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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 1516-1996

1 feb 1996

Afiliación y organismos administradores

Lo que resuelve

La SUSESO instruye que las cotizaciones y gastos del seguro de accidentes del trabajo de trabajadores independientes incorporados por el D.F.L. N°192 se incluyan en los informes estadísticos y financieros del Instituto de Normalización Previsional, rubro Otras ex Cajas.

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Destinatario

INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL

Texto completo

Por Oficio de antecedentes Ud. solicita instrucciones acerca de la forma de proporcionar a esta Superintendencia los informes financieros que emanan de la dictación del D.F.L. Nº192, de 1995, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que incorpora al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley Nº16.744, a los socios de sociedades de personas, socios de sociedades encomandita por acciones, empresarios individuales y directores de sociedades en general que se desempeñen como trabajadores independientes en la respectiva sociedad o empresa.

Al respecto, comunico a Ud. que dadas las características ocupacionales de los referidos trabajadores independientes, tanto las cotizaciones que ellos efectúen en virtud de la Ley Nº16.744 como los gastos que demande la aplicación del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a su respecto, deberán incluirse en los informes tanto estadísticos como financieros del Instituto de Normalización Previsional "Otras ex - Cajas".

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Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes 24/04/1978 Dictamen 1516-1978 Asignación familiar   D.L. N° 307, de 1974, D. N° 75, de 1974, Previsión

Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744

Otros pronunciamientos sobre afiliación y organismos administradores

Circular SUSESO N° 3907, de 26.12.2025

Seguro laboral (Ley 16.744)

Vigencia desde su publicación, con excepción de las contenidas en el Capítulo VIII de esta circular, cuya vigencia es a contar del 1° de abril de 2026.