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Circular 2248
Seguro laboral (Ley 16.744)
Lo que resuelve
16.744 and PRESUPUESTO and Seguro
Destinatario
Secretarías Ministeriales de Salud (P)
Normas citadas
- D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Ley N° 16744
Texto
#
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
AU08-2005-07230
CIRCULAR N°
SANTIAGO,
22 4 s
ib 0C1. 2005
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS
DE
ACCIDENTES
DEL
TRABAJO
Y
ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO 2006.
IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS SEREMI DE SALUD.
Conforme con lo establecido en el artículo
42°
del D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, esta Superintendencia se encuentra elaborando el presupuesto delSeguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales para
eLaño
2006, el que debe ser aprobado por decreto supremo del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, a dictarse en el mes de noviembre del presente año.
Atendido lo antenor, esta Superintendencia solicita a Ud. remitir antes del 28 de octubre del
año en curso la siguiente información:
1.-
Gasto mensual
periodo
enero
de prevención de riesgos profesionales en el
de 2005, desglosado según las principales actividades
efectuado en materia
a
agosto
realizadas.
2.-
Estimación para el año 2006, de los gastos en prevención de riesgos, con el detalle de
las bases de cálculo.
Saluda atentamente a Ud.,
'
CPF/MEGA/EQÜT
'
/(
DISTRIBUCIÓN:
Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (P)
^
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
AU08-2005-07230
CIRCULAR N°
SANTIAGO,
22 4 s
ib 0C1. 2005
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS
DE
ACCIDENTES
DEL
TRABAJO
Y
ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO 2006.
IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS SEREMI DE SALUD.
Conforme con lo establecido en el artículo
42°
del D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, esta Superintendencia se encuentra elaborando el presupuesto delSeguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales para
eLaño
2006, el que debe ser aprobado por decreto supremo del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, a dictarse en el mes de noviembre del presente año.
Atendido lo antenor, esta Superintendencia solicita a Ud. remitir antes del 28 de octubre del
año en curso la siguiente información:
1.-
Gasto mensual
periodo
enero
de prevención de riesgos profesionales en el
de 2005, desglosado según las principales actividades
efectuado en materia
a
agosto
realizadas.
2.-
Estimación para el año 2006, de los gastos en prevención de riesgos, con el detalle de
las bases de cálculo.
Saluda atentamente a Ud.,
'
CPF/MEGA/EQÜT
'
/(
DISTRIBUCIÓN:
Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (P)
^