← Buscar en los dictámenes
ORD. N°1223
Sistema electrónico de votación; Organización sindical; Asociación de Funcionarios;
Dictámenes concordantes
- dictamen 2532/48, 05.11.2021
- ordinario 1223, 19.07.2022
Texto
Juridico
Dirección del
Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales E30926 (226) 2022 1223
ORD.: N°
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina
MATERIA:
Sistema de votaciones por medios electrónicos.
RESUMEN:
El sistema computacional de votaciones para
organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado,
comercializado por la empresa Sindiconsul Chile
S.p.A., denominado "Custome Vote", se ajusta a
todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo
que se autoriza su utilización en el ámbito de las
relaciones laborales.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 05.07.2022 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Ord. N°070 de 09.02.2022 de Director (S) del
Trabajo de Aysén.
SANTIAGO, 1 9 JUL 2022
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : DIRECTORA DEL TRABAJO DE AYSÉN
Mediante el Ordinario del antecedente 2), usted ha solicitado a este
Departamento un pronunciamiento respecto de un sistema, denominado “Custome
Vote", destinado al desarrollo de votaciones de organizaciones sindicales,
asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, cajas de
compensaciones y comités paritarios, a través de medios digitales.
ésica
à
Al respecto, es del caso indicar que esta Dirección ha actualizado su
doctrina mediante Dictamen N°2532/048 de 05.11.2021, el cual estable una serie
de requisitos mínimos de operación de los sistemas consultados.
En tal contexto, cabe indicar que la empresa desarrolladora de la
plataforma consultada ha acompañado a esta Dirección documentación en la que
indica dar cumplimiento a todos los requisitos técnicos exigidos por el citado
Dictamen.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada
y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a usted que el sistema
computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa
Sindiconsul Chile S.p.A., denominado "Custome Vote", se ajusta a todas las
exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el
ámbito de las relaciones laborales.
Saluda a Ud.,
DEL
JEFE
NATALIA POZOSANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Dirección del
Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales E30926 (226) 2022 1223
ORD.: N°
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina
MATERIA:
Sistema de votaciones por medios electrónicos.
RESUMEN:
El sistema computacional de votaciones para
organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado,
comercializado por la empresa Sindiconsul Chile
S.p.A., denominado "Custome Vote", se ajusta a
todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo
que se autoriza su utilización en el ámbito de las
relaciones laborales.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 05.07.2022 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Ord. N°070 de 09.02.2022 de Director (S) del
Trabajo de Aysén.
SANTIAGO, 1 9 JUL 2022
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : DIRECTORA DEL TRABAJO DE AYSÉN
Mediante el Ordinario del antecedente 2), usted ha solicitado a este
Departamento un pronunciamiento respecto de un sistema, denominado “Custome
Vote", destinado al desarrollo de votaciones de organizaciones sindicales,
asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, cajas de
compensaciones y comités paritarios, a través de medios digitales.
ésica
à
Al respecto, es del caso indicar que esta Dirección ha actualizado su
doctrina mediante Dictamen N°2532/048 de 05.11.2021, el cual estable una serie
de requisitos mínimos de operación de los sistemas consultados.
En tal contexto, cabe indicar que la empresa desarrolladora de la
plataforma consultada ha acompañado a esta Dirección documentación en la que
indica dar cumplimiento a todos los requisitos técnicos exigidos por el citado
Dictamen.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada
y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a usted que el sistema
computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa
Sindiconsul Chile S.p.A., denominado "Custome Vote", se ajusta a todas las
exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el
ámbito de las relaciones laborales.
Saluda a Ud.,
DEL
JEFE
NATALIA POZOSANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes