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Circular 1570
Seguro laboral (Ley 16.744)
Lo que resuelve
Criterios de búsqueda: 16.744 and PRESUPUESTO and Seguro
Destinatario
Administradores Delegados.
Normas citadas
- D.S. N° 12, de 1997, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- D.S. N° 213, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- D.S. N° 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Ley N° 16744
Texto
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD
SOCIAL
DEPARTAMENTO ACTUARIAL
CIRCULAR
N°*570
SO MAR. J997
santiago,
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL
CONTRA
RIESGOS DE ACCIDENTES
DEBEN EFECTUAR LOS ORGANISMOS
DEL
SEÑALA APORTES
TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA 1997.
QUE
DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE
LA LEY N°16.744.
En
Diario
el
Oficial
del
16
de
marzo
de
1997
ha
sido
publicado el D.S. KT213,
Trabajo y Previsión Social,
de
del Ministerio
del
1996,
que aprueba el presupuesto para
el año 1997 del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
Enfermedades
del
Profesionales
de
la
Trabajo
y
Ley
N°16.744. Dicho decreto fue modificado por el D.S. N°12, de
1997, del citado Ministerio, publicado en el Diario Oficial
del
17
De
acuerdo
dicho
de
marzo
con
de
1997.
lo
dispuesto
esta
Decreto,
en
los
Superintendencia
artículos 9o y 11
comunica a usted
de
lo
siguiente:
a)
los
Que
durante
el
"Administradores
Delegados"
deberán
aportar
y en cumplimiento de lo dispuesto en
los organismos
a
la Ley N°16.744,
en
la misma forma y
que corresponda,
el año 1997
72 de
articulo
administradores
las
imposiciones previsionales, una
que
equivalente al 50% de las que les hubiere
correspondido enterar por concepto de cotizaciones
oportunidad
cotización
básica y adicional;
b)
y
habría
fijado en un 0,05% de las cotizaciones que
correspondido enterar en conformidad con
letras
a)
Que
se
ha
y
b)
del
articulo
15
Administradores
los
les
las
la Ley N°16.744, el
Delegados del Seguro
de
aporte que
deberán efectuar durante el año 1997, para el financiacon
miento del Seguro Escolar de Accidentes, de acuerdo
de
lo dispuesto en el articulo 5o del Decreto N°313,
Social.
1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Saluda atentamente
a
Ud
S**1*^'
#
'ÍSpfeíjAT ORLANDINI MOLINA
^€¿z¿ Superintendente
mcIlta./zov.
DI^TRTRTlrTniJ-
"''^wxno^T!-
Administradores Delegados
SOCIAL
DEPARTAMENTO ACTUARIAL
CIRCULAR
N°*570
SO MAR. J997
santiago,
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL
CONTRA
RIESGOS DE ACCIDENTES
DEBEN EFECTUAR LOS ORGANISMOS
DEL
SEÑALA APORTES
TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA 1997.
QUE
DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE
LA LEY N°16.744.
En
Diario
el
Oficial
del
16
de
marzo
de
1997
ha
sido
publicado el D.S. KT213,
Trabajo y Previsión Social,
de
del Ministerio
del
1996,
que aprueba el presupuesto para
el año 1997 del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
Enfermedades
del
Profesionales
de
la
Trabajo
y
Ley
N°16.744. Dicho decreto fue modificado por el D.S. N°12, de
1997, del citado Ministerio, publicado en el Diario Oficial
del
17
De
acuerdo
dicho
de
marzo
con
de
1997.
lo
dispuesto
esta
Decreto,
en
los
Superintendencia
artículos 9o y 11
comunica a usted
de
lo
siguiente:
a)
los
Que
durante
el
"Administradores
Delegados"
deberán
aportar
y en cumplimiento de lo dispuesto en
los organismos
a
la Ley N°16.744,
en
la misma forma y
que corresponda,
el año 1997
72 de
articulo
administradores
las
imposiciones previsionales, una
que
equivalente al 50% de las que les hubiere
correspondido enterar por concepto de cotizaciones
oportunidad
cotización
básica y adicional;
b)
y
habría
fijado en un 0,05% de las cotizaciones que
correspondido enterar en conformidad con
letras
a)
Que
se
ha
y
b)
del
articulo
15
Administradores
los
les
las
la Ley N°16.744, el
Delegados del Seguro
de
aporte que
deberán efectuar durante el año 1997, para el financiacon
miento del Seguro Escolar de Accidentes, de acuerdo
de
lo dispuesto en el articulo 5o del Decreto N°313,
Social.
1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Saluda atentamente
a
Ud
S**1*^'
#
'ÍSpfeíjAT ORLANDINI MOLINA
^€¿z¿ Superintendente
mcIlta./zov.
DI^TRTRTlrTniJ-
"''^wxno^T!-
Administradores Delegados