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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Destinatario

PARTICULAR

Texto completo

1.- Usted ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra del Instituto de Seguridad del Trabajo, por la insuficiencia de los exámenes preocupacionales que le fueron practicados.

2.- Requerido al efecto dicho Instituto, ha informado que la empresa adherente Servicios Industriales Pacoll Ltda. solicitó realizar una batería de exámenes a usted, en su calidad de postulante, para determinar su aptitud para desempeñarse en labores de altura geográfica. Entre los exámenes practicados se diagnosticó Presunta Neumoconiosis inicial, derivándolo a su sistema de salud previsional común para la realización de TAC de tórax para descartar o confirmar el diagnóstico. Hasta la fecha no se ha acompañado el resultado del examen requerido.

3.- Sobre el particular, cabe hacer presente que los exámenes preocupacionales son programas de selección de personal, los cuales buscan definir la compatibilidad de salud de trabajadores con los riesgos laborales a los que estarán expuestos, en cumplimiento a lo prescrito en el Código del Trabajo en sus artículos 184 al 187, que establecen:"...para trabajar en industrias o trabajos peligrosos o insalubres, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad. La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas...".

Los exámenes preocupacionales se practican a postulantes a un cargo, esto es, a personas que aun no tienen la calidad de trabajadores dependientes, por ende, se efectúan fuera de la órbita de la Ley N°16.744, careciendo esta Superintendencia de competencia para emitir un pronunciamiento sobre los mismos.

En consecuencia, si usted desea continuar en la referida postulación, deberá acompañar el resultado del examen requerido.

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