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Dirección del TrabajoOrdinario27 de mayo de 2025

ORD.N°340

Competencia; Dirección del Trabajo;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 4412/171 de 22.10.2003
  • dictamen 4910/327 de 20.11.2000
  • ordinario 1106 de 06.03.2015
  • ordinario 2655 de 17.07.2014
  • ordinario n°340, 27.05.2025
  • ordinario n°510, 30.01.2015
  • ordinario n°643, 01.10.2024

Texto

Dirección del Trabajo
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes e
Informes en Derecho
E.141573/2025
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Competencia de la Dirección del Trabajo.
RESUMEN:
La emisión del pronunciamiento solicitado excedería el
ámbito de atribuciones de este Servicio, por
corresponder a una materia que debe conocer un
Tribunal Electoral Regional.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones, de 26.05.2025, de Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Su presentación, de 22.05.2025.
SANTIAGO, 2.7 MAY 2025
DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A
Se ha recibido por esta Dirección su presentación del antecedente 2),
mediante la cual solicita un pronunciamiento referido a la determinación adoptada
por la Comisión Electoral Nacional de la Agrupación Nacional de Empleados
Fiscales, ANEF, que ha excluido su candidatura para la jornada electoral a
realizarse los días 4 y 5 junio de esta anualidad porque su asociación de base no
está al día con la cuota del 0.3% indicada en los estatutos.
Además, requiere que esta Dirección tome conocimiento del recurso de
revisión y revocación presentado ante la Comisión Electoral Nacional; asimismo
solicita copia firmada del Dictamen Nº4412/171, de 22.10.2003, de esta Dirección.
Al respecto, cumplo con informar a Ud. que conforme a la reiterada
jurisprudencia de esta Dirección, contenida en el Dictamen Nº4910/327, de
20.11.2000 y los Ordinarios N°510, de 30.01.2015, N°1106, de 06.03.2015 y Nº643,
de 01.10.2024, entre otros, la facultad de fiscalización que corresponde a la
Dirección del Trabajo en relación con las asociaciones, federaciones y

y ha sido reiterada en el Dictamen N°6135/40, de 07.12.2018 y el Ordinario Nº2655,
de 17.07.2014.
En consecuencia, sobre la base de las consideraciones expuestas
precedentemente, disposiciones legales citadas y jurisprudencia administrativa
invocada, cumplo con informar a usted que la emisión del pronunciamiento
solicitado excedería el ámbito de atribuciones de este Servicio, por corresponder a
una materia que debe conocer un Tribunal Electoral Regional.
Saluda atentamente a Ud.
Noo alhery
DEL
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA JEFE
JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO
4. DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MGC/BPC
Distribuclón:
Jurídico
Partes DIRECCIÓN DEL TRABAIO
Control
Incluye:
Dictamen N°4412/171, de 2003. 27 MAY 2025
OFICINA DE PARTES

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