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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Destinatario

MUTUALIDAD

Texto completo

1.- El interesado ha reclamado en contra de esa Mutualidad, por cuanto no le ha pagado el subsidio por incapacidad laboral derivado de la Orden de Reposo, que le prescribió reposo desde el 28/06/2016 hasta el 27/07/2016, por las secuelas del accidente laboral que le aconteció el 02/09/2014.

2.- Al efecto, esa Mutual informó que su CEIAT por Resolución, de 02/12/2015 le fijó al interesado un 10% de incapacidad y en el período de reposo aludido no existió agravamiento, por lo que no correspondería pagar el subsidio por incapacidad laboral reclamado.

3.- Al respecto, profesionales médicos de este Servicio estudiaron los antecedentes del caso, lo que les permitió establecer que, según lo consignado en las evoluciones de la ficha médica, el reposo en cuestión fue originado por un agravamiento de la condición clínica derivada del accidente del año 2014, por el cual presenta diagnósticos de "Fractura de muñeca izquierda y Distrofia simpática refleja de extremidad superior izquierda", por lo que médicamente se justifica que le paguen alinteresado los subsidios reclamados.

4.- En consecuencia, esta Superintendencia instruye a esa Mutualidad que le pague al interesado los subsidios por incapacidad laboral reclamados.

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