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Circular 2332
Seguro laboral (Ley 16.744)
Destinatario
Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744 (P)
Normas citadas
- D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- Ley N° 16744
- Ley N° 19403
- Ley N° 19539
- Ley N° 19953
Texto
f
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
AU08-2006-06422
CIRCULAR N°
SANTIAGO,
1 3 OCT. 2006
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS
DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO
2007. IMPARTE INSTRUCIONES A LAS MUTUALIDADES
DE EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744.
Conforme con lo establecido en el artículo 39 del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, se solicita a Ud., remitir antes del 28 de octubre en curso, el
presuDuesto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabaio y bnfermedades
Profesionales de la Ley N°l 6.744 para el año 200/ ae esa tntidaa.
Los presupuestos que se remitan deben estar aprobados por sus respectivos Directorios y en
de no ser así, deberán ser enviadas las estimaciones provisorias
presupuesto aprobado por el Directorio en el mes en que ello ocurra.
caso
Para los efectos de confeccionar el presupuesto
y remitir el
requerido, se imparten las siguientes
instrucciones:
1.-
El
presupuesto solicitado deberá presentarse conforme al formato de Estado de
en la Circular N° 2.088, de 2003. Deberán
acompañarse
Resultados establecido
además las bases de cálculo de cada uno de los datos informados Para la elaboración
del presupuesto deberán tenerse
señalan a continuación.
2
-
en
cuenta las instrucciones de los
puntos que se
En el caso de los ingresos por cotizaciones, deberá especificarse a lo menos el número
de cotizantes y el incremento en las remuneraciones, tanto por inflación como por
incremento real.
3.-
En
el
caso
de las
prestaciones económicas, códigos
42010 al 42030, deberá
informarse el incremento en el número y monto estimado de cada una de ellas
En relación al gasto
como el
en
subsidios, deberá detallarse tanto el monto del gasto neto
de las cotizaciones previsionales.
Respecto del Gasto en pensiones (42030) y del Fondo para respaldo y provisión de
pensiones vigentes (42100), deberá suponerse que el reajuste de pensiones de
diciembre de 2006 será de 3,8%. Además, para la estimación del Fondo para respaldo
de pensiones vigentes, deberá utilizarse la Nota Explicativa N°22, letra B) suponiendo
una inflación para el año 2007 de 3,8%. En la proyección del Gasto en pensiones
deberán incluirse las bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s 19.403,
19.539 y 19.953, especificando el monto de dichas bonificaciones.
4
-
En cuanto a las Prestaciones médicas (42040), Prestaciones preventivas de riesgos
(42050) y Administración (42060), deberán señalarse las bases de cálculo utilizadas
en las estimaciones de cada uno de dichos itemes y detallarse el desglose de las
estimaciones conforme al formato de las Notas Explicativas respectivas (Notas 27, 28
y 29).
5.-
Para el ítem Otros Egresos Operacionales (42140), deberá especificarse el
correspondiente a los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad.
6.-
Para la estimación del ítem Ventas de servicios a terceros (51020), específicamente en
lo que dice relación con las prestaciones médicas otorgadas a terceros, deberá
indicarse cuánto corresponde al aumento en el número de prestaciones y cuánto a la
importe
variación de aranceles.
1-
Para la
estimación de
las
utilidades
o
pérdidas
de
inversiones
en
empresas
relacionadas (51040 y 52020), deberán exphcitarse suf fundamentos.
Saluda atentamente a Ud.,
#
CPFMLOA ETSEQA
DISTRIBUCIÓN
-
Mutualidades de Empleadores (P)
ojUAVIER FUENZALIDA SAJVTANDER
^0_SW>EMNTENDENTE
J?JI
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
AU08-2006-06422
CIRCULAR N°
SANTIAGO,
1 3 OCT. 2006
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS
DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO
2007. IMPARTE INSTRUCIONES A LAS MUTUALIDADES
DE EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744.
Conforme con lo establecido en el artículo 39 del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, se solicita a Ud., remitir antes del 28 de octubre en curso, el
presuDuesto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabaio y bnfermedades
Profesionales de la Ley N°l 6.744 para el año 200/ ae esa tntidaa.
Los presupuestos que se remitan deben estar aprobados por sus respectivos Directorios y en
de no ser así, deberán ser enviadas las estimaciones provisorias
presupuesto aprobado por el Directorio en el mes en que ello ocurra.
caso
Para los efectos de confeccionar el presupuesto
y remitir el
requerido, se imparten las siguientes
instrucciones:
1.-
El
presupuesto solicitado deberá presentarse conforme al formato de Estado de
en la Circular N° 2.088, de 2003. Deberán
acompañarse
Resultados establecido
además las bases de cálculo de cada uno de los datos informados Para la elaboración
del presupuesto deberán tenerse
señalan a continuación.
2
-
en
cuenta las instrucciones de los
puntos que se
En el caso de los ingresos por cotizaciones, deberá especificarse a lo menos el número
de cotizantes y el incremento en las remuneraciones, tanto por inflación como por
incremento real.
3.-
En
el
caso
de las
prestaciones económicas, códigos
42010 al 42030, deberá
informarse el incremento en el número y monto estimado de cada una de ellas
En relación al gasto
como el
en
subsidios, deberá detallarse tanto el monto del gasto neto
de las cotizaciones previsionales.
Respecto del Gasto en pensiones (42030) y del Fondo para respaldo y provisión de
pensiones vigentes (42100), deberá suponerse que el reajuste de pensiones de
diciembre de 2006 será de 3,8%. Además, para la estimación del Fondo para respaldo
de pensiones vigentes, deberá utilizarse la Nota Explicativa N°22, letra B) suponiendo
una inflación para el año 2007 de 3,8%. En la proyección del Gasto en pensiones
deberán incluirse las bonificaciones otorgadas a las viudas por las Leyes N°s 19.403,
19.539 y 19.953, especificando el monto de dichas bonificaciones.
4
-
En cuanto a las Prestaciones médicas (42040), Prestaciones preventivas de riesgos
(42050) y Administración (42060), deberán señalarse las bases de cálculo utilizadas
en las estimaciones de cada uno de dichos itemes y detallarse el desglose de las
estimaciones conforme al formato de las Notas Explicativas respectivas (Notas 27, 28
y 29).
5.-
Para el ítem Otros Egresos Operacionales (42140), deberá especificarse el
correspondiente a los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad.
6.-
Para la estimación del ítem Ventas de servicios a terceros (51020), específicamente en
lo que dice relación con las prestaciones médicas otorgadas a terceros, deberá
indicarse cuánto corresponde al aumento en el número de prestaciones y cuánto a la
importe
variación de aranceles.
1-
Para la
estimación de
las
utilidades
o
pérdidas
de
inversiones
en
empresas
relacionadas (51040 y 52020), deberán exphcitarse suf fundamentos.
Saluda atentamente a Ud.,
#
CPFMLOA ETSEQA
DISTRIBUCIÓN
-
Mutualidades de Empleadores (P)
ojUAVIER FUENZALIDA SAJVTANDER
^0_SW>EMNTENDENTE
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