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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 46452-2003

5 dic 2003

Invalidez, indemnización y pensiones

Lo que resuelve

La SUSESO instruye que las declaraciones de incapacidad por enfermedad profesional pueden revisarse por agravamiento, mejoría o error diagnóstico, pero no reevaluarse sin nueva patología laboral, debiendo emitirse una nueva resolución y pudiendo terminar la pensión parcial si el porcentaje baja del 40%.

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Destinatario

SEÑOR PRESIDENTE COMPIN-SERVICIO DE SALUD DE IQUIQUE

Texto completo

1.- Esa Comisión se ha dirigido a esta Superintendencia, formulando diversas consultas en relación con la situación de don xxxxxx

Señala que esa Comisión en junio de 1986 emitió una resolución que le fijó un 20% de incapacidad por hipoacusia laboral. Luego, en noviembre de 1998, emitió una nueva resolución que le aumentara la incapacidad a 50% por la misma patología profesional.

El año 2001 el interesado solicitó su reevaluación conforme el artículo 62 de la Ley 16.744, a fin de que se le sumaran patologías de origen común sucesivas a la laboral ya evaluada y al consultarse a este Servicio se le señaló la improcedencia de ello, atendido que el sr. estaba afiliado al Nuevo Sistema de Pensiones.

Agrega que en agosto de 2003 el interesado ha solicitado nuevamente la "reevaluación" de su incapacidad y que solicitados antecedentes a la Mutualles ha remitido audiometrías que le asignan una incapacidad de 29,2% por TACO mixto.

Por ello, consulta la procedencia de reevaluar al interesado y los efectos que produciría para él una eventual modificación en el porcentaje de pérdida de capacidad de ganancia ya fijado.

2.- Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta lo siguiente:

2.1.- Respecto a su consulta acerca de si es reevaluable este caso nuevamente si no ha sobrevenido otra patología laboral, cabe consignar que para la Ley 16.744 existen dos tipos de "reevaluación" definidos en los artículos 61 y 62 y que consisten en que a una incapacidad profesional le suceda otra del mismo origen (accidente o enfermedad artículo 61) u otra de origen común ( artículo 62).

Sin embargo, el artículo 63 establece otro mecanismo que denomina "revisión", señalando que las declaraciones de incapacidad son revisables por agravación, mejoría o error en el diagnóstico.

Lo anterior, implica que aunque no exista una nueva patología laboral secuela de accidente o enfermedad profesional, cualquier declaración puede ser objeto de revisión por mejoría o agravamiento, por lo que este caso podría ser revisado, pero no "reevaluado".

2.2.- Si podría cambiarse el porcentaje ya fijado al ratificarse el porcentaje fijado en las audiometrías remitidas por la Asociación y si en ese supuesto cabría anular la resolución de 1998 y reemplazarla por otra.

En caso de revisión obviamente puede bajarse el porcentaje antes fijado, pero corresponde emitir una nueva resolución y no dejar sin efecto la emitida en 1998, que, por lo demás, ha surtido efectos dando lugar a una pensión parcial que está siendo pagada por la Mutualidad.

2.3.- En cuanto a cuál sería la fecha de la invalidez a considerar y los efectos económicos para el trabajador, cabe señalar que la fecha de inicio de esta nueva invalidez dependerá de aquélla en que exista certeza de la modificación de las mediciones a través de las audiometrías con que se cuente y siendo el porcentaje asignado inferior al 40% obviamente ello dará lugar al término de la pensión parcial de la que actualmente goza el interesado.

Al respecto, cabe hacer presente que en esa misma situación se pone el citado artículo 63 al señalar que "...según el resultado de estas revisiones, se concederá o terminará el derecho al pago de las pensiones o se aumentará o disminuirá su monto".

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Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744 Artículo 62 Ley 16.744, artículo 62

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