Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 5463-201815 abr 2019

Unificación de jurisprudencia · Subus Chile S.A. (XVIII)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de San Miguel
Rol5463-2018
Fecha sentencia15 abr 2019
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresPrescripción, Principio pro operario, Pago
+8 descriptoresCobro de prestacionesRecurso de unificación de jurisprudenciaBonoInterrupción de la prescripción por la presentación de la demandaContrato colectivo de trabajoPago de horas extraordinariasSindicatosExcepción de prescripción adquisitiva
MinistrosRicardo Blanco Herrera, Gloria Chevesich Ruiz, Andrea Muñoz Sánchez
+2 ministrosJulio Pallavicini MagnereÁlvaro Quintanilla Pérez

Resumen

Esta sentencia aún no tiene resumen. Se genera con IA a partir del texto, en unos 20 segundos.

Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, quince de abril de dos mil diecinueve.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Visto:

De la sentencia de base, se elimina el considerando vigésimo tercero.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

1°.- Los razonamientos séptimo, octavo, noveno y décimo de la sentencia de unificación de jurisprudencia.

2°.- Habiéndose notificado la demanda el 23 de mayo de 2017, corresponde que se rechace lo solicitado por concepto de horas extraordinarias respecto de aquellas verificadas con anterioridad al 23 de noviembre de 2016.

Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 7 , 8 , 9 , 41 , 162 , 173 , 420 , 425 y siguientes , 459 y 510 del Código del Trabajo, se declara que:

I.- Se acoge la excepción de prescripción de la acción de cobro opuesta, y consecuencialmente, se rechaza lo devengado con anterioridad al 23 de noviembre de 2016.

II.- Se acoge la demanda deducida por los actores ya individualizados y, por consiguiente, se condena a la demandada a pagarles las sumas que correspondan por concepto de horas extraordinarias a determinarse en la etapa de cumplimiento de la sentencia.

El Ministro señor Blanco y la Ministra señora Muñoz fueron de opinión de no dictar sentencia de reemplazo atento lo señalado en la sentencia de unificación.

Regístrese y devuélvase.

N° 5.463-2018.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., y los Abogados Integrantes señores Álvaro Quintanilla P., y Julio Pallavicini M.
No firma la Ministra señora Muñoz y el abogado integrante señor Quintanilla, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar en comisión de servicios la primera y por estar ausente el segundo. Santiago, quince de abril de dos mil diecinueve.

1