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Circular 1943
Seguro laboral (Ley 16.744)
Destinatario
Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16744
Normas citadas
- D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Ley N° 16744
Texto
*
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAI
\U08-200l-2568
CIRCULAR N«
SANTIAGO,
.
IO
II]
' J ' °
7 OCT 2001
PRESUPUESTO DEL SEGURO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°1 6.744 PARA EL AÑO 2002
IMPARTE INSTRUCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES
4?
GOBIERNO DE CHILE
SUPERIrJJENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIA
1.-
Conforme con lo establecido en el artículo 42 del D.S N8101, de 1968, esta
Superintenden
encuentra elaborando el presupuesto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
del Tra?
Enfermedades Profesionales para el año 2002, el que debe ser aprobado por decreto
;
suprem
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a dictarse en el mes de noviembre próximo
2.-
Atendido lo anterior, las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°1 6.744 deberán
enviar
estimación del presupuesto para el ano 2002 del Fondo de Accidentes del Trabajo
'
°,
y Enfermeda
Profesionales que administran, con las especificaciones que se requieren en el formato que
se adiu
El presupuesto anterior deberá venir acompañado de las bases de cálculo de cada uno de
los á
'.
informados, debiendo tener presente lo siguiente:
a)
En
el caso
de las cotizaciones, deberá detallarse
a
lo
menos el número
de cotizantes
-
incremento en las remuneraciones, tanto por inflación como por incremento real.
b)
c)
En el caso de los beneficios, desde los códigos 42010 al 42040, deberá informarse el
en el número y monto estimado de cada uno de ellos.
s
incremí'
Para estimar tanto el gasto
en pensiones como el incremento en el Fondo para
Respalde
Pensiones, deberá suponerse que el reajuste de pensiones de diciembre de 2001 será de 3,2
el de diciembre de 2002 de 3,0%
utilizarse la nota explicativa
En la estimación del Fondo para respaldo de
pensiones, del
N°22, letra B) de la Circular N°1 874, de 2001, y en la estimación
gasto en pensiones, además
deberá especificarse el gasto en aguinaldos de Fiestas Patria
Navidad.
d) Deberá detallarse tanto el monto del gasto en subsidios como el de las cotizaciones previsional*;
3.-
La información solicitada en esta Circular deberá ser ingresada en esta Superintendencia antes
de octubre de 2001.
Saluda atentamente a Ud.,
N qfONZALEZ
DENTA
DISTRIBUCIÓN:
-
Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744 (P) (Adj. Anexo)
de*
Presupuesto de Ingresos y Egresos
del Seguro de Accidentes del Trabajo
y Enfermedades Profesionales de la Ley
Año 2002
(en pesos)
Código
FU.P.EF
INGRESOS
41010
-Cotización
Básica (0,9%)
41020
-Cotización
Adicional
41030
-Cotización
Extraordinaria (0.05%)
41060
-Reaiustes.
41090
-nenias
41100
-Otros
multas e intereses
de inversiones
Ingresos operacionales
41000 TOTAL INGRESOS OPERACIONALES
EGRESOS
42010
-Subsidios
42020
-Indemnizaciones
42030
-Pensiones
42040
-Prestaciones médicas
42050
-Prevención
42080
-Gastos
421 00
-Fondo para
42140
-Otros
y hospitalarias
de Riesgos
de Administración
respaldo de pensiones vigentes
egresos operacionales
TOTAL EGRESOS OPERACIONALES
II
INGRESOS NO OPERACIONALES
51020 Ventas de servicios a terceros
51040 Utilidades de inversiones en empresas relacionadas
51060 Otros ingresos no operacionales
TOTAL INGRESOS NO OPERACIONES
v
EGRESOS NO OPERACIONALES
52010 Cosío de prestaciones médicas y hospitalarias a terceros
52050 Gastos financieros
52Q7Q Otros egresos no operacionales
.
TOTAL EGRESOS NO OPERACIONALES
*
OTROS
23050
-Reserva luturas ampliaciones y
equipamiento
N"
16.744
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAI
\U08-200l-2568
CIRCULAR N«
SANTIAGO,
.
IO
II]
' J ' °
7 OCT 2001
PRESUPUESTO DEL SEGURO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°1 6.744 PARA EL AÑO 2002
IMPARTE INSTRUCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES
4?
GOBIERNO DE CHILE
SUPERIrJJENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIA
1.-
Conforme con lo establecido en el artículo 42 del D.S N8101, de 1968, esta
Superintenden
encuentra elaborando el presupuesto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
del Tra?
Enfermedades Profesionales para el año 2002, el que debe ser aprobado por decreto
;
suprem
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a dictarse en el mes de noviembre próximo
2.-
Atendido lo anterior, las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°1 6.744 deberán
enviar
estimación del presupuesto para el ano 2002 del Fondo de Accidentes del Trabajo
'
°,
y Enfermeda
Profesionales que administran, con las especificaciones que se requieren en el formato que
se adiu
El presupuesto anterior deberá venir acompañado de las bases de cálculo de cada uno de
los á
'.
informados, debiendo tener presente lo siguiente:
a)
En
el caso
de las cotizaciones, deberá detallarse
a
lo
menos el número
de cotizantes
-
incremento en las remuneraciones, tanto por inflación como por incremento real.
b)
c)
En el caso de los beneficios, desde los códigos 42010 al 42040, deberá informarse el
en el número y monto estimado de cada uno de ellos.
s
incremí'
Para estimar tanto el gasto
en pensiones como el incremento en el Fondo para
Respalde
Pensiones, deberá suponerse que el reajuste de pensiones de diciembre de 2001 será de 3,2
el de diciembre de 2002 de 3,0%
utilizarse la nota explicativa
En la estimación del Fondo para respaldo de
pensiones, del
N°22, letra B) de la Circular N°1 874, de 2001, y en la estimación
gasto en pensiones, además
deberá especificarse el gasto en aguinaldos de Fiestas Patria
Navidad.
d) Deberá detallarse tanto el monto del gasto en subsidios como el de las cotizaciones previsional*;
3.-
La información solicitada en esta Circular deberá ser ingresada en esta Superintendencia antes
de octubre de 2001.
Saluda atentamente a Ud.,
N qfONZALEZ
DENTA
DISTRIBUCIÓN:
-
Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744 (P) (Adj. Anexo)
de*
Presupuesto de Ingresos y Egresos
del Seguro de Accidentes del Trabajo
y Enfermedades Profesionales de la Ley
Año 2002
(en pesos)
Código
FU.P.EF
INGRESOS
41010
-Cotización
Básica (0,9%)
41020
-Cotización
Adicional
41030
-Cotización
Extraordinaria (0.05%)
41060
-Reaiustes.
41090
-nenias
41100
-Otros
multas e intereses
de inversiones
Ingresos operacionales
41000 TOTAL INGRESOS OPERACIONALES
EGRESOS
42010
-Subsidios
42020
-Indemnizaciones
42030
-Pensiones
42040
-Prestaciones médicas
42050
-Prevención
42080
-Gastos
421 00
-Fondo para
42140
-Otros
y hospitalarias
de Riesgos
de Administración
respaldo de pensiones vigentes
egresos operacionales
TOTAL EGRESOS OPERACIONALES
II
INGRESOS NO OPERACIONALES
51020 Ventas de servicios a terceros
51040 Utilidades de inversiones en empresas relacionadas
51060 Otros ingresos no operacionales
TOTAL INGRESOS NO OPERACIONES
v
EGRESOS NO OPERACIONALES
52010 Cosío de prestaciones médicas y hospitalarias a terceros
52050 Gastos financieros
52Q7Q Otros egresos no operacionales
.
TOTAL EGRESOS NO OPERACIONALES
*
OTROS
23050
-Reserva luturas ampliaciones y
equipamiento
N"
16.744