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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 9225-1991

29 oct 1991

Invalidez, indemnización y pensiones

Lo que resuelve

Se remiten proyectos de decretos supremos para designar por seis meses a los médicos representantes de trabajadores y empleadores en la Comisión Médica de Reclamos, modificando transitoriamente el período de tres años establecido en la normativa vigente.

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Destinatario

SUBSECRETARIO DE PREVISIÓN SOCIAL

Texto completo

La Abogado de esa Subsecretaría, solicitó telefónicamente a esta Superintendencia la preparación de los proyectos de Decretos Supremos para la designación de los médicos que, en representación de los trabajadores y empleadores, deberán integrar la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. De acuerdo con dicha petición el período por el cual se designaría a dichos integrantes sería de seis meses en lugar de los 3 años que actualmente establece el artículo 84 de Decreto Supremo Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

En cumplimiento de lo anterior, se remiten tres proyectos de Decreto Supremo. Uno, sujeto al trámite de toma de razón, por el cual se introduce un nuevo artículo transitorio al D.S. 101, 1968 del M.T. y P.S. a fin de permitir que el Presidente de la República pueda designar libre y directamente y por el período de seis meses a dichos integrantes. El otro, complementario de anterior, exento del Trámite de toma de razón, por el cual se designa por el período de seis meses a las personas que integrarían la referida Comisión. El tercer Decreto es una alternativa a los dos anteriores y se explica por sí mismo.

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