Dictamen · SUSESO
N° 46433-2018
14 sep 2018
Destinatario
MUTUALIDAD
Texto completo
1.- Esa Mutualidad ha recurrido a esta Superintendencia, solicitando la reconsideración del Ordinario de Concordancias, mediante el cual se calificó la dolencia que presentó el interesado, como de origen laboral, de lo que discrepa.
2.- Sobre el particular, cabe hacer presente que según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Nº 19.880, el recurso de reposición deberá interponerse en un plazo de 5 días ante el mismo organismo que dictó el acto que se impugna.
Además, el artículo 25 de la referida Ley señala que se entiende como días inhábiles los días sábados, domingos y los festivos.
Por su parte, la letra A del Título V del Libro IX del Compendio del Seguro de la Ley Nº 16.744, establece que la documentación retirada desde la Superintendencia de Seguridad Social se entenderá notificada al organismo administrador el día de su retiro.
En la especie, se ha tenido a la vista la "Libro de Despacho de Oficios" de este Servicio, en el que consta que el Oficio de Concordancias, fue retirado por personal de esa Mutualidad el día 5 de abril de 2018, por lo que su reclamo, de fecha 9 de julio de 2018, ha sido presentado de forma extemporánea.
3.- En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones precedentes, esta Superintendencia rechaza su solicitud de reconsideración.
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Título Detalle Ley 19.880 Ley 19.880 Artículo 25 Ley 19.880, artículo 25 Artículo 59 Ley 19.880, artículo 59 Ley 16.744 Ley 16.744
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