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Dirección del TrabajoOrdinario11 de septiembre de 2013

ORD. N°3567

Empaquetadores Supermercados; Irregularidad condiciones de trabajo; Relación Laboral;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 3543/262 de 24.08.2000
  • dictamen 5845/365 de 30.11.1999
  • ordinario 3567, 11.09.2013

Texto

Dirección del Trabajo
Gobierno de Chile
DEPARTAMENO JURIDICO K.8471 (1656) 2013 3567
ORD.:
Juidico MAT.: Atiende presentación que indica
ANT.: 1) Pase Nº 1353, de 19.07.2013, de Jefa de
Gabinete Sra. Directora del Trabajo.
2) Presentación de 18.07.2013, de Karen
Neculqueo Orellana y Bastian Ortiz Aising.
SANTIAGO, 11 SEP 2013
: DIRECTORA DEL TRABAJO
A : KAREN NECULQUEO ORELLANA Y BASTIAN ORTIZ AISING
LOS ALERCES N° 121
ESTACIÓN CENTRAL
SANTIAGOI
Mediante presentación del antecedente 2), Uds. han
solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico respecto de las irregulares
condiciones en que prestan servicios los empaquetadores de supermercados, refiriéndose
en especifico a la situación que ocurre en el supermercado Unimarc de Espacio M y
Portales respectivamente.
Sobre el particular, cúmpleme informar a Uds., en forma
previa, que esta Dirección, preocupada permanentemente de la situación de los
empaquetadores de supermercados de nuestro país, a través de su Departamento de
Inspección efectuó un levantamiento con el propósito de conocer la exacta situación laboral
del personal que se desempeña en diversas cadenas de supermercados, ordenando al
efecto fiscalizaciones, entre ellos, a Supermercados Unimarc, constatándose, que las
condiciones de los empaquetadores son prácticamente las mismas en todos estos
establecimientos.
Ahora bien, la doctrina de esta Dirección, vigente sobre la
materia, contenida en dictamen Nº 5845/365, de 30.11.1999 y complementada por el
dictamen N° 3543/262, de 24.08.2000 -cuyas copias se acompañan-, se pronunció
respecto de la naturaleza jurídica del vínculo que se configura entre quienes se
desempeñan como empaquetadores y los supermercados que utilizan sus servicios,
sosteniendo que:
"Media una relación laboral entre un menor empaquetador y
un supermercado, si la prestación de servicios del menor se verifica bajo subordinación
o dependencia del segundo, elemento cuya concurrencia deberá constatarse caso a
caso, y a partir de la verificación de las condiciones en que se organiza y presta el

servicio, conforme a los criterios reiteradamente establecidos en dictámenes de este
Servicio".
Precisado lo anterior, cabe hacer presente que a la luz de los
hechos constatados en las fiscalizaciones realizados por este Servicio, por lo general, quienes ejecutan la labor de empaquetadores de supermercado, lo hacen sin suscribir
contrato de ningún tipo y sin que se les reconozca una relación de índole laboral.
Asimismo, es posible afirmar que en la mayoría de los casos,
los supermercados y empresas gestoras y administradoras firman un Mandato de Gestión y Administración, en cuya virtud, aquellos como mandantes, encargan a esta última, como
mandataria, que en su nombre y representación organice y gestione el sistema de
empaque del supermercado.
Por su parte, la empresa gestora y los empaquetadores,
suscriben, por lo general, un contrato de arrendamiento por medio del cual aquélla arrienda
a éstos, el espacio de empaque en el sector de cajas del supermercado de propiedad de
éste.
A su vez, por medio de un supervisor y, a través de los
encargados de cada turno, la empresa gestora controla y supervisa, en forma directa e inmediata, la labor de cada empaquetador, debiendo éste sujetarse a las diversas y
estrictas normas de conducta que se contienen en el respectivo manual de trabajo, al cual
quedan sujetos los empaquetadores.
Hago presente a Uds. que toda la información recopilada a
través de las diversas fiscalizaciones efectuadas por esta Dirección, relativas a las
condiciones de trabajo en que prestan servicios los empaquetadores de supermercados, fue remitida al Honorable Senado de la República a fin de ser consideradas en los actuales
proyectos de ley que existen al efecto.
En este sentido, preciso es señalar, que actualmente existen
seis proyectos de ley en tramitación:
1.- Proyecto de ley sobre contrato laboral del
empaquetador de supermercado, fecha de ingreso Senado 08.09.2010, Boletín Nº 7200-13.
2.- Proyecto de ley sobre derechos de empaquetadores
de supermercados u otros establecimientos comerciales, fecha de ingreso Senado
13.04.2011, Boletín Nº 7592-13.
3.- Proyecto de ley que regula la situación laboral de los
empaquetadores de supermercados, fecha de ingreso Senado 20.04.2011, Boletín
N° 7604-13.
4.- Proyecto de ley que establece régimen para
empaquetadores de supermercado, fecha ingreso Cámara de Diputados 29.07.2008,
Boletín Nº 5983-13.
5.- Proyecto que establece contrato laboral de
empaquetadores de supermercado y comercio, fecha ingreso Cámara de Diputados
16.03.2011, Boletín N° 7532-13.
6.- Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo,
estableciendo el contrato especial para trabajadores del comercio, que se desempeñan como empaquetadores, fecha ingreso Cámara de Diputados 13.04.2011, Boletín Nº 7588-
13.

Finalmente, cúmpleme informar a Uds. que de los seis
proyectos de ley antes mencionados -información que se acompaña-, los tres primeros se
encuentran actualmente en primer trámite constitucional del Senado, en la Comisión de
Trabajo y Previsión Social, refundiendo el tercero de ellos con el primero y, los tres
restantes, en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados, en la Comisión de
Trabajo y Previsión Social.
Saluda a Ud.,
DEL
DIRECTOR
CHIL
MARÍA CECILIA SÁNCHEZ TORO
ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
MAQISMSIACG
Distribución:
Jurídico – Partes - Control

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