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SUSESOCircular13 de octubre de 2006

Circular 2332

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744 (P)

Normas citadas

  • D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
  • Ley N° 16744
  • Ley N° 19403
  • Ley N° 19539
  • Ley N° 19953

Texto

f

GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
AU08-2006-06422

CIRCULAR N°

SANTIAGO,

1 3 OCT. 2006

PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS
DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES

PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO
2007. IMPARTE INSTRUCIONES A LAS MUTUALIDADES
DE EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744.

Conforme con lo establecido en el artículo 39 del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del

Trabajo y Previsión Social, se solicita a Ud., remitir antes del 28 de octubre en curso, el
presuDuesto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabaio y bnfermedades
Profesionales de la Ley N°l 6.744 para el año 200/ ae esa tntidaa.
Los presupuestos que se remitan deben estar aprobados por sus respectivos Directorios y en

de no ser así, deberán ser enviadas las estimaciones provisorias
presupuesto aprobado por el Directorio en el mes en que ello ocurra.
caso

Para los efectos de confeccionar el presupuesto

y remitir el

requerido, se imparten las siguientes

instrucciones:

1.-

El

presupuesto solicitado deberá presentarse conforme al formato de Estado de
en la Circular N° 2.088, de 2003. Deberán
acompañarse

Resultados establecido

además las bases de cálculo de cada uno de los datos informados Para la elaboración
del presupuesto deberán tenerse
señalan a continuación.
2

-

en

cuenta las instrucciones de los

puntos que se

En el caso de los ingresos por cotizaciones, deberá especificarse a lo menos el número

de cotizantes y el incremento en las remuneraciones, tanto por inflación como por
incremento real.

3.-

En

el

caso

de las

prestaciones económicas, códigos

42010 al 42030, deberá

informarse el incremento en el número y monto estimado de cada una de ellas
En relación al gasto
como el

en

subsidios, deberá detallarse tanto el monto del gasto neto

de las cotizaciones previsionales.

Respecto del Gasto en pensiones (42030) y del Fondo para respaldo y provisión de
pensiones vigentes (42100), deberá suponerse que el reajuste de pensiones de
diciembre de 2006 será de 3,8%. Además, para la estimación del Fondo para respaldo
de pensiones vigentes, deberá utilizarse la Nota Explicativa N°22, letra B) suponiendo
una inflación para el año 2007 de 3,8%. En la proyección del Gasto en pensiones
deberán incluirse las bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s 19.403,
19.539 y 19.953, especificando el monto de dichas bonificaciones.
4

-

En cuanto a las Prestaciones médicas (42040), Prestaciones preventivas de riesgos
(42050) y Administración (42060), deberán señalarse las bases de cálculo utilizadas
en las estimaciones de cada uno de dichos itemes y detallarse el desglose de las

estimaciones conforme al formato de las Notas Explicativas respectivas (Notas 27, 28
y 29).
5.-

Para el ítem Otros Egresos Operacionales (42140), deberá especificarse el
correspondiente a los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad.

6.-

Para la estimación del ítem Ventas de servicios a terceros (51020), específicamente en
lo que dice relación con las prestaciones médicas otorgadas a terceros, deberá
indicarse cuánto corresponde al aumento en el número de prestaciones y cuánto a la

importe

variación de aranceles.
1-

Para la

estimación de

las

utilidades

o

pérdidas

de

inversiones

en

empresas

relacionadas (51040 y 52020), deberán exphcitarse suf fundamentos.
Saluda atentamente a Ud.,

#
CPFMLOA ETSEQA

DISTRIBUCIÓN
-

Mutualidades de Empleadores (P)

ojUAVIER FUENZALIDA SAJVTANDER
^0_SW>EMNTENDENTE

J?JI

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