Unificación de jurisprudencia · Municipalidad de Maipu (XXX)
Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia
- Acogido8%
- Rechazado19%
- Sin pronunciamiento de fondo72%
Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Rol | 25060-2018 |
| Fecha sentencia | 20 jun 2019 |
| Recurso | Unificación de jurisprudencia |
| Sala | Cuarta (mixta) |
| Resultado | Sentencia de reemplazoVer detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio. |
| Descriptores | Cotizaciones previsionales, Cuestión de hecho, Recurso de unificación de jurisprudencia+2 descriptoresNulidad del despido de funcionariosLabores accidentales |
| Ministros | Ricardo Blanco Herrera, Íñigo De la Maza Gazmuri, Leonor Etcheberry Court+2 ministrosAndrea Muñoz SánchezMauricio Silva Cancino |
Resumen
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Dictámenes sobre las normas citadas
Texto de la sentencia
Santiago, veinte de junio de dos mil diecinueve.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.
Visto:
Se reproduce la sentencia de base previa eliminación de los considerandos octavo, noveno párrafo segundo, décimo a decimotercero. Asimismo, se mantiene en el fallo de nulidad no obstante su invalidación, su parte expositiva y sus considerandos quinto a séptimo. Por último, se mantiene la resolución de reemplazo con excepción de sus razonamientos sexto a décimo.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
Los razonamientos cuarto a octavo de la sentencia de unificación de jurisprudencia.
Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 7 , 8 , 9 , 41 , 162 , 173 , 420 , 425 y siguientes y 459 del Código del Trabajo, se declara que:
Se acoge, además, la demanda en cuanto a condenar a la demandada a pagar al actor las cotizaciones previsionales que correspondan a todo el período que duró la relación entre las partes.
Regístrese y devuélvase.
N° 25.060-2018.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Andrea Muñoz S., señor Mauricio Silva C., y los Abogados Integrantes señora Leonor Etcheberry C., y señor Iñigo De la Maza G.
No firma el abogado integrante señor De la Maza, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, veinte de junio de dos mil diecinueve.
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