trabajo, vigilancia de
ambiente y de salud por exposición a
TMERT.
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
-
Meta, TMERT
Meta N°9: Ingreso de trabajadores a
vigilancia de salud por exposición a
trastornos
musculoesqueléticos
de
extremidad superior TMERT, del 100% de los
centros de trabajo que presentan nivel de
riesgo rojo (alto) en la reevaluación, en el
periodo 2017-2022.
Meta, TMERT
Meta 10: Prescripción o capacitación para la
aplicación de la lista de chequeo al 100% de
las entidades empleadoras, a nivel de centro
de trabajo, con enfermos profesionales
durante el periodo 2017-2022
-
Informe excel
-
-
I. Nº 2.6.2
I. Nº 2.6.2
Informe excel
I. Nº 2.6.3
a)
Informe excel
Informe excel
I. Nº 2.6.3
I. Nº 2.6.3
b)
c)
-
-
N°10
-
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
Anual
(se
verifica
con
información señalada
en el 2.6.3 la letra a)
Anual
(se
verifica
con
información señalada
en el 2.6.3 la letra a)
4
I. Nº 2.6.4
-
I. Nº 2.6.5
-
I. Nº 2.6.6
Excel
/Repositorio
Gris
-
N°11
Ingreso a la vigilancia de salud de
trabajadores independientes
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
N°15
Vigilancia de salud de los trabajadores con
exposición histórica a asbesto
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
Universo de Entidades Empleadoras a nivel
de centro de trabajo de grupo de
trabajadores Portuarios, Recolectores de
Residuos y Teleoperadores
2 de enero de 2023.
N°16
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
N°17.1
I. Nº 2.6.6
-
Programa de trabajo 2023, Programa de
evaluación de ambiente y de la salud de los
trabajadores Portuarios, Recolectores de
Residuos y Teleoperadores
Excel
/Repositorio
Gris
Seguimiento actividades programadas 2023
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
Universo de Entidades Empleadoras a nivel
de centro de trabajo que tiene puestos de
trabajo calificados como pesado por la CEN
2 de enero de 2023.
N°19.1
Programa de trabajo 2023, Vigilancia de
ambiente y de la salud de centros de trabajo
con puestos de trabajo calificados como
pesados por la CEN
2 de enero de 2023.
N°19.2
Seguimiento actividades programadas 2023
Mensualmente
a
contar de febrero de
2023
-
Meta N°11: PLANESI, Seguimiento de la
vigilancia de ambiente y de la salud del 100%
de las entidades empleadoras que cambian
de organismo administrador.
N°17.2
-
Excel
/Repositorio
Gris
N°18
Remitirse a través del Sistema de Gestión
de Reportes e Información para la
Supervisión (GRIS).
I. Nº 2.6.7
Excel
/Repositorio
Gris
I. Nº 2.6.8.
a)
módulo
EVAST/Sílice
2 de enero de 2023.
Meta, Planesi
Mensual
5
b)
módulo
EVAST/Sílice
N°6.1.
Meta, Planesi
módulo
EVAST/Sílice
-
módulo
EVAST/Sílice
d)
e)
I. Nº 2.6.8.
f)
Excel
/Repositorio
Gris
módulo
EVAST/Sílice
módulo
EVAST/Sílice
Meta, Planesi
Meta, Planesi
N°8
Anexo N°6.1. Programa de trabajo 2023
entidades empleadoras nuevas, a nivel de
centro de trabajo, PLANESI
2 de enero de 2023
Meta N°13: PLANESI, Registrar en el Módulo
EVAST/Sílice, el 100% de la información de la
vigilancia de ambiente y de la salud realizada
por los organismos administradores y
administradores delegados, en el periodo
2018-2022, que se encuentre pendiente de
registro.
Meta 14: PLANESI, Centros de trabajo cuyos
trabajadores deben ingresar a la vigilancia
de Salud o ser evaluados según su
periodicidad de control
Anexo N°7 “Programación de centros de
trabajo que corresponde evaluación de
salud de los trabajadores, PLANESI”
N°7
-
Anual
Anexo N°6.2. Seguimiento de las actividades
programadas 2023
N°6.2.
c)
Meta N°12: PLANESI, Evaluación por
exposición a sílice a entidades empleadoras
nuevas.
Mensualmente a contar de febrero de 2023
31 de enero de 2023
Anual
2 de enero de 2023
Anual
Meta, Planesi
Meta 15: Prescripción a las entidades
empleadoras del envío de la lista de
trabajadores expuestos a sílice que deben
ingresar a la vigilancia de salud y su registro
en módulo EVAST
Anual
Meta, Planesi
Meta N°16: PLANESI, Registro del 100% de la
información de la vigilancia de la salud
postocupacional,
realizada
por
los
organismos
administradores
y
administradores delegados
2 de enero de 2023
6
Lista de Trabajadores en vigilancia de salud.
Tabla N°1: Lista del Total de Trabajadores en
vigilancia de salud, Acumulada
31 de enero de 2023
Lista de Trabajadores en vigilancia de salud.
Tabla N°2: Lista de Trabajadores que les
corresponde evaluación de salud durante el
año 2023
2 de enero de 2023
Seguimiento de las actividades programas
2023
Mensualmente a contar de febrero de 2023
Repositorio
Gris
Capacitación y la planificación de la
comunicación y difusión
31 de enero de 2023
Plano P04
Reporte mensual de centros de trabajo que
ingresan a programas de vigilancia
Mensualmente, el
último día hábil del
mes siguiente al que
se informa
31 de julio de 2023
31 de enero de
2024
31 de julio de
2023
N°20.1.
2.6.9
-
Excel
/Repositorio
Gris
Lista de Trabajadores que se encuentran en
Vigilancia de Salud por Protocolo o
Programa de Vigilancia de salud
N° 20.2
-
i)
Informe Factores de riesgo psicosocial
laboral.
2.6.10
ii)
Plano P05
Reporte de planes
prescritos RPSL
-
Repositorio
Gris
Plan de trabajo y consolidado de acciones
31 de enero de 2023
a)
Repositorio
Gris
N°21
Proyectos de cultura preventiva
establecimientos educacionales.
31 de enero de 2024
Repositorio
Gris
N°21
Otras actividades preventivas y de
innovación en prevención de accidentes y
enfermedades profesionales.
I. Nº 2.7
b)
de
intervención
en
Proyectos de generación de competencias
en seguridad y salud en el trabajo para
trabajadores y empleadores
31 de enero de
2024
31 de enero de 2024
7
I. N°3
c)
Repositorio
Gris
Actividades dirigidas a mantener ambientes
seguros y saludables para las trabajadoras
del sector de la construcción
31 de marzo de
2023
d)
Repositorio
Gris
Promoción de la salud
30 de junio de 2023
e)
Repositorio
Gris
-
f)
Repositorio
Gris
-
g)
Repositorio
Gris
-
-
Repositorio
Gris
-
Guía preventiva
profesionales
Otras actividades preventivas y de
innovación en prevención de accidentes y
enfermedades profesionales.
dirigida
a
buzos
30 de junio de 2023
Campaña de difusión conjunta
31 de marzo de 2023
propuesta
Encuesta de satisfacción
Mayo de 2023
Reporte Actividades Adm. Delegada.
31 de julio de 2023
Inicio ejecución
mayo 2023
Julio 2023 informe
8
ANEXO N°2
Metas Plan de Prevención 2023
A) Actividades Preventivas.
Meta N°1. Entidades empleadoras o centros de trabajo, con asesoría en identificación de peligros y evaluación de
riesgos (IPER).
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Meta
5.880
6.277
3.235
3.151
Focalización 2023:
-
-
-
-
-
-
-
1° Contempla cobertura de cartera criticidad “alta”, en un 100%, del registro de archivo P02 “CriticidadAutoevaluación”, del año en curso, en entidades empleadoras de todos los tamaños, en al menos 1 de sus
centros de trabajo, de corresponder.
2° Contempla cobertura de cartera criticidad “media”, en hasta un 30%, del registro del archivo P02
“Criticidad-Autoevaluación”, del año en curso, en entidades empleadoras o centros de trabajo, de hasta 100
trabajadores.
3° Contempla entidades empleadoras o centros de trabajo, principalmente sin evaluación o evaluación
parcial/incompleta o en curso, del año inmediatamente anterior, según condiciones del nuevo registro
establecido.
4° La contabilización del indicador contempla, la suma del 1° código y 1° folio IPER, del centro de trabajo en
proceso de asesoría. Para su validación, se esperan en sistema gris, la recepción de los archivos P06 IPER
Antecedentes y P07 IPER Clasificación, para el cierre del ciclo, de corresponder, los archivos P08 IPER
Prescripción y P09 IPER Verificación.
5° Podrán imputar al cumplimiento de la meta del año en curso, todos los centros de trabajo donde hayan
ocurrido accidentes fatales y graves, en los cuales deberán ejecutarse procesos de revisión o actualización de
IPER.
6° El avance será supervisado de manera trimestral, en razón de las indicaciones de registro, establecidas para
los archivos “P06 al P09”, de corresponder, según el Número 4. Información de prevención de riesgos
laborales, Letra B. Modelo de reporte, TÍTULO II. Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS)
del Libro IX. Sistemas de Información. Informes y Reportes.
7° A partir de enero del año 2023, no se deberá reportar el “Archivo P03: Asistencias Técnicas”.
B) Actividades de Capacitación.
Meta N°2. Número de entidades empleadoras nuevas capacitadas.
Meta
30% Entidades empleadoras nuevas capacitadas
Meta N°3. Número total de trabajadores asistentes a capacitaciones.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Número total de trabajadores asistentes a
capacitaciones
918.775
917.670
237.150
66.150
9
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada una de ellas.
Meta N° 4. Número de trabajadores integrantes de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad capacitados en
“Investigación de accidentes por método de árbol de causas”.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
N° capacitados
3.080
1.717
430
342
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente solo una vez.
Meta N° 5. Número total de trabajadores asistentes a capacitación de entidades empleadoras de hasta 100
trabajadores.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Número total de asistentes a capacitación
118.649
116.710
21.699
28.676
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente en cada una de ellas.
Meta N° 6. Número total de trabajadores capacitados en el programa de formación de monitores de SST, Nivel
1.
Organismo
administrador
N° capacitados
ACHS
1.925
MUSEG
1.073
296
IST
ISL
214
Si un mismo trabajador participa en más de una actividad se contabiliza como asistente solo una vez.
Meta N° 7. Número total de trabajadores capacitados en cursos específicos.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
IST
ISL
Curso PDR
Viales.
Curso PDR Caídas de
Altura.
N° capacitados
N° capacitados
1.500
1.000
300
200
1.500
1.000
300
200
Curso PDR trabajo a
distancia y
teletrabajo.
Curso PDR
trabajadores de
plataformas.
N° capacitados
1.500
1.000
300
200
N° capacitados
1.500
1.000
300
200
Si un mismo trabajador participa en el mismo curso, más de una vez, se contabiliza como asistente una vez.
10
Meta N° 8. Capacitación en Curso de Formación de Competencias para los integrantes de los Comités Paritarios
de Higiene y Seguridad de Faena Portuaria.
Organismo
administrador
ACHS
MUSEG
Meta
20% entidades empleadoras
IST
El porcentaje de meta se calcula sobre la base de entidades empleadoras categorizadas como muellaje y
portuarias, adheridas al organismo administrador que presentan sobre 25 trabajadores según indicación del D.S.
Nº3 de 2015.
C) Actividades de Vigilancia Ambiental y de la Salud.
PLANESI.
Meta N°12PLANESI, evaluación por exposición a sílice a entidades empleadoras nuevas.
Organismo administrador
N° de entidades empleadoras
ACHS
2.393
IST
500
MUSEG
4.500
ISL
1.000
11
Anexo N°3: “Universo de Entidades Empleadoras, Protocolo de Vigilancia de Ambiente y de la Salud Ministerial”.
•
Información acumulada de evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Protocolos Ministeriales de: Ruido, fiebre Q, Radiación ultravioleta,
plaguicidas, hiperbaria, hipobaria y citostáticos.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
última
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
última
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de última
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de última
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes /año)
12
Anexo N°4: “Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia de Ambiente y de la Salud Ministerial”.
Programa de trabajo para la implementación de las evaluaciones de ambientes y de salud para los agentes de riesgos: Ruido, fiebre Q, Radiación ultravioleta, plaguicidas, hiperbaria,
hipobaria y citostáticos.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
ACUMULADA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificad
or único
(ID) centro
de trabajo
(CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes
/año)
Número de
trabajadores a
evaluar
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL QUE LES CORRESPONDE EVALUACIÓN 2023
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN POR MES/2023
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificad
or único
(ID) centro
de trabajo
(CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes
/año)
Número de
trabajadores a
evaluar
13
Anexo N°5: “Seguimiento Programa de Trabajo 2023, Protocolos Ministeriales”.
•
Información acumulada de evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Protocolos Ministeriales de: Ruido, fiebre Q, Radiación
ultravioleta, plaguicidas, hiperbaria, hipobaria y citostáticos.
ÁREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROTOCOLO MINISTERIAL
CENTRO DE TRABAJO
EVALUACIONES MES
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de Salud
(mes /año)
Número de
trabajadores
a evaluar
EVALUADA/
NO EVALUADA
El organismo administrador y administrador delegado debe entregar el presente anexo actualizado y acumulado cada mes.
14
Anexo N°6.1: “Programa de trabajo, entidades empleadoras nuevas, a nivel de centro de trabajo, PLANESI”.
PROGRAMACION ENTIDADES EMPLEADORAS NUEVAS EVALUADAS 2023, PLANESI
AREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
Rut Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
Identificador único
(ID) centro de
trabajo (CT)
CIIU
Empleador
Comuna CT
CIIU del CT
PROGRAMACIÓN 2023
N° de
Trabajadores
CT
Mes Evaluación
Anexo N°6.2: Seguimiento de las actividades programadas 2023.
SEGUIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS 2023.
AREA EMPRESA
Rut Empleador o Rut
trabajador
Nombre
empleador
PROGRAMACIÓN
2023
CENTRO DE TRABAJO
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID) centro
de trabajo (CT)
Comuna CT
CIIU del CT
N° de
Trabajadores
CT
ACTIVIDAD
EJECUTADA 2023
JUSTIFICACIÓN
NO
EJECUCIÓN
Mes Evaluación
* Agregar las columnas necesarias para precisar información sobre la ejecución de las actividades, no consideradas en la tabla.
15
Anexo N°7: “Programación de centros de trabajo que corresponde evaluación de salud de los trabajadores, PLANESI”.
PROGRAMACIÓN 2023, CENTROS DE TRABAJO QUE DEBEN INGRESAR A VIGILANCIA DE SALUD, PLANESI.
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores CT
Fecha de Evaluación
Vigilancia de Salud (mes)
Número de
trabajadores a
evaluar (mes)
16
Anexo N°8: “Universo de trabajadores en vigilancia de salud postocupacional, PLANESI”
PROGRAMACION DE LA EVALUACIÓN DE SALUD, TRABAJADORES POST OCUPACIONALES 2023
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
última
Entidad
Fecha de
Rut
Identificador
Centro de
Fecha de
Fecha de
1:
Evaluación Resultado de
Empleador Nombre
CIIU
único (ID) Comuna CIIU del Trabajo
RUT
Evaluación
citación
Vigente
Vigilancia de la Evaluación
o Rut
empleador Empleador
centro de
CT
CT
1:abierto
Trabajador
Vigilancia
(mes),
2: No
Salud 2023
de Salud
trabajador
trabajo (CT)
2:cerrado
de Salud
inasistentes
Vigente
(mes)
(mes)
AREA EMPRESA
17
Anexo N°9: “Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de ambiente y de salud por exposición a TMERT”.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS A NIVEL DE CENTRO DE TRABAJO, VIGILANCIA DE AMBIENTE Y DE SALUD POR EXPOSICIÓN A TMERT
AREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
CENTRO DE TRABAJO
Entidad
1: Vigente
2: No
Vigente
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del
CT
VIGILANCIA DE AMBIENTE
Centro de
Trabajo
1:abierto
2:cerrado
Fecha de la
Asistencia
para
elaboración
Lista chequeo
dd-mm-aaaa o
No tiene
Asistencia
Nivel de Riesgo
Categorías lista
de chequeo
Entidad
Empleadora
Fecha
Verificación
Lista Chequeo
OA
Confirmación Nivel
Riesgo OA
dd-mm-aaaa
R= Roja - total de
tareas evaluadas
al menos tiene
una tarea roja el
CT es rojo.
A= Amarilla total de tareas
existen en verde
y amarilla, el CT
es amarillo.
V= Verde: Si
todas las tareas
en verdes el CT
es verde.
VIGILANCIA DE SALUD
Prescripción de
medidas lista
chequeo
1=si
2=no
Fecha de
verificación de
medidas lista
chequeo
Ingresa a
Programa de
Vigilancia
Salud
Fecha de
Ingreso a
Vigilancia de
Salud
N° de Trabajadores
que deben ingresar
a Vigilancia de
Salud
N° de Trabajadores
evaluados
dd-mm-aaaa
1=si / 2=no
dd-mm-aaaa
nº
nº
R= Roja - total de
tareas evaluadas al
menos tiene una
tarea roja el CT es
rojo.
A= Amarilla - total
de tareas existen en
verde y amarilla, el
CT es amarillo.
V= Verde: Si todas
las tareas en verdes
el CT es verde.
18
Anexo N°10: “Programa de trabajo y seguimiento de la implementación del Protocolo TMERT”
Anexo N°10, Tabla N°1: Programa de trabajo, implementación del Protocolo TMERT.
PROGRAMACIÓN IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO TMERT ACUMULADO
N° de Trabajadores
evaluados
1=si /
2=no
N° de Trabajadores que
deben ingresar a
Vigilancia de Salud
dd-mmaaaa
Fecha de Ingreso a
Vigilancia de Salud
1=si
2=no
MES DE PROGRAMACIÓN
Ingresa a Programa de
Vigilancia Salud
Confirmación Nivel
Riesgo OA
Fecha Verificación Lista
Chequeo OA
dd-mmaaaa
R= Roja total de
tareas
evaluadas al
menos tiene
una tarea
roja el CT es
rojo.
A= Amarilla total de
tareas
existen en
verde y
amarilla, el
CT es
amarillo.
V= Verde: Si
todas las
tareas en
verdes el CT
es verde.
Fecha de verificación de
medidas lista chequeo
R= Roja - total
de tareas
evaluadas al
menos tiene
una tarea roja el
CT es rojo.
A= Amarilla total de tareas
existen en verde
y amarilla, el CT
es amarillo.
V= Verde: Si
todas las tareas
en verdes el CT
es verde.
VIGILANCIA DE SALUD
Prescripción de medidas
lista chequeo
dd-mmaaaa
Nivel de Riesgo
Categorías lista de
chequeo Entidad
Empleadora
Fecha de la Asistencia
para elaboración Lista
chequeo
VIGILANCIA DE AMBIENTE
MES PROGRA-MACIÓN
2023
Centro de Trabajo
1: abierto
2:cerrado
CIIU del CT
Comuna CT
Identificador único (ID)
centro de trabajo (CT)
CENTRO DE TRABAJO
Entidad
1: Vigente
2: No Vigente
CIIU Empleador
Nombre empleador
Rut Empleador o Rut
trabajador
AREA EMPRESA
dd-mmaaaa
nº
nº
19
Anexo N°10, Tabla N°2: Seguimiento del Programa de Trabajo 2023, de entidades empleadoras a nivel de centro de trabajo, vigilancia de ambiente y de salud por exposición a
TMERT.
PROGRAMACIÓN IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO TMERT 2023
ddmmaaaa
nº
nº
Estado de ejecución
de programación
1: realizada
2: Pendiente
3: No se logra
comunicación con
empresa
4: señalar otra
opción
N° de Trabajadores
evaluados
1=si /
2=no
N° de Trabajadores
que deben ingresar
a Vigilancia de Salud
dd-mmaaaa
MES DE PROGRAMACIÓN
Prescripción de
medidas lista
chequeo
1=si
2=no
Fecha de Ingreso a
Vigilancia de Salud
dd-mmaaaa
Ingresa a Programa
de Vigilancia Salud
dd-mmaaaa
R= Roja - total de
tareas evaluadas al
menos tiene una
tarea roja el CT es
rojo.
A= Amarilla - total
de tareas existen en
verde y amarilla, el
CT es amarillo.
V= Verde: Si todas
las tareas en verdes
el CT es verde.
Fecha de
verificación de
medidas lista
chequeo
R= Roja - total de tareas
evaluadas al menos tiene una
tarea roja el CT es rojo.
A= Amarilla - total de tareas
existen en verde y amarilla, el CT
es amarillo.
V= Verde: Si todas las tareas en
verdes el CT es verde.
VIGILANCIA DE SALUD
Confirmación Nivel
Riesgo OA
Fecha Verificación
Lista Chequeo OA
Nivel de Riesgo
Categorías lista de
chequeo Entidad
Empleadora
VIGILANCIA DE AMBIENTE
MES PROGRAMACIÓN 2023
Fecha de la
Asistencia para
elaboración Lista
chequeo
Centro de Trabajo
1:abierto
2:cerrado
CIIU del CT
Comuna CT
CENTRO DE TRABAJO
Identificador único
(ID) centro de
trabajo (CT)
Entidad
1: Vigente
2: No Vigente
CIIU Empleador
Rut Empleador o
Rut trabajador
Nombre empleador
AREA EMPRESA
. *Los organismos administradores y administradores delegados deberán completar la Tabla N°2 con la programación de implementación Protocolo TMERT, 2023.
Y deberán utilizar el mismo formato para remisión mensual del estado de cumplimiento de dicha programación utilizando el campo “Estado de ejecución de
programación”.
20
Anexo N°11: “Ingreso a la vigilancia de salud de trabajadores independientes”.
AREA EMPRESA
Rut Empleador ó
Nombre
CIIU
Rut trabajador empleador Empleador
PROGRAMACION DE LA EVALUACIÓN DE SALUD, TRABAJADORES INDEPENDIENTES 2023
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
Entidad
1: Vigente
2: No Vigente
Identificador
único (ID) Comuna CIIU del
centro de
CT
CT
trabajo (CT)
Centro de
Trabajo
1:abierto
2:cerrado
RUT
Agentes
Trabajador de Riesgo
Fecha de
Resultado de la
Fecha de
Evaluación
Evaluación de citación (mes),
Vigilancia de
Salud
inasistentes
Salud 2023 (mes)
21
Anexo N°12: “Universo de Entidades Empleadoras, Programa de Vigilancia de Ambiente y/o de la Salud No Ministerial”.
Información acumulada de evaluación de ambiente y de la salud de los trabajadores a nivel de centro de trabajo, Programas No Ministeriales de Metales Pesados, Solventes,
Radiación ionizante, agentes productores de asma, Uso de la voz u otros que se encuentren vigentes.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO - PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTE Y/O DE SALUD NO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
Rut Empleador o
Rut trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Última Fecha
de Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
última Fecha
de Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de última
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de última
Evaluación Vigilancia de
Salud (mes /año ó No
evaluada)
22
Anexo N°13: “Programa de trabajo, Protocolo de Vigilancia de Ambiente y de la Salud No Ministerial”.
Programa de trabajo para la implementación de la evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Programas No Ministeriales de: Metales Pesados,
Solventes, Radiación ionizante, Agentes Productores de Asma, Uso de la voz u otros que se encuentren vigentes.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROGRAMA VIGILANCIA AMBIENTE Y/O DE SALUD NO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN 2023
Rut Empleador o
Rut trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes /año)
Número de
trabajadores a
evaluar
23
Anexo N°14 “Seguimiento Programa de Trabajo 2023, Programas No Ministeriales”.
Información acumulada de evaluación de ambiente y de salud de los trabajadores por centro de trabajo, Programas No Ministeriales de: Metales Pesados, Solventes, Radiación
ionizante, Agentes Productores de Asma, Uso de la voz y otros que se encuentren vigentes.
UNIVERSO DE ENTIDADES EMPLEADORAS POR CENTRO DE TRABAJO Y AGENTE DE RIESGO CON PROGRAMA VIGILANCIA AMBIENTE Y/O DE SALUD NO MINISTERIAL
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
EVALUACIONES MES ___(ENERO, FEBRERO, ETC)
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajadores
CT
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes /año)
Número de
trabajadores a
evaluar
El organismo administrador y administrador delegado debe entregar el presente anexo actualizado y acumulado cada mes.
24
Anexo N°15: “Vigilancia de salud de los trabajadores con exposición histórica a asbesto”
NOMBRE
RAZÓN SOCIAL
RUT ENTIDAD
EMPLEADORA
REGIÓN
DEL
CENTRO
DE
TRABAJO
NOMBRE
TRABAJADOR
RUN
TRABAJADOR
AÑOS DESDE
LA
EXPOSICIÓN
FECHA
ULTIMA
EVALUACIÓN
1=
RADIOGRAFIA
TÓRAX
2= TAC TÓRAX
RESULTADO DE LA
EVALUACIÓN
1: SIN ALTERACIONES
2: CON
ALTERACIONES
3: PENDIENTE
INFORME
4: NO SE PRESENTA A
ÚLTIMA CITACIÓN
5: RECITACIÓN
6: RECHAZA
ATENCIÓN
RESULTADO RX
TORAX (DESCRIBIR)
NÓDULOS
PULMONARES,
PLACAS PLEURALES,
ATELECTASIS,
FIBROSIS
PULMONAR, ETC
RESULTADO TAC TORAX
(DESCRIBIR) NÓDULOS
PULMONARES, PLACAS
PLEURALES,
ATELECTASIS, FIBROSIS
PULMONAR, ETC
ULTIMA FECHA
DE CITACION,
EN CASO DE
NO CONTAR
CON RX O TAC
OBSERVACIONES
ENFERMEDAD
PROFESIONAL
SI/NO
25
Anexo N°16: “Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y Teleoperadores”
AREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores “Portuarios”
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna CIIU del
CT
CT
N° de
Trabajadores CT
Agente de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Números
Evaluación
de
Vigilancia
Trabajadore
de Salud
s Evaluados
(mes /año)
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores “Recolectores de Residuos”
AREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
AREA EMPRESA
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores CT
Agente de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números
de
Trabajado
res
Evaluados
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números
de
Trabajado
res
Evaluados
Universo de Entidades Empleadoras a nivel de centro de trabajo de grupo de trabajadores “Teleoperadores”
CENTRO DE TRABAJO
INFORMACIÓN
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores CT
Agente de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
26
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023. Programa de evaluación de ambiente y de la salud de los trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y
Teleoperadores”
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “PORTUARIOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadore
s a evaluar
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “RECOLECTORES DE RESIDUOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador o
Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadores
a evaluar
Anexo N°17.1: “Programa de trabajo 2023
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “TELEOPERADORES”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadores
a evaluar
27
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”. Referido a los trabajadores Portuarios, Recolectores de Residuos y Teleoperadores”
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “PORTUARIOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
2023
Ejecución
Números de
Trabajadore
s evaluados
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “RECOLECTORES DE RESIDUOS”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadore
s Evaluados
Anexo N°17.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
PROGRAMA DE TRABAJO 2023, PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES “TELEOPERADORES”
ÁREA EMPRESA
CENTRO DE TRABAJO
PROGRAMACIÓN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comun
a CT
CII
U
del
CT
N° de
Trabajadores
CT
Agent
e de
Riesgo
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Números de
Trabajadore
s Evaluados
1: Realizado
2:No
realizado
2023
Ejecución
1: Realizado
2:No
realizado
2023
Ejecución
1: Realizado
2:No
realizado
* Agregar las columnas necesarias para precisar información sobre la ejecución de las actividades, no consideradas en la tabla.
28
Anexo N°18: Universo de entidades empleadoras a nivel de centro de trabajo que tiene puestos de trabajo calificados como pesado por la CEN
nº
Fecha término faena
Código
único
Territorial
CIUU del CT
nº
Comuna
texto
Fecha inicio faena
1=Avenida
2=Calle
3=Pasaje
Dirección (número)
Dirección
(tipo calle)
Función del
Empleador en CT
1=Principal
2=Contratista
3=SubContratista
4=
Servicios
Transitorios
Dirección (nombre)
texto
ddmmaaaa
ddmmaaaa
GES ingresa a
Programa de
Vigilancia Salud
1: Bajo
2:medi
o
3:alto
Fecha de
verificación de
medidas
1=Existe
el
Agente /
2=Se
descarta
el
Agente
Prescripción de
medidas
dd-mmaaaa
Resultado
Medición (Cuanti)
dd-mmaaaa
Nivel de Riesgo
(Cuali)
1=Existe el
Agente
/
2=Se
descarta el
Agente
3=No Existe
Puesto de
Trabajo
Presencia de
Agente de Riesgo
dd-mmaaaa
Evaluación
Cuantitativa
texto
Evaluación
Cualitativa
1:Nivel
Bajo
2: Nivlel
Medio
3: Nivel
Alto
Presencia de
Agente de Riesgo
1=Organizaci
onal
2=Mental
3=Ambiental
4=Física
NDV
EVALUACION AMBIENTE
Peligros/agentes
de riesgo/factores
de riesgo
texto
Factor de Carga
N° de
Trabajadores en
dicho Puesto de
Trabajo
texto
Carga*
Nombre Puesto
Trabajo CEN
PUESTO DE TRABAJO PESADO CALIFICADO POR CEN
Código
único
Territorial
Nombre de CT
Numero
dirección
del
centro
de
trabajo
Rut de Empresa
Principal
Nombre
de calle,
avenida
o pasaje
Comuna
1=Avenida
2=Calle
3=Pasaje
Dirección (numero)
(último
mes
cotizado)
Fecha
Identificación de
Peligro
nº
Dirección (nombre)
texto
Dirección
(Tipo Calle)
CIIU Empleador
N-DV
N° de Trabajadores
Nombre empleador
SP3072018R-13
AREA CENTRO DE TRABAJO (CT)
Rut Empleador
N° Resolución CEN
AREA EMPRESA
Valor
1=si / 2=no
dd-mmaaaa
1=si
2=no
29
/
EVALUACION SALUD
Fecha de Ingreso a
Vigilancia de Salud
Programa o Protocolo
de Vigilancia
N° de Trabajadores que
deben
ingresar
a
Vigilancia de Salud
N° de Trabajadores que
evaluados
dd-mm-aaaa
nombre del programa
o protocolo
número
número
30
Anexo N°19.1: “Programa de trabajo 2023, Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo calificados como pesados”
Anexo N°19.1: Programa de trabajo 2023.
Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo calificados como pesado
PROGRAMACIÓN 2023
CENTRO DE TRABAJO
ÁREA EMPRESA
N° de
Puesto de
Trabajo
Resolución
CEN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
empleador
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU del
CT
N° de
Trabajadores
CT
N° de
Resolución
Puesto de
Trabajo
MES
de
Programación
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación de
medidas
prescritas
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Vigilancia de
Salud (mes
/año)
Número de
trabajadores a
evaluar
Anexo N°19.2: Seguimiento de las actividades programadas 2023
ÁREA EMPRESA
N° de puesto
de trabajo
Resolución
CEN
Rut
Empleador
o Rut
trabajador
Nombre
Empleador
Anexo N°19.2: Seguimiento de las actividades programadas 2023.
Vigilancia de ambiente y de la salud de centros de trabajo con puestos de trabajo calificados como pesado
Ejecución
PROGRAMACIÓN 2023
CIIU
Empleador
Identificador
único (ID)
centro de
trabajo (CT)
Comuna
CT
CIIU
del CT
N° de
Trabajador
es CT
N° de
Resolución
Puesto de
Trabajo
MES
de
Programación
Fecha de
Evaluación
Cualitativa
(mes/año)
Fecha de
Evaluación
Cuantitativa
(mes/año)
Fecha de
Verificación
de medidas
prescritas
(mes/año)
2023
Fecha de
Evaluación
Vigilancia
de Salud
(mes /año)
Número de
trabajadores a
evaluar
1: Evaluado
2: No Evaluado
* Agregar las columnas necesarias para precisar información sobre la ejecución de las actividades, no consideradas en la tabla.
31
Anexo N°20.1: “Lista de Trabajadores en vigilancia de salud”
Tabla N°1: “Lista del Total de Trabajadores en vigilancia de salud, Acumulada”
Rut Empleador
o Rut
trabajador
RUN
Trabajador
Comuna
Evaluación
Agente de
Riesgo
Nombre del
Programa o
Protocolo
Periodicidad de
control por riesgo
específico (en
años)
Última Fecha de
Evaluación salud
(mes/año)
Resultado
Normal/
Alterado
Tabla N°2: “Lista de Trabajadores que les corresponde evaluación de salud durante el año 2023 (programa 2023)”
Rut Empleador
o Rut
trabajador
RUN
Trabajador
Comuna
Evaluación
Agente de
Riesgo
Nombre del
Programa o
Protocolo
Periodicidad de
control por riesgo
específico (en
años)
Fecha de última
Evaluación salud
(mes/año)
Mes de
programación de
la evaluación
Anexo N°20.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
Anexo N°20.2: “Seguimiento de las actividades programadas 2023”.
Rut Empleador
o Rut
trabajador
RUN
Trabajador
Comuna
Evaluación
Agente de
Riesgo
Nombre del
Programa o
Protocolo
Última Fecha de
Evaluación salud
(mes/año)
Mes de
Programación
evaluación de
salud 2023
Evaluado/No
evaluado
Resultado
Normal/
Alterado
Justificar las
desviaciones a la
programación. Y
cuando corresponda,
precisar si es un
trabajador evaluado
por primera vez, no
considerado en dicha
programación
32
ANEXO N°21
REPORTE DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS Y DE INNOVACIÓN
INFORME DESCRIPTIVO ANUAL
Nombre del programa
o proyecto:
Objetivo(s):
Alcance:
Indicar el alcance territorial y cuantitativo que se planifica llegar con el
programa durante el año 2021.
Presupuesto
Indicar presupuesto establecido y aprobado para la ejecución del
establecido:
proyecto, considerando el detalle de la distribución de los recursos.
Nombre y cargo del
Identificación clara del encargado formal de la ejecución y seguimiento
encargado formal de la
del proyecto.
ejecución:
Descripción del programa o proyecto (máximo 2 páginas en Calibri 12)
Describir brevemente en qué consiste el programa (actividades contempladas, frecuencia, etc.)
Si el programa dispone de material gráfico como guías, folletos, videos, etc., debe adjuntarse a este
documento.
33
Resultados (cualitativos y cuantitativos)
34
ANEXO N°22
Propuesta contenidos curso
GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN CENTROS DE TRABAJO
Objetivo de desempeño
🡺 Al finalizar el curso, el participante logrará: Aplicar metodología para identificar y evaluar los
riesgos de desastres en centros de trabajo, logrando la preparación pertinente para prevenir y
responder una determinada emergencia o desastre y conocer además el marco normativo
nacional.
Objetivos de aprendizaje
🡺 Aplicar la metodología establecida para identificar las amenazas y vulnerabilidades presentes
en sus centros de trabajo, planificar e implementar medidas tendientes a reducir los riesgos de
desastres a que están expuestos sus trabajadores.
Actividad económica
🡺 Transversal, a excepción de aquellos centros de trabajo con una actividad con regulación
específica respecto a GRD.
Público objetivo
🡺 Responsables de GRD de las empresas y Centros de Trabajo (Tanto entidades del sector
Privado como del Sector Público).
🡺 Integrantes de Comité de GRD
🡺 Trabajadores en general
Contenidos
🡺 Marco conceptual GRD
Reconocer los conceptos relacionados con la gestión del riesgo de desastres en centros de
trabajo, utilizando como base el Marco conceptual de gestión y reducción del riesgo de
desastres y el Marco internacional de la Guía para la consideración transversal de la
gestión del riesgo de desastres en las academias del SINAPRED de la Academia de
Protección Civil año 2021.
🡺 Marco legal de la GRD
Reconocer el marco legal vigente y las referencias técnicas para la gestión del riesgo de
desastres en centros de trabajo, utilizando como base la Ley N°21.364 (07 de agosto de 2021)
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y los Reglamentos que se emanen de ella, el
Marco normativo de la gestión del riesgo de desastre en Chile de la Guía para la
consideración transversal de la gestión del riesgo de desastres en las academias del
SINAPRED de la Academia de Protección Civil año 2021 y la Autoevaluación de aspectos
legales asociados a la gestión del riesgo de desastres en centros de trabajo de la Mesa
del Sector Laboral de la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres,
coordinada por ONEMI año 2019.
🡺 Proceso de GRD
Comprender y aplicar las etapas del proceso de gestión del riesgo de desastres en centros de
trabajo, especificando el cumplimiento de las alertas preventivas y los perímetros de seguridad
comunicadas por la autoridad, utilizando como base el Contexto nacional de la Guía para la
consideración transversal de la gestión del riesgo de desastres en las academias del
SINAPRED de la Academia de Protección Civil año 2021 y la Guía para la implementación
del Plan para la reducción del riesgo de desastres en centros de trabajo de la Mesa del
Sector Laboral de la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres,
coordinada por ONEMI año 2020 y otros instrumentos específicos desarrollados por la Mesa del
Sector Laboral.
35