Dictamen · SUSESO
N° 3951-2017
24 ene 2017
Prevención y comités paritarios
Lo que resuelve
Instruye a organismos administradores sobre asistencia técnica a empresas adheridas y/o afiliadas, que se encuentran en zona de catástrofe por los incendios forestales.
Destinatario
GERENTE GENERAL MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN; ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD; INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO; DIRECTOR NACIONAL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL.
Texto completo
Debido a los últimos acontecimientos ocurridos en el país y por el decreto de estado de catástrofe que ha emitido el gobierno en varias regiones, esta Superintendencia instruye sobre algunas medidas orientadas a la protección de los trabajadores, que producto de la situación de emergencia podría estar en riesgo su seguridad y salud en el trabajo.
Los organismos administradores deberán:
Priorizar la entrega de asistencia técnica, en todas aquellas entidades empleadoras que se encuentren en las zonas de catástrofes.
Informar al empleador de las medidas de prevención a implementar para proteger la salud y seguridad de los trabajadores. Si se detecta alguna condición que ponga en riesgo la vida de los trabajadores y se constata que el empleador no implementa las medidas prescritas, el organismo administrador deberá realizar la denuncia al organismo fiscalizador competente.
Mantener operativos los centros de atención de salud, que permitan entregar asistencia a trabajadores en las zonas afectadas por los incendios forestales, además, mantener informada a las entidades empleadoras de los lugares disponibles para la atención de los trabajadores.
Elaborar material de prevención con recomendaciones orientadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir accidentes del trabajo, en las zonas afectadas. Se debe dar máxima difusión a estas recomendaciones, mediante página web, correo electrónicos u otros medios que estimen pertinente.
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Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes 23/05/1991 Dictamen 3951-1991 Cajas de Compensación Ley Nº 18.833; Ley Nº 18.840; D.L. Nº 3.500, de 1980 11/12/1980 Dictamen 3951-1980 Cajas de Compensación D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión; D. Nº 91, de 1978, Previsión
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