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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 11013-2007

21 feb 2007

Invalidez, indemnización y pensiones

Lo que resuelve

Se tiene por atendido el reclamo, al constatar que la Mutualidad ya pagó al interesado la indemnización global por el porcentaje definitivo de incapacidad derivado de un accidente laboral ocurrido en 2003.

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Destinatario

PARTICULAR

Texto completo

1.- Ud. se dirigió a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Mutualidad, por la demora en cumplir lo dispuesto por el ordinario de concordancia, mediante el cual se estableció el porcentaje definitivo de incapacidad que le produjo el accidente del trabajo que sufrió el año 2003 y que, por lo mismo, le da derecho a una indemnización global en conformidad a la Ley Nº16.744.

2.- Requerida al efecto, la citada Mutualidad informó que, previa gestión de los antecedentes del caso, le pagó la indemnización correspondiente el 9 de enero de 2007, mediante cheque que le fue entregado en Agencia XX, conforme recibo de pago que se adjunta.

Adjunta fotocopia de recibo de pago.

3.- Sobre el particular y de acuerdo a lo antes expuesto, esta Superintendencia estima atendido su reclamo, toda vez que consta en los antecedentes tenidos a la vista que se le ha otorgado el beneficio cuyo pago reclamaba.

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