Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

← Buscar en los dictámenes

Dictamen · SUSESO

N° 9023-2005

7 mar 2005

Subsidio e incapacidad temporal

Lo que resuelve

La SUSESO instruye a la COMPIN autorizar una licencia médica retroactiva rechazada por presentación fuera de plazo, pagar el subsidio y reembolsar a la Mutualidad en valores nominales, al no aplicarse el D.S. N°3 a Mutualidades.

Resumen generado automáticamente a partir del texto; no reemplaza la lectura del documento.

Descargar PDFRecibir novedades por correo

Destinatario

COMPIN NORTE - REGIÓN METROPOLITANA

Texto completo

Ha recurrido a esta Superintendencia una trabajadora reclamando en contra de lo resuelto por esa COMPIN que rechazó su licencia médica por 15 días a partir del 24 de diciembre de 2004, extendida en forma retroactiva por la Muualidad el 3 de enero de 2005 por presentación fuera de plazo.

Requerida al efecto, esa COMPIN informó que:

Sobre el particular, y teniendo presente lo establecido en el artículo 54° del D.S. N°3, citado en fuentes, se instruye a esa COMPIN que disponga la autorización de la licencia médica rechazada.

Lo anterior fundamentado en que en reiteradas oportunidades esta Superintendencia ha manifestado que en los casos en que se ha otorgado reposo por parte de una Mutualidad, no procede que la licencia médica, aunque sea retroactiva, sea objeto de rechazo por el Servicio de Salud respectivo por presentación fuera de plazo, toda vez que el procedimiento del D.S. N° 3, ya citado, no es aplicable tratándose de Mutualidades de Empleadores.

Además, el hecho de que la Mutualidad haya otorgado reposo y emitido una licencia médica retroactiva justifica plenamente que ella haya sido entregada tanto al empleador como a la institución del régimen común de salud en forma extemporánea.

La existencia de una licencia médica meramente retroactiva, tiene como efecto que no proceda la aplicación de las disposiciones del artículo 77 bis de la Ley N° 16.744, por lo que los reembolsos a que hubiere lugar deben efectuarse en sus valores nominales.

En consecuencia esa COMPIN debe autorizar la mencionada licencia médica, pagar el correspondiente subsidio, si éste no lo hubiere sido pagado por la Mutualidad y reembolse a ésta en valores nominales el costo de las prestaciones otorgadas.

Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Boletines Relacionados Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Legislación relacionada

Otros pronunciamientos sobre subsidio e incapacidad temporal

Dictamen SUSESO N° 40112-2026, de 24.03.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Artículo 77 bis. Al determinar el origen común de una dolencia y derivar al trabajador con una licencia médica al sistema de salud común, la mutualidad actúa como el primer organismo en rechazar la contingencia laboral de dicha licencia, a pesar de ser la entidad emisora del documento, por lo que…

Dictamen SUSESO N° O-01-ISESAT-00203-2026, de 15.01.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Licencias Médicas. Ley N° 16.744. Subsidios por incapacidad laboral. en el evento de periodos de reposo superpuesto, por reposo de origen común y laboral, no procede el pago de subsidio por cada una de estas incapacidades, primando la cobertura de origen laboral. Las ISAPRES y COMPIN deben ajustar el pago del…

Dictamen SUSESO N° O-01-ISESAT-00017-2026, de 05.01.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Artículo 77 bis. Mal uso y otorgamiento de licencias (Ley N° 20.585). El riesgo de que médicos sean sancionados por la Ley N° 20.585, al realizar una licencia médica por derivación del Art. 77 bis de la Ley N° 16.744, al no existir una prestación de salud directa, no ocurre en la medida que al emitir…

Dictamen SUSESO N° 149013-2025, de 29.10.2025

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Prestaciones económicas. La pensión transitoria de invalidez de la Ley N° 16.744 se concede bajo la presunción de invalidez si, tras 52 o 104 semanas, no se logra la curación o rehabilitación del afectado. Esta pensión se mantiene hasta la finalización de los tratamientos o la declaración de una…