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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 5531-1992

11 jun 1992

Afiliación y organismos administradores

Lo que resuelve

La SUSESO instruye a las mutualidades remitir copia de las actas aprobadas del directorio y de los acuerdos de ejecución inmediata, adoptando las medidas internas para su cumplimiento oportuno.

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Destinatario

UNA MUTUAL DE SEGURIDAD

Texto completo

En virtud de las facultades contempladas por los artículos 30 y 46 de la Ley Nº 16.395; 12º, incisos 4º y siguientes, de la Ley Nº 16.744; 111 Y siguientes del D.S. 1, de 1972, M. del T. Y P.S., para ejercer un control sobre la legalidad y/o conveniencia de los Acuerdos de Directorio de la Mutualidades de Empleadores que administran el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, esta Superintendencia ha estimado necesario instruir a Ud. a objeto que remita a este Organismo Fiscalizador copia de las actas de las sesiones del Directorio de esa Entidad Previsional, debidamente aprobadas y copia de los acuerdos de ejecución inmediata, tan pronto se adopten.

En consecuencia, se solicita a Ud. implementar las medidas de orden interno que resulten necesarias para dar cabal y oportuno cumplimiento a la presente instrucción.

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Título Detalle Artículo 30 Ley 16.395, artículo 30 Artículo 46 Ley 16.395, artículo 46 Ley 16.744 Ley 16.744

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Circular SUSESO N° 3907, de 26.12.2025

Seguro laboral (Ley 16.744)

Vigencia desde su publicación, con excepción de las contenidas en el Capítulo VIII de esta circular, cuya vigencia es a contar del 1° de abril de 2026.