Dictamen · SUSESO
N° 44256-2018
31 ago 2018
Destinatario
PARTICULAR
Texto completo
1.- Ud. se ha dirigido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Mutualidad, por cuanto no le ha pagado las cotizaciones previsionales en el período comprendido entre los años 1990 y 2007.
Acompaña certificado en el que consta que se le fijó un 40% de incapacidad, producto del infortunio que sufrió en el año 1989.
2.- Requerida al efecto, dicha Mutualidad informó que respecto de los aportes previsionales asociados al fondo de pensión, según los documentos que Ud. acompañó, a la fecha de constitución del beneficio de la Ley Nº 16.744, pertenecía al antiguo régimen previsional, estando afiliado a la antigua Caja de Servicio de Seguro Social, situación que explicaría que no existan descuentos asociados a una Administradora de Fondos de Pensión.
Agrega que, con posterioridad, fueron notificados por la AFP Hábitat, indicando que se había afiliado a la citada Institución, por lo que comenzaron a realizar los descuentos a partir de noviembre de 2007.
3.- Sobre el particular, esta Superintendencia debe manifestar que el artículo 54 de la Ley Nº 16.744 establece que "... los pensionados por accidentes del trabajo deben efectuar las mismas cotizaciones que los demás pensionados...".
De acuerdo con la normativa vigente, los pensionados de invalidez de la Ley N°16.744, pertenecientes al antiguo régimen previsional, como era su caso, sólo tienen descuentos de salud y, por tanto, la referida Mutualidad no se encontraba obligada a efectuar las cotizaciones para el fondo de pensiones.
En la especie, al estar afiliado en el antiguo régimen de salud, no correspondía que dicha Mutualidad realizara el pago de las cotizaciones previsionales, por lo que correspondía que se le realizan dichos pagos una vez ingresó a una Administradora de Pensiones, situación que le fue notificada a la citada Mutualidad en noviembre del año 2007.
4.- En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones precedentes, esta Superintendencia rechaza su reclamo y aprueba lo obrado por la citada Mutualidad.
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