Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

← Buscar en los dictámenes

Dictamen · SUSESO

N° 67884-2015

27 oct 2015

Destinatario

PARTICULAR

Texto completo

1.-

Usted se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando un pronunciamiento acerca del origen laboral o común, que debe asignarse a la patología que presenta con el diagnóstico de "Rotura de espesor total del supraespinoso de hombro derecho" y que atribuye a evento ocurrido el 29/07/2015, en que sufrió dolor en su hombro al trasladar un paciente.

Requerida al efecto, la mutualidad procedió a remitir los antecedentes respectivos, incluidos ficha clínica, informes médicos y exámenes imagenológicos, informando que procedió a entregar las atenciones en el marco de la Ley N° 16.744, por el cuadro agudo de distensión del hombro derecho, pero, la lesión del tendón del supraespinoso, fue considerada de origen común.

2.-

Sobre el particular, cabe señalar que profesionales médicos de este Organismo procedieron al análisis de los antecedentes clínicos de su caso, concluyendo que la afección que presenta es de origen común, toda vez que, no es posible establecer una relación de causalidad con el evento ocurrido en julio de 2015. En efecto, los estudios clínicos evidencian alteraciones degenerativas en su hombro derecho, no atribuibles al sobreesfuerzo desarrollado, cuyo episodio agudo, fue adecuada y oportunamente tratado por la Mutualidad.

3.-

En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden esta Superintendencia declara como de origen común el diagnóstico de "Rotura de espesor total del supraespinoso de hombro derecho", que usted presenta, por tanto, no resulta procedente en este caso otorgar la cobertura de la Ley N° 16.744.

Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Boletines Relacionados Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Legislación relacionada

Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744

Otros pronunciamientos sobre enfermedad profesional

Dictamen SUSESO N° 150300-2026, de 21.10.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.7444. Invalidez. El factor de ponderación por edad aplica a personas trabajadoras con 65 años o más al ser evaluadas. Este ajuste reconoce el impacto diferenciado de las secuelas de accidentes o enfermedades profesionales en la capacidad laboral durante esa etapa de la vida.

Dictamen SUSESO N° D-01-UNAAD-01829- 2026, de 29.09.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Prestaciones preventivas. Exámenes pre-ocupacionales. Se informa que la Superintendencia de Seguridad Social carece de competencia para resolver reclamos relacionados con exámenes preocupacionales efectuados por mutualidades de empleadores. Se aclara que dichas evaluaciones se realizan a personas…

Dictamen SUSESO N° O-01-S-03697-2026, de 28.08.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Trabajador independiente. Ley N° 16.744. Para acceder a la cobertura del seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744), la persona trabajadora independiente tiene la obligación legal de encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones. Esto implica que, si existe un saldo…

Dictamen SUSESO N° O-01-S-03614-2026, de 25.08.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Esta Superintendencia ratificó los criterios de calificación de patologías musculoesqueléticas por exposición ocupacional a vibraciones. Ante la solicitud de revisión por exposición bajo límites normativos (D.S. N°594), se aclaró que no existe un umbral de seguridad absoluta; el riesgo depende de la…