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ORD. N°638
Competencia Dirección del Trabajo; Empresa del Estado;
Normas citadas
- Resolución 1857, 30.12.2022, Ministerio de Salud
Dictámenes concordantes
- dictamen 188/11 de 11.01.2001
- ordinario 368, 26.04.2023
Texto
Dirección del Trabajo
Goblemode Chile
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E31915(577)2023
ORD. N°:
ACTUACIÓN:
Remite presentación que indica.
MATERIA:
Competencia Dirección del Trabajo.
RESUMEN:
La Dirección del Trabajo carece de competencia
para fiscalizar la situación laboral de una
funcionaria dependiente de la Subsecretaría de
Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.
ANTECEDENTES:
1)Asignación de 30.03.2023.
2)Correo electrónico de 08.02.2023.
SANTIAGO, 26 ABR 2023
DE: DIRECTOR DEL TRABAJO
A: SR. JORGE BERMÚDEZ SOTO
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
TEATINOS N°56
SANTIAGO
Mediante correo electrónico del antecedente 2), doña
a solicita a esta Dirección un pronunciamiento jurídico respecto
de su situación. Señala desde el 01 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de
2022 se desempeñó bajo la modalidad de contrato de honorarios para el sector
público. Acompaña copia de convenio suscrito con la Subsecretaría de Redes
Asistenciales del Ministerio de Salud de 01 de junio de 2021 y de Resolución Exenta
N°1857, de 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría de Salud Pública.
Atendida la reiterada jurisprudencia de esta Dirección contenida, entre otros,
en Dictamen N°188/11, de 11.01.2001, la competencia de esta Dirección en el área
de la salud pública está circunscrita al Estatuto de Atención Primaria de Salud
Municipal y sólo cuando se aplica a dependientes que laboran en entidades de
derecho privado.
De esta manera, considerando que la recurrente señala haberse
desempeñado para la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud
corresponde a la Contraloría General de la República la competencia de este caso
en particular.
En razón de lo antes expuesto se remite a Ud. la solicitud de
Saluda atentamente a Ud
DIRECTOR
PABLO ZENTENOMUÑOZ
CHILE ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
NPS/LBP/MSGC/msgc
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
Desp x seo nnts 2
28 ABR 2023
Goblemode Chile
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E31915(577)2023
ORD. N°:
ACTUACIÓN:
Remite presentación que indica.
MATERIA:
Competencia Dirección del Trabajo.
RESUMEN:
La Dirección del Trabajo carece de competencia
para fiscalizar la situación laboral de una
funcionaria dependiente de la Subsecretaría de
Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.
ANTECEDENTES:
1)Asignación de 30.03.2023.
2)Correo electrónico de 08.02.2023.
SANTIAGO, 26 ABR 2023
DE: DIRECTOR DEL TRABAJO
A: SR. JORGE BERMÚDEZ SOTO
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
TEATINOS N°56
SANTIAGO
Mediante correo electrónico del antecedente 2), doña
a solicita a esta Dirección un pronunciamiento jurídico respecto
de su situación. Señala desde el 01 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de
2022 se desempeñó bajo la modalidad de contrato de honorarios para el sector
público. Acompaña copia de convenio suscrito con la Subsecretaría de Redes
Asistenciales del Ministerio de Salud de 01 de junio de 2021 y de Resolución Exenta
N°1857, de 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría de Salud Pública.
Atendida la reiterada jurisprudencia de esta Dirección contenida, entre otros,
en Dictamen N°188/11, de 11.01.2001, la competencia de esta Dirección en el área
de la salud pública está circunscrita al Estatuto de Atención Primaria de Salud
Municipal y sólo cuando se aplica a dependientes que laboran en entidades de
derecho privado.
De esta manera, considerando que la recurrente señala haberse
desempeñado para la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud
corresponde a la Contraloría General de la República la competencia de este caso
en particular.
En razón de lo antes expuesto se remite a Ud. la solicitud de
Saluda atentamente a Ud
DIRECTOR
PABLO ZENTENOMUÑOZ
CHILE ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
NPS/LBP/MSGC/msgc
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
Desp x seo nnts 2
28 ABR 2023