Dictamen · SUSESO
N° 4947-2019
9 jul 2019
Destinatario
EMPLEADOR
Texto completo
1. Esa Dirección, mediante el Ordinario de Antecedentes, informó a esta Superintendencia que instruyó la regularización de la constitución del Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Al respecto, precisa que el Presidente del Comité Paritario dejó de ser funcionario el 31 de diciembre de 2018 y que los miembros del comité no se volvieron a reunir, ya que desconocían los roles y funciones que les competían.
2. En primer término, cabe señalar que es de responsabilidad de la entidad empleadora la constitución del o de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad en la institución, debiendo adoptar las medidas necesarias para que éstos funcionen adecuadamente, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
En cuanto a la regularización del funcionamiento del Comité Paritario constituido el 26 de julio de 2018, se debe tener presente que, los miembros titulares que dejan de pertenecer al comité, por término de la relación laboral, por traslado a otras dependencias y/o por su inasistencia injustificada a dos sesiones consecutivas, deben ser reemplazados por los miembros suplentes, los que asumirán la titularidad del cargo. Si el número de miembros titulares representantes de los trabajadores se reduce, por ejemplo, a dos y no existen miembros suplentes que los reemplacen, se podrán efectuar elecciones, pero sólo para proveer el o los cargos vacantes.
Por su parte, en caso que el Comité Paritario se quede sin Presidente, porque el funcionario con ese cargo dejó de pertenecer al servicio o por otros motivos, el resto de los miembros del comité deben designar por acuerdo a un nuevo presidente.
3. Esta Superintendencia requiere que esa Dirección informe sobre la regularización del Comité Paritario de Higiene y Seguridad, precisando las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la normativa vigente.
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Título Detalle Decreto 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo DS 54 de 1969 Mintrab Ley 19.345 Ley 19.345 Ley 16.744 Ley 16.744
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