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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 25458-20244 dic 2024

Unificación de jurisprudencia · Universidad Mayor.

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Rol25458-2024
Fecha sentencia4 dic 2024
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresCobro de prestaciones laborales, Devolución del aporte realizado por empleador al seguro de cesantía, No es posible que se autorice al empleador a imputar a la indemnización por años de servicio lo aportado por seguro de cesantía
+4 descriptoresDescuento improcedenteDespido injustificado, indebido, improcedente o sin causa legalImputación del aporte al seguro de cesantía realizado en la cuenta individual del trabajadorDespido por causal necesidades de la empresa declarado injustificado
RedactorAndrea Muñoz Sánchez
MinistrosGloria Chevesich Ruiz, Andrea Muñoz Sánchez, Dobra Lusic Nadal
+2 ministrosMaría Benavides CasalsFabiola Lathrop Gómez

Resumen

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Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Visto:

Del fallo de la instancia, se suprime el motivo décimo cuarto. Y se tiene, en su lugar y, además, presente:

Que, conforme se concluyó en el razonamiento quinto del fallo de unificación de jurisprudencia, no procede realizar el descuento a que se refiere el artículo 13 de la Ley N°19.728 en caso que el órgano jurisdiccional declare que el despido del trabajador fue injustificado.

Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 7 , 8 , 425 y siguientes y 459 del Código del Trabajo, se declara que:

Se acoge la demanda interpuesta por don [nombre reservado] en contra de la Universidad Mayor por lo que se le condena, además del pago del recargo legal pertinente establecido en la sentencia de instancia, atendido que no tiene derecho a descontar el aporte patronal efectuado al seguro de cesantía, a restituir las sumas descontadas por tal concepto.

Regístrese y devuélvase.

N°25458-2024.

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por las Ministras señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., Ministra Suplente señora Dobra Lusic N., y las abogadas integrantes señoras Fabiola Lathrop G., y María Angelica Benavides C.
No firman la ministra señora Muñoz y ministra suplente señora Lusic, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar con feriado legal la primera y por haber terminado su periodo de suplencia la segunda. Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro.

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