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SUSESODictamen21 de septiembre de 2020

2959-2020

Seguro laboral (Ley 16.744)

Lo que resuelve

Plazos a considerar en la prescripción de medidas a las entidades empleadoras en casos confirmados Covid-19.

Destinatario

DIRECTOR INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL GERENTES GENERALES ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN

Normas citadas

  • Leyes N°s.16.395 y 16.744

Texto

1.- En el ejercicio de las facultades fiscalizadoras que le confieren las Leyes N°s. 16.395 y 16.744, esta Superintendencia desde el mes de junio de 2020, ha desarrollado una fiscalización con el objeto de verificar las prestaciones preventivas que deben otorgarse a las entidades empleadoras que presenten situaciones de contacto estrecho, una vez que la Autoridad Sanitaria haya enviado la nómina de contactos estrechos a los organismos administradores.
2.- Sobre el particular, debe señalarse que en la información de respaldo sobre las acciones que han desarrollado los organismos administradores durante el periodo revisado, esta Superintendencia ha evidenciado que los plazos otorgados a las empresas para la ejecución y/o implementación de las medidas prescritas en el contexto de la pandemia Covid-19 son excesivos o exceden los razonables para evitar la propagación y contagio del virus SARS COV 2. A modo de ejemplo las siguientes situaciones:
Medida prescrita
Plazo de ejecución otorgado
Empresa debe reforzar el uso de mascarillas en las diferentes áreas de empresa, ya que se observaron trabajadores sin mascarilla y no respetando el distanciamiento social.
21 días
Generar un instructivo específico que indique las acciones que deben aplicar los trabajadores propios o contratistas, de manera obligatoria, para mantener el distanciamiento social.
53 días
Se debe informar a todos los trabajadores de la empresa los riesgos y medidas preventivas asociadas al virus Covid-19.
21 días
La empresa deberá disponer al ingreso del establecimiento y de áreas comunes de medios para el lavado de manos o aplicación de solución de alcohol al 70%.
20 días
3.- Por lo expuesto, se instruye a los organismos administradores que, al momento de otorgar los plazos para la implementación de las medidas prescritas, deben considerar la naturaleza, importancia y urgencia de las medidas que previenen en forma directa y/o inmediata la propagación del virus. Además, de otras medidas que sin ser de una naturaleza directa inciden significativamente en la propagación del virus, como sería la información que debe ser entregada a los trabajadores y trabajadoras.
Dado lo anterior, los organismos administradores deberán generar lineamientos para los equipos de prevención, teniendo en consideración lo señalado precedentemente.
Dicha acción deberá ser realizada e informada a esta Superintendencia al correo electrónico supervision.prevencion@suseso.cl, en un plazo de 5 días hábiles.
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Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes 04/04/2022 Dictamen 1239-2022 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - Artículo 77 bis Leyes N°s 16.395 y 16.744. 18/03/2022 Dictamen 992-2022 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - Calificación Leyes N°s 16.395, 16.744 y 21.409. 05/01/2022 Dictamen 58-2022 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 Leyes N°s 16.395 y 16.744. 26/10/2021 Dictamen 4010-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Calificación de Enfermedad Profesional - Ley N° 16.744 Leyes N°s 16.395 y 16.744. 14/09/2021 Dictamen 3401-2021 Calificación de enfermedad - Prestaciones económicas - Prestaciones médicas Ley Nº 16.744 - Calificación de Enfermedad Profesional Leyes N°s 16.395 y 16.744. 02/08/2021 Dictamen 2861-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Calificación de Enfermedad Profesional - Ley Nº 16.744 Leyes N°s 16.395 y 16.744. 28/07/2021 Dictamen 2789-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - Prestaciones Preventivas Leyes N°s 16.395 y 16.744 15/06/2021 Dictamen 2284-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientes Ley Nº 16.744 - Prestaciones Económicas - Trabajadores independientes Leyes N°s 16.395, 16.744 y 20.255; D.S. N°67, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, D.S. No 3, de 1984 y Decreto 46, de 2019, ambos del Ministerio de Salud. 17/03/2021 Dictamen 942-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - 77bis Leyes N°s.16.395 y 16.744 16/03/2021 Dictamen 29538-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 Ley 19.880, artículo 59;Ley 19.880, artículo 25;Ley 16.744;Ley 16.395;DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo 11/03/2021 Dictamen 893-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) 77 bis - Ley N° 16.744 Leyes N°s 16.395 y 16.744. 08/03/2021 Dictamen 825-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744 - Calificación de Enfermedad Profesional Leyes N°s 16.395; Ley Nº 16.744. D.F.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Artículo 129A, del Código Sanitario 09/02/2021 Dictamen 526-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - Enfermedad profesional Leyes N°s. 16.395 y 16.744. 26/01/2021 Dictamen 313-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Calificación de Enfermedad Profesional - Ley N° 16.744 Leyes N°s.16.395 y 16.744 08/01/2021 Dictamen 89-2021 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - 77bis Leyes N°s.16.395 y 16.744 05/11/2020 Dictamen 3509-2020 Seguro laboral (Ley 16.744) Prestaciones Preventivas - Ley N° 16.744 Leyes N°s.16.395 y 16.744 14/10/2020 Dictamen 3171-2020 Seguro laboral (Ley 16.744) Cotización adicional diferenciada. - Calificación de Enfermedad Profesional - Ley Nº 16.744 Leyes N°s 16.395 y 16.744. 14/10/2020 Dictamen 3194-2020 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744 - Calificación de Enfermedad Profesional - Cotización adicional diferenciada. Leyes N°s 16.395 y 16.744. 15/07/2020 Dictamen 2263-2020 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - Prestaciones preventivas Código del Trabajo; Leyes N°s. 16.395 y 16.744; 06/07/2020 Dictamen 2160-2020 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744 - Calificación - Financiamiento cotización adicional diferenciada días perdidos Leyes N°s 16.395 y 16.744.
Título Detalle Artículo 30 Ley 16.395, artículo 30 Ley 16.744 Ley 16.744

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