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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1385 de 2023

10 nov 2023

Consulta genérica.

Competencia y actuación de la DT

Hay 4 documentos con el Ord. N° 1385. Ver todos.

Lo que resuelve

Esta Dirección debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una consulta de carácter genérico respecto de la cual no se han aportado antecedentes

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Texto completo

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho

E.32582 (537) 2023

ORD. N°: 1385

MAT.: Consulta genérica.

RORD.: Esta Dirección debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una consulta de carácter genérico respecto de la cual no se han aportado antecedentes.

ANTS.: 1) Instrucciones, de 12.10.2023, de Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (S).

2) Correos electrónicos, de 27.07.2023 y 13.09.2023, de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

3) Presentación, de 09.02.2023, de Cantabria SpA.

SANTIAGO, 10.11.2023

DE:JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A:SRS. XXXXXXXXX XXX.

XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Se ha recibido en este Departamento su documento cifrado en N°3) del rubro, mediante el cual solicita un pronunciamiento acerca del anexo al contrato colectivo suscrito con fecha 27.07.2021.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

De la sola lectura de su solicitud es posible advertir que la consulta que realiza es genérica, no siendo posible extraer una consulta específica sobre la que se requiera un pronunciamiento de parte de esta Dirección, debiendo anotarse que mediante correos electrónicos cifrados en el N°2) del rubro, le fueron requeridos mayores antecedentes, los que a esta fecha no han sido aportados.

En consecuencia, no corresponde a esta Dirección emitir un pronunciamiento, atendido que, conforme a reiterada jurisprudencia administrativa contenida en los Ordinarios N°3.268, de 17.07.2017 y N°1.402, de 08.04.2020, entre otros, no resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de manera genérica acerca de determinadas materias que se consultan.

Sin perjuicio de lo expuesto, se informa a Ud. que una vez reúna los antecedentes para la aplicación de la normativa laboral a un caso concreto, podrá hacer ingreso de su solicitud nuevamente.

En conclusión, sobre la base de las disposiciones legales invocadas, jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cumplo con informar que esta Dirección debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una consulta de carácter genérico respecto de la cual no se han aportado antecedentes.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/BPC

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

competencia dirección trabajo, consulta genérica,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre competencia y actuación de la dt

Ord. N° 5160, de 19.10.2016

Dirección del Trabajo; Competencia; Caso genérico

No resulta juridicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de modo genérico sobre materias determinadas, sin contar con los antecedentes que permitan circunscribir el análisis a una situación particular mediante el respectivo proceso de inspección.

Dictamen N° 4616/197, de 16.08.1996

Dirección del Trabajo; Competencia; Tribunales de justicia

La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación, como sería demostrar que una modificación de turnos fue por acuerdo de las partes y no decisión unilateral de una de ellas, lo que…

Dictamen N° 1478/78, de 24.03.1997

Dirección del Trabajo Competencia Situación de hecho.

La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación. Déjase sin efecto el oficio de Instrucciones Nº D.P. de Inspección Comunal del trabajo de Maipu.

Ord. N° 1402, de 08.04.2020

Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica

La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de carácter genérico.