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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1079 de 2018

28 feb 2018

Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito

Finiquito

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Lo que resuelve

Atiende presentación que indica.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

K1427(340)18

ORD. :1079/

MAT.: Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito;

RORD.: Atiende presentación que indica.

ANT.: 1) Pase N°229 de 08.02.18 del Sr. Jefe de Gabinete del Sr. Director del Trabajo.

2) Oficio N°1.272 de 02.02.18 de la Contraloría General de la República.

3) Presentación de 29.01.18 de doña [nombre reservado].

SANTIAGO, 28.02.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SRA. [nombre reservado]

[domicilio reservado]

CERRO NAVIA

Mediante presentación del antecedente 3), Ud. solicita a la Contraloría General de la República que su ex empleador, la Corporación Municipal de Lo Prado le recalcule el bono de retiro que le correspondería. Dicho órgano contralor remitió su solicitud a esta Dirección por tener competencia respecto de su ex empleador.

De los antecedentes que obran en poder de esta Dirección aparece que suscribió Ud. con la citada entidad un finiquito con fecha 06.06.14, el que fue ratificado el 12.06.14 en la Notaría de Juan Ricardo San Martin Urrejola, recibiendo conforme la bonificación pagada, sin efectuar reserva de derechos.

Se hace presente que la Dirección del Trabajo, de acuerdo a su reiterada doctrina, contenida, entre otros, en dictamen N°3747/137, de 16.08.04, ha señalado que se encuentra impedida legalmente de emitir pronunciamiento sobre una materia en la cual ha incidido finiquito de contrato de trabajo, sin reserva de derechos.

Lo antes señalado es sin perjuicio de la posibilidad de recurrir para estos efectos a los Tribunales de Justicia.

En consecuencia, en mérito de las consideraciones efectuadas y de la doctrina administrativa citada, cumplo con informar a Ud. que esta Dirección carece de competencia para emitir pronunciamiento sobre una materia sobre la cual ha incidido un finiquito de contrato de trabajo, sin reserva de derechos.

Saluda atentamente a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

RGR/MSGC/msgc

Jurídico

Of. Partes

Control

dirección trabajo, competencia, finiquito,

Dictámenes concordantes

Citado por 1 pronunciamiento posterior

Otros pronunciamientos sobre finiquito

Dictamen N° 3747/137, de 16.08.2004

Dirección del Trabajo. Competencia. Finiquito.Indemnización Legal por Años de Servicio.

1) La Dirección del Trabajo se encuentra impedida legalmente de entrar a pronunciarse sobre una materia en la cual ha incidido finiquito de contrato de trabajo , sin reserva de derechos ; y 2) La doctrina vigente de la misma Dirección, acerca de aplicación del tope de las 90 UF., a la remuneración mensual que sirve…

Dictamen N° 824/21, de 26.02.2003

Dirección del Trabajo. Competencia. Finiquito. Reserva de derechos.

La doctrina contenida en el punto N º 2 del Ordinario N º 4761/219, de 13-12-2002, de este Servicio, se entiende complementada en cuanto los Inspectores del Trabajo tienen competencia para conocer y resolver reclamos de trabajadores relacionados con derechos reservados en un finiquito, en todos aquellos casos en que…

Dictamen N° 4761/219, de 13.12.2001

1) Dirección del Trabajo. Competencia. Finiquito. Reserva de Derechos. 2) Terminación Contrato Individual. Cotizaciones Previsionales.

1) Si el término del contrato de trabajo de un dependiente por las causales señaladas en el cuerpo del presente informe, se produce estando pendiente el plazo previsto por el Decreto Ley 3.500 para los efectos del pago de las cotizaciones previsionales, el empleador se encuentra obligado a pagarlas en la fecha…

Ord. N° 1103, de 09.03.2017

Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito; Estatuto Docente; Transformación de contrato a indefinido

La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse acerca de si un despido por la causal prevista en la letra d) del artículo 72 del Estatuto Docente se encuentra o no ajustado a derecho, correspondiendo dicha facultad a los Tribunales del Trabajo, conforme lo dispone el inciso 2º del artículo 75 del…

Dictamen N° 1012/20, de 27.02.2015

Finiquito; Suscripción mediante firma electrónica; Procedencia

Atiende presentación de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Acepta.com S.A.