Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 1155 de 2022
6 jul 2022
Organización Sindical; Renovación Directiva; Terminación de Contrato de Trabajo; Recontratación inmediata; Efectos Jurídicos
Sindicatos y dirigentesCausales de término y despido
Lo que resuelve
Remite Ordinario N°1000 de 07.06.2022 emitido por esta Dirección, en respuesta a la solicitud de pronunciamiento formulada por la Sra. [nombre reservado], en representación de don [nombre reservado], director del Sindicato Abierto de Empleados de la Empresa Nacional de Aeronáutica.
Texto completo
Trabajo Dirección del à
Gobiemo de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía Únidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales
E.76954(506)2022 1155
ORDINARIO N°
Juridico MATERIA:
Remite Ordinario N°1000 de 07.06.2022 emitido por esta Dirección, en respuesta a la solicitud de pronunciamiento formulada por_la en representación de director del Sindicato Abierto de Empleados de la ANTECEDENTE:
1) Ordinario N°1000 de 07.06.2022 emitido por esta
Dirección.
2) Presentación de 13.04.2022, socio del Sindicato Abierto de Empleados de la SANTIAGO, 0 6 JUL 2022
DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S)
A :
SOCIO SINDICATO ABIERTO
DE EMPLEADOS DE LA EMPRESA NACIONAL DE AERONÁUTICA
@enaer.cl
Mediante presentación citada en el antecedente 2), solicita un pronunciamiento de esta Dirección acerca de los efectos jurídicos generados por la terminación del contrato de trabajo y recontratación inmediata de quien ostenta el cargo de director del Sindicato Abierto de Empleados de la Dicha solicitud obedece a que, en el acto eleccionario de renovación de directiva, celebrado el 19 de marzo de 2020 por la referida organización sindical obtuvo la sexta mayoría, por lo que no pudo formar parte de la directiva conformada por cinco integrantes.
Agrega que uno de dichos integrantes, presentó su renuncia a la Empresa Nacional de Aeronáutica, con fecha 31.03.2022, con el propósito de reliquidar su pensión, otorgada por CAPREDENA, suscribiendo con su empleadora un nuevo contrato de trabajo, que entró a regir a contar del 1 de abril del mismo año, circunstancia que, a su juicio, lo inhabilitaría para mantenerse en el cargo de dirigente sindical, en cuyo caso le correspondería a Ud. reemplazarlo, por haber obtenido la sexta mayoría en el referido acto de votación en que dicho dirigente resultó electo.
En atención a lo expuesto requiere que este Servicio se pronuncie sobre la situación expuesta.
Al respecto cumplo con informar a Ud. que, mediante Ordinario N°1000 de 07.06.2022, cuya copia se adjunta para su conocimiento, este Servicio se pronunció respecto de la materia por Úd. consultada, a requerimiento de la Sra. Catherine Silva Osorio, en representación de ly envió copia de dicho oficio al Sindicato Abierto de Empleados de la Empresa Nacional de Aeronáutica.
Saluda atentamente a Ud., DEL NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA JEF8
JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FICAL (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO lun
LBP/MPK
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
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