Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 935 de 2016
12 feb 2016
Dirección del Trabajo; Competencia; Consulta de carácter genérico
Competencia y actuación de la DT
Hay 2 documentos con el Ord. N° 935. Ver todos.
Lo que resuelve
Atiende presentación que indica.
Texto completo
Departamento Jurídico
K.1254(361)/2016
ORD. Nº: 0935 /
MAT.: Dirección del Trabajo; Competencia; Consulta de carácter genérico;
RORD.:Atiende presentación que indica.
ANT.:Presentación de 4.02.2016, de Sr. [nombre reservado], por Osses y Asociados Ltda.
SANTIAGO, 12.02.2016
DE :JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
A : SR. [nombre reservado]
EMPRESA OSSES Y ASOCIADOS LTDA.
[domicilio reservado]
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente y en representación de la empresa Osses y Asociados Ltda., solicita un pronunciamiento de esta Dirección sobre diversas consultas relacionadas principalmente con jornada de trabajo, registro de asistencia y descansos, de trabajadores que laboran para una empresa cliente de su representada, que no individualiza.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Ud. que la resolución de las consultas planteadas implica establecer, previamente, a través de un proceso de fiscalización llevado a cabo por funcionarios de este Servicio, las condiciones de prestación de servicios de los trabajadores afectados.
Teniendo presente lo expuesto, cumplo con informar a Ud. que, en la especie, no corresponde emitir un pronunciamiento en los términos requeridos, por cuanto para ello sería necesario efectuar un análisis de cada situación particular, considerando los antecedentes verificados a través del señalado procedimiento inspectivo, lo cual no resulta posible sin contar con los antecedentes de la empresa involucrada.
A mayor abundamiento cabe señalar que la doctrina institucional ha precisado que no resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie, a priori o de modo genérico, sobre materias determinadas.
De este modo, cúmpleme informar a Ud. que atendidas las razones precedentemente señaladas, este Servicio debe abstenerse de pronunciarse sobre las consultas que se formulan a través de la referida presentación.
Saluda a Ud.
LORETO BARRERA PEDEMONTE
ABOGADA
JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
RGR/SMS
Distribución:
-Jurídico,
-Partes,
-Control
competencia dirección trabajo, consulta carácter genérico,
Citado por 3 pronunciamientos posteriores
- Ord. N° 1210, de 08.04.2021 · Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica
- Ord. N° 759, de 27.02.2019 · No resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie de modo genérico…
- Ord. N° 238, de 18.01.2019 · No resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de modo…
Otros pronunciamientos sobre competencia y actuación de la dt
Dirección del Trabajo. Competencia. Casos genéricos o hipotéticos.
Atiende presentación que indica.
Dirección del Trabajo; Competencia; Caso genérico
No resulta juridicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de modo genérico sobre materias determinadas, sin contar con los antecedentes que permitan circunscribir el análisis a una situación particular mediante el respectivo proceso de inspección.
Dictamen N° 4616/197, de 16.08.1996
Dirección del Trabajo; Competencia; Tribunales de justicia
La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación, como sería demostrar que una modificación de turnos fue por acuerdo de las partes y no decisión unilateral de una de ellas, lo que…
Dictamen N° 1478/78, de 24.03.1997
Dirección del Trabajo Competencia Situación de hecho.
La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiera de prueba y su ponderación. Déjase sin efecto el oficio de Instrucciones Nº D.P. de Inspección Comunal del trabajo de Maipu.
Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica
La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de carácter genérico.