Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 25947-202425 sep 2025

Unificación de jurisprudencia · Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Region del Bio Bio

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Concepción
Rol25947-2024
Fecha sentencia25 sep 2025
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresRenovación de contrato a plazo, Normativa especial, Cobro de prestaciones laborales
+6 descriptoresDespido injustificado, indebido, improcedente o sin causa legalContingencia sanitaria por pandemiaSecretaría regional ministerial de salud (seremi salud)Término de contrato de trabajo a plazo fijo por vencimiento del plazoFacultades extraordinarias a los servicios de salud para enfrentar la pandemia covid-19Personal de salud contratado a suma alzada por causa de la alerta sanitaria
RedactorAndrea Muñoz Sánchez
MinistrosLeonor Etcheberry Court, Andrea Muñoz Sánchez, María Gajardo Harboe
+2 ministrosFabiola Lathrop GómezJessica González Troncoso

Resumen

Esta sentencia aún no tiene resumen. Se genera con IA a partir del texto, en unos 20 segundos.

Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

Se reproduce la sentencia de la instancia de seis de diciembre de dos mil veintitrés pronunciada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, con excepción de sus motivos decimoquinto a decimonoveno y vigesimoprimero, que se eliminan.

De la sentencia de unificación que antecede, se reproducen sus considerandos tercero y séptimo a duodécimo.

Y se tiene, en su lugar, y, además, presente:

Que según los hechos establecidos y lo razonado en los motivos que preceden, no es posible acceder a la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones intentada, que, en consecuencia, debe desestimarse íntegramente.

Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 7 , 8 , 425 , 456 , 459 y 482 del Código del Trabajo, manteniéndose el resolutivo I, que rechaza las excepciones opuestas de falta de legitimación pasiva y de finiquito, se declara que:

Se rechaza en todas sus partes la demanda deducida por doña [nombre reservado] en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud del Bío Bío Subsecretaría de Salud Pública.

Redacción a cargo de la ministra señora Muñoz .

Regístrese y devuélvase.

N°25.947-2024.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por las ministras señoras Andrea Muñoz S., María Cristina Gajardo H., Jessica González T., y las abogadas integrantes señoras Leonor Etcheberry C. y Fabiola Lathrop G.
No firman las ministras señoras Muñoz y González, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar con permiso la primera y por estar con feriado legal la segunda. Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco.

1