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ORD. N°1284
Votación; Sistema electrónico de votación; Organización sindical; Asociación de Funcionarios;
Dictámenes concordantes
- dictamen 2532/48, 05.11.2021
- ordinario 1284, 29.07.2022
Texto
Dirección del
Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E142424 (929) 2022
1284
ORD.: N°
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina
MATERIA:
Sistema de votaciones por medios electrónicos.
RESUMEN:
El sistema computacional de votaciones para
organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado,
consultado por la empresa Smartvoting S.p.A.,
denominado también “Smartvoting”, se ajusta a todas
las exigencias vigentes sobre la matería por lo que se
autoriza su utilización en el ámbito de las relaciones
laborales.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 22.07.2022 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 05.07.2022 de
en representación de empresa
Smartvoting S.p.A.
SANTIAGO, 29 JUL 2022
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
A :
SMARTVOTING S.P.A.
@smartvoting.cl
Mediante la presentación de antecedente 2), usted ha solicitado a este
Servicio un pronunciamiento respecto de la utilización de un sistema, denominado
“Smartvoting”, destinado al desarrollo de votaciones de organizaciones sindicales,
asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, cajas de
compensaciones y comités paritarios, a través de medios digitales.
Al respecto, es del caso indicar que esta Dirección ha actualizado su
doctrina mediante Dictamen N°2532/048 de 05.11.2021, el cual estable una serie
de requisitos mínimos de operación de los sistemas consultados.
En tal contexto, cabe indicar que la empresa desarrolladora de la
plataforma consultada ha acompañado a esta Dirección documentación en la que
indica dar cumplimiento a todos los requisitos técnicos exigidos por el citado
Dictamen.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada
y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a usted que el sistema
computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa
Smartvoting S.p.A., denominado también "Smartvoting", se ajusta a todas las
exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el
ámbito de las relaciones laborales.
Saluda a Ud.,
29 JUL 2022
OFICINA DE PARTES
NATALIA POZO SANHUEZAEF
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICOY FISCALÍA
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E142424 (929) 2022
1284
ORD.: N°
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina
MATERIA:
Sistema de votaciones por medios electrónicos.
RESUMEN:
El sistema computacional de votaciones para
organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado,
consultado por la empresa Smartvoting S.p.A.,
denominado también “Smartvoting”, se ajusta a todas
las exigencias vigentes sobre la matería por lo que se
autoriza su utilización en el ámbito de las relaciones
laborales.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 22.07.2022 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 05.07.2022 de
en representación de empresa
Smartvoting S.p.A.
SANTIAGO, 29 JUL 2022
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
A :
SMARTVOTING S.P.A.
@smartvoting.cl
Mediante la presentación de antecedente 2), usted ha solicitado a este
Servicio un pronunciamiento respecto de la utilización de un sistema, denominado
“Smartvoting”, destinado al desarrollo de votaciones de organizaciones sindicales,
asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, cajas de
compensaciones y comités paritarios, a través de medios digitales.
Al respecto, es del caso indicar que esta Dirección ha actualizado su
doctrina mediante Dictamen N°2532/048 de 05.11.2021, el cual estable una serie
de requisitos mínimos de operación de los sistemas consultados.
En tal contexto, cabe indicar que la empresa desarrolladora de la
plataforma consultada ha acompañado a esta Dirección documentación en la que
indica dar cumplimiento a todos los requisitos técnicos exigidos por el citado
Dictamen.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada
y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a usted que el sistema
computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de
funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa
Smartvoting S.p.A., denominado también "Smartvoting", se ajusta a todas las
exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el
ámbito de las relaciones laborales.
Saluda a Ud.,
29 JUL 2022
OFICINA DE PARTES
NATALIA POZO SANHUEZAEF
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICOY FISCALÍA
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes