Dictamen · SUSESO
N° 54822-2005
9 nov 2005
Lo que resuelve
La SUSESO confirma como fecha de inicio de la incapacidad por hipoacusia profesional la data de la resolución que reconoció el 20% de invalidez, al no existir audiometrías previas que acreditaran un inicio anterior.
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Destinatario
GERENTE GENERAL DE UNA MUTUAL DE SEGURIDAD
Texto completo
1.- Esa Entidad se ha dirigido a esta Superintendencia, en relación al caso del interesado, solicitando se fije como fecha de inicio de la incapacidad por Hipoacusia por Trauma acústico crónico ocupacional, el mes de Noviembre de 2003, por no haber antecedentes de exposición laboral a ruido con posterioridad a esa fecha.
Requerida al efecto, la COMPIN de la VI Región remitió los antecedentes del caso, incluida la Resolución N° 6716/2004, de 03 de enero de 2005, que le asigna al trabajador un 20% de incapacidad por Hipoacusia profesional.
2.- Revisados los antecedentes, esta Superintendencia ha concluido que procede confirmar como fecha de inicio de la invalidez el 03 de enero de 2005, toda vez que en esa data se demostró el 20% de incapacidad por Hipoacusia, y no se cuenta con exámenes audiométricos previos que permitan fundamentar un inicio anterior de la incapacidad.
3. En consecuencia y con el mérito de lo antes señalado, esta Superintendencia confirma lo resuelto por la COMPIN, en cuanto a la fecha de inicio de la incapacidad por Hipoacusia del interesado
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