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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 36707-2002

26 ago 2002

Calificación de origen

Lo que resuelve

La SUSESO instruye que la COMPIN apruebe la licencia médica de la trabajadora como patología común, confirmando que la enfermedad no tiene origen laboral según lo determinado por la mutualidad.

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Destinatario

GERENTE GENERAL DE UNA MUTUAL DE SEGURIDAD

Texto completo

1.- Esa Asociación ha recurrido a esta Superintendencia, para que, de acuerdo a lo prescrito por el artículo 77 bis de la Ley N° 16.744, se emita un pronunciamiento sobre el caso de la trabajadora, quien ingresó a su Hospital del Trabajador de esta ciudad el 11 de marzo de este año, refiriendo lesiones a sus manos y atribuyéndolas a su trabajo.

Expone que, después de haberse examinado a la paciente, pudo concluirse que la causa directa de la enfermedad que padece no se encuentra en las diversas labores que alternadamente realiza para su empleador, razón por la cual el 13 de marzo del presente año fue derivada a su sistema de salud común, prescribiéndole en todo caso reposo hasta el día 19 del mismo mes y año.

Se adjunta fotocopia de ficha médica.

Requerida la COMPIN del Servicio de Salud, informó que originalmente la licencia médica fue rechazada por presentación fuera de plazo, pero con los antecedentes aportados aprueba la referida licencia, "con causal de fuerza mayor y por estar médicamente justificada como patología común y licencia médica emitida por Mutual".

2.- Sobre el particular y con el mérito de lo señalado precedentemente, esta Superintendencia considera atendida y solucionada la situación planteada por esa Mutualidad

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