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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 26 de 2023

9 ene 2023

Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica

Competencia y actuación de la DT

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Lo que resuelve

No corresponde que esta Dirección se pronuncie a priori de forma genérica sobre situaciones hipotéticas como las planteadas, toda vez que para ello resulta necesario que se le informe acerca de alguna situación concreta.

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Texto completo

Dirección del Trabajo

Gobierno de Chile

Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E21 1352 (1328)2022 26

ORDINARIO N°:

ACTUACIÓN:

Aplica doctrina.

MATERIA:

Competencia Dirección del Trabajo. Consulta genérica.

RESUMEN:

No corresponde que esta Dirección se pronuncie a priori o de forma genérica sobre situaciones hipotéticas como las planteadas, toda vez que para ello resulta necesario que se le informa acerca de alguna situación concreta.

ANTECEDENTES:

1) Instrucciones, de 19.12.2022, de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

2) Presentación, de 23.09.2022, de don

SANTIAGO, 0.9 ENE 2023

DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A Mediante documento del ANT.2) Ud. ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento jurídico referido a la base de cálculo a utilizar para determinar indemnizaciones legales por término de contrato cuando existe un aumento en la remuneración fija en el último mes no íntegramente trabajado.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

De conformidad a abundante doctrina institucional contenida en los Ordinarios N°s1.755, de 09.05.2015,3.268, de 17.07.2017 y1.402, de 08.04.2020, entre otros, esta Dirección debe abstenerse de emitir pronunciamientos a priori o de manera genérica toda vez que las consultas que se le formulen deben señalar en forma precisa los hechos concretos que motivan la solicitud.

Ahora bien, de la sola lectura de su solicitud presentada ante esta Dirección del Trabajo, es posible advertir que las consultas que realiza corresponden a situaciones hipotéticas, toda vez que no aporta antecedente alguno que permita aplicar a un caso concreto la materia consultada. it.

En conclusión, sobre la base de las disposiciones legales invocadas, jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cumplo con informar que no corresponde que esta Dirección se pronuncie a priori o de forma genérica sobre una situación hipotética como la planteada, toda vez que para ello resulta necesario que se le informa acerca de alguna situación concreta.

Saludaatentamente àUd., 1or0 ahlueso IÓN DEL NATALIA POZO SAÑHUEZA

ABOGADA ★ JEFE

JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO YFISCALIAYS) ★

DIRECCIÓN DEL TRABAJO DEPTO. JURÍDICO

BP/BPC

Distribución:

Departamento Jurídico DIRECCIÓN DEL TRABAIO

Oficina de Partes

Control 09 ENE 2023

OFICINA DE PARTES

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre competencia y actuación de la dt

Ord. N° 5160, de 19.10.2016

Dirección del Trabajo; Competencia; Caso genérico

No resulta juridicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de modo genérico sobre materias determinadas, sin contar con los antecedentes que permitan circunscribir el análisis a una situación particular mediante el respectivo proceso de inspección.

Dictamen N° 4616/197, de 16.08.1996

Dirección del Trabajo; Competencia; Tribunales de justicia

La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación, como sería demostrar que una modificación de turnos fue por acuerdo de las partes y no decisión unilateral de una de ellas, lo que…

Dictamen N° 1478/78, de 24.03.1997

Dirección del Trabajo Competencia Situación de hecho.

La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación. Déjase sin efecto el oficio de Instrucciones Nº D.P. de Inspección Comunal del trabajo de Maipu.

Ord. N° 1402, de 08.04.2020

Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica

La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de carácter genérico.