Dictamen · SUSESO
N° 28083-1999
27 sep 1999
Invalidez, indemnización y pensiones
Lo que resuelve
La Superintendencia confirma la resolución que fijó en 35% la incapacidad del trabajador por trauma acústico laboral y trastorno no funcional, desestimando la apelación de la empresa.
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Destinatario
SEÑOR GERENTE GENERAL [nombre reservado] ADMINISTRADOR DELEGADO LEY 16.744
Texto completo
1.- Esa Empresa recurrió ante esta Superintendencia, apelando en contra de la Resolución N° 6/ 12. 204, de 16 de julio de 1997, de la COMERE, que resolvió que el afectado presentaba un 35% de incapacidad por trauma acústico laboral y transtorno no funcional (además de la ponderación), con lo cual se modificó la Resolución N° 210/ 96, de 1996 de la COMPIN que le asignaba una pérdida de capacidad de ganancia de 55%.
En su oportunidad se requirió a la COMERE, la que - a través del Oficio Ord. indicado en el antecedente - remitió los antecedentes en que se fundamentó para resolver en la forma indicada.
2.- Sobre el particular, este Organismo debe expresar que sometió los antecedentes a la consideración de su Departamento Médico.
El referido Departamento Médico, de acuerdo con los antecedentes clínicos y de laboratorio y audiometrías respectivas, ha concluido que, efectivamente, el Sr. padece un 35% de incapacidad por las dolencias profesionales antes mencionadas.
3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia cumple con manifestar que procede confirmar la Resolución N° 6/ 12.204, de 1997, de la COMERE.
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