Ir al contenido
DictámenesDT
← Buscar en los dictámenes

SUSESODictamen23 de diciembre de 2015

80380-2015

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

MUTUALIDAD

Normas citadas

  • Ley N° 16.744, D.S. N° 285, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Texto

1. Mediante presentación de antecedentes, ese Instituto ha recurrido a esta Superintendencia solicitando que se establezca que para el caso de las entidades empleadoras nuevas, la incorporación a la Mutualidad, aprobada por el directorio, corresponda a la fecha de la solicitud de adhesión.
Al respecto, ese Instituto señala que por aplicación de lo señalado en la Circular N° 2.097, en relación a las entidades empleadoras nuevas, que no provengan de otra mutualidad, quedan en espera de la aprobación del Directorio de la Mutualidad escogida y su adhesión surte efecto a contar del 1° día del mes siguiente a dicha aprobación, quedando en el intertanto obligadas a cotizar en el Instituto de Seguridad Laboral.
2. En primer término, cabe señalar que el artículo 7° del D.S. N° 285, señalado en Fuentes, establece que la afiliación a las Mutualidades de Empleadores estará sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas en sus estatutos, así como, que a las mismas condiciones estarán sujetas las renuncias y exclusiones de los adherentes, las cuales sólo surtirán efecto a partir del último día del mes calendario siguiente a su formulación o declaración de exclusión.
A su vez, en el artículo 9° de los estatutos de ese organismo administrador, se establece que la calidad de adherente sólo se adquiere en virtud de la aceptación de la solicitud respectiva por el Directorio del Instituto de Seguridad del Trabajo.
3. En la especie, si se aceptara que la fecha de la solicitud de adhesión fuese la fecha de incorporación a la Mutualidad, a partir de esa fecha los trabajadores de la entidad empleadora que solicita la incorporación dejarían de estar cubiertos por el Instituto de Seguridad Laboral. Con todo, el Directorio de la Mutual podría rechazar la incorporación, con lo cual desde la fecha de la solicitud hasta la fecha en que el Directorio rechace la incorporación, los trabajadores quedarían sin la cobertura del Seguro de la Ley N°16.744.
Atendido lo señalado, y a los antecedentes tenidos a la vista, esta Superintendencia considera que no resulta posible fijar como fecha de incorporación a una Mutualidad una fecha anterior a aquella en que el Directorio acepta la solicitud de incorporación o adhesión. Asimismo, lo instruido en la Circular N° 2.097 antes señalada, evita que una entidad empleadora tenga que cotizar por las remuneraciones de un mes en dos organismos distintos.
Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Boletines Relacionados Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Legislación relacionada Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes 06/10/2017 Circular 3321 Seguro laboral (Ley 16.744) CALIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744. DEROGA CIRCULAR 1.967, DE 2002 Ley N° 16395; Ley N° 16744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20894 05/10/2017 Circular 3319 Seguro laboral (Ley 16.744) ADHESIONES, RENUNCIAS Y EXCLUSIONES DE ENTIDADES EMPLEADORAS, INSTRUYE A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. INFORMACIÓN A REMITIR AL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2.097, DE 2003 Y DEROGA N° 1.522 Y 1.828, DE 1996 Y 2000, RESPECTIVAMENTE Ley N° 16395; Ley N° 16744 24/11/2008 Circular 2494 Seguro laboral (Ley 16.744) INSTRUYE A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LEY N° 16.744, CLASIFICAR SUS EMPRESAS AFILIADAS O ADHERENTES SEGÚN CLASIFICADOR CIIU.CL - 2007 Ley N° 16744; D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 23/12/2003 Circular 2097 Seguro laboral (Ley 16.744) Imparte instrucciones a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 respecto del Procedimiento de adhesión, renuncia y exclusión de Entidades Empleadoras. Ley N° 16744; Ley N° 19345; D.S. N° 285, de 1969; del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes 20/01/2017 Dictamen 3572-2017 Seguro laboral (Ley 16.744) Cambio de organismo administrador D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 08/07/2016 Dictamen 40948-2016 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores privados mutuales adhesión a mutualidad Artículo 22 del D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 16/11/2015 Dictamen 72694-2015 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores mutuales adhesión acto formal sector publico asociación de funcionarios Ley N° 16.744. 28/02/2014 Dictamen 13134-2014 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores privados mutuales adhesión a mutualidad Leyes N°s. 16.744 y D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 01/08/2013 Dictamen 48592-2013 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores mutuales adhesión acto formal sector publico asociación de funcionarios Constitución Política de la República; Leyes N°s. 16.395, 16.744 y Artículo 3° de la 19.345. 27/02/2013 Dictamen 13137-2013 Seguro laboral (Ley 16.744) Afiliación entidad empleadora sector público - Asociación de funcionarios Leyes N°s. 16.744 y 19.345. 30/04/2012 Dictamen 27879-2012 Seguro laboral (Ley 16.744) Afiliación - Desafiliación Ley N° 16.744. 01/02/2007 Dictamen 6493-2007 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley N° 16.744, D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, D.S. N° 285, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 21/02/2006 Dictamen 8803-2006 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley Nº 16.744; D.S. Nº 285, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 04/08/2005 Dictamen 37177-2005 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley Nº 16.395; Ley Nº 16.744
Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744

Ver el documento en el sitio del organismo →