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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 616 de 2024

13 sep 2024

Corporación Municipal. Competencia Dirección del Trabajo. Licencia médica.

Sector municipal y públicoPermisos y licencias médicas

Hay 4 documentos con el Ord. N° 616. Ver todos.

Lo que resuelve

Resulta jurídicamente procedente exigir a una trabajadora de una Corporación Municipal la devolución o reintegro mediante el descuento de remuneraciones del pago de los días no laborados por licencia médica rechazada por la COMPIN y demás organismos médicos previsionales.

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Texto completo

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E70513(605)2024

ORD. N°616

MAT.: Corporación Municipal. Competencia Dirección del Trabajo. Licencia médica.

RORD.: Resulta jurídicamente procedente exigir a una trabajadora de una Corporación Municipal la devolución o reintegro mediante el descuento de remuneraciones del pago de los días no laborados por licencia médica rechazada por la COMPIN y demás organismos médicos previsionales.

ANTS.: 1)Instrucciones de 11.09.2024 del Sr. Jefe de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (S).

2)Asignación de 01.04.2024.

3)Pase N°312 de 20.03.2024 de Sra. Jefa de Gabinete del Sr. Director del Trabajo.

4)Correos electrónicos de 19.03.2024 y 15.03.2024.

5)Folio E462712/2024 de 14.03.2024 de la Contraloría General de la República.

6)Reclamo de 06.03.2024 de doña XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX.

SANTIAGO, 13.09.2024

DE:JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

A: SRA. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX

XXXXXX XX XXXXX XXXX, XXXX. XXX

XXXXXX XXXXXX

XXXXXXXXXXX

Mediante presentación del antecedente 6) reclama Ud. ante la Contraloría General de la República por licencias médicas rechazadas por los organismos competentes para conocer de dicha materia lo que redundará en que su empleadora le exigirá el reintegro de las remuneraciones correspondientes a las licencias médicas que le fueron rechazadas. Dicho Órgano Contralor derivó su solicitud a esta Dirección por tener competencia respecto de la entidad empleadora que de acuerdo a lo informado es la Corporación Municipal de Renca.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

En primer lugar, se hace presente que esta Dirección carece de competencia para modificar lo resuelto por la COMPIN y la SUSESO que son las autoridades de salud competentes para conocer la materia referida al rechazo de las licencias médicas, instancias a las que Ud. recurrió.

Efectuada esta precisión, esta Dirección ha señalado mediante Dictamen N°4484/61, de 10.11.2009, que resulta jurídicamente procedente exigir a un trabajador de salud primaria municipal la devolución o reintegro mediante el descuento de remuneraciones, del pago de los días no laborados por licencia médica rechazada por la COMPIN y demás organismos previsionales.

Por su parte, mediante Dictamen N°0006/03 de 03.01.2007, señala que resulta procedente que un trabajador docente como de la atención primaria de la salud de una Corporación Municipal haga devolución o reintegro de las remuneraciones percibidas por los días no trabajados en caso de licencia médica rechazada y el empleador debería realizar los descuentos correspondientes en sus remuneraciones.

Por último, cabe tener presente que según la doctrina contenida en Dictamen N°120/6, de 20.01.2023, la corporación municipal puede descontar de las remuneraciones de sus funcionarios, en caso de rechazo de la licencia médica, desde la resolución de la COMPIN o desde que haya transcurrido el plazo para realizar el reclamo correspondiente.

Ahora bien, de los antecedentes que obran en poder de esta Dirección aparece que Ud. en su calidad de funcionaria de una Corporación Municipal recurrió ante la Superintendencia de Seguridad Social en contra de lo que había resuelto la COMPIN Región Metropolitana, entidad que resolvió mediante Resolución Exenta N°R-01-S-34262-2024, de 29.02.2024, confirmar el rechazo de las licencias médicas por las cuales Ud. había recurrido de suerte tal que de acuerdo con la doctrina de esta Dirección ya citada resulta procedente que el empleador le exija el reintegro de las remuneraciones correspondientes a las licencias médicas rechazadas.

Por consiguiente, en mérito de las consideraciones expuestas, doctrina administrativa y disposiciones legales citadas, cumplo con informar a Ud. que resulta jurídicamente procedente exigir a una trabajadora de una Corporación Municipal la devolución o reintegro mediante el descuento de las remuneraciones del pago de los días no laborados por licencia médica rechazada por la COMPIN y demás organismos médicos previsionales.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/MSGC/msgc

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

Director del Trabajo

competencia dirección trabajo, corporación municipal, licencia médica,

Dictámenes concordantes

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